miércoles, 8 de enero de 2014

Tips para evitar que los niños sufran por un divorcio.

ritmo romantica.com/

Mamá: Un divorcio afecta el desarrollo psicológico de cualquier niño, es por ello que Ritmo Romántica, tu radio de baladas tiene para ti algunos tips que te ayudarán a evitar que tus hijos sufran y aprendan a sobrellevar de mejor manera la separación de sus padres.

  • Permítele hablar con su padre las veces que quiera, puede llamarlo, o pedirle que lo visite cuando sienta que lo necesita.
  • Trata bien a tu ex pareja. No porque estén separados deben dejar de ser amigos. Lo mejor es que los chicos vean una buena relación padre – madre pese al divorcio.
  • Nunca discutas temas con tu ex pareja delante de tu hijo, ni hables mal de tu ex cuando no esté.
  • Evita las despedidas dramáticas y emotivas, solo así no notará mucho la ausencia del padre.
  • Tus hijos no son mensajeros, si tienes algo que decirle a tu ex, díselo tú misma. Arreglen los problemas como adultos.

La Audiencia declara nulo un divorcio

 .......porque el marido no llevaba abogado.

miguel ángel zamora | león 07/01/2014

La sección 1ª de la Audiencia Provincial de León declaró nulo un juicio celebrado en el juzgado de Primera Instancia nº 10 de los de León (Familia) en el que se concedió la custodia del hijo de un matrimonio a la esposa y se impuso una pensión de 120 euros al marido a pesar de que había solicitado la suspensión de la vista por no tener acceso a la contratación de un letrado y carecer de recursos para hacer frente a la pensión.
El fallo de la Audiencia declara «la nulidad de todo lo actuado desde la celebración del acto del juicio hasta la sentencia dictada, que expresamente declaramos nulos, para retrotraer las actuaciones y señalar nuevamente para la celebración del acto del juicio».
La sentencia del tribunal de instancia concedía la custodia del hijo del matrimonio a la madre y además imponía una pensión alimenticia de 120 euros mensuales al padre.
«Este tribunal de apelación ha de acoger la petición principal formulada porque el recurrido pidió expresamente la suspensión del curso de los autos al solicitar el reconocimiento de la asistencia jurídica gratuita y la designación de abogado y procurador para su defensa, y a pesar de haberlo hecho no se adoptó decisión alguna sobre su petición y continuó el curso del procedimiento sin su intervención. Se ha producido una clara infracción», dice la sentencia.
«Es cierto es que en tanto no se acuerde la suspensión de un acto procesal señalado y notificado, dicho acto va a tener lugar y las partes deben de saberlo y actuar en consecuencia pero, en este caso, la nulidad subsistiría igualmente porque al no haberse designado abogado y procurador (su designación fue posterior al acto del juicio) la presencia del demandado en el acto del juicio habría sido infructuosa, ya que lo habría hecho sin procurador ni abogado y no se habría admitido su personamiento ni su posibilidad de actuar en su defensa en juicio. Además, la indefensión generada no es consecuencia de los propios actos del demandado que al solicitar la suspensión del proceso tiene la legítima expectativa de que se resuelva sobre su petición. Lo contrario supondría exigir al ciudadano que esté pendiente de si se proveen o no se proveen sus peticiones y que denuncie ante el tribunal cualquier omisión imputable al órgano judicial; su deber de diligencia no puede llevarse a tal extremo», explica el Ponente en la sentencia.
Demora y perjuicio
«El derecho a un proceso sin dilaciones indebidas no puede prevalecer sobre el derecho a la defensa en juicio. Además, la demora no tiene por qué causar perjuicio en procesos en los que es posible adoptar en cualquier momento medidas provisionales con carácter de urgencia», finaliza el punto 1º del apartado de Fundamentos de Derecho.
Contra la resolución no cabe método de impugnación alguno, por lo que el Juzgado de Familia deberá volver a repetir las actuaciones desde el 1º momento.

Divorcio en la Ciudad de Mexico

Como separarse y no morir en el intento.
Los intereses de los implicados deben ser velados por profesionales cuando el divorcio es inevitable.
    La propuesta es salvar el matrimonio, pero si la única salida es la separación, hay varios aspectos a considerar
GUADALAJARA, JALISCO (07/ENE/2014).-  
Sin líos.Arreglo de mutuo consentimiento
Que ambos decidan poner fin a la relación con los derechos que les corresponden, el 50 % si es liquidación de sociedad legal o  la compensación del 40 % que proviene del art.  417 bis del Código Civil para el que se dedicó a las tareas del hogar y el cuidado de los hijos.  “El divorcio de mutuo acuerdo se hizo para la gente culta y madura, para la gente razonable”, el especialista Guillermo Ogarrio Saucedo.
Divorcio unilateral La Ciudad de México es el único lugar en la República donde se da la separación unilateral y ésta es que cualquiera de los 2 solicita el divorcio sin invocar motivo o causa alguna y se resuelve en 60 días, pero se reserva la cuestión de la indemnización y las vistas de convivencia de los hijos si es que los hay para el juicio a posteriori.
Contencioso y necesario
Una de las reformas del art. 404 del Código Civil que contempla las causales de divorcio en la fracción 19 se incorpora la separación injustificada por cualquiera de los cónyuges, por más de 2 años muchos se separan, esperan este tiempo y piden el divorcio, presentan 2 testigos y se da la disolución sin contratiempos.

España: Actualización de la Pensión de Alimentos


divorcio

Muchos padres y madres separados les toca este mismo mes actualizar la pensión de alimentos que pasan a sus hijos y en ocasiones en un lío encontrar el porcentaje justo que hay que sumar a lo que ya llevan pagando mensualmente un año atrás ¿verdad?
Para quién le pueda ayudar he encontrado este artículo donde explican como se actualiza esta pensión y por si quedan dudas nos recomiendan utilizar la herramienta calculadora del Instituto Nacional de Estadística (INE) donde se introducirán los datos de la renta (cuantía) y las fechas que se deseen actualizar.
Espero que ayude a muchos padres y madres a realizar esta acción. Aunque os recordamos que cada caso es un mundo, antes de ponerse manos a la obra leeros bien vuestro convenio de separación y en particular donde pone como actualizar la pensión.

martes, 7 de enero de 2014

Niegan la pensión alimenticia a un joven de 26 años

EFE | MURCIA |06.01.14




Un hombre divorciado no está obligado a seguir pasando la pensión por alimentos fijada en la sentencia de separación a un hijo, que tiene 26 años de edad, porque le ha ofrecido trabajar en su empresa y tener así una fuente de ingresos.
Así lo dispone la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia, que ha confirmado la decisión del Juzgado de Primera Instancia de Cartagena, que, al aprobar el divorcio del matrimonio señaló que no procedía establecer una pensión por alimentos para este hijo.
La sentencia fue apelada tanto por el demandado, que solicitó se anulara la pensión compensatoria de 500 euros fijada en favor de la que había sido su esposa, y por ésta misma, que insistió en su solicitud de que se acordara una pensión en favor del hijo de 26 años.
Esta última, en apoyo de su recurso, señaló que el joven padece trastornos psicológicos, tales como alteraciones del sueño y del ánimo, "no teniendo una posibilidad real y completa de independencia económica".
La Sala ha estimado en parte el recurso presentado por el padre, y ha acordado rebajar de 500 euros a 400 la pensión compensatoria que deberá abonar a su exmujer.
En cuanto a la apelación planteada por ésta, el tribunal la rechaza, argumentando que el joven no ha sido diagnosticado de ningún padecimiento y que solo está en estudio psicológico.
Además, afirma que "ya terminó su formación, con éxito, teniendo el grado superior en mantenimiento y control de sistemas electrónicos, trabajando 'online' vendiendo productos de importación de Japón, aunque le reporta ingresos exiguos".
Y añade que "tiene posibilidad real y concreta de independencia económica; tiene posibilidades reales de trabajar con su padre en su empresa, según manifestaron ambos".

