miércoles, 27 de marzo de 2024

Hacienda explica cómo debes hacer la Renta si estás divorciado

Por Andalucía informa, 26 marzo 2024 
Hacienda explica cómo debes hacer la declaración de la Renta si estás divorciado. Tanto si esa es tu situación personal desde hace poco, como si llevas años desde la ruptura matrimonial, en cualquier caso, debes tener en cuenta cómo dividir los ingresos y los gastos que se hayan producido, para no incumplir ninguna obligación con la AEAT, ahora que se aproxima el inicio de la campaña fiscal.
Cómo debe presentar la declaración del IRPF una persona divorciada
Aunque resulta obvio, es bueno aclarar desde un 1º momento que una persona que esté legalmente divorciada, no puede realizar la declaración de forma conjunta con su expareja. Por lo tanto, cada uno deberá presentar la Renta de forma individual. No obstante, hay que tener una consideración especial, en caso de tener hijos en común, lo cuán vendrá determinado por el tipo de custodia establecido legalmente.
¿Qué pasa si se tienen hijos en común?
Por consiguiente, en caso de tener hijos, solo podrá incluirlos en su declaración uno de los ex-cónyuges. En caso de que la custodia sea exclusiva de uno de ello, será él o ella quien los incorporará en su declaración. Pero ¿qué sucede si la custodia es compartida? En este último caso, uno de ellos puede hacer una declaración conjunta aunque estén divorciados. Aunque lo habitual, es que se alternen cada año al incluir los hijos en la declaración del IRPF.

También, por otra parte, debe existir un acuerdo entre ambos para aplicar la deducción por descendientes, que debe repartirse entre los 2 o aplicarla solo a 1 de las partes. Además, hay que tener en cuenta la pensión alimentaria para los hijos, que no debe ser incluida como ingreso en la declaración en caso de recibirla. Sin embargo, el progenitor que abona la pensión sí que pude deducírsela en la renta, concretamente, en la casilla 527.

Y esto es lo qué ocurre con la desgravación de la vivienda
En el caso de haber inmuebles en común, el ex-cónyuge que continúe viviendo en la casa o el piso familiar, es el que tiene derecho a aplicar las deducciones correspondientes, relacionados con la hipoteca y otros gastos deducibles, en la declaración de la Renta, tal y como indica la web de Hacienda. No obstante, la cosa puede complicarse en el caso de haber 2ª residencias u otros bienes inmuebles en régimen de alquiler en común. En esos casos, cada una de las partes tendría que declarar los rendimientos que obtienen por el arrendamiento, en función del porcentaje de la propiedad que tenga cada uno.

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