martes, 10 de abril de 2012

Contacta con la Unión Europea

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PRINCIPALES INSTITUCIONES
Parlamento Europeo: http://www.europarl.europa.eu/
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Consejo de la UE: http://www.consilium.europa.eu/showPage.aspx?lang=es&id=1

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SERVICIOS SOBRE DERECHO COMUNITARIO
EURLEX: http://eur-lex.europa.eu/es/index.htm
Tratados Consolidados: http://eur-lex.europa.eu/es/treaties/index.htm

Denuncia ante la Comisión Europea

 eur-lex.europa.

La Comisión Europea ha enviado una Comunicación al Parlamento Europeo y al Consejo acerca de la actualización de las gestiones con potenciales denunciantes respecto de la aplicación del Derecho de la UE. 
La nueva herramienta informática CHAP («Complaint handling») de atención a los denunciantes permite a la Comisión responder de forma más directa a los intereses de los ciudadanos, las empresas y la sociedad civil.

Las denuncias se registran en la aplicación; se envía un acuse de recibo, indicando que el registro como denuncia. 
El seguimiento dado a la denuncia sigue dependiendo:
1.- de la naturaleza de la cuestión planteada,
2.- los argumentos en los que se basa, 
3.- su probable impacto y 
4.- las prioridades fijadas por la Comisión en su Comunicación «Una Europa de resultados – la aplicación del Derecho comunitario». 

Para presentar las quejas mediante esta aplicación, se recomienda utilizar el formulario tipo disponible en: http://ec.europa.eu/eu_law/your_rights/your_rights_forms_en.htm. 
Las denuncias por escrito sobre la aplicación del Derecho de la Unión por parte de un Estado miembro deberán dirigirse a:la Secretaría General de la Comisión:
a.- por correo, a la dirección «1049 Bruselas, Bélgica», o, 
b.- por correo electrónico, a SG-PLAINTES@ec.europa.eu, o 
c.- presentarse en una de las oficinas de representación de la Comisión.

Dirijete al Fiscal General del Estado

 Fiscalia General del Estado

Atención al Ciudadano

Con esta nueva sección queremos abrir, aún más si cabe, la Fiscalía General del Estado a todos aquellos ciudadanos que:
a.- buscan información sobre sus derechos, 
b.- desean dirigir una reclamación bien por la actuación de un Fiscal concreto o bien relacionada con el funcionamiento de la Institución, o 
c.- están dispuestos a contribuir a la mejora del servicio público que se presta por el Ministerio Público efectuando sugerencias.
Queremos por esta vía dar un paso más en nuestro compromiso para lograr la máxima transparencia en nuestra actividad y facilitar el acceso a esta Institución, mejorando con sus aportaciones su funcionamiento.

Desde La Asociación Padres y Madres en Acción (PAMAC) - www.padresdivorciados.es - OS PEDIMOS que mandeis todas vuestra reclamaciones sonbre la actual ley del Divorcio.
Entre todos, podemos modificar la actual situación de la Justicia en temas de Familia.

La custodia compartida: la difícil batalla de los padres.

 la opinion de malaga

La custodia compartida: la difícil batalla de los padres Y........



La custodia de los hijos recae mayoritariamente en la madre. La custodia de los hijos recae mayoritariamente en la madre. L.O.

Aunque cada vez más padres solicitan la custodia compartida, la realidad es que apenas se logra, explica el letrado José María del Río. Buscar el acuerdo con la pareja, una de las claves del éxito.

MATUCHA GARCÍA. Martes 10 de abril de 2012
Cambia el modelo social y con éste los roles de los miembros de las unidades familiares. Si la ley del 81 atribuía de forma directa la guardia y custodia de los hijos menores de 7 años a la madre, en la actualidad es posible solicitar la custodia compartida. 
Al menos en la teoría, porque la práctica es bien distinta y arroja cifras casi anecdóticas, explica el abogado de familia José María del Río Belmonte. 
Cada vez es mayor el porcentaje de hombres, padres, que aunque se separen de su pareja, quieren participar de forma directa y el mayor tiempo posible en el cuidado y desarrollo de la vida de sus hijos. 
Pero éste está en «desventaja» desde el punto de vista jurídico, indica el letrado.

Una cuestión y un problema controvertido que cada vez suscita mayor debate. 

Es por ello que este experto jurista, junto al periodista Carlos Moncada, han elaborado la publicación Hombre separado... ¿padre feliz?, que con un prólogo del juez Francisco Serrano se introduce en la problemática de la custodia compartida, los escollos actuales, y ofrece además consejos y recomendaciones para lograr lo mejor para todas las partes en un proceso de separación o divorcio.

Moncada define este libro como un ensayo reflexivo, una publicación de autoayuda que responde, entre otras cuestiones, a una clara pregunta: 

¿Cómo aspirar a mejorar la lucha del hombre de hoy en una igualdad de trato con la mujer? ¿Es que acaso un proceso de ruptura de la pareja tiene que llevar aparejado que el varón no pueda participar en todas las decisiones de las vidas de sus hijos?

Las recomendaciones. 

El abogado de familia explica que cada vez es mayor el porcentaje de padres que piden la custodia compartida y critica que los resultados de los procesos judiciales difieran según la comunidad autónoma que se trate. 
«En Cataluña los jueces aplican la guarda y custodia compartida de forma preferente mientras que en Andalucía se aplica de manera excepcional. Además de exigir una serie de requisitos y condicionantes, en último extremo entra la valoración judicial», afirma.

Pero, ¿qué hacer ante un proceso de divorcio? 

Para empezar el letrado aconseja dejar al margen el término custodia compartida y hablar de un reparto proporcional del tiempo. 
«Quizás la madre se pueda sentir amenazada, por lo que en definitiva se trata de aumentar mi derecho a pasar más tiempo con mis hijos», comenta.
Para el abogado José María del Río, con más de 25 años de experiencia, existe una clave fundamental que es llegar a acuerdos.
 «Hay que desdramatizar el proceso, desjudicializarlo y ser coherentes y consecuentes para llegar a acuerdos. Siempre será mejor un acuerdo sobre una materia que ninguno», indica.

El fin último es aumentar el derecho a las relaciones con los hijos. 

Y, para llegar a tal fin, del Río ofrece un segundo consejo: nunca dar al juez una apariencia económica que no es. 
«No puedo decir que tengo una sola nómina si recibo ingresos por otra parte y además existen signos de ello. Hay que decir las cosas como son. Los alimentos no son para la madre, son para la cobertura de los gastos de esos hijos. Las cartas económicas hay que mostrarlas boca arriba. Siempre será peor lo que el juez pueda presumir que lo que esté demostrado», dice.

Éste y otros consejos y reflexiones son los que se ofrecen en esta publicación, que se presentará el próximo 19 de abril a las 20.00 horas en la sala Oyarzábal de la antigua sede de la Diputación provincial en la plaza de la Marina. 

Será desde este día cuando esté disponible además en las librerías malagueñas. 
«Es un tema candente, novedoso y al que hemos querido imprimir un enfoque distinto», indica Moncada.

La crisis. Por otra parte, el abogado de familia José María del Río afirma que es cierto que la crisis económica está provocando un aumento considerable de los procedimientos para la modificación de medidas (pensiones alimenticias), por el cambio de la situación económica del padre. 

A pesar de este incremento, dice, el resultado de los procesos es que los jueces son reacios a cambiar estas medidas a no ser que la situación se haya modificado de forma considerable.

La compraventa de viviendas acelera su caída interanual

12 meses a la baja: La compraventa de viviendas acelera su caída interanual al 32% en febrero.

La compraventa de viviendas bajó un 31,8% en febrero respecto a igual mes de 2011, hasta un total de 30.745 operaciones, de las que el 53,5% se realizaron sobre viviendas nuevas y el 46,5% sobre inmuebles de IIª mano, según informó este martes el Instituto Nacional de Estadística (INE).

