http://www.elmundo.es/diario/laotracronica/2631417.html
CULTURA FAMILIAR / ANGELES GONZALEZ-SINDE
LA FAMILIA DE LA MINISTRA, COMO «LOS SERRANO»
¿Su preocupación? Cómo sacar tiempo
.
JOSE LUIS ROMO.
<¿Mamá, y ahora qué hago?». Esas fueron las primeras palabras que Angeles González-Sinde escuchó tras atender a la prensa en su toma de posesión como ministra de Cultura. «Vete con la abuela, que mamá tiene que seguir trabajando». La pregunta venía de Valentina, de 4 años, la hija que Gonzaléz-Sinde (44) tiene con su actual pareja, el ayudante de dirección Javier Gil del Alamo. Junto a ellos, también se encontraba Estrella, de 11, fruto de la unión de la ex presidenta de la Academia de Cine con Ramiro Alonso, también presente en el protocolario acto. Si a ellos les sumamos los 2 hijos de Javier de una relación anterior, no es extraño que la ministra afirmara en una entrevista que su familia es como la de Los Serrano. Para la directora de " Una palabra tuya " la maternidad juega un papel muy importante en su vida. Uno de sus relatos hablaba de la culpabilidad que sentía por dejar a su hija para irse a cenar con unas amigas. «Entiendo mucho mejor que la gente decida no tener hijos desde que soy madre. Me encanta serlo y me entusiasman mis niñas, pero también he decidido no aumentar la familia. Se sufre mucho. Tienes que estar revisando constantemente cuestiones morales. Como por ejemplo: ¿Hago bien en venir a una tertulia cuando he salido de casa a las 9 de la mañana y no voy a volver hasta por la noche?», confesaba a Yo Dona. Hija del conocido productor y guionista José María González-Sinde, el Séptimo Arte siempre ha estado presente en la vida de la ministra más temida por los internautas y ha sido en los rodajes donde ha encontrado a sus parejas más conocidas, aunque nunca se haya decidido a pasar por la vicaría. El padre de Estrella, Ramiro Alonso, es un apuesto intérprete curtido en series televisivas (El comisario, El síndrome de Ulises, Cazadores de hombres...), pero que no ha llegado a dar el salto a la gran pantalla. González-Sinde mantiene una magnífica relación con él. Prueba de ello es que recomiende la custodia compartida cuando se produce una separación.
A su actual pareja, Javier Gil del Alamo, le conoció durante la grabación de Entre vivir y soñar. Una comedia romántica, como no podía ser de otra forma.
El formaba parte del equipo técnico como ayudante de dirección, cargo que ha desempeñado para títulos como la laureada "Smoking room" o la taquillera "El penalti más largo del mundo".
Fuentes de la industria comentan que los directores del filme, Menkes y Albacete, hicieron de celestinos. Con ellos ha creado este año el guión de la polémica "Mentiras y gordas".
Una película que, quizás, no le haya reportado tanta satisfacción personal pero con la que ha logrado su mayor éxito de taquilla: más de 3 millones y medio de euros en 3 semanas.
Ni Almodóvar y sus Abrazos rotos la han superado.
Este Blog de un Padre Divorciado, con Custodia Compartida pero producto de la injusta normativa vigente: Aquí Encontrarás información sobre lo que sufren los Padres, Madres y sus Hijos;Sobre Actividades: Conferencias, Jornadas,... Se clasifican por ETIQUETAS o TEMAS. Contacta con el grupo de Padres y Madres por la CUSTODIA COMPARTIDA de los hijos en el Foro ó en usedimad@gmail.com ó www.padresdivorciados.es Unete a PAMAC (649 116 241)
sábado, 18 de abril de 2009
Cuando los maltratados son los hombres
http://www.elconfidencial.com/cache/2009/04/16/salud_90_cuando_maltratados_ellos.html
Cuando los maltratados son 'Ellos'.
@Ana I. Gracia - 17/04/2009
“Desde que éramos novios me insultaba habitualmente, me gritaba, me chantajeaba, hasta me levantó la mano. Lo peor llegó cuando nos casamos y nació nuestro hijo, que amenazaba con quitarme. Qué tonto fui por no entenderla nunca. Siempre le daba lo que ella quería, pero cada detalle que le regalaba me lo tiraba a la cara y me decía que todo lo que yo hacía era una mierda. Me menospreciaba constantemente gritándome que no valía para nada.
Todo lo que hacía le sentaba mal. Creo que hasta terminé creyéndome que todos los defectos que me sacaba eran reales. Nunca le conté a nadie mi cruz porque me daba vergüenza. En alguna ocasión me mordió y me lanzó algún plato.
Echando cuentas, fue la agresión que menos me dolió durante los nueve años que compartí con ella.
Seguí llorando a escondidas cuando me denunció por supuestos malos tratos. Se golpeó a sí misma y fingió una paliza un fin de semana que me tocaba disfrutar de mi hijo. Ya estábamos separados. Ese día estuve con ella, evidentemente, pero yo no la maltraté. Nadie me dejó hablar. Pasé tres días en el calabozo y tardé tres años en recuperar a mi niño, que ya había cumplido los cinco años y se le había olvidado de quién era yo, su padre. Demostré que la que maltrataba era ella a mí gracias a sus constantes contradicciones, no porque mi testimonio tuviera validez alguna. Ya he recuperado a mi hijo, ella ha pagado una multa sin pasar por la cárcel y yo siempre formaré parte de la negra lista de los maltratadores de España”.
Cuando se habla del maltratador es difícil imaginarse otro perfil distinto al del hombre, pero hay más de una española fichada como maltratadora en el Registro de Víctimas de Violencia Doméstica.
Sin embargo, sólo las mujeres asesinadas en el entorno familiar son consideradas víctimas de la violencia de género. Los hombres no.
Según el informe publicado por el Consejo General del Poder Judicial, el 25,6% de las víctimas mortales por violencia doméstica en 2008 eran hombres.
En 2007, el porcentaje de hombres fallecidos era del 16,1%.
Así, durante 2008 hubo un aumento del 9,5% en los homicidios sufridos por los hombres en el ámbito de la violencia doméstica y de género.
La discriminación que la Ley Integral contra la violencia de género ejerce sobre los hombres ha levantado más de una voz en contra.
¿El afán de acabar con la violencia contra la mujer es injusto para el hombre?
¿Qué pasa si ellas comienzan a matar como ellos?
