Monapart crea
el Servicio de Mediación y Disolución Patrimonial, el 1º servicio de mediación
inmobiliaria para parejas que se encuentran un proceso de divorcio y que
minimiza los conflictos derivados de la disolución del patrimonio.
comunicae.es/ España el 05.04.2017
120.000
parejas se separaron en España en 2016, según datos del Instituto Nacional de
Estadística. Puesto que el 80% de los españoles son propietarios, y según las
estimaciones de Monapart, el 75% de ellos transaccionan la vivienda al
divorciarse, nos hallamos ante un escenario de algo más de 70.000 viviendas
vendidas por causa de divorcio en 2016.
Casi 2 de cada 10.
Ante este
hecho, la red de agencias Monapart ha hecho un estudio colaborativo con
diversos abogados matrimonialistas del país para diseñar un servicio de
mediación y disolución patrimonial, un innovador formato de asesoramiento
inmobiliario especialmente diseñado para que las parejas en proceso de
separación o divorcio reciban un acompañamiento experto, empático y –sobretodo-
útil, para cerrar adecuadamente una etapa y empezar su nueva vida en la
mejor situación (inmobiliaria) posible.
A resultas
del estudio, han identificado 5 escenarios de resolución de la problemática
de disponer de una vivienda en común en caso de separación o divorcio:
1. Vender
la vivienda en común a un tercero y empezar una nueva vida en un nuevo
hogar. Se trata, sin duda, de una de las opciones emocional-mente más
saludables.
2. Conservar
la vivienda en propiedad de ambos, pero alquilarla a un 3º, es decir,
transformarla conceptualmente en un patrimonio en común, o una 'inversión a
medias' que deberá aportar cierta rentabilidad a los propietarios. Esta
opción requiere indefectiblemente que la expareja sea capaz de relacionarse con
normalidad. También es aconsejable que la gestión del alquiler se realice a
través de un administrador, para evitar que 1 de los 2 propietarios tenga
que encargarse de ello.
3. Realizar
un alquiler interno, es decir, que uno de los miembros de la pareja
resulte el arrendatario de la vivienda de la cual es copropietario. En este
caso es imprescindible articular el contrato de arrendamiento de una forma
coherente con la ley y regular adecuadamente el desarrollo del contrato.
4. Realizar
una compraventa interna, es decir, que uno de los ex cónyuges compre la
parte del otro. En este escenario es imperativo que la valoración de la
vivienda sea objetiva, justa y consensuada entre ambas partes.
5. Soluciones
transitorias. Dado que las separaciones son procesos muchas veces complejos,
sobre todo cuando la pareja tiene hijos en común, no hay que descartar opciones
más creativas como el llamado 'piso nido', es decir, que la vivienda en común
pase a ser el 'hogar' de los hijos. En este caso, los hijos no se mueven
de casa y son los padres quienes alternan su estancia en la vivienda. Esta
solución es sólo apta para casos de custodia compartida, pero es claramente
caduca ya que llega un momento en el que la propia evolución de la vida de los
divorciados y la falta de arraigo en la vivienda hace que se sientan incómodos
en esa 'casa de nadie'. Por otro lado, el coste económico de mantener 3
viviendas es habitualmente insostenible. No obstante, es una solución temporal
con muchos puntos a favor.
No hay comentarios:
Publicar un comentario