lunes, 2 de febrero de 2009

El maltrato infantil en España, efectos

http://www.noticiasdegipuzkoa.com/ediciones/2009/02/01/sociedad/gipuzkoa/d01gip8.1403786.php
El maltrato infantil es 17 veces más habitual en familias monoparentales.
La ausencia de la madre incide en la autoestima familiar, y la del padre afecta más en el colegio.

Donostia. En ausencia de maltrato u otro tipo de abusos, lo mejor para el menor es que tenga un contacto equilibrado con su padre y su madre, según diversos estudios científicos realizados desde los años 80 hasta la actualidad.
Así, el Centro Reina Sofía efectuó un estudio para el INE (Instituto Nacional de Estadística) en el que se afirmaba que el maltrato infantil es 17 veces más frecuente en familias monoparentales y 4,6 veces más habitual en familias reconstituidas.
El estudio aseguraba que el maltrato a niños en 2001 provenía de las madres en un 52,2% de los casos, y de los padres en un 35,8% de las ocasiones.

Por otro lado, según el profesor del Family Therapy Institute de Washington D.C. Ricardo Chouhy, el padre y la madre juegan papeles diferentes, aunque ambos necesarios, en el desarrollo psicológico de los menores.

A juicio del experto, la ausencia de la madre incide negativamente en la autoestima familiar del menor, mientras que la del padre perjudica a la autoestima del niño en el ámbito escolar, y por tanto puede derivar con más frecuencia en episodios de violencia en el colegio.

En el caso de ausencia de la figura materna, esta relación es menos directa, pues el niño se siente infravalorado más en relación con los estudios que con la propia escuela.
Sin embargo, al final éste también es un factor que incide en la violencia en las aulas, que existe desde siempre, pero cada vez es más visible.

Chouhy afirma, además, que en Estados Unidos "el 70% de los delincuentes juveniles, de los homicidas menores de 20 años y de los individuos arrestados por violación crecieron sin padre".

Por su parte, la Plataforma por la Custodia Compartida asegura, citando al Department of Health and Human Services, Administration for Children and Family, National Center on Child Abuse and Neglect, que la ausencia del padre genera un buen número de carencias en el menor.
Según esta organización gubernamental estadounidense, los niños que crecen sin padre son:
1.- 5 veces más propensos a cometer suicidio,
2.- 32 veces más tendentes a irse de casa,
3.- 14 veces más dados a cometer actos de precocidad y abuso sexual, y
4.- 20 veces más propensos a acabar en prisión.
t.d.

Las trabas legales frenan la implantación de la custodia compartida

http://www.noticiasdegipuzkoa.com/ediciones/2009/02/01/sociedad/gipuzkoa/d01gip8.1403784.php
Las trabas legales frenan la implantación de la custodia compartida en Euskadi.
El acuerdo mutuo obligatorio bloquea su aplicación cuando la madre se opone.
La Ley de Violencia de Género ha hecho aumentar las denuncias falsas para retirar la custodia a los padres.

Donostia. Una separación es el fracaso de un proyecto, un trauma que exige partir de cero a personas adultas cuyas vidas estaban encauzadas, y del que no es fácil salir indemne.
Si además hay niños de por medio, se corre el riesgo de que éstos sean utilizados por una de las partes.

La Ley del Divorcio del 10 de julio de 2005, sustituta de la primera legislación española al respecto -que se remontaba a los años 80- estableció la figura de la custodia compartida para evitar, en la medida de lo posible, que los menores perdieran la referencia de uno de sus progenitores.

Sin embargo, la entrada en vigor de esta solución por las buenas no acaba de arraigar, por varias razones.
Muchas mujeres, a raíz del drama de los malos tratos, utilizan denuncias falsas para convertir al padre en presunto delincuente y apartarlo de los niños de forma cautelar, pues la Ley contra la Violencia de Género se lo permite.
La Justicia lleva a ambos progenitores a intentar blindar sus derechos económicos y familiares y a entrar en una guerra con víctimas de por medio que un pacto sensato podría evitar.

Así lo explica Àssun Pérez Aicart, presidenta de la Plataforma Feminista por la Custodia Compartida. "Sólo con una denuncia ya puedes apartar al padre de los niños. Hay una auténtica retahíla de demandas falsas, es algo cotidiano. Yo tengo un montón de amigos inocentes que se han pasado un fin de semana en el calabozo. Hay un momento en que esto va a estallar, porque no se está haciendo nada", afirma.

En la custodia monoparental, el que se marcha se convierte en sufragador de la manutención de sus hijos, pero deja de ser un referente a efectos reales, la figura desaparece para convertirse en visitante ocasional.

Si no existe acuerdo, la custodia será para la madre en 8 de cada 10 casos.
"Vamos a tener una generación de niños súper mimados, manipulados por la madre y mimados por el padre, porque apenas los ve. Tenemos que inculcar a los niños desde pequeños que hombres y mujeres somos iguales. Ahora, los hijos de parejas separadas perciben que el hombre les ve un rato y que la mujer se ocupa de a qué colegio va, de si hace la comunión o no, o de comprarles la ropa", señala Pérez Aicart.

Corresponsabilidad.
La situación se agrava también desde el punto de vista económico.
El cónyuge que abandona el hogar ha de seguir pagando la hipoteca, además de la manutención de los hijos y un nuevo techo bajo el que cobijarse, o bien marcharse a casa de los padres.

La custodia compartida persigue que la responsabilidad en la manutención, el cuidado y educación de los hijos sea compartida al 50%, de tal manera que el matrimonio no hunda con él a la familia, en la medida de lo posible, y que no se fomente la existencia de mantenedores y mantenidos.
Esta circunstancia es más factible en parejas jóvenes, no tan encorsetadas por los viejos roles de cada sexo, y más proclives a divorciarse con una cierta naturalidad pero, en todo caso, la figura no acaba de cuajar.

El cambio radical de la nueva legislación parte de la base del acuerdo mutuo, algo que antes no sucedía.
"La mujer puede decir que no se lleva bien y ya está, tiene la última palabra por el simple hecho de ser mujer. Es como cuando no podíamos abrir una cuenta en el banco sin el permiso del hombre, ahora hemos hecho lo contrario", señala Pérez Aicart.
La portavoz feminista considera "patético que se hable tanto de feminismo y se hagan tantas leyes de paridad y de igualdad cuando en el Derecho de Familia seguimos diciendo que es la madre la que se tiene que quedar con los hijos".

El gran error es considerar que "la mitad de esta sociedad está compuesta por maltratadores". "El hombre no es malo por el hecho de ser hombre. ¡Cómo podemos legislar con ese tipo de ideas! Es absurdo y no es cierto", afirma Pérez Aicart, para quien "cada vez hay más padres implicados en la educación de sus hijos".
"Antes los roles estaban ya definidos, la mujer se quedaba en casa y el hombre trabajaba, pero los hemos conseguido romper", señala.

Sin embargo, a juicio de esta hija de padres separados, existe un error de enfoque al reclamar la custodia compartida, pues sería más interesante poner de relieve las injusticias que supone la monoparental.
"En la custodia monoparental hay muchos casos de abuso, el incumplimiento del régimen de visitas se da muchísimo y no se castiga, y la sociedad no lo ve como algo penalizable, cuando hay casos sangrantes", explica la portavoz de la Plataforma, quien considera que la legislación trata a las mujeres como víctimas en lugar de fomentar que sean independientes, "que no dependan de una pensión".

Pérez Aicart es muy crítica con "los colectivos feministas más conservadores, que tienen mucho poder y están en contra de la custodia compartida".
"Luego hay otro tipo de feministas -continúa-, para mí las de verdad, que están completamente a favor. Es como si nos planteáramos si la mujer debe trabajar o no".

¿Como solucionar el paro femenino en España ? Pide el Divorcio

Enviado por: "Albert Tab" farjau25@yahoo.
Do, 1 de Feb, 2009
Ventajas del divorcio
Anna L. Sabadell

Como mujer, he hecho un descubrimiento que, si me hubiera dado cuenta antes,habría cambiado mi vida.
He vivido de mi trabajo durante años, pero hay otra vía.
Debería haberme casado y tener hijos y, una vez alcanzada la condición de madre, buscar la de ex-esposa con custodia de sus hijos.
Así, gozaría de los privilegios que enunciaré:
1.- recibiría un dinero fijo todos los meses y lo podría gastar en lo que quisiera;
2.- podría tratar descuidadamente a mis hijos siempre que fuera discreta (¿qué puede pasar si
unos niños se bañan cada 15 días, y qué puede pasar si unos niños no llevan al día todas las
vacunas?).
3.- También podría cambiar de colegio a mis hijos y ahorrar un dinerillo, sin necesidad de pedir
permiso al padre.

