sábado, 26 de enero de 2013

España -Rusia: Acuerdo Sustracción de Menores

Declaración de aceptación por España de la adhesión de la Federación de Rusia al Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores

Declaración de aceptación por España de la adhesión de la Federación de Rusia al Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, hecho en La Haya el 25 de octubre de 1980 (BOE de 25 de enero de 2013). Texto completo.

DECLARACION DE ESPAÑA: “De acuerdo con lo previsto en el art. 38, párrafo 4.º del Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, hecho en La Haya el 25 de octubre de 1980, España declara aceptar la adhesión del Principado de la Federación de Rusia al citado Convenio”.
RESERVAS, Federación de Rusia, 28-07-2011
De conformidad con las disposiciones del art. 42 del Convenio, la Federación de Rusia no se considera obligada a asumir el pago de los gastos previstos en el apartado 2 del art. 26 del Convenio, derivados de la participación de un abogado o asesor jurídico, o del proceso judicial, excepto en la medida en que dichos gastos puedan quedar cubiertos por su sistema de asistencia judicial y asesoramiento jurídico.
AUTORIDAD CENTRAL, Federación de Rusia, 28-03-2011
[...] el Ministerio de Educación y Ciencia de la Federación de Rusia ha sido designado como autoridad central encargada del cumplimiento de las obligaciones derivadas del Convenio.
Este Convenio, que fue publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 202, de 24 de agosto de 1987, correcciones de errores en los Boletines Oficiales del Estado n.º 155 de 30 de junio de 1989 y n.º 21 de 24 de enero de 1996, entrará en vigor entre España y la Federación de Rusia el 1 de marzo de 2013, de conformidad con el párrafo 4.º de su art. 38.

viernes, 25 de enero de 2013

Resolución europea pide respeto al derecho del padre a la custodia compartida

Agencia EFE/Estrasburgo (Francia), 25 enero 2013).- 
La Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa pidió hoy respeto a los derechos del padre para que, en caso de separación o divorcio, tenga la posibilidad de compartir la custodia de los hijos, partiendo de la base de un acuerdo "libre y mutuo" entre los progenitores.
La resolución de su informe "Igualdad de sexos, conciliación vida personal-vida profesional y corresponsabilidad", cuya ponente fue la diputada del Partido Popular (PP) Carmen Quintanilla, fue aprobada por una unanimidad de 65 votos.
El texto, no vinculante, anima a los 47 Estados miembros de esta organización paneuropea a introducir:
1.- permisos de paternidad igualitarios,
2.- mecanismos de apoyo financiero a las familias para el cuidado 
3.- y la educación de los hijos, 
4.- y campañas de sensibilización social.
Además, insta a las empresas a aplicar voluntariamente medidas de conciliación más ventajosas que las ya previstas de manera obligatoria en las legislaciones nacionales.
En su discurso, Quintanilla recordó las grandes diferencias que muestra la última encuesta europea de calidad de vida en la participación masculina en las tareas del hogar, según la cual el 70 % de los hombres suecos colaboran, pero solo un 17 % de los turcos.
Para la ponente, "las leyes no cambian las mentalidades", por lo que es necesaria la corresponsabilidad para compartir tareas del hogar y de la familia, "que corresponden por igual a padres y madres".
Por su parte, la diputada socialista Delia Blanco recalcó que con la crisis económica "las primeras que han sido expulsadas del mercado de trabajo han sido las mujeres", y calificó de "duro e injusto" que las mujeres de las próximas generaciones "tengan que plantearse decidir entre empleo o maternidad".
Pese a esas críticas, se citaron entre algunas de las buenas prácticas destacadas en España la ley de conciliación de 1999 y la de igualdad de 2007, y el hecho de que, según Quintanilla, las empresas estén empezando a poner en marcha medidas de conciliación.

Pascual Sala valora las tasas judiciales

El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Pascual Sala, ha manifestado este jueves que valora la implantación de tasas judiciales con la condición de que éstas estén "bien reguladas, bien establecidas y sean proporcionadas". 
 
ECO ®|EUROPA PRESS. 24.01.2013 El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Pascual Sala, ha manifestado este jueves que valora la implantación de tasas judiciales con la condición de que éstas estén "bien reguladas, bien establecidas y sean proporcionadas".
Sala se ha pronunciado así en Valencia, a preguntas de los periodistas, antes de impartir la conferencia 'Aspectos relevantes en la protección jurisdiccional de los derechos fundamentales', que ha ofrecido en el Club de Encuentro Manuel Broseta.
El presidente del TC, quien ha comentado que no conoce el texto completo de la ley de tasas, ha dicho que esta norma "tendrá que tener sus justificaciones y su explicación, y si están justificadas y se explican bien y están bien reguladas, en este caso, están bien puestas", ha dicho.
De lo contrario, ha continuado "admitirán todas las críticas que cualquier disposición permite a los ciudadanos y a los directamente interesados, que son los que tienen que acceder a los tribunales de justicia".

La Audiencia Nacional rechaza paralizar las tasas judiciales

.....por no causar "un perjuicio irreparable".
La Sección VIIª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo rechaza el incidente de suspensión cautelar planteado por el Colegio de Abogados, que fue el primero en recurrir ante la Audiencia Nacional la aplicación de la ley de tasas impulsada por el Ministerio de Justicia.
 
| 24 Enero 2013 
La Audiencia Nacional ha rechazado la petición del Colegio de Abogados de Ourense de proceder a la suspensión cautelar de la orden ministerial que regula el pago de las tasas judiciales, al considerar que supondría "prejuzgar el fondo del asunto" y que esta medida "no causa para los recurrentes un perjuicio irreparable".

