lunes, 19 de marzo de 2012

la custodia compartida, pagos de pensión y los gastos extra centran los contenciosos

 
 
La custodia compartida, pagos de pensión y los gastos extra centran los contenciosos. 
Los divorcios que acaban en juicio al no haber acuerdo entre las partes suben un 15% en 2011.
Los profesionales ven que la crisis favorece la mayor litigiosidad y que las parejas que se divorcian son cada vez más jóvenes.
Los divorcios de mutuo acuerdo descendieron casi un 6% en 2011
 
Enrique Conde - Lunes, 19 de Marzo de 2012.Pamplona
Los profesionales creen que la crisis favorece el acuerdo entre la expareja.
Los profesionales creen que la crisis favorece el acuerdo entre la expareja. (Foto: unai beroiz)

Al abrir la puerta del Palacio de Justicia, la frase de referencia de un abogado a su cliente suele ser siempre la misma. "Siempre es mejor un mal acuerdo que un buen juicio". 
La frase, no por cierta en la práctica, deja de tener éxito en la época actual cuando lo que se dirimen son cuestiones económicas, pagos de pensiones, aquellas cantidades que son objeto de litigio en un divorcio o en una separación. 
Porque si bien la estadística de divorcios en los tribunales navarros no disminuye con la crisis, sí que se aprecia un alza en los divorcios no consensuados.

En toda Navarra han crecido un 15% los procesos que acaban en juicio porque no han podido llegar antes a acuerdo. 
Fueron 384 divorcios que terminaron en pleito en 2011, todavía lejos de los 811 que sí fueron consensuados el pasado año.
Pero lo que sí trasluce en la estadística es que los acuerdos dibujan una gráfica ciertamente a la baja (-5,9%) y que, y esto no solo lo dicen los datos, "cada vez es más difícil llegar a acuerdos", certifica Margarita Pérez-Salazar, titular del Juzgado de Familia de Pamplona. 
"Es más difícil ahora porque los límites de lo que uno es capaz de negociar están más restringidos, porque la situación económica es complicada. Se pueden discutir 50 euros porque 50 euros tienen ahora más trascendencia que hace unos años. Hay que ver con más precisión lo que se pacta porque todo está más ajustado", desgrana la magistrada, que también alude a que cada vez se separan "parejas más jóvenes y con menos años de matrimonio.
Suele ser habitual que pasen por aquí parejas que se casaron entre 2008 y 2011, que no tienen hijos y que deciden divorciarse", percibe la juez, algo en lo que coinciden desde el despacho de la abogada María Ibáñez, con la que trabajan las letradas Uxue Urbiola y Elizabeth Hernández. 
"Se ha rejuvenecido el divorcio. La generación de 30-40 años se divorcia mucho más que antes"

No cabe duda de que el divorcio se ha quitado años de encima de entre los excónyuges, y a su vez crecen los contenciosos por 3 motivos principales: 
a.- las peticiones de custodia compartida, 
b.- las cuantías de las pensiones a excónyuges y a hijos y 
3.- el modo de afrontar los pagos de alimentos cuando se comparte custodia.

"Las cuestiones de índole económica se discuten cada vez mucho más", ratifica el abogado pamplonés Jorge Batalla.
 "Por mucho que los profesionales seamos los mayores interesados en que se alcancen acuerdos, porque la solución amistosa rinde muchos más beneficios y abarata costes para modificaciones futuras de la situación de los excónyuges, ahora hay muchos casos en los que se reúnen demasiados condicionantes: la vivienda, el hecho de que uno de los miembros de la pareja se haya quedado en paro, el mayor campo de actuación para los temas de custodia compartida... Es lógico que aumente la conflictividad". 

Todo suma, cualquier diferencia haría desembocar en juicio a la pareja que se quiere divorciar. "En mi despacho tenemos prestigio por llegar a acuerdos en los divorcios, pero es cierto que cada día cuesta más. Es normal que suba la conflictividad, pero también creo que se ha radicalizado el tema. La negociación no es imposición. Ahora todo el mundo tiene derechos y parece que no exista ninguna obligación. Que renuncie el otro, esa es la frase más socorrida", opina Ibáñez.

¿Por qué los mutuos acuerdos funcionan tan bien en Pamplona? 
Explica la Juez de Familia de Pamplona que el sistema de divorcios de mutuo acuerdo tiene un estupendo funcionamiento en Pamplona. ¿A qué se debe? 
Se trata de un sistema en el que el periodo máximo de espera del procedimiento es de 7 días y el mínimo son 2 días. 
El Juzgado de Familia, el 3 de Primera Instancia, realiza una agrupación semanal de todos aquellos divorcios de mutuo acuerdo. 
Los jueves celebran las ratificaciones, de las que se informa a través de los procuradores. 
Ellos avisan a la pareja sobre a qué hora tienen que acudir al juzgado. 
Son entre 15 y 25 ratificaciones a la semana, pero no solo por divorcios y separaciones no consensuadas. También por adopciones, enajenaciones de bienes de menor, acogimientos de menores, modificaciones de medidas... 
Todos los jueves el juzgado tiene asignado un fiscal al que inmediatamente se da traslado del acuerdo e informa del mismo.


Los divorcios de mutuo acuerdo en Navarra descendieron casi un 6% en 2011.
En Pamplona los divorcios no consensuados suben un 22%.
2005: Es el año a partir del cual se puede acceder al divorcio directamente sin necesidad de separarse antes.

Ocho de cada diez separados con mediación tienen una buena relación con sus hijos

el ideal gallego.com:  8 de cada 10 separados con mediación tienen una buena relación con sus hijos.

| 05 Marzo 2012.

El 81 % de las parejas que acudieron en los últimos años a la mediación antes de separarse asegura que tiene una relación excelente con sus hijos y que el temor inicial a perder el contacto con ellos no se cumplió porque estos se adaptaron perfectamente a la nueva vida.
Así lo constata un estudio de la Asociación de Atención y Mediación a la Familia (Atyme) que analiza cómo influyó la mediación en las personas que optaron en los últimos 20 años por este sistema de intervención para dejar la convivencia, y cómo esta alternativa extrajudicial cambió la forma de experimentar uno de los duelos más complejos que vive el ser humano, la ruptura de pareja.

Los personas que utilizaron la mediación para divorciarse hace 15 ó 20 años, cuando no se conocía apenas este programa y la sociedad no estaba preparada para la separación, eran todas parejas casadas, con más años de convivencia que las que eligen este procedimiento ahora, con más hijos y llevaban también más tiempo pensando en separarse.

El estudio revela que el cese de la convivencia repercutió a nivel personal de manera positiva en todas y mejoró la calidad de vida de la exparejas, especialmente en las que se han separado recientemente, un 80 por ciento de ellas.
Unas y otras tuvieron que sobrellevar, con mayor o menor dramatismo, una serie de inconvenientes, desde tener que renovar el círculo social hasta ajustar las cuentas para llegar a fin de mes, pero la mayor preocupación de todos ellos son los niños.

Nota: ¿ Se habla de los ultimos años o desde hace 15-20 años? 
Mientras que la Mediación sea Voluntaria es un Fracaso reconocido en toda la sociedad occidental.

El día del padre ausente

El Mundo.blog

Guantánamo: El día del padre ausente.

19 MAR 2012.Salvador Sostres.  
El día del padre es tan absurdo como cualquier otro 'día de', pero ya que se celebra y se celebra hoy, sin que yo pueda hacer nada por evitarlo, me gustaría aprovecharlo para escribir sobre los padres, cada vez más padres, que no pueden ver a sus hijos porque sus ex mujeres se inventan maltratos y otras mentiras como venganza por el divorcio o por el simple gusto de hacer daño.

Cualquier denuncia por maltrato o agresión de un hombre a una mujer es aceptada sin ninguna garantía para el denunciado. Se actúa contra el acusado, en muchos casos, con ligereza, sin que sea necesaria ninguna prueba que demuestre su culpabilidad.Las leyes están hechas dando por descontado que el hombre es culpable por definición y que lo que uno hace como marido lo tiene que pagar como padre. El resultado es que cada vez hay más niños españoles que no puedan ver a sus padres o que tienen con ellos una relación forzada y rocambolesca.
Cada vez más mujeres practican la exageración y la mentira para sacar provecho de una ley revanchista y de unos jueces que acaban siendo manifiestamente injustos, condenando a los hombres por el simple hecho de serlo y castigando inconcebiblemente a sus hijos, cuando lo que está claro es que ellos, precisamente ellos, no tienen ninguna culpa.

La paternidad, como la maternidad, es sagrada. Pero últimamente en España se está convirtiendo en un chantaje para sacar más dinero en caso de divorcio o para llevar la expresión del resentimiento post conyugal hasta la última crueldad. Aumentan de un modo preocupante e inaceptable las falsas denuncias de maltrato persiguiendo estos objetivos, y aumenta también la sensación de que cualquier juez que no falle culpabilizando y machacando al hombre es un juez machista. Hay miedo y el miedo sólo genera injusticia.
La justicia española no puede permitir que en nombre de proteger los derechos y la seguridad de las mujeres, algo naturalmente justo y necesario, se vulneren de un modo flagrante principios tan fundamentales como la presunción de inocencia.

Hay hombres malos, hay mujeres malas y hasta hay niños malos. Pero en contra de lo que piensa y propaga el feminismo, el hombre no es un maltratador en potencia ni se le puede pisotear de cualquier modo ni con cualquier pretexto ni en nombre de un revanchismo que sólo lleva a la injusticia, al desamparo, y a que muchos niños y niñas tengan que crecer tristes y rotos por no poder ver a sus padres.
El feminismo, en su ira ciega y en su rabia atroz, pretende convertir a los hijos en rehenes y a los hombres en culpables por definición. El drama de extiende como una mancha, hay inocentes que pagan un precio brutal y además, más allá de la estúpida revancha, nadie gana absolutamente nada.

1.200 solicitudes para 43 pisos sociales en Badalona

 El Periodico:  Iniciativa contra la pobreza en el barcelonès nord. 1.200 solicitudes para 43 pisos sociales en Badalona. El ayuntamiento, desbordado, cierra la recepción de peticiones para poder gestionarlas.

Lunes, 19 de marzo del 2012 |CARLES COLS|BADALONA  
En ocasiones, el éxito no es una buena señal, sino todo lo contrario. 
La gran acogida del acuerdo entre el Ayuntamiento de Badalona y CatalunyaCaixa para alquilar a precios sociales 43 pisos embargados por esta entidad bancaria es una muestra. 
La capital del Barcelonès Nord ha tenido que cerrar la recepción de solicitudes tras las primeras 1.200, para tramitarlas y agilizar el proceso.

El municipio ha decidido agrupar las peticiones en grupos de 150 por orden de entrada, para ir dándoles salida. 
Las condiciones para optar a uno de estos 43 pisos -que el alcalde espera que sean 93 esta semana, cuando se cierre el acuerdo que ultiman con otra entidad bancaria- son:
En primer lugar, ser vecino de Badalona (cuanto más veterano en la ciudad, más puntos). 
En segundo, tener una renta mínima de 426 euros al mes y que el alquiler no supere al 30% de los ingresos (es decir, asegurarse de que podrán pagar la vivienda).

ENTRE 140 Y 220 EUROS /
La iniciativa, que el alcalde pretende que se extienda con acuerdos con otros bancos, propone alquilar las decenas de viviendas con nula salida comercial que las entidades bancarias acumulan fruto de ejecuciones inmobiliarias entre 140 y 220 euros, en función de las medidas de los pisos (los más pequeños son de 50 m2 y los más grandes de 85).

Según estudios municipales, solo en Badalona hay entre 400 y 500 pisos embargados desde inicio de la crisis y, lo más alarmante, en las próximas semanas se prevé que se sumen 200 o 300 más, la mayoría en los barrios de Sant Roc y La Salut, los más desfavorecidos de la ciudad.
Además del drama que ha supuesto para estas 800 familias perder su hogar, estos pisos vacíos se han convertido, según apuntaba en este diario el alcalde Albiol, en un potencial «foco de conflicto en la ciudad», ya que operan en ella «mafias» que saben cuándo y dónde habrá un embargo para reventar las cerraduras y realquilar los pisos ilegalmente.

domingo, 18 de marzo de 2012

Ley de Mediación Familiar en España

diario juridico.com :Pedro Claros, abogado Cuatrecasas, Gonçalves y Pereira y experto en mediacion:“Es necesario que este Real Decreto-Ley se tramite como Proyecto de Ley,a fin de que se corrijan en esta tramitacion sus deficiencias”.

Desde hace unos dias, nuestro país ya está en hora con Europa desde el punto de vista de la mediación. 
Hace unos días el Consejo de Ministros aprobaba un Real Decreto-Ley que situaba este método extrajudicial en nuestro país a nivel estatal.
“La aprobación por Real Decreto-Ley no es casual, obedece a razones de urgencia porque nuestro país había supuestamente incumplido el plazo para trasponer la Directiva de 2008 sobre Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles” explica Pedro Claros, socio y experto en arbitraje y mediación de Cuatrecasas, Gonçalves y Pereira. 
Desde su punto de vista, esa urgencia ha llevado a la precipitación de resucitar el Proyecto de Ley del anterior Gobierno, que adolecía de graves defectos, aunque se han mejorado algunos aspectos importantes. 
Por ello, señala que “es necesario que el Real Decreto-Ley se tramite como Proyecto de Ley en las Cortes, a fin de que puedan corregirse en sede de tramitación parlamentaria ciertas deficiencias técnicas que se arrastran”.

Para Claros, hay 2 avances fundamentales a tener en cuenta en este Real Decreto-Ley: 
1.- la eliminación de la mediación con carácter obligatorio
2.- del carácter automáticamente ejecutivo del acuerdo resultante de una mediación.
 Por otro lado, señala que “es fundamental que el Real Decreto-Ley mejore la función del mediador, sin imponer ningún tipo de reserva de actividad, de manera abierta, pero con un claro y exigente régimen de responsabilidad y de incompatibilidades en el desempeño de las funciones de mediación”.  
Desde su punto de vista no debe verse a la mediación como una panacea que solvente la excesiva litigiosidad de nuestra justicia: 
“Creo que es un error de enfoque, muy habitual. De hecho, la propia Directiva europea declara expresamente que ese no debe ser el fin de la normativa. Estos mecanismos deben considerarse como vías complementarias a la Administración de Justicia, con la que deben articularse convenientemente. Pero no son sustitutivos, ni tampoco son la solución definitiva al problema del exceso de asuntos que pende ante los tribunales.”resalta.

Pedro Claros se formó en Métodos Alternativos de Solución de Disputas (ADR) en Estados Unidos hace 12 años, de la mano de uno de los gurús de la mediación en aquel país, la Profesora Menkel-Medow de la Universidad de Georgetown en Washington, DC. Posteriormente, adquirió experiencia en mediación empresarial en esa misma ciudad, en el despacho especializado en servicios de ADR de John Bickerman.
Las modernas técnicas de mediación nacieron en EE.UU. y, desde su regreso a España, Pedro Claros ha puesto en práctica sus experiencias adquiridas en aquel país, realizando mediaciones empresariales en el despacho Cuatrecasas, Gonçalves Pereira, donde anualmente se llevan a cabo hasta 20 mediaciones empresariales, de carácter nacional e internacional.(....)

¿En qué contexto podemos entender este Real Decreto-Ley que impulsa la mediación en nuestro país?
Hay que dar la bienvenida a esta Ley de Mediación y en principio hay que felicitar cualquier intención de promover en España la práctica de la mediación. 
La iniciativa legislativa es bienintencionada. 
Sin embargo, viene muy condicionada por determinadas circunstancias. 
En particular, su aprobación por vía de Real Decreto-Ley no es casual, obedece a razones de urgencia porque nuestro país había supuestamente incumplido el plazo para trasponer la Directiva de 2008 sobre Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles.

Estas urgencias han llevado a la precipitación de resucitar y dar carta de naturaleza al Proyecto de Ley del anterior Gobierno, si bien simplificándolo y mejorándolo en algunos aspectos importantes. 
Con todo, hay que aclarar que ese Proyecto de Ley adolecía de graves deficiencias técnicas. 
Lo ideal hubiese sido un texto legal de nueva planta, sin mirar al Proyecto de Ley del anterior Gobierno, sobre el que ya entonces había tantas dudas.
Es por ello necesario que el Real Decreto-Ley se tramite como Proyecto de Ley en las Cortes, a fin de que puedan corregirse en sede de tramitación parlamentaria esas deficiencias técnicas que se arrastran.

Pero hablaba de mejoras importantes en la nueva ley… ¿cuáles son esas mejoras? Sí, sin duda, y las que más llaman la atención son 2. 
Por un lado, la eliminación de la mediación obligatoria (algo que quizás se pueda introducir en una fase evolutiva posterior, pero no en el estreno de la regulación de esta institución en nuestro país, tal y como proponía el anterior Proyecto de Ley).
Y por otro lado, se ha eliminado el carácter inmediatamente ejecutivo del acuerdo resultante de una mediación que imponía el anterior Proyecto de Ley, sin ningún tipo de intervención pública, algo que no encajaba mínimamente con nuestro sistema jurídico. 
Ahora el acuerdo resultante de una mediación podrá ser ejecutivo tras su elevación a público o su homologación judicial, tal y como se venía haciendo en la práctica hasta ahora, tanto en nuestro país como en los países de nuestro entorno (aunque el texto aprobado se olvida, por ejemplo, de la homologación arbitral). 
Debe subrayarse una y otra vez, que por muchas cosas que se quieran innovar, el acuerdo resultante de una mediación no puede tener en nuestro ordenamiento jurídico otra naturaleza que la de un contrato de transacción, ni más ni menos.

¿Y cuáles son los defectos a los que se refería y que deberían ser corregidos?
Por ejemplo, se equipara el acuerdo resultante de una mediación a un título judicial, cuando como le decía, no tiene más naturaleza que la de un contrato de transacción. 
El Real Decreto-Ley se integra mal en nuestro ordenamiento jurídico. 
Por contar una anécdota, el Real Decreto-Ley, siguiendo el Proyecto de Ley del anterior Gobierno, habla siempre del “acuerdo de mediación” para referirse al acuerdo transaccional resultante de una mediación, cuando en realidad “acuerdo de mediación” se usa en la práctica para referirnos al acuerdo por el que 2 partes se obligan a intentar una mediación. 
Se trata de un error arrastrado de una mala traducción al español de la Directiva, que ahí sigue, y al final se sanciona legislativamente.

Otro ejemplo es que se introduce una declinatoria en el proceso por razón de sometimiento a mediación que ni siquiera existe en los países más avanzados en materia de mediación, que son los países de tradición jurídica anglosajona. 
Este es un tema polémico sobre el que se ha escrito mucho en el ámbito anglosajón y en el que los propios expertos en mediación de estos países no tienen una opinión formada y unívoca. 
Se diría que aquí la novedad es atrevida, y pasamos de un extremo al otro, sin solución de continuidad y sin la debida reflexión. Haría falta una cierta prudencia en este punto tan delicado, que afecta al derecho fundamental de acceso al proceso.

De hecho, en este punto el Real Decreto-Ley es abiertamente contradictorio con la Ley Modelo UNCITRAL sobre Conciliación Comercial Internacional del año 2002. 
Debe aclararse que en realidad, la referencia que hay en la Exposición de Motivos del Real Decreto-Ley a la Ley Modelo UNCITRAL es una formalidad vacía. 
En realidad, tal mención no se encontraba en la Exposición de Motivos original del Anteproyecto de Ley del anterior Gobierno, y se introdujo sin más posteriormente.(...)
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Esta nueva Ley tiene el objetivo ambicioso de contribuir a la desjudicialización de nuestro modelo jurídico, ¿cree que podrá colaborar en esa dirección?
El problema que surge cuando se habla de los métodos alternativos de solución de disputas (ADR) es que siempre se intenta ver en ellos la panacea o la vía de descarga para resolver los problemas que aquejan a la Administración de Justicia.
Creo que es un error de enfoque, muy habitual. De hecho, la propia Directiva europea declara expresamente que ese no debe ser el fin de la normativa. Estos mecanismos deben considerarse como vías complementarias a la Administración de Justicia, con la que deben articularse convenientemente. 
Pero no son sustitutivos, ni tampoco son la solución definitiva al problema del exceso de asuntos que pende ante los tribunales. 
Sin duda la mediación podrá contribuir a cierta desjudicialización de nuestra convivencia, lo que es bueno, pero no veremos un descenso inmediato de litigiosidad en los tribunales. 
Más bien deberá trabajarse a largo plazo, implantando poco a poco el instituto, sin colocar a la mediación bajo la presión de tener que ser válvula de escape de la Administración de Justicia. Sólo desde ese enfoque dará frutos verdaderos y duraderos.(...)

Si entramos en más detalle sobre esta Ley de Mediación, le sorprende por ejemplo que no se hable de unos tiempos máximos de duración del procedimiento de mediación…
No creo que eso sea negativo. El Proyecto de Ley del anterior Gobierno era muy reglamentarista en cuanto a la regulación del procedimiento de mediación, y de hecho, el Real Decreto-Ley sigue siendo en gran medida una norma reglamentarista.
Las mejores leyes de mediación o las leyes de mediación en aquellos países donde la práctica está más desarrollada, son las leyes más flexibles desde el punto de vista procedimental. 
Yo prefiero mucho más ese enfoque. Si el procedimiento de arbitraje es flexible; el del mediación lo es aún más todavía. 
Cualquier reglamentarismo sobre actas o requisitos formales va en contra de la esencia misma de la mediación, tal y como es entendida en los países más avanzados en esta práctica.
Un ejercicio legislativo mucho más claro y sencillo hubiese sido adoptar, con mejoras, la Ley Modelo Uncitral de Conciliacion del 2002, tal y como se hizo en materia de arbitraje. 
Ésta es la ley que inspira la Ley Uniforme de Mediación en EEUU. En lugar de eso se incluyen trámites y formalidades que poco tienen que ver con la verdadera naturaleza de la mediación.

