viernes, 21 de marzo de 2014

Protocolo Violencia contra la Mujer y el Habeas Corpus

SECCIÓN DE FAMILIA: Circular nº 12/14
 
Estimados compañeros/as:
Desde la entrada en vigor de la L.I.V.G. cada vez es más frecuente que sean compañeros penalistas quienes tienen que intervenir en los procesos de familia, siendo habitual para los denunciados la aplicación sistemática de un protocolo policial de detención de más que dudosa constitucionalidad por su falta de respeto al principio constitucional de presunción de inocencia.
 
Este protocolo, y su reflejo en las actuaciones judiciales, no había sido cuestionado todavía por la más alta jurisprudencia.
Sin embargo, el Tribunal Constitucional ha dictado la reciente e importante sentencia que os adjuntamos, que marca un antes y después en cuanto a la indefensión y falta de tutela judicial que estaba generalizada. Esta sentencia será de gran utilidad en la práctica diaria de nuestra profesión y en lo tocante al respeto de determinados derechos fundamentales.
 
De la repercusión mediática de esta resolución os daremos noticia en el próximo Boletín de Familia nº 3/14, correspondiente al corriente mes de marzo.
 
Recibid un cordial saludo.
Valencia, 18 de marzo de 2014.
Fdo. Luis Ignacio Arego Casademunt.-
Presidente de la Sección.
La sentencia en la web

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