El padre, que ni se acercase a sus hijos; no fuera a demostrar que era un tipo capaz y dedicado y yo perdiera mis privilegios.
Y así, hasta que las criaturas llegaran a la mayoría de edad.

Es triste el descubrimiento que he hecho.
No quiero que me igualen con mujeres así, no merecen ni el nombre de madre ni el de mujer. Unas aprovechadas; eso es lo que nos hacen parecer.
Hace falta una igualdad de verdad, y para todos.
Chupar del bote.

Eva F. P. Manresa

domingo, 1 de febrero de 2009

Paradojas machistas en España:La Mujer se queda con los hijos

http://www.diariodemallorca.es/secciones/noticia.jsp?pRef=2009012700_5_430424__Opinion-Paradojas-machistas
TRIBUNA
Paradojas machistas
MANUEL MOLINA DOMÍNGUEZ (Abogado).

Un hombre se dirige al Ayuntamiento de su nueva localidad. Acaba de divorciarse y (entre otras cesiones económicas) renunció a su vivienda conyugal a favor de su ex esposa a cambio de la Custodia Compartida de sus hijos.
Evitó así un largo procedimiento judicial contencioso y el enfrentamiento siempre aparejado al mismo.
Y consiguió no convertirse en un mero "visitador" de sus hijos, sino seguir presente en sus vidas el 50% del tiempo (cenar con ellos, leerles el cuento antes de dormir, desayunar juntos, acompañarles al colegio, ayudarles, etc.; en suma, "estar ahí"), algo con lo que los pequeños están encantados.

Por ello, se ha mudado a un municipio cercano donde la vivienda es más accesible.
Cuando llega ante la funcionaria encargada del padrón, y antes de hacer su consulta, pretende explicarle que está divorciado y que los pequeños también viven con él. No puede terminar.
En cuanto menciona las palabras "divorcio" e "hijos", la funcionaria le interrumpe diciéndole: "en caso de divorcio la mujer ´se queda´ los hijos".
Así: como si fueran una "propiedad". El hombre, educadamente, lo intenta de nuevo. No lo consigue.

Como una maldición mitológica, las palabras clave vuelven a provocar la monótona y reiterativa letanía de su interlocutora: "ya, pero en caso de divorcio, la mujer ´se queda´ los hijos".
Tras otro intento, el hombre se marcha.
Asegura que, mientras se alejaba, la funcionaria seguía repitiendo su "mantra" una y otra vez, con la mirada perdida en el infinito. Se trata de un caso real.Y no es una actitud exclusiva de mujeres.

Conozco el caso de un profesor de educación infantil que afirma con pasmoso desparpajo que le "trae sin cuidado" lo que sobre su labor opine un padre divorciado.
Pero ¿se plantea el joven docente cómo se sentirá si algún día tiene hijos, descubre que les ama más que a su vida, y a causa de un divorcio se ve alejado de ellos?
¿y el modo en que esa actitud indolente puede afectar negativamente a la imagen ganada por su Centro Educativo merced al buen hacer y profesionalidad del resto del personal, -justo es reconocerlo- todas mujeres?

Porque lo que sí se plantean esos padres divorciados es dar el paso decisivo: denunciar estos casos -con datos, luz y taquígrafos- a fin de acabar definitivamente con tanto sinsentido.
De cualquier modo, el problema es más profundo.
Se trata de una auténtica metáfora de la sordera de una parte de nuestra sociedad ante la dificultad de numerosos padres para seguir ejerciendo como tales tras los divorcios.
Una sociedad, curiosamente, beneficiaria del sacrificio (a veces total) de aquellas féminas que lucharon desde hace más de un siglo -con el apoyo y respeto de muchos hombres que comparten sus ideas- por la igualdad en sus derechos más básicos.

Paradójicamente, una sociedad heredera del movimiento feminista que -generalizado a partir de los años 60 y 70- sembró las bases de la igualdad real en la vida doméstica y la dedicación a los hijos.
Un feminismo del que nos hemos "nutrido" culturalmente, desde niños, muchos hombres de mi generación (aunque a algunos y algunas parece que ni les haya rozado).Sin embargo, en esta misma sociedad se da la paradoja de que la igualdad entre sexos funciona actualmente, en ciertos aspectos, tan sólo "en una dirección".

Y si no lo creen, hagamos una prueba:
¿A alguien le resulta extraño -o le parece mal- que cuando un hombre inicia una vida de pareja, comparta equitativamente la dedicación a las tareas domésticas y el cuidado de los hijos desde los primeros días de vida de éstos?
Entonces ¿por qué a algunos/as les sorprende que esos mismos hombres quieran -ya que pueden- seguir dedicándose al cuidado y educación de sus hijos cuando se produce una separación?
¿O es que alguien puede todavía tener dudas de que esos hijos necesitan de las figuras paterna y materna para un adecuado desarrollo emocional y psicológico?
¿Y, lo que es más grave, por qué algunos/as -desde ciertos puestos "técnicos" oficiales- siguen poniendo "trabas" a que jueces y tribunales puedan dar solución a este problema?

La siempre sensata, honesta y valiente (tres cualidades más que aconsejables en su profesión) Dª María Sanahuja, Magistrada Juez de la Audiencia de Barcelona -y feminista defensora de la Custodia Compartida-, lo decía en un reciente debate en TV3.
Cuando una militante del sector más rancio y obsoleto del feminismo patrio le espetó que las mujeres -solo por serlo- son "más adecuadas" que los hombres para hacerse cargo de los hijos, la Sra. Sanahuja contestó con tranquilidad: "eso, en lugar de un argumento feminista, parece más propio de la ´sección femenina´ ".
Podría decirse más alto, pero no más claro.

martes, 27 de enero de 2009

El Sindrome de Alienacion Parental y el DSM-IV

Enviado por: "antoniomanueltrujillogarcia" mailto:antoniomanueltrujillogarcia@yahoo.
Mar, 27 de Ene, 2009

En mi opinión como profesional, es comprensible que el llamado "SAP", conocido como "Síndrome de alienación parental" no esté aún incluido en el DSM-IV (para que todo el mundo lo sepa es el manual donde los psicólogos tenemos todos los trastornos mentales principales tipificados y con una lista de sintomas al lado que los definen como tales), ya que cuando del SAP lo hacemos de una especie de "situación", de una crisis de pareja que ha roto y donde una de las dos partes, sea la que sea, intenta alejar al otro de sus hijos, hablando mal del otro/a e incluso yendo mas lejos y actuando en su contra, elucubrando con falsos testimonios, vertiendo calumnias, a veces incluso, metiendo a la justicia de por medio con denuncias falsas,procesos tediosos, etc...

Si bien hay que decir que las partes implicadas en este "proceso" y/o en este "momento", con independencia del mismo y dada la angustia de la situación en la que viven ,ya sean la parte alienada o la alienante, es decir la victima o el verdugo, si pueden ser diagnosticados por separado de algun tipo de trastorno como ansiedad, depresión, trastornos psicosomáticos, de adaptación, emocionales, etc... pero no existe la categoria diagnostica en la cual un medico psiquiatra le va a decir a un paciente:
_ Usted lo que tiene es un SAP...(no podemos confundir el nombre de un concepto relativo a toda una situación y un proceso con una enfermedad o una patología, ya que aqui los afectados no son uno, sino todos los implicados en dicha situación).

Enviado por: "Sandra Victoria Abudi" abudi.s.v@gmail.
Mié, 28 de Ene, 2009

Colega: está bien en parte tu opinión pero estás olvidando que el DSM IV secompone de 4 ejes: Para describirlos rápidamente se puede decir que el eje I es el motivo de consulta,
el eje II la patología de base,
el III la situación familiar y
el IV un número que expresa la suma (o resta) de ciertas observaciones de la conducta del evaluado.

El eje III podría contemplar la situación decrita en el SAP pero claro que no como síndrome (que sería eje II).Es un tema para pensar.
Saludos.
Sandra Abudi.

Existe el Sindrome de Alienacion Parental (SAP)

http://www.elmundo.es/encuentros/invitados/2009/01/3435/
La doctora María Jesús Mardomingo, pionera en crear una unidad de Psiquiatría infantil en España, que ella misma dirige en el Hospital Gregorio Marañón de Madrid, resolverá todas las dudas de los internautas sobre los problemas mentales de los más pequeños de la casa.

Ha estado con nosotros ... el 23 de Enero de 2009

María Jesús Mardomingo

-. ¿Por qué hay tantos niños que necesitan atención psiquiatrica?
Es verdad que las tasas de prevalencia de los trastornos psiquiátricos son elevadas puesto que afectan al 10% de los niños y al 20% de los adolescentes.
Es difícil saber cuál es el motivo de unas frecuencias tan altas.
La etiología de los trastornos psiquiátricos es compleja. Intervienen factores genéticos y también factores ambientales.
Los factores genéticos, quiere decir que hay personas que por razones de herencia tienen una mayor vulnerabilidad o fragilidad para sufrir enfermedades psiquiátricas. Son familias en las que hay varios miembros que están afectados, pero los factores genéticos no lo representan todo.
Son esenciales los factores ambientales porque son las circunstancias ambientales las que posibilitan en muchos casos el que se manifieste la enfermedad.

Por ejemplo, una persona puede estar predispuesta para sufrir depresión y, si vive en un ambiente protector, con armonía en las relaciones familiares, con afecto y criterios educativos adecuados y no ocurren otras desgracias que pueden pasar en la vida, a lo mejor nunca se manifiesta el cuadro depresivo. Es decir, que las enfermedades son fruto de lo que uno es y de las circunstancias en las que vive. En este sentido, el tener una vida muy estresante puede facilitar el que los niños y los adolescentes sufran más enfermedades psiquiátricas.

-. ¿Es cierto, como dice mucha gente, que las enfermedades mentales de los adultos se incuban en la infancia? Muchas gracias.
Sí, se sabe que el 60% de las enfermedades psiquiátricas del adulto comienzan en la infancia y muchas veces no se han diagnosticado con grave perjuicio para el paciente puesto que la evolución es mucho peor.
Un ejemplo es la depresión, el TDAH o el trastorno obsesivo-compulsivo por elegir algunos.
Esto indica la importancia de la educación sanitaria de la población para que se conciencie que estas enfermedades existen, de que hay que acudir al médico como cuando se tiene cualquier otro problema y de que la evolución está condicionada, en gran medida, por el diagnóstico precoz y por el buen tratamiento. Necesitamos, por tanto, psiquiatras infantiles especializados que lleven a cabo esta labor.

-. Soy psicóloga infantil y me gustaría recibir algún consejo para identificar síntomas con más efectividad y poder derivar cuanto antes.
Para detectar pronto los síntomas psicopatológicos hace falta, en primer lugar, conocimientos y, en segundo lugar, experiencia. Hay que conocer bien lo que es un niño normal y hay que interpretar las variaciones de la normalidad teniendo en cuenta la intensidad del síntoma, la frecuencia con la que se presenta y la adecuación a la edad.
Por tanto, le recomiendo que estudie mucho, que elija bien lo que estudia y lo que lee y que tenga mucha experiencia en el contacto con los niños sanos y con problemas.

-. Es consciente de la desorientación de muchos padres, cuando deciden ir en busca de un profesional que diagnostique a su hijo, y que no saben a donde acudir?
La amalgama de psiquiatras, psicólogos, neurólogos, pediatras, etc...
¿No creen que despista a los padres en cuanto a la búsqueda del profesional adeudado para su hijo?
¿Como debiera ser el protocolo de actuación desde que se detecta el problema en un niño, hasta que llega al profesional que tiene que evaluarlo? Siempre estoy hablando de la Sanidad Pública, pongamos por ejemplo la Comunidad de Madrid que es donde Vd. ejerce profesionalmente. Gracias.
Sin duda los padres se sienten muchas veces desorientados acerca de lo que deben hacer con su hijo cuando tiene algún problema psicológico o psiquiátrico. Yo considero que el protocolo correcto es consultar a su pediatra y que el pediatra lo remita al psiquiatra infantil.
También se puede ir directamente al psiquiatra infantil cuando los padres ya tienen esa referencia.
A veces a los padres les asusta la palabra "psiquiatra" y entonces el médico de cabecera opta por remitirles al neurólogo, lo que en muchos casos significa dar un rodeo antes de llegar al final.
Es muy importante el que existan servicios psiquiátricos dedicados exclusivamente a los niños y los adolescentes, como exige la Organización Mundial de la Salud, distintos y separados de los de adultos y con psiquiatras infantiles especializados.
Una de las razones por las que en España existe este mayor desconcierto y desorientación que usted indica es porque no está reconocida la especialidad de psiquiatría infantil, un objetivo por el que hemos luchado muchos psiquiatras infantiles pero que no hemos conseguido.

-. ¿Cuando hay que llevar a un adolescente que muestra ciertas manías, pensamientos y comportamientos obsesivos a un profesional?
Cuanto antes, pues es fundamental descartar el que tenga un trastorno obsesivo-compulsivo.

-. Mi hija ha tenido problemas con los miedos nocturnos desde pequeña.
Tiene 11 años y pasa temporadas en las que la ansiedad ante la hora de acostarse es bastante acusada, con síntomas como nauseas e inquietud, pensamientos negativos, sensación de peligro...Por lo demás su inteligencia es normal, es sociable, afectiva y de carácter alegre. ¿Debería consultar con un especialista, o es previsible que se le pase pronto?
Por lo que usted cuenta da la impresión de que la niña tiene un cuadro de ansiedad que ya dura bastantes años. Sí sería recomendable el que consultara.

-. Un papá/ mamá que lleva años incomunicado forzoso/a con sus niños, los psicólogos forenses nombrados por el Juez diagnostican Síndrome de Alienación Parental severo, pero el Juez no cambia la custodia ni aparta a los niños del papá/mamá que los manipula, ¿qué pude hacer el papá/mamá excluido/a?
El síndrome de Alienación Parental efectivamente existe. Y consiste en que el padre o la madre hacen un lavado de cerebro al hijo para que odie al otro padre o madre. Las consecuencias para el niño son tremendas. En su caso, deberán continuar con los trámites judiciales, pues es el juez quien debe adoptar la decisión.

Despedida.
Me despido con un saludo para mis pacientes y para mis antiguos alumnos, alguno de los cuales van a ser magníficos psiquiatras infantiles, y con el deseo de que mejore la atención psiquiátrica de los niños y adolescentes españoles.

domingo, 25 de enero de 2009

Capitulaciones Matrimoniales, ¡¡ Por Supuesto ¡¡¡¡

Enviado por: "Albert Tab" farjau25@yahoo.
Domingo, 25 de Ene, 2009

http://dretatenirpare.blogspot.com/
by Mayte Rius
Casi 37 millones € le ha costado a PaulMcCartney divorciarse de Heather Mills.
La cifra puede relativizarse apuntando que la fortuna del ex-Beatle se estima en más de 1.170millones de euros, pero no deja de ser una suma considerable, sobretodo si se tiene en cuenta que McCartney podría habérsela ahorrado si hubiera aceptado el acuerdo prematrimonial que planteó Mills antes desu boda en junio del 2002, y que él rechazó por considerarlo algo "muy poco romántico".

Quizá porque la experiencia es un grado, no lo consideró así Michael Douglas, que mantuvo unas largas y duras negociaciones con Catherine Zeta-Jones meses antes de su boda hasta lograr firmar un contrato pre-nupcial que dejara claras lasconse­cuencias de cualquier futura ruptura.
El divorcio de su Iªesposa, Diandra Luker, le había costado muy caro: 50,48 millones €, casa en Beverly Hills y la cesión durante la mitad del año de su residencia en Mallorca.
Con Zeta-Jones, Douglas acordó que, en caso de serle infiel, abonaría 5,7 millones €, y 3,6 millones por cada año de convivencia en caso de divorcio, según publicaron revistasde todo el mundo.

El de Douglas y Zeta-Jones puede sonar desorbi­tado y sus cláusulas curiosas, pero la firma de con­tratos prematrimoniales es una práctica bastante extendida en el mundo anglosajón que va abriéndo­se paso en otras sociedades, como la española.
"El matrimonio no deja de ser una sociedad, un contra­to de vida, y cuando decides vivir en pareja todo el mundo debería dedicar un tiempo a hablar de cómo vas a compartir esa vida en el ámbito económico y a analizar las consecuencias de una posible ruptura", aseguran los abogados Jorge Arqués y Carlos Gor­tázar, del despacho Cuatrecasas.

La realidad es que los pactos prematrimoniales todavía no están muy extendidos entre las parejas españolas, pero los abogados de familia aseguran que es una práctica que se está abriendo camino e irá a más.
"No tenemos tradición en pactos prematrimoniales porque hasta hace poco más de dos décadas tampoco teníamos divorcios, pero ahora son más de 137.000 los matrimonios que se rompen cada año", justifican los juristas.

Según el Instituto Nacional de Estadística, la tasa de disoluciones matrimoniales -que incluye nulidades, divorcios y separaciones- superaba el 3,04 por cada mil habitantes en el 2007.
Yson precisamente las per­sonas que ya han pasado por una de estas rupturas quienes más demandan un pacto prematrimonial en caso de segundas nupcias.
"Quien ya ha sufrido una ruptura y ha vivido situaciones que considera injustas quiere protegerse de ello cuando inicia una nueva relación y decide pactar las consecuencias de otra posible separación", explica Luis Zarralu­qui, abogado especializado en derecho de familia.

También se detecta mayor interés por estos pactos cuando la pareja tiene un elevado patrimonio o par­ticipan en negocios familiares.
"A los empresarios familiares les preocupan las relacionesde sus hijos, el dejar claro en qué condiciones se casan para evitar malos entendidos o suicidios económicos", apunta Arqués.

Claro que establecer unos pactos prematrimoniales en previsión de un futuro divorcio tampoco es ga­rantía de una plácida ruptura.
"Hay muchas dudas doctrinales y un amplio debate jurídico sobre la validez de dichos pactos, e incluso alguna sentencia en contra", resume el abogado Antonio Duran­ Sindreu, director del despacho de asesoría legal y tributaria del mismo nombre.

Y es que los pactos en previsión de ruptura matrimonial no están previstos en la legislación española, aunque todo hace pensar que acabarán por regularse.
De hecho, el nuevo Código de Familia que se está tramitando en Catalunya ya menciona la posibilidad de incluir convenios para prevenir futuras crisis en las capi­tulaciones matrimoniales, lo que otorgará respaldo legal a los pactos realizados en Catalunya.

Pero, con o sin cobertura legal, los juristas reco­miendan hacerlos.
"Mejor tenerlos que no, porque como mínimo reflejan cuál era la voluntad de la pareja en un momento determinado", resumen.
Francisco Vega Sala, vocal de la Asociación Españo­la de Abogados de Familia (Aeafa), destaca que "an­tes tampoco existían los convenios de separación pero aconsejábamos hacerlos y acabaron sirviendo; es una forma de construir el derecho, porque este evoluciona y va adaptándose a la sociedad".

Por otra parte, los abogados apuntan que tampoco hace tanta falta regular las condiciones de una posible ruptura si se establecen bien los pactos económicos que regirán el matrimonio a través de los capítulos matrimoniales, que sí gozan de total validez legal.
"No se trata sólo de elegir el régimen jurídico-eco­nómico por el que se va a regir la pareja, sino de regular las reglas de funcionamiento de la econo­mía real del día a día: cómo se asumen los gastos comunes, si las cuentas serán conjuntas o no, si uno participa de los ingresos del otro...", comenta Duran-Sindreu.

Y es que con las capitulaciones matrimoniales -un contrato que se firma ante notario y que se inscribe en el Registro Civil- las parejas pueden hacerse un régimen económico a medida, que recoja los pactos que estimen opor­tunos, sin ajustarse a los tradicionales regímenes de gananciales o de separación de bienes que les correspondería de oficio según el lugar donde fijen su residencia a la vuelta del viaje de novios.

"Los capítulos matrimoniales responden al principio de libertad de contratación; tradicionalmente incluían pactos acerca de la organización de la economía familiar, pero hoy permiten incluso dejar conve­nido el desmontar esa organización, es decir, dejar prevista una regulación en supuesto de ruptura", comenta José Miguel Cabré Puig dela Bellacasa, de la Societat Catalana d'Advocats de Familia.

Hay consenso entre los expertos en que los pactos de los capítulos matrimoniales deben ser lo más detallados posibles para regular la convivencia diaria -cómo se reparten las cuentas bancarias, los salarios, los gastos, el patrimonio inicial de cada uno, el patrimonio que se vaya acumulando durante el matrimonio, el que provenga de las respectivas familias...-, y revisarse periódicamente.
No es lo mismo pactar las reglas económicas al inicio de la convivencia que después de 10 años de matrimo­nio, ni con hijos pequeños que cuando estos tienen 30 años; es como los testamentos, que deben adap­tarse a cada una de las etapas de la vida", puntualiza Duran-Sindreu.

Y pone algunos ejemplos: "Igual al principio sólo se asumen conjuntamente los gastos comunes; en ese caso, será mejor disponer de una cuenta bancaria conjunta donde domiciliar esos pagos pero mantener los salarios de cada uno en cuentas separadas; a lo mejor más adelante se opta por cuentas conjuntas pero resulta que los dos cón­yuges no aportan por igual, y debería dejarse claro qué porcentaje de saldo corresponde a cada uno, o si es que uno participa en los ingresos del otro".

Gortázar y Arqués añaden que las capitulaciones también ofrecen la posibilidad de regular compen­saciones cuando uno de los cónyuges renuncia a su carrera profesional para cuidar de los hijos u otros familiares.
Porque si algo tienen claro los abogados es que todo lo que de forma objetiva se escribe en frío y en tiempos de paz puede evitar muchas futu­ras
De ahí que aconsejen regular también:
1.- el destino de las rentas procedentes del trabajo de la pareja,
2.- el reparto de los bienes de uso común (por ejemplo quién se va de casa y en qué condiciones
si hay una ruptura),
3.- del patrimonio no generado por ellos como los bienes donados o heredados de la familia...

"Es una forma de evitar que la escultura del abuelo acabe en casa de tu ex, o del ex de tu ex", ejemplifican. En realidad, en el marco de las capitulaciones matrimoniales se pueden regular prácticamente los mismos conceptos que en un convenio de separa­ción:
a.- La pensión compensatoria por el desequilibrio económico que sufrirán los cónyuges al
separarse,
b.- la indemnización por la desigualdad patrimonial entre ellos (muy importante cuando uno de
los miembros de la pareja no trabaja),
c.- el uso de la vivienda familiar,
d.- cómo se sufragarán los gastos de los hijos...

Desde Cuatrecasas añaden que las capi­tulaciones permiten incluso nombrar herederos o renunciar a la herencia legítima de los hijos, lo que puede suponer un elemento de estabilidad familiar en el caso de segundas o sucesivas nupcias: "Quizálos hijos vean con mejores ojos al nuevo cónyuge si tienen salvaguardado su patrimonio".

Vega Sala in­siste, de todos modos, enque la efectividad de estos cuerdos de ruptura dependerá en buena medida de que no hayan cambiado demasiado las condicio­nes respecto al momento en que se firmaron.
"Hay un problema técnico con la renuncia a derechos futuros, como es la pensión compensatoria, porque cuando te casas no puedes saber el desequilibrio que te provocará el divorcio, de modo que no sabes a qué estás renunciando", explica.
Y lo mismo ocurre con los pactos relativos a la custodia de los hijos y al régimen de visitas, que son decisiones sobre las que dirimen jueces y fiscales.
Tampoco está permitido incluir pactos que atenten contra la moral o que limiten la libertad de una de las partes para volver a casarse o para fijar su residencia.

Las capitulaciones matrimoniales pueden hacerse antes del matrimonio (excepto en los 30 días pre­vios a la boda) o después, y modificarse de mutuo acuerdo y cambiar el régimen económico matrimo­nial cuando se desee.
Y aunque son pactos previstos para el matrimonio, los juristas aconsejan firmar es­te tipo de contratos notariales también a las parejas de hecho porque los efectos civiles y económicos de la ruptura son prácticamente los mismos pasados los dos primeros años de convivencia