lunes, 20 de diciembre de 2010

Valencia se despide de la Custodia Compartida hasta la IIª década del siglo XXI

http://www.levante-emv.com/comunitat-valenciana/2010/12/15/castellano-traslada-corts-freno-custodia-compartida/765784.html
Castellano traslada a las Corts el freno a la custodia compartida


J. J. G. VALENCIA .Miércoles 15 de diciembre de 2010   

"El Gobierno ha cumplido en tiempo y forma y ahora son las Corts las que tienen que hacer el calendario y que la ley se apruebe antes del final de la legislatura".
El conseller de Gobernación, Serafín Castellano, trasladó ayer de esta forma a la Cámara la responsabilidad del bloqueo del proyecto de ley de custodia compartida, después de que el grupo popular haya solicitado el nombramiento de una ponencia para negociar el texto con la oposición, un pretexto para que la iniciativa no llegue a ramos de bendecir antes del final de la legislatura y decaiga.

Castellano, a las preguntas de los periodistas tras la reunión sobre la reforma del Estatuto, pudo así enviar un recado a su grupo, que le ha paralizado la ley, aunque también salva la posición del Ejecutivo.
Promesa electoral del PP, la no aprobación de la ley de custodia compartida pasaría ser cosa de las Corts, no del Consell.


El titular de Gobernación aseguró también que no existe, dijo, "ninguna discrepancia" en el Consell sobre el texto, ya que el anteproyecto y el proyecto "fueron aprobados por unanimidad en el Ejecutivo", en referencia al supuesto rechazo impulsado por el vicepresidente Juan Cotino.
Asimismo, desautorizó al director general de Justicia y Menor, Antonio Gastaldi, quien reprochó que la ley prima el interés de los progenitores sobre el de los hijos y añadió que la regulación perjudicará a éstos.

Castellano defendió que si el Gobierno valenciano "viera que ésta no es una ley para garantizar el interés superior de los menores para que no sean moneda de cambio de las desavenencias conyugales, no se hubiera hecho", igual que si se hubiera visto que hay "algún atisbo de perjuicio para el menor".
El portavoz del PP, Rafael Blasco, justificó la ponencia para realizar un "ajuste" a los criterios fijados por el Consell.


Compromís no quiere dar pretextos para el bloqueo y remitió un escrito a la Mesa de las Corts para que la ley se tramite de forma urgente, igual que se hizo, a petición del grupo popular, con el proyecto de ley del Deporte.

el nuevo Código Penal no prevé excarcelaciones masivas

http://es.noticias.yahoo.com/9/20101220/tes-el-ministro-de-justicia-afirma-que-e-61bd63d.html
El ministro de Justicia afirma que el nuevo Código Penal no prevé excarcelaciones masivas



Las Palmas de Gran Canaria, 20 dic 2010(EFE).-
El ministro de Justicia, Francisco Caamaño, ha asegurado hoy que el nuevo Código Penal que entra en vigor el próximo día 23 de diciembre no prevé la excarcelación "masiva" de presos, ante las noticias que se están produciendo con cierto "tinte de alarma".

El ministro de Justicia afirma que el nuevo Código Penal no prevé excarcelaciones masivas.

Caamaño, que ofreció una conferencia sobre la reforma del Código Penal en la capital grancanaria, señaló a un grupo de periodistas que las valoraciones al respecto deben ser realistas, y aclaró que la reducción de penas no afecta a tantos delitos como se dice.
El ministro explicó que habrá que estudiar caso a caso, en relación a las presos que cumplen condena y que pueden resultar beneficiados, pero aclaró que las reducciones de pena las establecerán los jueces y los presos podrán ver acortada la pena "quizás en 1 año o en 6 meses".



En algunos casos, podrán quedar en libertad, situación que se produce en "muy poquitos supuestos", manifestó Caamaño, quien dijo que no es posible conocer la cifra de presos afectados, porque depende de cada caso concreto y de las medidas que se adopten para cada caso, porque con la reforma del Código Penal no se puede hacer una valoración global de lo que pueda ocurrir.

Según Caamaño, la estimación del Ministerio es que la reducción de penas no afecta a tantos delitos como se comenta, sólo a los relacionados con la introducción de droga del exterior.



Insistió que es necesario estudiar cómo se les puede aplicar el nuevo Código, y que el nuevo código se refiere a supuestos de introducción de cantidades notorias de droga, con lo que el efecto del Código es "muy limitado o reducido".

Catalunya: Custodia compartida como punto de partida.

http://derechofamilia.wordpress.com/2010/12/20/custodia-compartida-como-punto-de-partida/

Custodia compartida como punto de partida.



20 Diciembre 2010.Assumpció Martinez Rogés @
El próximo 1 de enero entra en vigor la nueva regulación del Derecho de Familia en Catalunya.
Como he venido haciendo en los últimos posts, en esta ocasión voy a hacer una revisión de los cambios que esta normativa hace en cuanto a otro aspecto crucial de esta parcela del Derecho: La custodia de los menores.


La nueva regulación parte de que la responsabilidad de los progenitores en las situaciones de ruptura de la convivencia mantienen el caracter compartido y, en la medida en que ello sea posible, deben ejercitarse conjuntamente.

Dejamos de hablar de guarda y custodia y de régimen de visitas, con la carga negativa y la sensación de vencedores y vencidos que se da en muchas ocasiones y se centra en un único término: GUARDA.
Y ello porque la patria potestad es la que realmente afecta a las decisiones importantes en la vida del menor, y en pocas ocasiones no es compartida, de forma que dejamos de un lado la misma y nos vamos a solucionar los problemas del dia a dia, de la cotidianiedad.

Dónde duerme el menor, a qué hora se acuesta, sus pautas de higiene diaria, pautas de estudio… esto es guarda.
A menudo el guardador habitual (antes progenitor custodio) ha ido tomando otras decisiones pero son patologías, son cuestiones que no puede ni debería tomar unliateralmente puesto que se encuentran en la esfera de la Patria Potestad.
Guarda es cotidianiedad y es necesario que ambos progenitores se involucren en ello, en las cosas del dia a dia.


La guarda conjunta será aquella en la que ambos progenitores están involucrados a un nivel equivalente en el dia a dia de sus hijos, sin que sea necesario un reparto del tiempo de estancias al 50%.
Tampoco se trata de una guarda exclusiva con un régimen amplio.
La responsabilidad parental jugará un papel importante.


¿Con la nueva normativa se dictará siempre una “custodia compartida”?
La guarda compartida será el criterio preferente, pero la intervención y criterio judicial será la que determine el modo de ejercitarse la guarda cuando los progenitores no hayan alcanzado un acuerdo sobre ello.
La autoridad judicial puede disponer que la guarda se ejercite de manera individual si ello conviene más al interés de los hijos, o incluso encargar de la misma a abuelos, otros parientes o incluso a in stituciones.
El interés superior del menor se erige como pieza clave en todo el procedimiento.


El artículo 233-10.3 deja clara una cuestión, y es que: " la forma de ejercer la guarda no altera el contenido de la obligación de alimentos en relación a los hijos comunes, si bien deberá ponderarse el tiempo de permanencia de los menores con cada uno de los progenitores y los gastos que cada uno de ellos haya asumido pagar directamente".


Para regular las relaciones de los menores con cada progenitor deberá presentarse el llamado “plan de parentalidad“, en el que los progenitores deben concretar la forma en que van a ejercer sus responsabilidades parentales.
Este es un sistema adoptado en paises vecinos y es una especie de simulación de futuro.
Los convenios más extensos ya vienen siendo un poco un plan de parentalidad, pero no aquellos “convenios base o estandard” que acaban pasando mil y una veces por el Juzgado para clarificar mil cositas.


En los próximos post detallaré el contenido del “Pla de Parentalitat” y los criterios del art. 233-11 para determinar el régimen y la manera de ejercer la guarda.

domingo, 19 de diciembre de 2010

La protección de la infancia y la custodia compartida

http://www.lasprovincias.es/v/20101219/opinion/proteccion-infancia-custodia-compartida-20101219.html
La protección de la infancia y la custodia compartida



19.12.10 - FERNANDO DE ROSA TORNER.VICEPRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
La ruptura de la relación de pareja cuando existen hijos menores, es una cuestión de enorme trascendencia para el menor pues a partir de ese momento, se determinarán sus relaciones futuras con cada uno de sus progenitores.
Lo ideal sería que existiera consenso entre los padres, pero sin embargo, cuando por desgracia no encuentran el sosiego necesario para separarse civilizadamente, el conflicto se hace patente a la hora de adoptar las decisiones más importantes:
a.- con quién han de convivir los menores y durante qué periodos;
b.- la atribución de la vivienda familiar o
c.- de pensión de alimentos, etc, asuntos que deben de resolverse, siempre, atendiendo al superior interés del menor.


La experiencia indica que mientras hay hijos menores, los conflictos surgen con mayor o menor intensidad, y es entonces cuando el interés del menor se ve relegado a un 2º plano, por detrás del de sus progenitores.

La sociedad actual viene demandado una evolución de los sistemas que rigen los efectos de una ruptura matrimonial, de manera que se pueda otorgar a ambos progenitores, la posibilidad de seguir ejerciendo como padres en condiciones de igualdad y siempre en beneficio de los hijos.


En este sentido hay que subrayar que las leyes que regulan la custodia compartida aprobadas recientemente en España, son una respuesta acertada a esta demanda social.
Así, por ejemplo, la de Aragón establece que en los procesos de separación y divorcio, el juez establecerá la custodia compartida como preferente, salvo que considere que la custodia individual sea más conveniente, cambio que considero enormemente positivo ya que con ello se pretende favorecer el supremo interés de los hijos, promoviendo la igualdad entre los progenitores, y reconociendo de manera expresa la necesidad de que los hijos cuenten por igual con sus padres en todas las facetas de su desarrollo.


Los hijos deben crecer permaneciendo la mayor parte posible del tiempo con ambos progenitores, ya que ambos resultan necesarios por igual en su formación y en su desarrollo, porque no olvidemos que se puede dejar de ser marido y mujer, pero la condición de padre y madre no se pierde jamás.

Por tanto, la custodia compartida debe conjugar 2 derechos básicos:
1.- el de los hijos a mantener una relación equilibrada y continuada con sus padres y,
2.- por otro, el derecho-deber de los padres a educar a sus hijos, de manera que se garantice a ambos progenitores el ejercicio de sus derechos y obligaciones en situación de igualdad.


Sin duda esta nueva figura es la respuesta de una «sociedad avanzada», que:
a.- promueve la igualdad de ambos sexos en todos los aspectos y
b.- en la que el desarrollo profesional de la mujer y
c.- el deseo de los hombres de una mayor implicación en el ámbito familiar, imponen este cambio en el esquema tradicional de atribuir la custodia en exclusiva a la madre.


El interés del menor exige:
1.-  que ambos progenitores tomen conciencia de que su responsabilidad continúa a pesar de su ruptura como pareja, y
2.- que la nueva situación les exige, incluso, un mayor grado de consenso en el ejercicio de sus deberes con los hijos.


Las ventajas de la custodia compartida son evidentes:
a.- los hijos mantienen los lazos de afectividad y una relación continuada con ambos padres; b.- permite una mejor aceptación de la nueva situación familiar por parte de los hijos;
c.- ambos padres se implican por igual en la educación y desarrollo de sus hijos y
d.- se reduce la litigiosidad entre ambos, ya que el otorgamiento de la custodia a uno solo de ellos acrecienta, en muchas ocasiones, los conflictos, debido a la desigualdad que se genera en el ámbito de las relaciones paterno-filiales.