La resolución judicial sostiene que, si se adoptara la suspensión de la orden del Ministerio de Hacienda que regula el pago de las tasas judiciales, "se prejuzgaría la cuestión de fondo, de manera que por amparar el derecho a la efectiva tutela judicial se vulneraría otro derecho, también fundamental, como es el proceso con las garantías debidas de contradicción y prueba".
Citando doctrina del Supremo, el auto de la Sección VIIª señala que "no se advierte que la aplicación de la orden impugnada comporte para la corporación recurrente la irrogación de perjuicios de difícil o imposible reparación, superiores a los que la suspensión de sus vigencia produciría al interés público". Todo ello, añaden, "sin perjuicio de lo que se resuelva al enjuiciar la disposición general impugnada en la fase definitiva del proceso".

VIOLACIÓN DE DERECHOS Y ÁNIMO RECAUDATORIO
El tribunal admitió a trámite la 1ª semana de enero la acción judicial interpuesta por los abogados orensanos, que fue imitada por varios colectivos profesionales, y pidió informes a la Abogacía del Estado para que se pronunciara sobre la adopción de la medida cautelar. Los servicios jurídicos del Estado se opusieron a la suspensión cautelar apuntando que, de acordarse, "se perturbaría gravemente dicho interés general".
El escrito del Colegio, de 13 páginas, defiende que el 'tasazo' judicial supone "una violación del derecho a la tutela judicial efectiva", contemplado en el artículo 24 de la Constitución, y contraviene el Convenio Europeo de Derechos Humanos, que establece que "toda persona tiene derecho a que su causa sea vista equitativa y públicamente en un plazo razonable por un tribunal independiente e imparcial".
Del mismo modo, los abogados de Orense denunciaban que la medida tiene un carácter exclusivamente "recaudatorio" y que las tasas no se aplicarán "a partir de la capacidad económica del contribuyente" sino del "coste del servicio prestado".
Además, ponían de manifiesto que para acceder al impreso de cobro es necesario tener un ordenador conectado a internet en el supuesto de que el ciudadano quiera hacer el trámite sin recurrir a un abogado.

Acusa de violencia de género a su ex novio 'sin saber' que éste estaba en la cárcel

SUCESOS | La mujer ha sido detenida, acusada de interponer una denuncia falsa
Agentes de la Policía Nacional han detenido en Alcoy a una joven de 22 de años por presunta simulación de delito, después de que "intentara inculpar" a su ex novio por un caso de violencia de género "sin saber" que el hombre se encontraba en prisión en el momento en que ocurrieron los hechos denunciados, según ha informado en un comunicado la Comisaría provincial.
La investigación se inició cuando la supuesta víctima acudió a la Policía a denunciar a su ex pareja, donde manifestó que unos días antes se lo había encontrado por la calle y éste le había "insultado y amenazado con secuestrarla".
A la vista de esta versión, agentes de la Brigada Local de Policía Judicial de la Comisaría de Alcoy iniciaron la búsqueda del presunto autor de los hechos, y averiguaron que se encontraba cumpliendo una condena en prisión desde el año 2011, al tiempo que no había disfrutado de ningún permiso penitenciario desde entonces, por lo que arrestaron a la denunciante por simulación de delito.

jueves, 24 de enero de 2013

Audiencia acuerda custodia compartida para que hijos no sufran ruptura padres

17-01-2013 / EFE
La Audiencia Provincial de Murcia ha acordado declarar la custodia compartida de los 2 hijos de un matrimonio divorciado para que los menores "no se vean afectados por la ruptura de sus progenitores".
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que esta es la solución más adecuada, teniendo en cuenta, entre otras circunstancias, que los niños, según el informe psicológico aportada a la causa, "han evidenciado una vinculación con la figura paterna".
Asimismo, tiene en cuenta que aunque se pueda considerar que la madre reúne mejores condiciones para la custodia que el padre, éste tampoco presenta aspectos que lo hagan inadecuado para asumir esa función.
"Ambos progenitores -dice la Sala- han acreditado una adecuada capacidad, aptitud e implicación en la crianza de sus hijos", por lo que, teniendo en cuenta, además, que los derechos y el interés de los menores han de prevalecer sobre los que pudieran entenderse como derechos parentales, se considera conveniente la custodia compartida.
El tribunal señala también que esta solución "posibilitará una adecuada relación con ambos, que, a su vez, redundará en su más adecuado desarrollo afectivos, personal y educativo".
La Audiencia estima así en parte el recurso que el padre presentó contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº6 de Cartagena, que en su resolución de febrero pasado asignó la guarda y custodia de los niños a la madre.

Aragón: Custodia compartida sin pensión y con piso.

el periodico de aragon.com/E. B. D. 13/01/2013.
La Ley de Custodia Compartida aragonesa comienza a configurarse como una alternativa (Trás 3 años de su aprobación) para la subsistencia de padres separados en tiempos de crisis.
Los juzgados de Familia de Zaragoza recibieron el año pasado, con el plazo de revisión que estableció la ley ya vencido, 557 demandas de modificación de medidas de divorcio, buena parte de las cuales solicitaban el cambio de la guarda y custodia exclusiva de los hijos a cargo de uno de los excónyuges por el modelo compartido. 
Fuentes jurídicas explicaron que, en la mayoría de los casos, eso permite dejar de pagar pensión de alimentos y elimina la prioridad del custodio para ocupar la antigua vivienda familiar.
Los tribunales zaragozanos recibieron el año pasado 909 demandas de divorcio con pacto previo de los cónyuges y 360 en las que no existía ese acuerdo. 

Nota:
¿Pero que solicitaban? ¿Todas la Custodia Compartida? Va a ser que no.