domingo, 19 de enero de 2014

opiniones de diferentes sobre el Síndrome de Alienación Parental,

Algunas opiniones de diferentes profesionales sobre el Síndrome de Alienación Parental, las cuales comparto Dr. Glenn Sacks: Director ejecutivo de la organización Fathers & Families de E.E.U.U. 
La controversia sobre la Alienación Parental es en gran parte política. Los niños son vulnerables e impresionables, y los padres en los divorcios de carga emocional son capaces de utilizarlos como instrumentos de su ira. Es cierto que los tribunales de familia deben descartar las falsas afirmaciones de la Alineación Parental hecha por los padres abusivos o manipuladoras. También es cierto que los tribunales deben actuar con decisión para proteger a los niños del abuso emocional causado por los alienantes.  
Lic. Mª A. Sepúlveda García de la Torre: Especialista en Medicina Legal y Forense. Experta en Mediación y Orientación Familiar. Supervisora del Programa Punto de Encuentro Familiar de Sevilla, España. Cuando el SAP entra en contacto con el sistema legal se convierte en un Síndrome Jurídico Familiar , en el que los abogados, jueces, peritos y otros profesionales vinculados adquieren responsabilidad en su continuidad. La negativa de los hijos adquiere auténtica trascendencia cuando se expresa en un juzgado, ya que se desencadenan entonces acusaciones, búsquedas de explicaciones y acciones encaminadas a resolver el problema que hace que la instancia judicial se convierta en parte para resolver el mismo , de tal manera que debamos incluirla como un elemento de vital importancia de los componentes del Síndrome. El sistema judicial, con la intervención de los letrados, por el privilegiado lugar que ocupan tanto para mantener como agravar el SAP podría incluirse dentro del maltrato institucional. 
Dr. José Luis Sariego Morillo: Abogado y Mediador Familiar –España. El SAP existe, lo llamemos como lo llamemos. Existe literatura científica desde 1949 sobre ello, y que se discuta sobre si la denominación del SAP es o no una construcción psicológica, aunque si su base científica, sino que es una construcción jurisprudencial es incuestionable. En aquellos países en los que, por su cultura del divorcio mucho mas arraigada en sus sociedades, se ha comprobado su existencia y se ha reconocido como fenómeno que da lugar a consecuencias jurídicas tan claras como el cambio automático de custodia del menor alienado, ya que el progenitor alienador no favorece el normal desarrollo del menor alienado, la existencia del SAP no se pone en duda. 
Lic. Hugo Ortiz: Presidente del Colegio de Psicólogos de Santiago del Estero –Argentina. “El Síndrome de Alienación Parental hace que el niño “tenga un discurso armado, con un objetivo claro que es perjudicar la figura del padre/madre, se escucha cosas que tienen que ver hechos sobredimensionados, cosas que no podría decir nunca un niño a esa edad”. 
Lic. José Manuel Aguilar Cuenca: Psicólogo Forense – España. Unos niños suelen hacer 2 mundos separados, no comentando nada de lo que ocurre en casa de uno de sus padres en la casa del otro. De este modo dice a cada uno lo que quiere oír. Otros niños aprovechan temporalmente la falta de comunicación para sacar partido de la situación; pero, tanto unos como otros, tarde o temprano se ven forzados a tomar partido por el bando más agresivo. 
Comparto la opinión de estos diferentes profesionales Licda. Rebeca Ruiz Chacón

sábado, 18 de enero de 2014

En caso de Divorcio: Letizia Ortiz no tendria la Custodia de sus hijas

Crisis matrimonial de los príncipes de Asturias.

el dia.es/17/ene/14 

Al parecer, el divorcio entre el príncipe Felipe de Asturias y la princesa Letizia parece cada vez más cerca, como anunció en su momento el sitio web español "lavozlibre.com". 
Este portal atribuye a fuentes cercanas a la Casa Real la presunta crisis del matrimonio que se inició hace meses. El divorcio de los príncipes, según la fuente, es "la mejor opción" y podría no haber vuelta atrás.
Esto tomó más fuerza cuando Marisa Martín Blázquez comentó en el programa de Ana Rosa que se avivan de nuevo los rumores de crisis entre los príncipes. 
Lo cierto es que, desde hace un tiempo, esta noticia se ha convertido en algo recurrente. 
En este caso la periodista habló de una discusión que protagonizó Letizia cuando acompañó en diciembre a su marido a una cena de unos amigos de Felipe.
También comentó la colaboradora del programa de las mañanas de Telecinco que Letizia Ortiz hacía un tiempo que se había quitado tanto su alianza como su anillo de pedida. 
"Cada uno está haciendo su vida como personas independientes, pero como príncipes de Asturias están acometiendo su labor", comentó Martín Blázquez.
En caso de divorcio, Letizia se quedaría sin la custodia de sus hijas que se quedarían bajo la tutela de la Casa Real y con su padre.

Algeciras: Primera sentencia de Custodia Compartida

VCG |16/01/2014

La 1ª sentencia en un contencioso de custodia compartida en Algeciras ha sido dictada. La jueza del Juzgado nº 3 de Algeciras ha sido la que ha dictaminado la custodia compartida de un menor. Lo hizo el pasado 18 de noviembre, aunque la sentencia ha sido recurrida y ahora será la Sección 5ª de la Audiencia Provincial, en Cádiz, la que la ratifique o la revoque.
Precisamente otra mujer, la abogada y miembro de la AEAFA ( Asociación Española de Abogados de Familia) Juana Rivas, ha defendido este caso en el que un menor podrá continuar conviviendo con sus dos padres.
 A pesar de que la sentencia no es firme por el momento, como sucede en los casos de familia, se está aplicando desde su notificación, pocos días después de que fuese dictada el pasado 18 de noviembre de 2013. La sentencia dictamina que los padres del menor tendrán la custodia compartida una semana cada uno.
Es el primer caso conocido en Algeciras de una sentencia similar. En casos de divorcios y separaciones de mutuo acuerdo sí se han producido custodias compartidas, aunque ningún tribunal, en la localidad algecireño, lo había dictado por el momento.
Desde el colectivo Custodia Compartida Campo de Gibraltar han celebrado la sentencia: "Desde que se aprobara la 'Ley del Divorcio' en España allá por el año 1981, han tenido que pasar más de 30 años para que una sentencia en los juzgados de Algeciras dictaminase que un menor debe continuar conviviendo con su madre y con su padre. Algo tan lógico parece que hasta hace unos años fuera impensable. Ha tenido que ser una jueza, al frente del juzgado nº 3 de Algeciras, la que ha roto el hielo. Y es que en los últimos 2 años el Tribunal Supremo ha marcado un cambio radical en el otorgamiento de custodias".
Hasta hace muy poco, las custodias compartidas solo se concedían en "casos excepcionales". "Por suerte para miles de niños, ese criterio cambió en mayo de 2013. Desde entonces el Alto Tribunal sienta jurisprudencia y afirma que la custodia compartida debe ser "lo normal y deseable" por cuanto permite que el menor siga conviviendo con ambos padres", afirman desde este colectivo.

Una joven reclama en el juzgado 500 euros al mes de pensión a sus padres


500 euros de pensión. Ese es el dinero que una joven, menor de 25 años y aún estudiante universitaria, ha exigido a sus padres en los tribunales. Ella se ha ido del domicilio familiar y reconoce que existen serias desavenencias con su progenitor, por lo que reclama una pensión de alimentos de 500 euros mensuales.
La hija calcula que esa cantidad es la que tiene que recibir en función del salario de su padre, 1.300 € mensuales; los ahorros depositados en el banco, que alcanzan los 40.000 €; y la vivienda familiar, valorada en cerca de 150.000 €.
El primer órgano judicial que estudió esta llamativa demanda económica de una hija hacia sus padres, fue el Juzgado de Instrucción nº 4 de Cáceres, que dictó una sentencia desestimando íntegramente las peticiones de la joven.
Además, impuso el pago de las costas procesales a la hija que, sin embargo, no se desanimó y recurrió el fallo ante la Audiencia Provincial de Cáceres. La sección civil ha confirmado ahora la sentencia, imponiendo también a la hija el pago de las nuevas costas.
La Audiencia recuerda que la joven ha salido voluntariamente del domicilio familiar y ha renunciado a volver al mismo, pese a que sus padres siguen ofreciéndole su casa para que viva en ella.
Indica también que ellos están dispuestos a atenderla, «no en el modo que ella pretende sino en el ejercicio responsable de sus obligaciones». «Ni tienen una capacidad económica holgada, ni pueden atender únicamente a esta hija abonando la pensión reclamada», razona la Audiencia, «pues esto supondría desatender a su otro hijo que ha de comenzar sus estudios universitarios, como lo hiciera ya su hermana, al que como es lógico, quieren dar las mismas oportunidades conforme a sus posibilidades económicas».
Los dos tribunales llegan a la conclusión de que no está justificada la petición de una pensión de alimentos por parte de la hija que ha decidido marchado del domicilio familiar, por lo que no se puede obligar a los padres a darle 500 euros todos los meses.
En la sentencia de la Audiencia, la magistrada ponente, María Teresa Vázquez, hace una reflexión sobre la decisión de la hija de no querer volver a vivir con sus progenitores: «La libertad como valor social particular exige el pago de un precio, como es el de la pérdida de ciertas comodidades y de sufrir contratiempos dolorosos, que van desde el área de los afectos hasta el entorno laboral. Y lo que no se puede pretender es realizar un modelo de vida propio (...) y seguir obteniendo las ventajas de acogimiento y económicas de dicho entorno, que se rechaza».
También recalca la Audiencia, que la hija no ha demostrado que en su nueva vida esté desasistida de sustento diario, alojamiento, vestido, asistencia médica, «y, sobre todo, no ha probado una incapacidad permanente, total y parcial, para realizar trabajos retribuidos, sean de tipo intelectual o manual».

