jueves, 27 de abril de 2023

IRPF: Declaración de la Pensión de Alimentos

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Si tienes hijos, estas son las deducciones que hay que tener en cuenta en el IRPF.
Cómo reclamar la deducción por pensión alimenticia en la declaración de la renta si eres madre o padre divorciado.
Esto es lo que dice la Agencia Tributaria sobre el concepto de pensión alimenticia, parte principal de los acuerdos de divorcio y sentencias judiciales al respecto cuando hay hijos dependientes de los progenitores.
Rubén García Díaz, 26.04.2023 
La declaración de la renta es un quebradero de cabeza. Incluso cuando luego el resultado sale positivo y no a pagar, genera nervios, pereza y dudas en quienes tienen que hacerla, cosa que ya toca en este 2023 porque estamos en plena campaña. Y si ya es complicado este asunto para una persona sin hijos, más lo es para quien los tiene, y todavía es un reto mayor para los padres y madres divorciados. 
A estos les asaltan las dudas sobre cuestiones que otras personas ni se plantean. Una de las más habituales, cómo reclamar la deducción por pensión alimenticia en la declaración de la renta.

Para saberlo, es fundamental localizar la información fiable al respecto. 
Y no hay fuente más directa que la página web de la Agencia Tributaria, que incluye el apartado dedicado a las pensiones compensatorias al cónyuge y las anualidades por alimentos —a favor de los hijos y de otras personas— en el punto 8.4.6, dentro del apartado que abarca la base liquidable general y la base liquidable del ahorro.

Hay que tener en cuenta antes de profundizar más, qué entiende la Agencia Tributaria por pensión alimenticia. 
Explican desde GM Tax, especialistas en asesoría fiscal, que “es el dinero que se paga para costear los gastos de los hijos, no solo en alimentos, sino también en vivienda, ropa o formación hasta que sean mayores de edad o terminen sus estudios, dependiendo de los acuerdos del divorcio o de lo que establece el juez”.
Es decir, no se refiere exclusivamente a los alimentos aunque el nombre pueda hacer que parezca así.

¿Se registra en la declaración de la renta?
La pensión alimenticia, dinero destinado a los hijos que recibe 1 de los 2 cónyuges, está exenta de declararse en la renta siempre y cuando haya una sentencia judicial firme o un acuerdo de divorcio.

Así lo especifica la Agencia Tributaria. “Para los hijos perceptores de dichas anualidades, constituyen renta exenta, siempre que las mismas se perciban en virtud de decisión judicial”, dice al respecto. 
Eso sí, es “imprescindible” que exista documentación legal que acredite el acuerdo de divorcio, avisan desde GM Tax. “De lo contrario, ese dinero debería tributar en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones”, apuntan.

También se debe registrar como ingreso por parte del progenitor que recibe la pensión si ha recibido más cantidad de la fijada por el acuerdo de divorcio o sentencia legal.
Por su parte, para el pagador, la Agencia Tributaria establece que “las cantidades satisfechas en concepto de alimentos a favor de los hijos por decisión judicial no reducen la base imponible general”.

Lo que sí puede hacer el progenitor pagador, apuntan desde GM Tax, es aplicar un tipo de gravamen más bajo por la cuantía, generalmente el 2%.Además, si la pensión es inferior a su Base Liquidable General, la escala de gravamen se aplicará por separado, lo que puede significar un ahorro, sobre todo para las rentas más altas”, apostilla.

Estos importes se incluyen en la casilla 471 de la declaración de la renta.

No es lo mismo que pensión compensatoria
La pensión alimenticia no es lo mismo que la pensión compensatoria. Son diferentes a nivel impositivo e incluso quien las percibe. Conviene aclararlo para evitar confusiones.
Ya hemos explicado anteriormente, de la mano de una fuente experta, qué es la pensión alimentaria. La misma fuente, GM Tax, señala que la pensión compensatoria es el dinero que se destina al excónyuge para cubrir el desequilibrio económico que se puede producir tras una separación”. 
Esto es, no va destinado a los hijos en común, sino a la expareja. “Suele establecerse cuando una de las partes gana bastante más dinero que la otra”, añaden desde GM Tax.

La Agencia Tributaria deja claro que “la pensión compensatoria tiene para el perceptor la consideración de rendimiento del trabajo no sometido a retención”. Esto significa que “el receptor deberá consignar la pensión como rendimiento del trabajo aunque la cantidad recibida estará exenta de tributar por el IRPF”, advierten desde GM Tax. 
Aun así, si el dinero de la pensión compensatoria supera los 1.500 € y el receptor ha ingresado más de 12.000 euros anuales, puede que le obliguen a presentar el IRPF”, apostilla el equipo de la asesoría fiscal.

El pagador, por su parte, siempre y cuando exista resolución judicial o convenio regulador, puede deducir el dinero de la pensión compensatoria en la base imponible del IRPF. “Eso sí, solo se puede incluir la cuantía establecida en la sentencia y siempre que no resulte una base final negativa. Si se paga más dinero, no se puede deducir”, exponen desde GM Tax.
La casilla para consignar estos datos en la declaración en el IRPF es la 423

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