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La compraventa de viviendas bajó un 31,8% en febrero respecto a igual mes de 2011, hasta un total de 30.745 operaciones, de las que el 53,5% se realizaron sobre viviendas nuevas y el 46,5% sobre inmuebles de 2ª mano, según informó este martes el Instituto Nacional de Estadística (INE).
El retroceso interanual de febrero es superior al de enero, cuando la compraventa de viviendas bajó un 26,3%, y con él, estas operaciones encadenan ya 12 meses consecutivos de descensos en tasa interanual.
En febrero, la compraventa de viviendas nuevas se redujo un 26,5% respecto al mismo mes del año anterior, hasta sumar 16.447 operaciones, mientras que la de usadas se contrajo un 37,1%, con 14.298 operaciones.

La mayor parte de las viviendas transmitidas por compraventa durante el 2º mes del año, en concreto el 85,6%, fueron viviendas libres. 
En total, la compraventa de este tipo de viviendas bajó un 32,4%, hasta 26.304 operaciones, en tanto que las operaciones sobre viviendas protegidas sumaron 4.441, con un descenso del 28,6%.
En tasa intermensual, la compraventa de viviendas bajó un 7,1% en febrero, en contraste con el repunte mensual del 42,3% que se experimentó en enero.

Andalucía, a la cabeza de las compraventas
En febrero, el mayor número de compraventas de viviendas por cada 100.000 habitantes se dio en Baleares (104) y La Rioja (100).
El 59,5% de las compraventas de viviendas efectuadas en el segundo mes de 2012 se registraron en Andalucía (5.562 operaciones), Cataluña (4.360), Madrid (4.334) y Comunidad Valenciana (4.041).
Las comunidades que realizaron un menor número de compraventas de viviendas en febrero fueron La Rioja (258 operaciones), Cantabria (373) y Navarra (479). 

Sumando las fincas rústicas y las urbanas (viviendas y otros inmuebles de naturaleza urbana), el total de fincas transmitidas en febrero fue de 150.422, con un descenso del 8,7% sobre febrero de 2011.
Por compraventa se transmitieron un total de 67.217 fincas, un 22,7% menos que en febrero de 2011, mientras que 6.084 fincas se transmitieron por donación (+11,5%), 1.127 por permuta (-20,7%) y 31.235 inmuebles por herencia (+7,4%).

En el apartado de compraventa, el 85,9% de las transacciones efectuadas en febrero correspondieron a fincas urbanas y el 14,1% a rústicas. 
Dentro de las urbanas, el 53,2% fueron compraventas de viviendas.
Según los datos del INE, el número de compraventas de fincas rústicas aumentó un 9,5% en febrero, hasta las 9.468 operaciones, mientras que el de fincas urbanas se contrajo un 26,2%, hasta las 57.749.

El número total de fincas transmitidas el año pasado por cada 100.000 habitantes fue mayor en Castilla y León (642), Aragón (636) y Castilla-La Mancha (635).
Por su parte, las operaciones de compraventa de fincas por cada 100.000 habitantes fueron mayores en La Rioja (273) y en Castilla-La Mancha (261).

Campaña IRPF 2012

La Campaña comenzará oficialmente el 3 de mayo hasta el 2 de julio

Los contribuyentes podrán solicitar el borrador de la renta de 2011 a partir de hoy.

Los contribuyentes podrán solicitar el borrador o los datos fiscales de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al año 2011 a partir de este martes 10 de abril y hasta el próximo 2 de julio de 2012, según la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda.

Ep - Madrid - 10/04/2012
Además, la confirmación de dicho borrador o datos fiscales también podrá efectuarse, cualquiera que sea el resultado, a partir de esa misma fecha y hasta el 2 de julio de este año, ambos días incluidos.
El borrador se podrá obtener y confirmar por vía telemática, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria en Internet (www.agenciatributaria.gob.es), aunque Hacienda enviará por correo ordinario el borrador los contribuyentes que no hayan recurrido a esta vía a partir del 3 de mayo, el día que arranca oficialmente la Campaña de Renta 2011.

Una vez que se reciba el borrador, se debe revisar, pudiendo en su caso completar o modificar la información recogida en el mismo antes de proceder a su confirmación. 
El plazo para la confirmación por vía telemática arranca también el 10 de abril y concluye el 2 de julio, aunque si se hace por otras vías el plazo comienza el 3 de mayo.
Si el resultado del borrador arroja una cantidad a ingresar y su pago se domicilia en cuenta, la confirmación o suscripción del mismo no podrá realizarse más tarde del 27 de junio, salvo si se domicilia solo el segundo pago.
Como todos los años, podrán solicitar el borrador los contribuyentes que sólo tengan rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, imputación de rentas inmobiliarias de 2 inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta y subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.