¿Es oportuno desde su punto de vista que disputas por valor inferior a 600 € se vayan a solventar por vía electrónica, tal y como refleja esta nueva Ley de Mediación?
Son disposiciones que únicamente tienen un valor admonitivo. 
Establecer ese límite de 600 euros evidencia ese reglamentarismo del que venimos hablando, y que no se da en el Derecho Comparado.
Entiendo que se quiera fomentar el uso de medios electrónicos en el caso de este tipo de disputas, pero no creo que hiciera falta establecer ningún tipo de límites económicos, como el que señala.

En una ley como esta de Mediación, ¿cuál debe ser el papel que se espera del Juez? ¿Cree que se potencian las mediaciones en el campo intrajudicial con esta normativa?
Es posible articular los diferentes medios de resolución de disputas y que en ese contexto haya una buena coordinación entre la función jurisdiccional ordinaria, la arbitral y la propia de mediación. Sería muy deseable.
En este sentido el Real Decreto-Ley contiene varias disposiciones donde queda reflejado cómo será la actividad del juez, que debe consistir básicamente en una labor informativa o de invitación a las partes a que puedan acudir a la mediación.
Creo que es un acierto del Real Decreto-Ley y que se trata con prudencia la presencia y actividad de la judicatura para fomentar la mediación intrajudicial. 
Si las experiencias van avanzando y son positivas será cuestión de plantearse más adelante la conveniencia de dar más potestades a la intervención judicial en relación con la mediación. 
Hoy por hoy, en este estadio de implantación de la institución, el papel del juez que se contempla en el Real Decreto-Ley es suficiente. 
Lo que debe evitarse a futuro es la tentación de convertir la mediación en algo necesariamente obligatorio para tal o cual categoría de asuntos, con tal de quitar papel de los Juzgados, como hacía el anterior Proyecto de Ley.

¿De nuestro entorno legislativo más cercano ¿Qué normativas resuelven e impulsan el fenómeno de la mediación?
Como bien se sabe, es en el mundo anglosajón donde la práctica de mediación tiene especial predicamento. Quizás sean ellos los que marcan la pauta en cuanto a experiencia y desarrollo legislativo de la mediación.
El salto de la institución a los países de tradición jurídica continental ha sido desigual. 
Ha encontrado especial desarrollo en Holanda, Alemania o Argentina. 
Para mi, donde mejor nos podríamos mirar nosotros es en Alemania. 
Sin embargo, nuestro Real Decreto-Ley se parece más a la confusa norma italiana (que ha sido muy contestada) y mucho menos a la sencilla normativa alemana. 
En todo caso, deberíamos procurar volver a las fuentes, y en este campo concreto estas fuentes se encuentran radicadas en EEUU e Inglaterra.

Por último, ¿qué aspectos quedan por mejorar en el trámite parlamentario, primero y, más tarde, en el Reglamento de esta Ley de Mediación?
Como ya he comentado antes, es fundamental que se aclare el régimen de responsabilidad y de incompatibilidades de los mediadores. 
El texto dibuja de forma interesada un régimen laxo en estos aspectos.
Creo que tanto el trámite parlamentario como el posterior desarrollo reglamentario deberá corregir esta situación. 
Si hoy por hoy se exige, incluso en tribunales y bajo responsabilidad profesional, la necesaria independencia e imparcialidad de los árbitros, no parece lógico que se abra un portillo para que las mismas o parecidas obligaciones no sean exigidas a las personas que puedan desarrollar funciones de mediación.

Colate peleará en los tribunales por la custodia de su hijo

 e-consulta.com

Colate peleará en los tribunales por obtener dinero y la custodia de su hijo.

Colate solicita la disolución de su unión argumentando que el vínculo matrimonial es irreparable y pide que la custodia de Andrea Nicolás -hijo de ambos nacido el 14 de noviembre del 2010- sea compartida, pero que Vallejo-Nágera sea el guardián principal del pequeño, debido a los compromisos artísticos de Rubio. Colate solicita la disolución de su unión argumentando que el vínculo matrimonial es irreparable y pide que la custodia de Andrea Nicolás -hijo de ambos nacido el 14 de noviembre del 2010- sea compartida, pero que Vallejo-Nágera sea el guardián principal del pequeño, debido a los compromisos artísticos de Rubio.
Por Magazine |Viernes, 16 de Marzo de 2012 |
Después de 5 años de matrimonio, Paulina Rubio y el empresario español Nicolás Vallejo Nágera -mejor conocido como "Colate"- han transformado su historia de amor en un pleito legal por un patrimonio que oscila los 33 millones de dólares. Están además en disputa varias mansiones en Miami, México y España; un automóvil; un yate e incluso un jet privado. Estos son sólo algunos de los bienes que la ex pareja deberá dividir.