Este nuevo instrumento jurídico, simboliza un cambio muy positivo de mentalidad en beneficio de los hijos.
Novedades legislativas como éstas, creo que van en el camino adecuado para lograr una sociedad más tolerante, que se enfrente a sus problemas cotidianos desde una perspectiva de respeto absoluto hacia todos y deben de servir de ejemplo a las generaciones futuras.


No obstante, es cierto que la custodia compartida no genera en todos los sectores una postura unánime de aceptación, y son muchas las voces que encuentran mayores inconvenientes que ventajas, pues entienden que su aplicación requiere:
1.- una especial predisposición,
2.- un grado de consenso, de respeto y de colaboración que excluye en la práctica la posibilidad de que pueda ser impuesta coactivamente por los Tribunales, bajo el argumento de que  "si los padres no han sabido cooperar durante el matrimonio, es poco probable que cambien sus comportamientos en una custodia compartida, lo que supone que continuarán los conflictos"


Lo cierto es que este nuevo sistema, con sus ventajas e inconvenientes, entiendo que mejora considerablemente la situación actual y que va a ser muy útil para lograr un cambio en la sociedad en esta materia concreta, por lo que debemos ser valientes y apostar por reformas que incidan en esta línea.

En cualquier caso, no hay que olvidar que la custodia compartida se establece como preferente, sin que ello suponga la exclusión de otras formas, por lo que habrá que confiar en el saber hacer de nuestros jueces a la hora de determinar su concesión o no en cada caso concreto, siempre atendiendo al superior interés del menor.

FALLECIMIENTOS de menores en manos de sus progenitores.

Comunicado oficial de la Asociación Padres y Madres en Acción (PAMAC) sobre los FALLECIMIENTOS de menores en manos de sus progenitores.



Ante recientes sucesos ocurridos en varios lugares de España, que han conducido a la muerte de niños a manos de sus propios padres, la Asociación Padres y Madres en Acción (PAMAC) desea hacer ante la opinión pública el siguiente comunicado:


La Asociación Padres y Madres en Acción (PAMAC), a raíz de los recientes casos de niños maltratados por sus padres hasta causarles la muerte, quiere expresar su preocupación por la repetición de estos gravísimos hechos en los últimos tiempos.


Según recientes estadísticas, en España han muerto 20 niños a manos de sus progenitores en lo que va del año 2010 y desde el 2000, al menos 68 menores han perdido la vida a manos de sus padres, padrastros o compañeros sentimentales

Los casos de maltrato infantil son cada vez más frecuentes en nuestro país y últimamente asociados a la ruptura de la convivencia de la pareja y relacionado con la Guarda y Custodia Monoparental de los mismos.



Desde PAMAC cree su deber en la defensa de los intereses de los menores afectados por la ruptura de la convivencia de sus progenitores, hacer una llamada de alerta a la sociedad en general para que no sea cómplice de situaciones de maltrato infantil y comprenda que debido a la actual ley del divorcio, estas situaciones van en aumento.

Dado que una mayoría de los casos de maltrato infantil ocurren en el ámbito familiar en proceso de ruptura, como lo demuestran los crímenes tan recientes de: Betanzos, Valladolid, Denia (en total 4 menores de 20).



La Asociación Padres y Madres en Acción (PAMAC), considera que es de la mayor importancia que la población en general sea consciente de la necesidad de la Modificación de la actual Ley del Divorcio y que se considere la Custodia Compartida o Responsabilidad Parental Conjunta obligatoria tras la ruptura de la convivencia de la pareja pueden salvar las vidas de muchos niños.



Atentamente.-


Paco Rodríguez
Presidente de PAMAC

La pequeña Alba: Perder la vida a manos de los padres

http://www.elpais.com/articulo/salud/Perder/vida/manos/padres/elpsalpor/20060321elpepisal_1/Tes
Perder la vida a manos de los padres.
Los menores de 3 años son los que sufren más agresiones, la mayor parte durante la noche


JOAN CARLES AMBROJO - Barcelona - 21/03/2006

La pequeña Alba, de 5 años, sigue grave en la unidad de cuidados intensivos de pediatría de Vall d'Hebron, con un traumatismo craneal que ha estado a punto de costarle la vida y ahora le dejará graves secuelas.
La madre y su compañero sentimental están en prisión acusados de tentativa de asesinato.

¿Qué puede llevar a unos padres a agredir e incluso matar a sus hijos?
¿Por qué es tan difícil prevenir la consecuencia más trágica del maltrato infantil?
¿A qué se debe que las madres sean las que causan más muertes infantiles?
Un estudio pionero realizado en España sobre 31 sentencias judiciales de casos de filicidio, con 42 víctimas, concluye que el mayor riesgo de sufrir filicidio -la muerte de niños a manos de sus progenitores biológicos o adoptivos- se concentra en los menores de 3 años, y la mayor parte de las agresiones se producen de noche.
Y algo muy inquietante: el 19% se produce como venganza del agresor contra el cónyuge.

Síndrome del niño zarandeado

Herido grave un niño con síndrome del zarandeo en Málaga.

Se estima que los servicios médicos sólo descubren el 20% de los casos de maltrato.

En casi la mitad de los casos de filicidio es la madre la que produce la agresión.


El estudio ha sido realizado por Rosa Sáez Codina, psicóloga clínica y forense, en el marco del master en Psicología Jurídica y Peritaje Psicológico Forense de la Universidad Autónoma de Barcelona, y fue supervisado por Josep Ramon Juárez, doctor en Psicología clínica y forense. El informe indica que los niños menores de 3 años son los que más sufren filicidio (38,1%), seguidos de los de 3 a 6 años (19%).
Las peores horas para estos sucesos son entre las 21.00 y las 2.00 horas.
El intervalo entre las 14.00 y las 21.00 también es dramático.

Generalmente, actúa un solo agresor:
a.- la madre, "la persona que más tiempo pasa con los hijos", en el 47,6% de las veces;
b.- el padre, en el 19%;
c.- ambos, en el 16,7%.
d.- En el 11,9% de ocasiones, el padre mata también a la madre.

¿Por qué parece que las madres agredan más?
"De las sentencias judiciales es muy difícil extraer otra información. Muchas veces las mujeres exculpan al marido o se autoinculpan ellas por miedo", afirma Rosa Sáez.
El médico Manuel Martín, coordinador de urgencias del área maternoinfantil del hospital de Vall d'Hebron de Barcelona, cree difícil que en una pareja "uno maltrate y el otro no lo sepa".
El estudio de la psicóloga refleja que la edad más frecuente de los padres agresores está entre 30 y 40 años, aunque en las mujeres también es relevante el intervalo de 18 a 30 años.


Manuel Martín cree que los servicios médicos detectan entre el 10% y el 20% de los casos de maltrato físico a manos de los padres, que abarca desde cachetes hasta agresiones más importantes.
"El 12% de maltratos que hemos detectado se produce durante el 1º año de vida y el 75% hasta los 12 años", añade.


El estudio de Rosa Sáez muestra que las agresiones más frecuentes a los menores, que a veces sufren simultáneamente varios tipos de maltrato:
1.- son el envenenamiento y las quemaduras corporales (ambas, en el 14,3% de los casos),
2.- seguidas del abandono (11,9%) y
3.- los traumatismos corporales acompañados de traumatismo craneoencefálico, zarandeo y estrangulamiento (en el 9,5% de las víctimas).

