martes, 20 de noviembre de 2012

LA COOPERACIÓN REFORZADA DE PAREJAS INTERNACIONALES

LITUANIA, 15° ESTADO MIEMBRO
La Comisión Europea confirma la decisión de Lituania de adherirse al procedimiento de cooperación reforzada que permite a las parejas internacionales escoger la legislación nacional aplicable a su divorcio y separación legal. 

El Reglamento ofrece a las parejas seguridad jurídica e impide la «carrera hacia el tribunal» en busca de un foro de conveniencia, evitando al mismo tiempo procesos emocional y económicamente onerosos. 

En julio de 2010, los Gobiernos de la UE adoptaron la Decisión del Consejo por la que se autoriza una cooperación reforzada en el ámbito de la ley aplicable al divorcio y a la separación legal. 
Consiguientemente, los catorce países participantes (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Eslovenia, España, Francia, Hungría, Italia, Letonia, Luxemburgo, Malta, Portugal y Rumanía) adoptaron un Reglamento del Consejo que contiene disposiciones pormenorizadas sobre la elección de la jurisdicción competente para conocer de los divorcios internacionales (el llamado «Reglamento Roma III»). 
Este Reglamento, que entró en vigor el 21 de junio de 2012, carece de efectos sobre las leyes nacionales aplicables al matrimonio y al divorcio.

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