Al parecer, "Colate" reclamó su parte ante el juez, asegurando que tuvo que dejar sus negocios propios para ser el asistente de su ex esposa, lo que contribuyó a incrementar la fortuna de la mexicana. 
Además, declaro que si él renunció a algo fue porque Paulina le pidió que la siguiera "a todas partes como un perrillo faldero".
El español -en entrevistas- aseguró que la comunicación que tiene actualmente con la intérprete desde su separación es mínima. 
Ha remarcado también que los motivos de su separación son muchos, pero que fueron los problemas sin resolver los que crecieron hasta terminar con su relación.
"Un cúmulo de circunstancias que van afectando el día a día y que, de no darle una solución en su momento, se van acumulando hasta llegar a un punto sin retorno. Hace mucho que me di cuenta de que eso no podía funcionar, pero soy muy luchador y he tratado por todos los medios de darle la vuelta", declaró.

El empresario asegura que siempre intentó luchar por la relación, pero al no ver una salida, decidió darse por vencido. 
"He hecho todo y más para reconducir la situación. Y cuando digo todo, es todo. He sacrificado lo que tenía en mi vida por esta relación. Por eso, aunque me encuentre mal, estoy tranquilo de saber que no he podido hacer más", asegura.

De acuerdo con la revista People en Español, Vallejo-Nágera ya presentó la demanda de divorcio contra Paulina, tras casi 5 años de matrimonio, en la Corte de lo Familiar del Condado de Miami-Dade. 
En el documento, solicita la disolución de su unión argumentando que el vínculo matrimonial es irreparable y pide que la custodia de Andrea Nicolás -hijo de ambos nacido el 14 de noviembre del 2010- sea compartida, pero que Vallejo-Nágera sea el guardián principal del pequeño, debido a los compromisos artísticos de Rubio.

También solicita que el estado establezca la suma que la chica dorada le entregue cada mes como pensión -ya sea temporal, permanente o periódica- y que obligue a la cantante a adquirir un seguro de vida teniendo como beneficiario al niño.
El aun esposo de "Pau", aseguró que él no desea involucrarse en una batalla legal con la cantante. Al contrario, quiere que todo se realice de la mejor manera ya que ella "siempre será la madre de nuestro hijo, además de seguir siendo la mujer de mi vida".

En otros medios la noticia:
 hoymujer.com
aba notice.com 
Hola.com
la voz libre.com 
20 minutos.es 
levante-emv.com 

El Gobierno de Rajoy desmonta ocho años de Zapatero

la vanguardia.com: El Gobierno de Rajoy desmonta 8 años de Zapatero en 100 días. La oposición lo llama contrarreforma, pero el Gobierno prefiere hablar de racionalizar las medidas.

Política | 18/03/2012 -Carmen del Riego Madrid , Juan Carlos Merino Madrid
Aún antes de haber cumplido sus primeros 100 días de mandato, el Gobierno de Mariano Rajoy ha acometido de manera urgente la operación de desmontar, pieza a pieza, buena parte de las leyes y políticas más significativas impulsadas durante los casi 8 años de gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero.

La oposición lo llama contrarreforma, pero el Ejecutivo prefiere hablar de racionalizar las medidas en un momento muy determinado. Y lo hace tanto en materia económica, con la reforma laboral del PP que ha pulverizado las que puso en marcha el PSOE tras el giro de mayo del 2010, como en políticas sociales -la dependencia, el aborto-, fiscales, educativas, la denominada memoria histórica, la política energética y de vivienda o hasta en el contencioso de Gibraltar...

En el PSOE se llevan las manos a la cabeza, impotentes ante las supresiones, frenazos, modificaciones o rectificaciones que están sufriendo algunos de los proyectos de bandera puestos en marcha en los últimos 8 años bajo mandato socialista. 
Por el contrario, en el PP argumentan en la mayoría de los casos que se están limitando a cumplir el programa electoral con el que ganaron las elecciones del 20-N, o a tomar sus propias medidas para reequilibrar las cuentas públicas y ajustar el déficit.

Y las piezas siguen cayendo, imparables. 
Por ejemplo, el Consejo de Ministros suprimió el pasado viernes 24 empresas estatales, entre ellas la Sociedad Pública de Alquiler (SPA), creada por Zapatero en el año 2005 junto a su entonces ministra de Vivienda, María Antonia Trujillo.
 "Es un negocio ruinoso", había avisado la actual ministra de Fomento, Ana Pastor.