viernes, 17 de enero de 2014

Tener un hijo, uno de los deseos más solicitados con el inicio del año

La clínica Ginefiv ofrece un decálogo con recomendaciones para aquellas parejas que se plantean la posibilidad de ser padres en este nuevo año pues, según dice, entre los anhelos que más surgen en el comienzo del año, el deseo de ser padres es uno de los planteamientos que muchas parejas comparten, ya que durante estos 1º meses deciden iniciar los 1º pasos para intentar lograr el embarazo. 
Sin embargo, no siempre es sencillo y hasta el 15% de las parejas españolas en edad reproductiva puede tener alguna dificultad a la hora de concebir. La clínica Ginefiv, pionera en el Tratamiento de Esterilidad e Infertilidad en España, ha conseguido unas tasas de embarazo que pueden equipararse con los centros más prestigiosos a nivel internacional; de forma orientativa, la tasa de embarazo oscila entre el 45 y el 50% en técnicas de Fecundación in Vitro y Microinyección espermática, y entre el 15 y el 30% en técnicas de Inseminación Artificial.

Luego viene el Divorcio.......

jueves, 16 de enero de 2014

Retiran la pensión de alimentos a un joven murciano

El joven, de 25 años, "tampoco ha mostrado interés por incorporarse al mercado de trabajo", según la sentencia

Miércoles, 15 de enero de 2014  |  Redacción
La Audiencia Provincial de Murcia ha anulado la pensión por alimentos por importe de 250 euros mensuales que recibía un universitario que tiene ahora 25 años de edad por su mal rendimiento académico, ya que en 2 años aprobó 2 asignaturas.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, recoge también que tampoco se le ha visto interés por incorporarse al mercado de trabajo, por lo que no tiene justificación alguna que el padre le siga pagando la pensión que se fijó en octubre de 2009 en la sentencia de divorcio.
Señala también la sala que precisamente en las condiciones pactadas entonces se fijó como condición para mantener la pensión por alimentos que el joven debía tener superadas en septiembre de 2010 todas las materias de la carrera en la que se matriculara.
Y añade que ese compromiso fue incumplido, por lo que se respalda la sentencia del Juzgado de Familia que acordó revocar la obligación que tenía el padre de abonar los 250 euros mensuales.
La Audiencia, que tiene como ponente al magistrado Juan Martínez, comenta que "después de acabar el bachillerato, ha estado casi 4 años sin estudiar ni trabajar, ni realizó actividad laboral alguna hasta que se matriculó en Formación Profesional y, tras acabar estos estudios, en el año 2012, no trabaja ni consta que haya buscado empleo".
Al desestimar su recurso, el tribunal condena a este joven al pago de las costas causadas por el mismo.

miércoles, 15 de enero de 2014

NUEVOS PROGRAMAS EUROPEOS PARA REFORZAR LA JUSTICIA Y LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS

El Parlamento Europeo y el Consejo de la UE han adoptado recientemente los programas europeos de Justicia y de Derecho, Igualdad y Ciudadanía, tras más de 2 años de negociaciones, para el período 2014-2020
Ambos programas contribuirán a apoyar los esfuerzos de la Comisión Europea a la hora de construir un área única europea de Justicia y derechos fundamentales, centrándose en actividades con valor añadido a nivel de la UE. 
Ambos programas resultarán interesantes para ciudadanos y profesionales ya que ofrecerán apoyo financiero concreto a varias organizaciones especializadas en áreas de Justicia, derechos fundamentales y ciudadanía. El objetivo principal del programa de Justicia es ayudar en la creación de un espacio único europeo de Justicia, basado en la confianza mutua. Promoverá la cooperación judicial en asuntos civiles y penales así como la formación de jueces y otros profesionales de la Justicia en asuntos europeos; igualmente apoyará la estrategia europea contra las drogas. 
El programa sobre Derechos, Igualdad y Ciudadanía promoverá los derechos específicos y las libertades individuales derivadas del Derecho europeo. Promoverá la igualdad de género, combatirá todas las formas de discriminación y luchará contra el racismo. Puede acceder a los Reglamentos europeos que desarrollan los programas: Reglamento UE 1381/2013 que establece el Programa Derechos, Igualdad y Ciudadanía, y Reglamento UE 1382/2013 que establece el Programa Justicia