sábado, 8 de abril de 2023

La documentación que te pedirán a la hora de hacer un testamento

Si estás pensando en otorgar testamento, debes conocer las premisas que debes tener claras y la documentación necesaria para ello.
Lidia Orellana, 07/04/2023 
Lo habitual si has decidido otorgar testamento, es que exista un motivo que te haya llevado a ello
Pues ponerse en el escenario de tener que organizar tu herencia para el futuro, no es una tarea fácil. Quizás por lo duro del planteamiento o porque no es un tema, el de la muerte, que se trate con naturalidad, de otra forma no hay muchas personas que se lo planteen.

En cuanto a los motivos, hay un gran porcentaje de personas que deciden realizar un testamento con el fin de proteger a un ser querido. 
Los casos más habituales, son aquellas familias que tienen un hijo con discapacidad, las parejas que quieren protegerse entre sí, o los parientes que pretenden desheredar a un familiar.

Sin embargo, no se necesita un motivo de peso para decidir otorgar testamento. De hecho, debemos concienciarnos de que este acto es fundamental por 2 razones. En 1º lugar, porque nos da la oportunidad de meditar sobre el futuro de nuestra herencia. Pero sobre todo, porque este documento puede evitar conflictos familiares en el futuro.

Cabe señalar, que dejar testamento no es un acto obligatorio. Sí es recomendable, pero no existe ninguna premisa que te obligue a hacerlo. De hecho, la ley contempla el modo en que debe repartirse una herencia en el caso de que el causante no hubiere realizado dicho documento. 
Eso sí, este proceso puede ser más tedioso para los familiares.

Documentación necesaria para hacer un testamento.
El proceso establecido para otorgar testamento en España, es muy sencillo. Bien es cierto, que lo complicado en estos casos es la parte de trabajo personal. Es decir, el testador debe pensar de forma consciente y autónoma, sobre el destino que quiere para su herencia y a quienes quiere incluir en ella. Una vez hecho este análisis individual, lo único que debe hacer el futuro testador es acudir a un notario.

Ante notario, lo único que es obligatorio aportar para proceder al otorgamiento de un testamento en España, es un documento que acredite la identidad del testador. Es decir, con aportar el Documento Nacional de Identidad (DNI) o el pasaporte, será suficiente. 
En ese momento, será el notario el encargado de redactar la voluntad del testador sobre sus bienes, los herederos incluidos y resto de premisas que considere, de las que dará fe y aplicará las formas establecidas.

No obstante, un testamento será más perfecto cuánto mejor descrito esté cada bien incluido. Esto es especialmente importante en cuanto a los bienes inmuebles se refiere. Por este motivo, es conveniente en la descripción de los mismos, hacer referencia a la dirección donde se encuentran, referencia catastral, o bien, inscripción registral.

No obstante, si aportamos estos documentos al notario, es exclusivamente para evitar errores en el testamento que puedan causar problemas en el reparto de la herencia, no porque sea obligatorio. 
Tanto es así, que ni siquiera hay que aportar ninguna documentación que acredite la titularidad del otorgante. No es necesario aportar escrituras de propiedad o notas del registro de la propiedad. 
Es suficiente con la manifestación realizada por el otorgante.

Cómo acreditar quienes son los herederos
Al igual que ocurre con los bienes, la designación de los herederos, se realiza exclusivamente por las manifestaciones que realiza el testador. Esto quiere decir, que no es necesario acreditar al notario que se trata de hijos, cónyuge, hermano, o de cualquier otra persona o familiar. 
Así que en este sentido, no es obligatorio aportar ningún tipo de acreditación, ni documental ni testifical.

No hay comentarios: