jueves, 6 de diciembre de 2007

Sentencia Custodia Compartida: 3 Domicilios .....

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Un juez atribuye a dos divorciados el uso de la casa familiar en meses alternos
Cada ex cónyuge se turnará un mes en la vivienda para cuidar de la hija menor del matri
monio

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La hipoteca la pagarán también a medias. Mallorca
FELIPE ARMENDARIZ. PALMA.

El juez de familia número 20 de Palma ha dictado un auto en una causa de divorcio en el que establece para los dos ex cónyuges la guarda y custodia compartida de su hija menor de edad, pero, como nota curiosa, añade que cada ex esposo vivirá en meses alternos en la antigua casa familiar para cuidar de la niña.

La novedosa resolución ha sido dictada en un auto sobre medidas provisionales dentro de un proceso de divorcio en el que la pareja divorciada no se pone de acuerdo sobre la custodia de la niña y otros extremos.

La mujer pidió el divorcio hace algunos meses y solicitó también la regulación de la guarda y custodia de la pequeña, que ha vivido con su padre en las primeras semanas tras la ruptura.

Meses impares y pares.
Cada progenitor se fue a vivir a otra casa y el primitivo domicilio familiar queda vacio. El juez ha entendido que lo más oportuno para la menor es que sus padres compartan la custodia y la cuiden en la casa familiar en meses alternos.
Así, la madre vivirá en ese inmueble los meses impares con la niña y el padre residirá en la casa los meses pares. Cada progenitor estará obligado a dejar la casa a su ex pareja a las diez de la noche del díé 30 del mes par o impar asignado a él en el turno.

El magistrado también establece un régimen de vistas semanal para que el padre no ocupante de la vivienda esté también con la niña.El auto justifica el reparto de la casa y del cuidado de la hija en tratar de conseguir "que ninguno de los consortes pierda por ahora el contacto cotidiano con la menor".La medida también pretende "evitar que la hija sea sometida a continuos cambios de domicilio y garantizar la continuidad en su ambiente cotidiano".

El auto ha sido recurrido por el ex marido, representado por Consuelo Pou.Fuentes jurídicas han destacado que la alternancia en el uso de la vivienda familiar supone, a la larga, que los ex esposos tengan que mantener tres viviendas: una para cada uno de ellos en los meses sin la niña y la tercera común.
También ven inconvenientes de orden doméstico en los turnos de ocupación del piso familiar, puesto que no todas las personas comparten los criterios respecto al mantenimiento o, por ejemplo, limpieza de una casa.

La resolución definitiva sobre el inusual auto correrá a cargo de la Audiencia Provincial.

1 comentario:

pedro dijo...

Está claro que los jueces no tienen la menor idea de cómo tratar lo de la guarda y custodia repartida. Es normal, no son especialistas en materia de estabilidad emocional auque esto no se les disculpa pues una vez más siguen empecinados en que la equilibrio emocional está, en primerísimo lugar, relacionado con tener un sólo lugar de convivencia habitual y por ello continúan empujando a los menores a una relación familiar exenta de coherencia en las relaciones. Los hijos de los trabajadores de cualquier circo le dirían a estos señores magistrados que lo más importante para ellos es Cómo y Qué viven cada día y no Dónde viven cada día.

¿No se dan cuenta de que cada día que pasa enredan más los autos y las sentencias de divorcio? Seguramente creerán que su solución es cada día algo mas perfecta y justa, pero en la práctica, están complicando la vida real de los menores, embargándoles su estabilidad emocional y perjudicando su desarrollo cognitivo.

En mí opinión se debe partir de la guardia y custodia repartida, pues los hijos tienen las mismas necesidades antes y después del divorcio de sus progenitores y la responsabilidad de estos contraída con aquellos debe ejercitarse plenamente en todo momento y sí, dos hogares, porqué no? Podrán tener dos casas, dos habitaciones, dos camas, dos ajuares, tendrán relación con el entorno social de un sitio y también del otro, tendrán relación social adecuada con la familia colateral de un progenitor y también con la del otro, porque su realidad es diferente a la de otros pero igual de buena, igual de enriquecedora y sobre todo, tendrán unas adecuadas relaciones filiales con su madre y con su padre, por que los tiene y los quiere y debe recibir todo aquello que le ayude a crecer como persona y lo cuidarán, protegerán, alimentarán y educarán sin dicotomías ni desequilibrios.

Serán como tener dos espejos que reflejan una única imagen, la de un hijo sano.

Pedro Cruz Montesdeoca – Gran Canaria – 23 Sept. 2009