Lo que nadie le puede achacar al Gobierno es que no está haciendo lo que anunció cuando estaba en la oposición o en la campaña electoral, o que no esté cumpliendo con su programa electoral. 
Porque, salvo la subida de impuestos, especialmente el IRPF, adoptada el 30 diciembre, con la justificación de la desviación del déficit, el PP sigue al pie de la letra el guión que escribió durante los últimos 4 años. 
De ahí que no sea muy difícil adivinar que tras las 3 grandes reformas se empiece a hablar de la ley de emprendedores, que ya en su día defendió en el Congreso como una proposición de ley.
Pero el Ejecutivo también ha introducido en el debate anuncios como el de la ley del aborto, que volverá a ser de supuestos, o el adiós a la asignatura de educación para la ciudadanía. Entre otras cosas, confiesa algún ministro, porque al Gobierno también le viene bien que no sólo se hable de economía y recortes...

De una oficina a las mismas personas en otro despacho
 La ley de la memoria histórica fue una de las iniciativas estrellas de la etapa Zapatero, con la que nunca estuvo de acuerdo el PP, pero lo que ahora el Gobierno de Rajoy mantiene es que nada ha cambiado pese a que se ha suprimido la oficina de víctimas de la Guerra Civil y de la dictadura. 
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, explica que las mismas personas que había en la oficina siguen atendiendo los mismos casos y con los mismos medios, y que lo único que varían es que la oficina se ha subsumido en la subsecretaría de Justicia, en la división de derechos de gracia y otros derechos. 
El PSOE ve en la medida un intento de acabar con la ley de memoria histórica que “sirvió para poner en marcha un proceso de compensación a todas las víctimas de la represión franquista que no fueron atendidos a lo largo de la transición”, explica Ramón Jáuregui, ex ministro de la Presidencia en el último gobierno de Zapatero. (.......)

Una ayuda con un plazo de caducidad de 4 años
Fue una de las iniciativas más populares de la etapa de Zapatero y consistía en una ayuda de 210 euros para alquiler a los jóvenes. 
El primer decreto de ajuste del gobierno del PP, el del 30 de diciembre, se la llevó por delante. El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, que tomó la decisión, se aferra a que el decreto que la creo ya preveía que a los 4 años se podía instar su modificación o derogarla, y el Gobierno optó por lo segundo. 
De hecho, según Montoro, lo que se decide es no incorporar a más beneficiarios y dejar extinguir la subvención a los actuales a los 4 años. 
Carme Chacón, como ministra de Vivienda, puso en marcha la renta básica de emancipación. “La razón es que España tenía la tasa de emancipación más tardía, lo que tenía que ver con la ley del suelo del PP, y porque el parque de vivienda en alquiler representaba apenas el 7% del total”, rememora Chacón. 
5 años después, explica, esta medida ha beneficiado a 301.254 jóvenes (58.098 en Catalunya), la capacidad de emancipación entre 18 y 34 años pasó del 36% al 46,8% y el parque de alquiler subió del 7% al 13,2%. 
“Ha sido una de las medidas más exitosas, y suprimirlo afecta especialmente a los jóvenes, justo el sector más golpeado por la crisis”, critica.

Una medida para estimular la actividad económica
El Gobierno decidió recuperar la desgravación fiscal por la compra de la vivienda habitual en su Consejo de Ministros del 30 de diciembre del 2011.
Zapatero la había eliminado, dentro de sus medidas de choque contra la crisis, a partir del 1 de enero de aquel 2011. 
Sólo 1 año en el que quienes compraron su casa no pudieron desgravarse por el importe invertido. 
El ministro de Hacienda de Rajoy, Cristóbal Montoro, justifica la recuperación de esta desgravación, no sólo en la ayuda que supone para los beneficiarios que quieren adquirir una vivienda, sino en la necesidad de encontrar un revulsivo que anime el mercado de la vivienda, que a la vez “estimulará la actividad económica a través de los impuestos que se recaudarán derivados de la compra de esas viviendas que gozan de una mejor fiscalidad”, lo que a la postre compensa lo que se deja de recaudar.
Pero Inmaculada Rodríguez-Piñero, secretaria de política económica del PSOE y ex secretaria general de Infraestructuras del Ministerio de Fomento, asegura en cambio que “la recuperación de las deducciones fiscales a la compra de vivienda sólo sirve para alimentar la burbuja inmobiliaria”. 
Para los socialistas, el Partido Popular pretende así reeditar “la cultura del pelotazo”.

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