¿Se les castiga de la misma manera?
¿Por qué se limita el término "género" sólo al femenino?
A pesar de que son menos abundantes los casos de hombres maltratados por sus mujeres que viceversa, haberlos los hay y son los más problemáticos.
Ellos, los maltratados, carecen de credibilidad, se ríen de ellos, no tienen casas de acogida y el 016 les cuelga porque sólo atienden a mujeres, las víctimas de la violencia de género.
“Lo siento, no puedo ayudarle. Acuda al trabajador social de su hospital más cercano”, invita una dulce voz femenina cuando un maltratado busca su ayuda.
Casi ninguno denuncia porque no tiene un ojo morado que lo justifique.
Sus maltratos, casi siempre, son psicológicos: todo amenazas, imposible de demostrar.
La Ley contra la Violencia de Género, contra las cuerdas.
María Poza, jueza titular del juzgado número 4 de Murcia, fue la primera persona que puso la Ley Integral contra la Violencia de Género contra las cuerdas.
Poza consideraba que el hecho de que la ley imponga distintas penas en función de que el agresor sea hombre o mujer vulneraba tres artículos de la Constitución, entre ellos el principio de igualdad.
Si un hombre agrede a una mujer y le provoca lesiones físicas o psíquicas, su condena oscila de 2 a 5 años de prisión. Si la violenta es ella, el castigo es de 6 meses a 3 años de prisión.
Si se denuncia una lesión leve, una amenaza o una coacción es delito de 6 meses a 1 año si el demandado es un varón.
Al contrario, ellas son castigadas con arresto de fin de semana o con una multa.
En contra de lo que se pueda pensar, estas situaciones de mujeres que maltratan a sus esposos no son tan escasas.
En 2008, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha reconocido 121 víctimas por violencia doméstica y violencia de género.
Pero, por la propia definición de ambos tipos de violencia, “no se conocen estadísticas de hombres muertos por sus ex parejas”, reconoce Mercedes Patón, fundadora y directora del despacho de abogados Patón & Asociados, el único que representa a hombres maltratados por mujeres.
Refiriéndose a los mismos datos recogidos por el CGPJ, Patón añade las acusaciones falsas interpuestas por mujeres contra sus parejas.
“El 90% de las demandas de mujeres hacia hombres no son acusaciones reales”, cree Patón.
Los fiscales de Madrid también advirtieron de que ellos también han detectado falsas denuncias. “Lo que ella dice va a misa. Lo que él denuncia, va al archivo” ejemplifica Patón para hacer ver la desigualdad creada entre hombres y mujeres ante la ley.
Con la ley de Violencia de Género, hay que pararse a reflexionar y preguntarse si la legislación, “que opta por un derecho desigual para la igualdad”, como ha defendido Jesús Caldera, ministro de Trabajo, no va a conseguir justamente lo contrario.
“Se dirige únicamente y de forma explícita, a la protección de mujeres”, critica Jesús Arapiles, director de la oficina del defensor del Hombre y sus Hijos.
Ninguna institución ampara al hombre maltratado.
Sí se ha montado alguna asociación, como www.hombresmaltratados.com.
“No hay ninguna estadística fiable que cuantifique cuántas denuncias falsas ponen las mujeres contra sus maridos. Pero en la medida en que más mujeres toman consciencia de su posición de fuerza ante la ley, se aprovechan en mayor medida".
Del Ministerio de Igualdad asegura que hay un clamor unánime para derogar la ley, porque es un "Ministerio de Desigualdad”, asegura Patón, quien insta a la Ministra Bibiana Aído a pasear por los juzgados para ver qué se denuncia.
“Los hombres de este país están discriminados por el único hecho de ser hombres”.
Ante el maltrato propone un castigo, “pero en igualdad de condiciones, sin distinguir entre sexos. ¿O los hombres maltratados no sufren violencia de género?”.
De la opresión total a la rebeldía extrema.
Ningún experto discrepa que la mujer ha vivido oprimida durante demasiado tiempo.
Pero se ha pasado “a la rebeldía extrema.
¿Qué generaciones estamos criando?”, se pregunta Patón.
Que hay que cambiar la ley, no lo duda.
“Pero, ¿quién se atreve a dar el primer paso para su derogación?”, deja en el aire.
Miguel Ángel Gimeno, magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona no cree que se tenga que derogar la ley, pero “sí tendrá que ir modificándose poco a poco”.
Insiste además en la necesidad de que haya una implicación social para avanzar en este terreno.
“La nueva ley atenta contra unos principios generales del Derecho, ya que los acusados tienen que demostrar su inocencia, cuando debería ser al contrario: los hombres somos presuntamente culpables hasta que se demuestre lo contrario”, incide Arapiles.
No se discute la necesidad de erradicar la violencia contra la mujer, pero sí hay que referirse a situaciones de hecho: “Esta ley va en contra del artículo 14 de la Constitución, que dice expresamente que los españoles son iguales ante la ley sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo o religión”, dice Arapiles.
Los hombres que sufren agresiones siguen protegidos por el artículo 173.2 del Código Penal sobre la violencia doméstica, que se consideró obsoleta para los casos de mujeres maltratadas. “Desgraciadamente, estos hombres, que aparentemente siguen protegidos por el Código Penal, a efectos prácticos sufren la discriminación positiva de la nueva norma”, dice Patón.
“El legislador decide cuál es la sanción que debe imponer. Se debería analizar caso a caso, y que la jurisdicción se ajustara al máximo”, pide Gimeno.
Arapiles denuncia en su propia página web las denuncias falsas que demasiadas mujeres ponen a sus ex maridos.
Frases como “mujer: hunde a tu ex. Sácale la casa y casi todo su dinero, quítale los hijos y encarcélale” intentan contar, satíricamente, la desigualdad que sufren los hombres ante las mujeres.
Con el impulso de la ley, lo único que parece claro es que, si hablamos de personas maltratadas por sus parejas, ni ellas son tantas, ni ellos tan pocos.
Cuando los maltratados son 'Ellos'.
@Ana I. Gracia - 17/04/2009
“Desde que éramos novios me insultaba habitualmente, me gritaba, me chantajeaba, hasta me levantó la mano. Lo peor llegó cuando nos casamos y nació nuestro hijo, que amenazaba con quitarme. Qué tonto fui por no entenderla nunca. Siempre le daba lo que ella quería, pero cada detalle que le regalaba me lo tiraba a la cara y me decía que todo lo que yo hacía era una mierda. Me menospreciaba constantemente gritándome que no valía para nada.
Todo lo que hacía le sentaba mal. Creo que hasta terminé creyéndome que todos los defectos que me sacaba eran reales. Nunca le conté a nadie mi cruz porque me daba vergüenza. En alguna ocasión me mordió y me lanzó algún plato.
Echando cuentas, fue la agresión que menos me dolió durante los nueve años que compartí con ella.
Seguí llorando a escondidas cuando me denunció por supuestos malos tratos. Se golpeó a sí misma y fingió una paliza un fin de semana que me tocaba disfrutar de mi hijo. Ya estábamos separados. Ese día estuve con ella, evidentemente, pero yo no la maltraté. Nadie me dejó hablar. Pasé tres días en el calabozo y tardé tres años en recuperar a mi niño, que ya había cumplido los cinco años y se le había olvidado de quién era yo, su padre. Demostré que la que maltrataba era ella a mí gracias a sus constantes contradicciones, no porque mi testimonio tuviera validez alguna. Ya he recuperado a mi hijo, ella ha pagado una multa sin pasar por la cárcel y yo siempre formaré parte de la negra lista de los maltratadores de España”.
Cuando se habla del maltratador es difícil imaginarse otro perfil distinto al del hombre, pero hay más de una española fichada como maltratadora en el Registro de Víctimas de Violencia Doméstica.
Sin embargo, sólo las mujeres asesinadas en el entorno familiar son consideradas víctimas de la violencia de género. Los hombres no.
Según el informe publicado por el Consejo General del Poder Judicial, el 25,6% de las víctimas mortales por violencia doméstica en 2008 eran hombres.
En 2007, el porcentaje de hombres fallecidos era del 16,1%.
Así, durante 2008 hubo un aumento del 9,5% en los homicidios sufridos por los hombres en el ámbito de la violencia doméstica y de género.
La discriminación que la Ley Integral contra la violencia de género ejerce sobre los hombres ha levantado más de una voz en contra.
¿El afán de acabar con la violencia contra la mujer es injusto para el hombre?
¿Qué pasa si ellas comienzan a matar como ellos?
¿Se les castiga de la misma manera?
¿Por qué se limita el término "género" sólo al femenino?
A pesar de que son menos abundantes los casos de hombres maltratados por sus mujeres que viceversa, haberlos los hay y son los más problemáticos.
Ellos, los maltratados, carecen de credibilidad, se ríen de ellos, no tienen casas de acogida y el 016 les cuelga porque sólo atienden a mujeres, las víctimas de la violencia de género.
“Lo siento, no puedo ayudarle. Acuda al trabajador social de su hospital más cercano”, invita una dulce voz femenina cuando un maltratado busca su ayuda.
Casi ninguno denuncia porque no tiene un ojo morado que lo justifique.
Sus maltratos, casi siempre, son psicológicos: todo amenazas, imposible de demostrar.
La Ley contra la Violencia de Género, contra las cuerdas.
María Poza, jueza titular del juzgado número 4 de Murcia, fue la primera persona que puso la Ley Integral contra la Violencia de Género contra las cuerdas.
Poza consideraba que el hecho de que la ley imponga distintas penas en función de que el agresor sea hombre o mujer vulneraba tres artículos de la Constitución, entre ellos el principio de igualdad.
Si un hombre agrede a una mujer y le provoca lesiones físicas o psíquicas, su condena oscila de 2 a 5 años de prisión. Si la violenta es ella, el castigo es de 6 meses a 3 años de prisión.
Si se denuncia una lesión leve, una amenaza o una coacción es delito de 6 meses a 1 año si el demandado es un varón.
Al contrario, ellas son castigadas con arresto de fin de semana o con una multa.
En contra de lo que se pueda pensar, estas situaciones de mujeres que maltratan a sus esposos no son tan escasas.
En 2008, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha reconocido 121 víctimas por violencia doméstica y violencia de género.
Pero, por la propia definición de ambos tipos de violencia, “no se conocen estadísticas de hombres muertos por sus ex parejas”, reconoce Mercedes Patón, fundadora y directora del despacho de abogados Patón & Asociados, el único que representa a hombres maltratados por mujeres.
Refiriéndose a los mismos datos recogidos por el CGPJ, Patón añade las acusaciones falsas interpuestas por mujeres contra sus parejas.
“El 90% de las demandas de mujeres hacia hombres no son acusaciones reales”, cree Patón.
Los fiscales de Madrid también advirtieron de que ellos también han detectado falsas denuncias. “Lo que ella dice va a misa. Lo que él denuncia, va al archivo” ejemplifica Patón para hacer ver la desigualdad creada entre hombres y mujeres ante la ley.
Con la ley de Violencia de Género, hay que pararse a reflexionar y preguntarse si la legislación, “que opta por un derecho desigual para la igualdad”, como ha defendido Jesús Caldera, ministro de Trabajo, no va a conseguir justamente lo contrario.
“Se dirige únicamente y de forma explícita, a la protección de mujeres”, critica Jesús Arapiles, director de la oficina del defensor del Hombre y sus Hijos.
Ninguna institución ampara al hombre maltratado.
Sí se ha montado alguna asociación, como www.hombresmaltratados.com.
“No hay ninguna estadística fiable que cuantifique cuántas denuncias falsas ponen las mujeres contra sus maridos. Pero en la medida en que más mujeres toman consciencia de su posición de fuerza ante la ley, se aprovechan en mayor medida".
Del Ministerio de Igualdad asegura que hay un clamor unánime para derogar la ley, porque es un "Ministerio de Desigualdad”, asegura Patón, quien insta a la Ministra Bibiana Aído a pasear por los juzgados para ver qué se denuncia.
“Los hombres de este país están discriminados por el único hecho de ser hombres”.
Ante el maltrato propone un castigo, “pero en igualdad de condiciones, sin distinguir entre sexos. ¿O los hombres maltratados no sufren violencia de género?”.
De la opresión total a la rebeldía extrema.
Ningún experto discrepa que la mujer ha vivido oprimida durante demasiado tiempo.
Pero se ha pasado “a la rebeldía extrema.
¿Qué generaciones estamos criando?”, se pregunta Patón.
Que hay que cambiar la ley, no lo duda.
“Pero, ¿quién se atreve a dar el primer paso para su derogación?”, deja en el aire.
Miguel Ángel Gimeno, magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona no cree que se tenga que derogar la ley, pero “sí tendrá que ir modificándose poco a poco”.
Insiste además en la necesidad de que haya una implicación social para avanzar en este terreno.
“La nueva ley atenta contra unos principios generales del Derecho, ya que los acusados tienen que demostrar su inocencia, cuando debería ser al contrario: los hombres somos presuntamente culpables hasta que se demuestre lo contrario”, incide Arapiles.
No se discute la necesidad de erradicar la violencia contra la mujer, pero sí hay que referirse a situaciones de hecho: “Esta ley va en contra del artículo 14 de la Constitución, que dice expresamente que los españoles son iguales ante la ley sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo o religión”, dice Arapiles.
Los hombres que sufren agresiones siguen protegidos por el artículo 173.2 del Código Penal sobre la violencia doméstica, que se consideró obsoleta para los casos de mujeres maltratadas. “Desgraciadamente, estos hombres, que aparentemente siguen protegidos por el Código Penal, a efectos prácticos sufren la discriminación positiva de la nueva norma”, dice Patón.
“El legislador decide cuál es la sanción que debe imponer. Se debería analizar caso a caso, y que la jurisdicción se ajustara al máximo”, pide Gimeno.
Arapiles denuncia en su propia página web las denuncias falsas que demasiadas mujeres ponen a sus ex maridos.
Frases como “mujer: hunde a tu ex. Sácale la casa y casi todo su dinero, quítale los hijos y encarcélale” intentan contar, satíricamente, la desigualdad que sufren los hombres ante las mujeres.
Con el impulso de la ley, lo único que parece claro es que, si hablamos de personas maltratadas por sus parejas, ni ellas son tantas, ni ellos tan pocos.
jueves, 16 de abril de 2009
Perder la Custodia de un hijo por ser Gay
http://abogado.universogay.com/perder-la-custodia-de-un-hijo-por-ser-gay__05122008.html
05.12.2008 Perder la custodia de un hijo por ser gay. Por Defengay
Soy separado de mi primera pareja (mujer). Con ella tengo un hijo que tiene 5 años, nos separamos hace 3 años, en este momento tengo mi pareja gay (desde hace 2 años y medio), el cual adora a mi hijo. En este momento estoy comenzando los trámites de divorcio, pero mi ex esposa me tiene manipulado con que si la llevo a juicio perderé el derecho de ver a mi hijo por ser gay. ¿Es esto cierto?
Tus miedos son absolutamente infundados.
En España la Ley garantiza el derecho de igualdad, y lo que prima no son en ningún caso los derechos o intereses de los progenitores sino los derechos del menor, su bien estar, su adecuado desarrollo.
En ningún caso, la homosexualidad debe ser tenida en cuenta a la hora de otorgar la guardia y custodia, las visitas o la patria potestad compartida.
Tu ex esposa en forma alguna puede chantajearte o manipularte con un tema tan serio como es el bienestar del menor, y menos todavía cuando dices que el niño conoce a tu pareja, y que se llevan bien, por lo que deducimos que dicha relación, no supone perjuicio alguno al menor.
Este tipo de enfrentamientos son habituales desgraciadamente, y que en ocasiones termina en lo que denominamos alienación parental que se define como un maltrato psicológico al menor al que se le hace desaparecer la figura del progenitor no custodio, normalmente el padre".
Se valora la idoneidad de los progenitores y para ello: El juez deberá recabar informe del Ministerio Fiscal, y oír a los menores que tengan suficiente juicio cuando se estime necesario de oficio o a petición del Fiscal, partes o miembros del Equipo Técnico Judicial, o del propio menor, valorar las alegaciones de las partes vertidas en la comparecencia y la prueba practicada en ella, y la relación que los padres mantengan entre sí y con sus hijos para determinar su idoneidad con el régimen de guarda.
No procederá la guarda conjunta cuando cualquiera de los padres esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos.
Tampoco procederá cuando el Juez advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica.
La Ley 15/2005 equipara totalmente los derechos de las personas homosexuales y heterosexuales; reforma la reliquia Código Civil que tenemos desde 1889, de tal forma que se eliminan de él las referencias al sexo de los contrayentes, permitiendo así también el matrimonio de las personas del mismo sexo la posibilidad de adoptar un régimen de guarda y custodia compartida en aquellos supuestos en que la misma sea solicitada por una de las partes solamente, quedando supeditada su aprobación al mayor interés.
Se defiende el derecho del menor a relacionarse con ambos progenitores y proteger su integridad psicológica", su educación y bienestar.
Sin embargo, existen jueces como el de Murcia o Madrid, que vulnerando su juramento, la CE y la Leyes, se irrogan potestades que no tienen como ralentizar la adopción o atribuir la guarda y custodia al padre por ser la madre lesbiana.
Dicho esto, tu condición de homosexual nada puede influir en tu derecho-deber a un régimen de visitas adecuado y que garantice la relación paterno-filial.
05.12.2008 Perder la custodia de un hijo por ser gay. Por Defengay
Soy separado de mi primera pareja (mujer). Con ella tengo un hijo que tiene 5 años, nos separamos hace 3 años, en este momento tengo mi pareja gay (desde hace 2 años y medio), el cual adora a mi hijo. En este momento estoy comenzando los trámites de divorcio, pero mi ex esposa me tiene manipulado con que si la llevo a juicio perderé el derecho de ver a mi hijo por ser gay. ¿Es esto cierto?
Tus miedos son absolutamente infundados.
En España la Ley garantiza el derecho de igualdad, y lo que prima no son en ningún caso los derechos o intereses de los progenitores sino los derechos del menor, su bien estar, su adecuado desarrollo.
En ningún caso, la homosexualidad debe ser tenida en cuenta a la hora de otorgar la guardia y custodia, las visitas o la patria potestad compartida.
Tu ex esposa en forma alguna puede chantajearte o manipularte con un tema tan serio como es el bienestar del menor, y menos todavía cuando dices que el niño conoce a tu pareja, y que se llevan bien, por lo que deducimos que dicha relación, no supone perjuicio alguno al menor.
Este tipo de enfrentamientos son habituales desgraciadamente, y que en ocasiones termina en lo que denominamos alienación parental que se define como un maltrato psicológico al menor al que se le hace desaparecer la figura del progenitor no custodio, normalmente el padre".
