viernes, 28 de agosto de 2026

Caso Errejón: Se archiva su querella contra Elisa Mouliaá

El juez archiva la querella de Errejón contra Elisa Mouliaá
EFE, Madrid, 27 agosto 2026
El juez Arturo Zamarriego ha archivado la querella presentada por el exdirigente político Íñigo Errejón contra Elisa Mouliaá, argumentando que la actriz no le calumnió, sino que únicamente le criticó cuando sostuvo en redes sociales que el exportavoz de Sumar había extorsionado a 2 de sus testigos en el caso por supuesta agresión sexual.

En un auto adoptado el 27 de agosto, al que ha tenido acceso EFE, el titular del juzgado de instrucción nº 9 de Madrid ha enmarcado las afirmaciones hechas en X por la actriz en la libertad de expresión y ha sobreseído la querella por calumnias.

La actriz no le calumnió
Esta decisión judicial, que se puede recurrir, llega tras un caso polémico, en el que el magistrado llegó a ordenar la detención de la actriz, después de que ésta no acudiese a la citación para declarar hasta en tres ocasiones, a pesar de estar advertida de que podía ser arrestada.

La actriz, que alegó 1º una baja y después compromisos profesionales en Emiratos Árabes, finalmente optó por ponerse a disposición judicial y el pasado 24 de junio negó ante el magistrado que quisiera calumniar al exportavoz de Sumar, al tiempo que ante la prensa sostuvo que había recibido un trato "desproporcionado".

Opiniones en el marco de la libertad de expresión.
En contra del argumento que sostenía Errejón, el juez considera que las publicaciones hechas por Mouliaá exponen opiniones, pensamientos o ideas y no hechos concretos y por tanto se enmarcan en la libertad de expresión, no en la de información, y no se imputa a Errejón un delito.

"En el presente caso no existe esa clase de imputación de un hecho concreto y falso que, de ser real, sería constitutivo de delito, sino expresiones utilizadas en sentido vulgar o popular, no jurídico y empleadas como crítica al querellante", señala el juez.

No haber entregado el móvil
Pese al empleo de la expresión "extorsión", considera este magistrado que no cabe entender otra cosa distinta, puesto que "con mayor o menor acierto tanto en la forma como en el fondo" lo que hace Mouliaá es "una crítica al querellante por no haber entregado su teléfono móvil y haberse puesto en contacto con 2 testigos en un procedimiento judicial en el que la querellada se siente víctima de un delito de abusos sexuales"

"A mi juicio, es claro que la querellada no le atribuye actos o conductas delictivas concretas al querellante", recalca el juez, que archiva así las actuaciones.

Otra causa
Respecto a la otra causa, en la que Errejón está acusado de presunta agresión sexual, la A. P. de Madrid debe analizar el recurso del exdirigente contra su procesamiento y determinar así el futuro de la denuncia por una presunta agresión sexual el 8 de octubre de 2021, en la que la Fiscalía no acusa al exportavoz de Sumar.

No hay comentarios: