jueves, 3 de septiembre de 2026

las hipotecas en casos de separaciones o divorcios:

Un abogado advierte en un vídeo de TikTok sobre creer que basta con un pacto entre la expareja para que uno se quede con la casa y el otro deje de estar vinculado a la hipoteca
David Jiménez, abogado, advierte sobre las hipotecas en casos de separaciones o divorcios: "El acuerdo con tu ex no es suficiente".
Andrés Barros Mariño, 02.09.2026 
El economista y abogado David Jiménez, conocido en redes como @davidjimenezabogado, explica que esta situación no se limita a las separaciones de pareja, sino que también puede darse en el reparto de una herencia. Cuando una persona se adjudica una vivienda, suele quedarse también con la hipoteca asociada, dando por hecho que la otra parte queda automáticamente fuera de esa deuda. Este malentendido es, según el propio abogado, uno de los errores que observa con más frecuencia en su ejercicio profesional, precisamente porque parece un trámite sencillo cuando en realidad implica un paso adicional que muchas personas desconocen.

Por qué el acuerdo entre las 2 partes no es suficiente.
El abogado señala que, aunque ambas partes estén de acuerdo, existe un 3º imprescindible en esta operación: la entidad financiera. "La entidad financiera tiene que participar en esa operación para liberar al deudor", explica Jiménez, en referencia al proceso necesario para que quede un único propietario y un único prestatario en el préstamo.

Esto significa que, aunque se llegue a un pacto con la expareja por el cual una persona se queda con la vivienda y con la hipoteca, si el banco no interviene formalmente en esa liberación, la otra persona sigue vinculada legalmente a las obligaciones del préstamo original. "Si el banco no interviene, vas a seguir vinculado con las obligaciones que tenías y, por tanto, pueden ir contra ti en el caso de que haya cualquier impago", advierte.

Para resolver la parte de la propiedad, el abogado recomienda la figura de la extinción de condominio: uno de los 2 se adjudica la vivienda entera y compensa al otro por su mitad. Fiscalmente, explica, es la vía más ventajosa, ya que no tributa como una compraventa por el ITP (entre un 6% y un 10%), sino por AJD, con un tipo de entre el 0,5% y el 1,5% según la comunidad autónoma.
(Nota: solo lo podrás hacer si previamente has realizado la Liquidación de Gananciales y tendrás que poner otra demanda ante el juzgado)

Jiménez cita además la sentencia 1484/2018 del Tribunal Supremo, que estableció que la base imponible en estos casos no es el valor total del inmueble, sino únicamente la parte correspondiente al comunero que sale de la propiedad. Según sus cálculos, en una vivienda valorada en 300.000 euros, esa diferencia puede suponer más de 20.000 euros en impuestos.

"El acuerdo con tu ex no es suficiente"
Jiménez resume el mensaje de forma directa: "El acuerdo con tu ex no es suficiente. Necesitas que intervenga la entidad financiera para que te libere de ese préstamo". Sin ese paso formal ante el banco, la persona que en teoría ha quedado fuera de la vivienda podría seguir siendo responsable de la deuda hipotecaria en caso de que la otra parte deje de pagar, independientemente de lo acordado entre ambas.

Por ese motivo, el abogado insiste en la importancia de formalizar este trámite bancario, conocido habitualmente como novación o subrogación hipotecaria, como parte del propio proceso de separación, divorcio o reparto de herencia, y no dejarlo pendiente asumiendo que el acuerdo firmado entre las partes ya resuelve la situación frente a la entidad financiera.
(Nota: Tras el divorcio, en Bienes Gananciales, la Hipoteca de la vivienda está a nombre de los 2 protagonistas y el Convenio Regulador no puede hacer nada al respecto y el Juez menos.)

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