Se valora la idoneidad de los progenitores y para ello: El juez deberá recabar informe del Ministerio Fiscal, y oír a los menores que tengan suficiente juicio cuando se estime necesario de oficio o a petición del Fiscal, partes o miembros del Equipo Técnico Judicial, o del propio menor, valorar las alegaciones de las partes vertidas en la comparecencia y la prueba practicada en ella, y la relación que los padres mantengan entre sí y con sus hijos para determinar su idoneidad con el régimen de guarda.
No procederá la guarda conjunta cuando cualquiera de los padres esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos.
Tampoco procederá cuando el Juez advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica.
La Ley 15/2005 equipara totalmente los derechos de las personas homosexuales y heterosexuales; reforma la reliquia Código Civil que tenemos desde 1889, de tal forma que se eliminan de él las referencias al sexo de los contrayentes, permitiendo así también el matrimonio de las personas del mismo sexo la posibilidad de adoptar un régimen de guarda y custodia compartida en aquellos supuestos en que la misma sea solicitada por una de las partes solamente, quedando supeditada su aprobación al mayor interés.
Se defiende el derecho del menor a relacionarse con ambos progenitores y proteger su integridad psicológica", su educación y bienestar.
Sin embargo, existen jueces como el de Murcia o Madrid, que vulnerando su juramento, la CE y la Leyes, se irrogan potestades que no tienen como ralentizar la adopción o atribuir la guarda y custodia al padre por ser la madre lesbiana.
Dicho esto, tu condición de homosexual nada puede influir en tu derecho-deber a un régimen de visitas adecuado y que garantice la relación paterno-filial.
Matrimonio Gay y Capitulaciones Matrimoniales
http://abogado.universogay.com/separacion-de-bienes__10022009.html
Separación de bienes .Por Defengay
Me voy a casar este año con mi novio. Ya estamos en tramites en el registro civil, pero nos gustaria saber qué trámites o dónde nos tenemos que dirigir, pues nos gustaría casarnos en régimen de separación de bienes. Somos manchegos, por lo que sabemos que si no hacemos nada, nos casariamos en regimen de bienes gananciales.
En tu Comunidad Autónoma no se han producido cambios respecto al régimen económico matrimonial; otras comunidades como la Comunidad Valenciana a través de la Ley 10/2007 han modificado el mismo, motivo por el que te casas en estricta separación de bienes.
En tu caso, el matrimonio se rige por la comunidad de gananciales, es decir, desde el momento en que contraes matrimonio los ingresos y las deudas que se generen son al 50%.
Por lo que lo único que tienes que hacer, es ir a un abogado o a un Notario, y redactar los que llamamos capitulaciones matrimoniales.
Es un trámite sencillo y barato, por el que se regirá a partir de ese momento el régimen económico de tu matrimonio, que puedes realizar con anterioridad al matrimonio, y de esta forma ya te casas en separación de bienes.
Comentarte también que los bienes anteriores al matrimonio o que tengas por herencia son privativos, siempre que no los conviertas en algo fungible, dinero, por ejemplo, en cuenta común, puesto que dejaría de ser tuyo.
Como parece que nadie nos hace caso, reitero a todos los que lean esta contestación, que deberían hacer testamento, el que deseen, naturalmente, ya que luego nos encontramos con matrimonios que han adquirido bienes conjuntamente, por mitad, etc y que en caso de fallecimiento los herederos son los familiares de un@ u otr@.
Separación de bienes .Por Defengay
Me voy a casar este año con mi novio. Ya estamos en tramites en el registro civil, pero nos gustaria saber qué trámites o dónde nos tenemos que dirigir, pues nos gustaría casarnos en régimen de separación de bienes. Somos manchegos, por lo que sabemos que si no hacemos nada, nos casariamos en regimen de bienes gananciales.
En tu Comunidad Autónoma no se han producido cambios respecto al régimen económico matrimonial; otras comunidades como la Comunidad Valenciana a través de la Ley 10/2007 han modificado el mismo, motivo por el que te casas en estricta separación de bienes.
En tu caso, el matrimonio se rige por la comunidad de gananciales, es decir, desde el momento en que contraes matrimonio los ingresos y las deudas que se generen son al 50%.
Por lo que lo único que tienes que hacer, es ir a un abogado o a un Notario, y redactar los que llamamos capitulaciones matrimoniales.
Es un trámite sencillo y barato, por el que se regirá a partir de ese momento el régimen económico de tu matrimonio, que puedes realizar con anterioridad al matrimonio, y de esta forma ya te casas en separación de bienes.
Comentarte también que los bienes anteriores al matrimonio o que tengas por herencia son privativos, siempre que no los conviertas en algo fungible, dinero, por ejemplo, en cuenta común, puesto que dejaría de ser tuyo.
Como parece que nadie nos hace caso, reitero a todos los que lean esta contestación, que deberían hacer testamento, el que deseen, naturalmente, ya que luego nos encontramos con matrimonios que han adquirido bienes conjuntamente, por mitad, etc y que en caso de fallecimiento los herederos son los familiares de un@ u otr@.
Un juez retira la custodia de sus hijas a una lesbiana
http://www.elmundo.es/elmundo/2007/07/23/espana/1185189532.html?a=759f6c419b2dbbe3c257dd02dc89439b&t=1185191081
LE PLANTEA ELEGIR ENTRE LAS NIÑAS O SU PAREJA
Un juez retira la custodia de sus hijas a una mujer porque es lesbiana
'La madre tendrá que elegir entre sus hijas o la nueva pareja', señala el auto
'Es imposible que 2 progenitores homosexuales den una formación integral'
Este juez está siendo investigado tras la denuncia de otra pareja de lesbiana
RAQUEL QUÍLEZ RAFAEL J. ÁLVAREZ23/07/2007
MADRID.- O tu pareja o tus hijas.
Ésta es la disyuntiva que un juez de Murcia, Fernando Ferrin, ha planteado a una mujer.
Según ha denunciado su ex marido, la nueva pareja de ella es otra mujer, algo que la afectada niega.
El magistrado da credibilidad a la versión del padre y le ha retirado la custodia de las niñas porque, según sostiene, la relación sentimental de la madre perjudica al desarrollo de las niñas.
La Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales (FELGTB) ha hecho público este caso que, considera, atenta contra los derechos básicos de los ciudadanos.
La secuencia de hechos es la siguiente:
un hombre sorprende 'in fraganti' a su esposa en el domicilio conyugal con otra mujer, según denuncia ante el juez. Tras la doble sorpresa, llegan los trámites de divorcio que terminan con una lapidaria sentencia que concede al padre la custodia de las dos hijas. ¿El motivo del juez? "Está demostrado que la mujer es lesbiana". Sin embargo, la madre niega ser homosexual.
El auto del juez está sembrado de afirmaciones controvertidas.
Por ejemplo, "la condición homosexual perjudica a los hijos, que tienen derecho a un padre y a una madre, no a 2 padres o a 2 madres. Los más prestigiosos especialistas lo determinan, pero no hace falta ser especialista, el sentido común así lo dice".
O, "el ambiente homosexual perjudica a los menores y aumenta el riesgo de que éstos también lo sean".
Incluso, "es imposible que dos progenitores homosexuales den una formación integral".
En su auto, el magistrado reconoce que, en este caso, ambos progenitores están "en igualdad de condiciones", pero la relación homosexual que mantiene la madre influye negativamente en la educación de las niñas por lo que se ve "obligado" a conceder la custodia al padre.
"La madre tendrá que elegir entre sus hijas o la nueva pareja", concluye.
La FELGTB explica que no hay precedentes de sentencias de este tipo tras la aprobación de La Ley del Matrimonio Homosexual, cuestionada en el auto de este juez.
"La Ley dice que la custodia se concederá independientemente de la orientación sexual", recuerdan.
Varias asociaciones de mujeres se han sumado a las protestas y van a denunciar el caso ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y ante diversas asociaciones de jueces.
A raíz de la queja formulada por un letrado, el Tribunal Superior de Justicia de Murcia decidió el pasado 14 de junio abrir un expediente gubernativo sobre la actuación del juez Fernando Ferrin. El caso se encuentra ya en manos del Consejo General del Poder Judicial, donde se encuentra en fase de tramitación.
Este mismo juez ya ha sido cuestionado otras veces por sus presuntos prejuicios "homófobos". Actualmente está siendo investigado por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia tras la denuncia de una pareja de lesbianas que considera que está retrasando adrede el proceso de adopción de la hija de una de ellas.
Extractos del auto
:"La actual normativa [...] (conocida como ley del divorcio-express) [...] viene configurado como un derecho de la personalidad (¡¡) como el derecho de todo cónyuge a no permanecer ligado por más tiempo al otro (¡¿Por qué no se concede verbigracia la misma opción de desligarse de la obligación hipotecaria respecto de la entidad financiera, que nos tiene atados a la mayoría de españoles veinte o treinta años?!)"
"Ahí está la Ley de Violencia de Género (sobre cuyo ajuste a la CE está pendiente de pronunciarse el TC), y el sinnúmero de falsas denuncias de mujeres que está produciendo, contra las que por ende no se produce cuando la denuncia se archiva."
"Requisito esencial del matrimonio 'tradicional', el que ha venido imperando desde tiempo inmemorial hasta la desafortunada y posiblemente inconstitucional reforma del art.44 CC [...] es la heterosexualidad."
"¿Por qué la condición homosexual perjudica a los hijos? En definitiva, [...] porque los hijos tienen derecho a un padre y a una madre, no a 2 madres o a 2 padres. [...] No hace falta siquiera para ello ser especialista: el sentido común (que a veces es el menos común de los sentidos) así lo dice. El hombre y la mujer son complementarios entre sí. 2 hombres o 2 mujeres no."
"No se trata de que [...] la condición homosexual no influya en una dejación de funciones parentales. Influye y mucho. Es el ambiente homosexual el que perjudica a los menores y que aumenta sensiblemente el riesgo de que éstos también lo sean."
"Los hijos menores tienen derecho a una protección integral [...] Esa formación integral es imposible que se la dé un progenitor homosexual, por mucho respeto que me merezcan las personas homosexuales, pero aquí prevalece el interés del menor."
LE PLANTEA ELEGIR ENTRE LAS NIÑAS O SU PAREJA
Un juez retira la custodia de sus hijas a una mujer porque es lesbiana
'La madre tendrá que elegir entre sus hijas o la nueva pareja', señala el auto
'Es imposible que 2 progenitores homosexuales den una formación integral'
Este juez está siendo investigado tras la denuncia de otra pareja de lesbiana
RAQUEL QUÍLEZ RAFAEL J. ÁLVAREZ23/07/2007
MADRID.- O tu pareja o tus hijas.
Ésta es la disyuntiva que un juez de Murcia, Fernando Ferrin, ha planteado a una mujer.
Según ha denunciado su ex marido, la nueva pareja de ella es otra mujer, algo que la afectada niega.
El magistrado da credibilidad a la versión del padre y le ha retirado la custodia de las niñas porque, según sostiene, la relación sentimental de la madre perjudica al desarrollo de las niñas.
La Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales (FELGTB) ha hecho público este caso que, considera, atenta contra los derechos básicos de los ciudadanos.
La secuencia de hechos es la siguiente:
un hombre sorprende 'in fraganti' a su esposa en el domicilio conyugal con otra mujer, según denuncia ante el juez. Tras la doble sorpresa, llegan los trámites de divorcio que terminan con una lapidaria sentencia que concede al padre la custodia de las dos hijas. ¿El motivo del juez? "Está demostrado que la mujer es lesbiana". Sin embargo, la madre niega ser homosexual.
El auto del juez está sembrado de afirmaciones controvertidas.
Por ejemplo, "la condición homosexual perjudica a los hijos, que tienen derecho a un padre y a una madre, no a 2 padres o a 2 madres. Los más prestigiosos especialistas lo determinan, pero no hace falta ser especialista, el sentido común así lo dice".
O, "el ambiente homosexual perjudica a los menores y aumenta el riesgo de que éstos también lo sean".
Incluso, "es imposible que dos progenitores homosexuales den una formación integral".
En su auto, el magistrado reconoce que, en este caso, ambos progenitores están "en igualdad de condiciones", pero la relación homosexual que mantiene la madre influye negativamente en la educación de las niñas por lo que se ve "obligado" a conceder la custodia al padre.
"La madre tendrá que elegir entre sus hijas o la nueva pareja", concluye.
La FELGTB explica que no hay precedentes de sentencias de este tipo tras la aprobación de La Ley del Matrimonio Homosexual, cuestionada en el auto de este juez.