Las chicas moteras son más felices que el resto

canarias en moto.com/03 de Enero de 2014
Según un estudio realizado por Harley Davidson, las mujeres motoristas son más felices y seguras de sí mismas que el resto. Pero seguro que esta actitud ante la vida no es exclusiva de las chicas que conducen las míticas motos custom...
En una encuesta elaborada por la agencia Kelton para la marca de Milwaukee entre más de 2.000 "motoristas y NO motoristas" se sometieron a un test online y se han comparado los resultados de ambos colectivos con interesantes resultados
1.- El doble de las motoristas se sienten siempre felices, un 37% por el 16% de las no motoristas. 
2.- Un 27% de las motoristas se sienten siempre sexy, por un 7% en el caso de las no motoristas.
3.- El doble de motoristas se sienten siempre seguras de sí mismas, 35% respecto al 18%..
4.- El 60% de las motoristas se sienten contentas en su comunicación con el sexo contrario por el 38% del resto.
 5.- El 51% están contentas con sus relaciones íntimas por el 35% de las no motoristas.

Como conclusión adicional, actualmente existen unos 27 millones de mujeres motoristas en el mundo, y más o menos la mitad asegura que la moto supone para ellas una fuente de felicidad. Algo muy parecido a los que nos sucede a los hombres...





lunes, 6 de enero de 2014

La Junta de Andalucia judicializa la violencia doméstica

Ambrosio y Aguilar en la rueda de prensa
Foto: EUROPA PRESS
CÓRDOBA, 18 Dic. 2013 (EUROPA PRESS) -
El 75% de las mujeres víctimas de violencia de género que toman la decisión de denunciar desconocen el proceso judicial al que se enfrentan, según los últimos estudios realizados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y la Universidad de Sevilla. Para reducir ese desconocimiento, la Consejería de Justicia e Interior ha editado una guía divulgativa para informar y acompañar a las mujeres víctimas de violencia de género en todo el proceso judicial y contribuir así a romper el miedo a denunciar.
La guía ha sido presentada este miércoles en Córdoba por la directora general de Violencia de Género y Asistencia a Víctimas de la Consejería de Justicia e Interior, Encarnación Aguilar, y por la delegada del Gobierno andaluz en Córdoba, Isabel Ambrosio, quienes han puesto de manifiesto que en el 90% de los casos las mujeres renuncian a continuar el procedimiento iniciado tras la denuncia. (....)

Ha destacado, igualmente, que la guía pretende ser un material de apoyo a las víctimas para facilitarles la comprensión del recorrido judicial y proporcionarles información básica y esencial sobre cada uno de los momentos y trámites del procedimiento que se abre tras la denuncia, con el fin de que cada mujer tome la decisión que más se ajuste a las necesidades e intereses presentes y futuros de ella y de sus hijas e hijos. (....)

La delegada ha aludido a los instrumentos con que cuenta  Andalucía, desde la Ley de Protección Integral, de 2007, a Órdenes de protección, juzgados especializados, servicios de atención a las víctimas (SAVA) y Unidades de Valoración Integral (UVIG) dentro de los Institutos de Medicina Legal, ayudas económicas y recursos de acogida, turno especial en la asistencia jurídica gratuita y unidades especializadas en las fuerzas y cuerpos de seguridad, entre otros. (....)

La Consejería de Justicia e Interior ha lanzado una 1ª edición de 5.000 ejemplares, a los que se sumarán otros 11.000 en las próximas semanas. Las mujeres víctimas de violencia de género y la sociedad en general pueden acceder a esta guía tanto en las redes sociales como en los distintos sitios web de la Junta de Andalucía y también en centros de salud, de servicios sociales y de información a la mujer y a través asociaciones y colectivos implicados en la erradicación de esta lacra.La guía se puede consultar a través del singuiente enlace: