El divorcio se legalizó en España en 1981
y, de acuerdo con los últimos datos del INE, cada año hay en el país
más de 100.000. Algunos expertos calculan que 1 de cada 3 comienzan
a fraguarse durante las vacaciones de verano y la ruptura se realiza en
septiembre, justo a la vuelta.
¿Por qué ocurre esto? Fácil de explicar:
la pareja -sobre todo aquella que es estable, está casada y tiene
hijos- se encuentra cargada de obligaciones familiares y laborales que
le pesan como una losa durante los meses de invierno. Soportan la
situación porque están inmersos en una rutina en la que no disponen de
tiempo para hablar todos los asuntos de sus vidas que les agobian y que
odian. Suelen tener tiempo para todo, menos para mirarse a la cara,
disfrutar o discutir para poner las cosas en orden. Con lo cual, los
conflictos no paran de amontonarse. Uno tras otro. Sin pausa.
Con las vacaciones aparece el tiempo libre y con él
la monotonía desaparece y llega el momento de centrarse en los defectos
del otro, echárselos en cara y comenzar a gritos hasta no poder más. De
ahí a tomar la decisión de divorciarse hay solo un paso.
Cada año en Galicia hay unas 5.600 parejas que
deciden zanjar su matrimonio. La mayoría (en torno a un 74 %) lo hacen
de mutuo acuerdo y el resto se van al contencioso. Es en ese momento
cuando se comienzan a sufrir las consecuencias económicas de la
decisión. Vamos, que divorciarse cuesta una pasta, y en unas ciudades
más que en otras.
Un divorcio de mutuo acuerdo en A Coruña y sencillo (prácticamente ninguna propiedad y con 2s nóminas), puede rondar los 2.000 euros.
Los cobrará el abogado, que puede ser común a los 2 cónyuges, en el
supuesto de que tengan muy claro el acuerdo que va a regir sus
relaciones personales, económicas y con sus hijos.
A esa cantidad hay
que sumarle otros 500 euros del procurador, que puede reducirse a 200
aproximadamente si no se fijase pensión de ningún tipo.
Si no hay acuerdo, mejor es que cada cónyuge esté
asesorado por un abogado. Quizá puedan llegar a mutuo acuerdo, pero cada
uno con su defensa letrada y representación procesal. Si tras las
negociaciones, no se ve posible un pacto, queda la vía contenciosa. En
tal escenario, los honorarios se incrementan. Y es que, además de
abogado y procurador, intervendrán otros profesionales: perito judicial,
tasador, psicólogo, etcétera. De referencia, un perito judicial que
intervenga en la tasación para la liquidación de una sociedad de
gananciales de 300.000 euros, pongamos por ejemplo, pasará una factura
de 11.000.
El gasto puede ser aún mayor si, además de
divorciarse, es necesario liquidar la sociedad de gananciales. Y tampoco
es lo mismo hacerlo con único bien, como un edificio, valorado en 5
millones de euros, que, aunque sumen el mismo importe, se trate de
varios bienes inmuebles, derechos reales, sociedades mercantiles,
negocios profesionales, productos financieros? Esa complejidad requerirá
al abogado una mayor dedicación de tiempo y eso cuesta dinero. Aunque
haya orientación de honorarios por cuantías en los colegios de abogados,
la tendencia es a la libertad de pacto letrado-cliente. Es comúnmente
aceptado que una parte de los emolumentos se establezcan como un
porcentaje del reparto. Por ejemplo, que el abogado facture entre el 1 y
el 1,5 % de la cantidad que se adjudique el cónyuge a quien asesora.
Por cierto, a todos los honorarios, que son
aproximados, porque varían en función de los factores a tener en cuenta
(pensión alimentos, compensatoria, etcétera), además hay que sumarles el
21 % de IVA.
Apunte positivo: algunos cambios introducidos en la
ley han desjudicializado determinadas separaciones y divorcios de mutuo
acuerdo, siempre que haya hijos mayores de edad, aunque siempre
asistidos por un abogado. En estos casos existe la posibilidad de que
los notarios y los secretarios judiciales hagan el papel del juez. En
tal supuesto, solo se precisaría un documento notarial sin cuantía, que
podría costar 140 euros. Si se fijase pensión, por ejemplo de 1.000
euros y capitalizada 30.000, el documento costaría menos de 300. La
cantidad a pagar rondaría entre los 2.500 y los 3.000 euros si además se
incluyese el convenio regulador protocolizado por el notario y la
liquidación de la sociedad de gananciales de 5 millones.
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