"La Ley dice que la custodia se concederá independientemente de la orientación sexual", recuerdan.
Varias asociaciones de mujeres se han sumado a las protestas y van a denunciar el caso ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y ante diversas asociaciones de jueces.
A raíz de la queja formulada por un letrado, el Tribunal Superior de Justicia de Murcia decidió el pasado 14 de junio abrir un expediente gubernativo sobre la actuación del juez Fernando Ferrin. El caso se encuentra ya en manos del Consejo General del Poder Judicial, donde se encuentra en fase de tramitación.
Este mismo juez ya ha sido cuestionado otras veces por sus presuntos prejuicios "homófobos". Actualmente está siendo investigado por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia tras la denuncia de una pareja de lesbianas que considera que está retrasando adrede el proceso de adopción de la hija de una de ellas.
Extractos del auto
:"La actual normativa [...] (conocida como ley del divorcio-express) [...] viene configurado como un derecho de la personalidad (¡¡) como el derecho de todo cónyuge a no permanecer ligado por más tiempo al otro (¡¿Por qué no se concede verbigracia la misma opción de desligarse de la obligación hipotecaria respecto de la entidad financiera, que nos tiene atados a la mayoría de españoles veinte o treinta años?!)"
"Ahí está la Ley de Violencia de Género (sobre cuyo ajuste a la CE está pendiente de pronunciarse el TC), y el sinnúmero de falsas denuncias de mujeres que está produciendo, contra las que por ende no se produce cuando la denuncia se archiva."
"Requisito esencial del matrimonio 'tradicional', el que ha venido imperando desde tiempo inmemorial hasta la desafortunada y posiblemente inconstitucional reforma del art.44 CC [...] es la heterosexualidad."
"¿Por qué la condición homosexual perjudica a los hijos? En definitiva, [...] porque los hijos tienen derecho a un padre y a una madre, no a 2 madres o a 2 padres. [...] No hace falta siquiera para ello ser especialista: el sentido común (que a veces es el menos común de los sentidos) así lo dice. El hombre y la mujer son complementarios entre sí. 2 hombres o 2 mujeres no."
"No se trata de que [...] la condición homosexual no influya en una dejación de funciones parentales. Influye y mucho. Es el ambiente homosexual el que perjudica a los menores y que aumenta sensiblemente el riesgo de que éstos también lo sean."
"Los hijos menores tienen derecho a una protección integral [...] Esa formación integral es imposible que se la dé un progenitor homosexual, por mucho respeto que me merezcan las personas homosexuales, pero aquí prevalece el interés del menor."
Retiran a una lesbiana el regimen de visitas sobre su hijo
http://www.20minutos.es/noticia/420343/0/visitas/hijo/lesbiana/
Retiran a una lesbiana el régimen de visitas que como 'padre' tenía sobre su hijo
La Audiencia de Sevilla argumenta que la demandante no había pedido ser calificada como progenitor sino solo como "allegado" del niño.
Ahora sólo podrá compartir con el niño una tarde a la semana y un fin de semana al mes.
La pareja mantuvo una relación sentimental hasta 2004 y antes, en 2002, decidieron tener un hijo por inseminación artificial.
AGENCIAS. 16.10.2008
La Audiencia de Sevilla ha retirado a una mujer el régimen de visitas que tenía sobre el hijo inseminado de su ex compañera sentimental, que hasta ahora era el propio de un padre y ahora será el previsto para abuelos y otros allegados.
La Sección IIª de la Audiencia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, anula el régimen de visitas amplio que concedió el Juzgado de Familia pero lo hace por una razón jurídica, porque la demandante no había pedido ser calificada como progenitor sino solo como "allegado" del niño.
El Juzgado de Familia, en una sentencia calificada en su día como pionera, determinó que las dos mujeres formaron una pareja estable con un "amor sincero que duró 11 años"
La demandante M. D. C. G. gozaba desde julio de 2007, en virtud de una sentencia del Juzgado de Familia 17 de Sevilla, del mismo régimen de visitas con el niño previsto para los padres biológicos, con reparto equitativo de las vacaciones y fines de semana.
Esta mujer y la madre biológica del niño, M. C. G., mantuvieron una relación sentimental en la que, en 2000, acordaron que una de ellas se sometiera a una inseminación artificial, fruto de la cual nació un niño que ahora tiene 6 años.
La relación se rompió en 2004 y entonces la madre biológica comenzó a oponerse a que su ex pareja visitase al niño, negando que la relación hubiera sido "estable y duradera".
El Juzgado de Familia, en una sentencia calificada en su día como pionera, determinó que las dos mujeres formaron una pareja estable con un "amor sincero que duró 11 años", decidieron crear una familia y luego vivieron el declive de su relación, pero de haber continuado como pareja la demandante habría adoptado al niño según la nueva ley que autoriza esta figura para las parejas homosexuales.
El juzgado reconoció a la demandante como progenitor a todos los efectos, con el régimen de visitas previsto para los padres, y ésta anunció que pasaría una pensión al menor
Por ello, la reconoció como progenitor a todos los efectos, con el régimen de visitas previsto para los padres, y la interesada llegó a anunciar que pasaría al niño una pensión como cualquier padre separado.
Ahora, la Audiencia no entra a valorar las consideraciones del Juzgado de Familia sobre las consecuencias jurídicas de la pareja homosexual y se limita a anular la sentencia por su "incongruencia", ya que fue más allá de la petición de M. D. C. G. de ser reconocida como "allegada" y la declaró "por principio de realidad innegable, progenitora del menor".
Pero dicen los jueces que "no puede impedirse, sin causa justa, las relaciones personales del hijo con sus abuelos y otros parientes y allegados", y como tal consideran a M. D. C. G., que "mantuvo una relación sentimental con la demandada durante un largo periodo de tiempo y que les llevó a adquirir conjuntamente una vivienda en la que residieron durante 3 años".
Por ello, el niño pasará ahora con ella una tarde a la semana en horario de 17.30 a 20 horas y un fin de semana al mes, además de poder llamarle por teléfono al menos 4 tardes a la semana.
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30 mujeres lesbianas fueron inseminadas con el semen de un mismo hombre
Sin plaza en el cole por ser hijas de lesbianas
Agrede a su mujer armado y encierra a su hijo para que no pueda defenderla
Retiran a una lesbiana el régimen de visitas que como 'padre' tenía sobre su hijo
La Audiencia de Sevilla argumenta que la demandante no había pedido ser calificada como progenitor sino solo como "allegado" del niño.
