miércoles, 6 de febrero de 2013

La mediación, un instrumento a su alcance

Alicia Canencia SanzAlicia Canencia Sanz es Abogada y Mediadora| acta sanitaria.com/30/01/2013
 
La puesta en marcha de la Mediación como vía legal para solucionar conflictos es analizada en el presente trabajo por una especialista en la materia, de la que ofrece sus ventajas con respecto a la vía judicial. 
 
El pasado 5 de julio se publicó en el BOE la Ley 5/2012, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, que viene a suplir una asignatura pendiente en nuestro país para la solución de conflictos entre partes, e incorpora al Derecho español la Directiva 2008/52CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008.

La Asociación Española de Derecho Farmacéutico (ASEDEF) ha creado su propia Institución de Mediación, facilitando el acceso y la administración de la misma por los mediadores designados, entre los que me cuento; es una clara apuesta por esta alternativa rápida y eficaz para resolver las controversias en el ámbito farmacéutico y sanitario.

La Mediación tendrá éxito, por cuanto sus ventajas son evidentes respecto a otros procesos como el judicial o el arbitral. Tenemos indudables ejemplos en países de nuestro entorno, en los cuales tampoco estaba implantada, como por ejemplo Italia, aunque la Ley en este país contempla que sea obligatorio intentar la Mediación, con carácter previo a la vía judicial, lo que no sucede en nuestra actual regulación; se demuestra que ha supuesto una descongestión verdaderamente significativa en el colapsado sistema judicial italiano. 
En Francia está implantada y, de hecho, pese a tener mayor número de habitantes que España, los litigios ante la justicia son notablemente inferiores a los de nuestro país ya que gran parte de las controversias se resuelven a través de la Mediación; en este sentido Rumanía o Bulgaria han tenido la misma favorable experiencia. 

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