jueves, 29 de noviembre de 2018

Zaragoza: Mujer divorciada debe dejar la casa familiar por vivir con otra pareja

EFE/REDACCIÓN, Zaragoza, 28 nov 2018.-
Una juez de primera instancia de Zaragoza ha instado a una mujer divorciada a dejar el domicilio familiar al considerar acreditado por parte de su ex-pareja que en el inmueble vivía de forma cotidiana su nuevo compañero sentimental y que sus condiciones de vida se habían visto modificadas.
Esta resolución, que se ajusta en sus criterios a una reciente sentencia del Tribunal Supremo de gran impacto social referida a un caso similar, fue dictada el pasado mayo por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Zaragoza y está pendiente de su posible ratificación por la Audiencia de la capital aragonesa.
Así lo ha confirmado a Efe el letrado del marido demandante, el abogado zaragozano Simón Lahoz, quien está a la espera al mismo tiempo de conocer la respuesta de la Audiencia a una 2ª demanda de modificación de medidas de divorcio que interpuso un cliente que atravesaba la misma situación.
El 1º caso, sobre la que el tribunal zaragozano ya ha deliberado y que se resolverá previsiblemente la semana próxima, fue denunciado por un marido que había pactado en el acuerdo de divorcio con su ex-mujer que continuara en la vivienda familiar con las 2 hijas del matrimonio, además de una pensión alimenticia y otra compensatoria.
Aconsejado por su letrado, el demandante contrató los servicios de un detective privado para acreditar que su ex-mujer compartía la vivienda con su nueva pareja.
Aunque la mujer admitió la relación, presentó un certificado de su compañero para acreditar que no estaba empadronado en la vivienda.
La magistrada de 1ª instancia se sirvió de las fotografías del detective pero también de las facturas de luz y agua del inmueble para establecer que la nueva relación de la mujer era análoga a la marital y que esta situación perjudicaba al exmarido al sufragar los gastos de una nueva unidad familiar con más recursos.
Simón Lahoz argumenta que el Código Foral de Aragón "va por delante" del Código Civil y de los del resto de comunidades autónomas en relación a las medidas a aplicar en los casos de divorcio ya que, en su art. 81, precisa con mayor claridad las atribuciones del juez a la hora de decidir el uso de la vivienda.
Unas atribuciones que permiten al magistrado establecer un límite temporal para el uso del domicilio familiar y valorar, en los casos de custodia compartida, diversas circunstancias a la hora de decidir a favor de un cónyuge.
Lahoz asegura que la sentencia del Tribunal Supremo clarifica el contenido del art. 101 del Código Civil, que elimina la pensión compensatoria en caso de nuevo matrimonio o relación extramarital del beneficiario, hombre o mujer.
A su juicio, esta situación debe extenderse de forma lógica, como hace el Tribunal Supremo en su reciente sentencia, al uso de la vivienda familiar.
"No deja de ser un desembolso -argumenta Lahoz- de una parte en favor de la otra el hecho de que otra persona se beneficie económicamente de la situación en detrimento de un 3º, que debe de vivir en alquiler, en una habitación o en la casa de sus padres en muchas ocasiones".
Una situación "injusta", añade, para la que el Tribunal Supremo ha abierto una línea jurisprudencial que inicia el camino para la resolución de los casos pendientes y de los que se pueden plantear a partir de ahora.

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