Novedades de la campaña
Como es tradicional cada año, con la solicitud del borrador comienza la Campaña de la Renta de 2011, que se extenderá entre el 3 de mayo y el 2 de julio. 
Una de las novedades es que se eleva la base máxima a 9.040 euros en la deducción por inversión en vivienda habitual en los supuestos de adquisición o rehabilitación de vivienda y para las cantidades depositadas en cuenta vivienda, y a 12.080 euros en el caso de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual por razón de discapacidad.

Además, hay una serie de cambios en la deducción por obras de mejora en la vivienda habitual, puesto que no se limitará a la vivienda habitual y contará con un colectivo mayor de potenciales beneficiarios tras elevar el límite anual de base imponible para acceder a la misma de 53.007,20 a 71.007,20 euros.  
Además, se mejora la cuantía de la deducción elevándose del 10% al 20% el porcentaje de deducción, y de 4.000 a 6.750 euros, la base anual máxima de deducción.

Asimismo, se han suprimido las deducciones por doble imposición de dividendos pendientes de aplicar al haber transcurrido el plazo límite de cuatro años desde 2006, así como la deducción por nacimiento o adopción, derogada desde el 1 de enero de 2011, entre otras cosas.

Acaban las alertas por SMS
En cuanto a las novedades efectuadas en el modelo de declaración para mejorar la gestión del impuesto, cabe destacar la supresión de la posibilidad de suscribirse a las alertas SMS a través del modelo, ya que a partir de 2012 las suscripciones a este servicio solo podrán realizarse por Internet.
Además, en el apartado relativo al borrador, el contribuyente no tendrá que cumplimentar las casillas del mismo para obtener su borrador o datos fiscales del ejercicio 2012, ya que podrá visualizarlos a través de Internet desde el primer día de la campaña y solo tendrá que cumplimentar las casillas de este apartado en el caso de que desee recibirlos por correo ordinario.

Quiénes tienen que declarar
En cualquier caso, se mantiene en 22.000 euros los rendimientos íntegros de los contribuyentes que no están obligados a presentar la declaración de la renta cuando procedan de un sólo pagador (si tienen más de un pagador la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes no puede superar los 1.500 euros), y en 11.200 euros la renta máxima anual que exime de esta obligación a los contribuyentes que tienen más de un pagador y siempre que la suma del segundo o de los restantes pagadores sea superior a 1.500 euros.

Sí están obligados a declarar aquellos contribuyentes que aún teniendo rentas del trabajo inferiores a los 22.000 euros anuales, se hayan aplicado deducciones por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional, así como reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.

No se puede poner un plazo a la pensión alimenticia.


No se puede poner un plazo a la pensión alimenticia
El Juzgado de 1ª Instancia de Sevilla dictó sentencia declarando disuelto el matrimonio por causa de divorcio y en la misma establecía una pensión alimenticia para su hija de 150 € durante 1 año a contar desde que alcanzara la mayoría de edad.
Se interpone recurso de apelación por la ex esposa y la AP de Sevilla en su sentencia de 29 de septiembre de 2011 revoca la sentencia de 1ª Instancia dejando sin efecto la limitación temporal de la pensión. 
La Sala entiende que la obligación del progenitor de prestar alimentos a sus hijos se entiende que debe mantenerse no hasta que alcance al mayoría de edad sino hasta que sea independiente económicamente, siempre y cuando el hijo actúa de forma diligente para encontrar trabajo o continuar su formación.
En el caso presente no existe una conducta pasiva o desidia por parte de la hija para encontrar trabajo estando inscrita como demandante de empleo; si esta situación se alarga y se constata un cambio en el comportamiento de la hija, sería el momento de extinguir la pensión, mientras tanto  no resulta confirma a la naturaleza de la pensión fijar un plazo para la pensión alimenticia sin conocer la situación en la que se encuentra la hija.