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Síndrome de alienación parental, el término sin base científica que prohibirá el Gobierno y que perpetúa el mito de la "mujer perversa"
El Gobierno aprobará este martes la ley que obliga a escuchar a los menores de 12 años en casos como el de Juana Rivas.
ELENA OMEDES, 04 Mayo 2026
La reforma de la ley de protección a la infancia también prohibirá expresamente el Síndrome de Alienación Parental (SAP), que no podrá utilizarse en ningún proceso judicial o administrativo.
El Consejo de Ministros aprobará este martes la reforma de la ley de protección a la infancia (la LOPIVI), que refuerza el derecho
ELENA OMEDES, 04 Mayo 2026
La reforma de la ley de protección a la infancia también prohibirá expresamente el Síndrome de Alienación Parental (SAP), que no podrá utilizarse en ningún proceso judicial o administrativo.
El Consejo de Ministros aprobará este martes la reforma de la ley de protección a la infancia (la LOPIVI), que refuerza el derecho
de los menores a ser escuchados con una batería de medidas de diversa índole.
Escuchar al niño para las custodias compartidas
La norma refuerza también la protección de los menores a la hora de conceder la custodia compartida, que no podrá establecerse "cuando existan indicios de que esa decisión puede afectar negativamente a la salud física, psíquica o emocional" del niño. Se obligará, así, a escuchar al menor, en línea con la jurisprudencia dictada por el Tribunal Supremo (TS), que recientemente ha anulado varias sentencias de custodia por no explorar la opinión del menor. Además, con esta reforma, si un niño expresa rechazo hacia uno de sus padres, el sistema deberá investigar las causas del rechazo y "proteger" a la persona menor de edad.
Según avanzan fuentes del Ministerio de Juventud e Infancia, impulsor de la norma, el texto obligará a tener en cuenta la voluntad de los niños en cualquier proceso que les afecte, como la separación de sus padres, e independientemente de la edad que tengan, pues actualmente el juez solo contempla esa posibilidad si el menor tiene más de 12 años o demuestra una "madurez suficiente".
"Esto ha provocado que, en muchos casos, la voz de niñas y niños no haya sido tomada en consideración", aseguran en el departamento que dirige Sira Rego. Así, con esta reforma, el Ejecutivo pretende evitar casos como el de Daniel, el hijo menor de Juana Rivas que tuvo que mudarse el pasado verano a Italia con su padre sin haber podido trasladar al juez que no quería, porque tenía 11 años.
La norma modifica la ley aprobada en 2021 con el objetivo de enmendar algunas lagunas identificadas en los últimos años en la legislación que protege a la infancia. En esa línea, también se prohibirá explícitamente el falso Síndrome de Alienación Parental (SAP), que alega manipulación de uno de los progenitores (en la mayoría de las ocasiones, de la madre) para provocar el rechazo del menor hacia el otro padre o madre. Es un concepto sin base científica que, sin embargo, sigue empleándose en muchas sentencias, ya sea con ese término o con otros que invocan lo mismo, como las "interferencias familiares", y que se ve sobre todo en situaciones de violencia de género.
Con esta reforma, el Gobierno prohíbe de forma expresa tanto el SAP como "cualquier reformulación o planteamiento sin aval científico". De este modo, ningún informe basado en el SAP podrá utilizarse en procesos judiciales o administrativos y cualquier resolución que lo invoque podrá ser impugnada.
"Esto ha provocado que, en muchos casos, la voz de niñas y niños no haya sido tomada en consideración", aseguran en el departamento que dirige Sira Rego. Así, con esta reforma, el Ejecutivo pretende evitar casos como el de Daniel, el hijo menor de Juana Rivas que tuvo que mudarse el pasado verano a Italia con su padre sin haber podido trasladar al juez que no quería, porque tenía 11 años.
La norma modifica la ley aprobada en 2021 con el objetivo de enmendar algunas lagunas identificadas en los últimos años en la legislación que protege a la infancia. En esa línea, también se prohibirá explícitamente el falso Síndrome de Alienación Parental (SAP), que alega manipulación de uno de los progenitores (en la mayoría de las ocasiones, de la madre) para provocar el rechazo del menor hacia el otro padre o madre. Es un concepto sin base científica que, sin embargo, sigue empleándose en muchas sentencias, ya sea con ese término o con otros que invocan lo mismo, como las "interferencias familiares", y que se ve sobre todo en situaciones de violencia de género.
Con esta reforma, el Gobierno prohíbe de forma expresa tanto el SAP como "cualquier reformulación o planteamiento sin aval científico". De este modo, ningún informe basado en el SAP podrá utilizarse en procesos judiciales o administrativos y cualquier resolución que lo invoque podrá ser impugnada.
Escuchar al niño para las custodias compartidas
La norma refuerza también la protección de los menores a la hora de conceder la custodia compartida, que no podrá establecerse "cuando existan indicios de que esa decisión puede afectar negativamente a la salud física, psíquica o emocional" del niño. Se obligará, así, a escuchar al menor, en línea con la jurisprudencia dictada por el Tribunal Supremo (TS), que recientemente ha anulado varias sentencias de custodia por no explorar la opinión del menor. Además, con esta reforma, si un niño expresa rechazo hacia uno de sus padres, el sistema deberá investigar las causas del rechazo y "proteger" a la persona menor de edad.

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