El Supremo sistematiza en 28 criterios cómo debe abordarse la violencia de género desde la perspectiva judicial.
Mariano Segura, 28 mayo 2026
El Tribunal Supremo ha elaborado un «manual judicial de referencia» para que los tribunales aborden los casos de violencia de género y violencia sexual.
Lo hace en la reciente sentencia nº 308/2026, de 29 de abril, dictada por la Sala de lo Penal, en la que desestima el recurso de casación de un condenado por maltrato habitual, agresión sexual y amenazas contra su pareja menor de edad.
La resolución sistematiza en 3 bloques doctrinales diferenciados todo lo que un órgano judicial debe tener presente cuando juzga este tipo de hechos: 28 criterios para identificar y describir la violencia de género en los hechos probados, 7 criterios sobre las consecuencias de la victimización en las mujeres y 7 criterios sobre qué significa aplicar la perspectiva de género.
La sentencia ha sido dictada por los magistrados Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre, Antonio del Moral García, Pablo Llarena Conde, Carmen Lamela Díaz y Vicente Magro Servet, autor de esta ponencia.
La sentencia confirma las condenas impuestas por la A. P. de Ciudad Real y ratificadas por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, y cierra la vía casacional con idéntico resultado.
Pero su relevancia trasciende el caso concreto. El ponente aprovecha el recurso para construir una doctrina sistemática y exhaustiva que los tribunales pueden aplicar directamente cuando se enfrentan a hechos de esta naturaleza.
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