Ahora sólo podrá compartir con el niño una tarde a la semana y un fin de semana al mes.
La pareja mantuvo una relación sentimental hasta 2004 y antes, en 2002, decidieron tener un hijo por inseminación artificial.
AGENCIAS. 16.10.2008
La Audiencia de Sevilla ha retirado a una mujer el régimen de visitas que tenía sobre el hijo inseminado de su ex compañera sentimental, que hasta ahora era el propio de un padre y ahora será el previsto para abuelos y otros allegados.
La Sección IIª de la Audiencia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, anula el régimen de visitas amplio que concedió el Juzgado de Familia pero lo hace por una razón jurídica, porque la demandante no había pedido ser calificada como progenitor sino solo como "allegado" del niño.
El Juzgado de Familia, en una sentencia calificada en su día como pionera, determinó que las dos mujeres formaron una pareja estable con un "amor sincero que duró 11 años"
La demandante M. D. C. G. gozaba desde julio de 2007, en virtud de una sentencia del Juzgado de Familia 17 de Sevilla, del mismo régimen de visitas con el niño previsto para los padres biológicos, con reparto equitativo de las vacaciones y fines de semana.
Esta mujer y la madre biológica del niño, M. C. G., mantuvieron una relación sentimental en la que, en 2000, acordaron que una de ellas se sometiera a una inseminación artificial, fruto de la cual nació un niño que ahora tiene 6 años.
La relación se rompió en 2004 y entonces la madre biológica comenzó a oponerse a que su ex pareja visitase al niño, negando que la relación hubiera sido "estable y duradera".
El Juzgado de Familia, en una sentencia calificada en su día como pionera, determinó que las dos mujeres formaron una pareja estable con un "amor sincero que duró 11 años", decidieron crear una familia y luego vivieron el declive de su relación, pero de haber continuado como pareja la demandante habría adoptado al niño según la nueva ley que autoriza esta figura para las parejas homosexuales.
El juzgado reconoció a la demandante como progenitor a todos los efectos, con el régimen de visitas previsto para los padres, y ésta anunció que pasaría una pensión al menor
Por ello, la reconoció como progenitor a todos los efectos, con el régimen de visitas previsto para los padres, y la interesada llegó a anunciar que pasaría al niño una pensión como cualquier padre separado.
Ahora, la Audiencia no entra a valorar las consideraciones del Juzgado de Familia sobre las consecuencias jurídicas de la pareja homosexual y se limita a anular la sentencia por su "incongruencia", ya que fue más allá de la petición de M. D. C. G. de ser reconocida como "allegada" y la declaró "por principio de realidad innegable, progenitora del menor".
Pero dicen los jueces que "no puede impedirse, sin causa justa, las relaciones personales del hijo con sus abuelos y otros parientes y allegados", y como tal consideran a M. D. C. G., que "mantuvo una relación sentimental con la demandada durante un largo periodo de tiempo y que les llevó a adquirir conjuntamente una vivienda en la que residieron durante 3 años".
Por ello, el niño pasará ahora con ella una tarde a la semana en horario de 17.30 a 20 horas y un fin de semana al mes, además de poder llamarle por teléfono al menos 4 tardes a la semana.
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Agrede a su mujer armado y encierra a su hijo para que no pueda defenderla
Violencia doméstica y lesbianismo
http://www.20minutos.es/noticia/463226/0/violencia/genero/lesbianas/
Aseguran que solo los casos entre lesbianas pueden tramitarse como violencia doméstica
Lo afirma el presidente de la Audiencia Provincial de Almería.
Descarta que se considere violencia de género si la pareja es masculina.
EFE. 15.04.2009
El presidente de la Audiencia Provincial de Almería, Benito Gálvez, ha dicho que el asesinato de un homosexual en Adra (Almería) por parte de su ex marido no puede tramitarse como un caso de violencia de género, algo que ocurriría en cambio si la pareja hubiera estado compuesta por mujeres.
La alcaldesa de Adra ha instado a la equiparación de las víctimas en materia de violencia sexista.
Gálvez ha considerado que, a efectos legales, este caso no podría tramitarse por un juzgado específico de violencia de género.
El asunto se enjuiciaría como un delito ordinario contra la vida, según ha opinado antes de apuntar que este crimen merecería no obstante un estudio profundo que señalara la vía judicial más adecuada para su tramitación.
A preguntas de los periodistas, ha opinado que esta situación no se reproduciría en el supuesto de un matrimonio formado por lesbianas, del que se encargaría a su entender un juzgado especializado en violencia de género.
Desde Adra, localidad en que se produjo el crimen, su alcaldesa, María del Carmen Crespo (PP), ha advertido de las "insuficiencias" de la norma, por lo que ha instado a la equiparación de las víctimas en materia de violencia sexista.
Artículos relacionados.
Minuteca todo sobre: Lesbianismo, y Violencia machista
Un hombre se suicida tras matar a su ex marido en Adra, Almería (14/04/09)
Aseguran que solo los casos entre lesbianas pueden tramitarse como violencia doméstica
Lo afirma el presidente de la Audiencia Provincial de Almería.
Descarta que se considere violencia de género si la pareja es masculina.
EFE. 15.04.2009
El presidente de la Audiencia Provincial de Almería, Benito Gálvez, ha dicho que el asesinato de un homosexual en Adra (Almería) por parte de su ex marido no puede tramitarse como un caso de violencia de género, algo que ocurriría en cambio si la pareja hubiera estado compuesta por mujeres.
La alcaldesa de Adra ha instado a la equiparación de las víctimas en materia de violencia sexista.
Gálvez ha considerado que, a efectos legales, este caso no podría tramitarse por un juzgado específico de violencia de género.
El asunto se enjuiciaría como un delito ordinario contra la vida, según ha opinado antes de apuntar que este crimen merecería no obstante un estudio profundo que señalara la vía judicial más adecuada para su tramitación.
A preguntas de los periodistas, ha opinado que esta situación no se reproduciría en el supuesto de un matrimonio formado por lesbianas, del que se encargaría a su entender un juzgado especializado en violencia de género.
Desde Adra, localidad en que se produjo el crimen, su alcaldesa, María del Carmen Crespo (PP), ha advertido de las "insuficiencias" de la norma, por lo que ha instado a la equiparación de las víctimas en materia de violencia sexista.
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