Como resultado de la agresión, la mitad fallecen y el 47,6% sufre lesiones graves.
Muy pocos salen ilesos. Cuando no mueren, las secuelas más frecuentes son las psicologicofísicas (11,9%), aunque hay secuelas neurológicas que aparecen pasados unos años.
En las sentencias analizadas por la psicóloga, la gran mayoría de las víctimas no presentó un síndrome específico de maltratos, aunque el que aparece con más frecuencia es:
a.-  el del niño zarandeado (11,9%);
b.- también se encuentran algunos con síndrome de Münchhausen por poder (se le originan síntomas de enfermedad).

Algunos padres automedican o provocan el vómito de los niños y los llevan continuamente a urgencias. "Son sobreprotectores y deberían ser tratados psicológicamente", dice Martín.
Las sentencias analizadas sobre maltrato infantil son, a juicio de Sáez, "la punta de un iceberg aún más grande que el de la violencia de sexo".
Sáez relaciona el hecho de que se produzcan tantas agresiones a niños menores de 1 año al cólico del lactante, que les hace llorar sin un motivo aparente.
Por la noche, los padres se encuentran más cansados, se angustian y pueden perder los nervios y agredir.
La psicóloga recomienda realizar campañas de educación y prevención.
Martín cree que muchas familias no son conscientes de que maltratan, "se van excediendo y aumentan la intensidad de los maltratos hasta que se les va de las manos".

El mapa del filicidio está concentrado en Cataluña (19%), Madrid (14%) y Baleares (11%):
"En las zonas más pobladas y con mayor estrés se denuncian más casos de maltrato infantil", dice Sáez.
Ni el padre ni la madre inculpados tienen antecedentes penales.
Sólo el 31,8% de los padres y el 18,5% de madres presentan atenuantes, principalmente por toxicomanía y confesión antes del descubrimiento de los hechos.
Escasea el arrepentimiento espontáneo o la anomalía o alteración psíquica, y casi nunca presentan eximentes.

Pero el 55,6% de los progenitores agresores presentan alguna psicopatología.
En el padre inculpado aparece, sobre todo, el trastorno paranoide de la personalidad; también se dan casos de alcoholismo, trastorno mixto de la personalidad y trastorno ansioso depresivo.
La esquizofrenia paranoide es el trastorno mental más presente en las madres agresoras.


Paradójicamente, a pesar de ser un delito tan grave, sólo se ha evaluado pericialmente a la 3ª parte de los padres inculpados en el estudio.
Esta exploración, que debe solicitar el juez, permite conocer las capacidades cognitivas y volitivas: si sabían o no lo que estaban haciendo y podían controlarlo.
Son útiles para considerar qué atenuantes o agravantes se pueden aplicar, pero sobre todo "permiten obtener datos para elaborar protocolos de educación y para prevenir y conocer qué es lo que les lleva a matar a sus hijos".
Muchas veces las encargan a médicos forenses y, contrariamente a lo que Sáez considera que sería mejor, "pocas veces las hacen psicólogos forenses".


Sáez ha peritado a padres inculpados en 3 casos de filicidio.
Los 3 eran conscientes de lo que hacían y sólo 1, que tenía un trastorno de control de los impulsos y dejó la medicación, reconoció los hechos y se dejó evaluar psicológicamente. "Estoy segura de que en el caso de una madre que mató a su hija, podía tener atenuantes porque tenía depresión posparto y alteración hormonal, pero no reconoció los hechos ni se dejó evaluar", explica.


El estudio de Sáez se ha basado en la clasificación del filicidio según Joseph Guileyardo, que sigue criterios de medicina forense.
Esta tipología tiene en cuenta los motivos, las causas, el método y los factores desencadenantes.
"Es muy concreta y específica y da muchas orientaciones y herramientas para trabajar la prevención", explica, pero considera que la psicología forense podría definir una nueva taxonomía que tuviera en cuenta factores culturales para la población española.


Síndrome del niño zarandeado

El Centro Reina Sofía para el Estudio de la Violencia señala que 7,16 de cada 10.000 menores sufren maltrato dentro de la propia familia.
Una investigación del Centro de Estudios Jurídicos y de Formación Especializada de la Generalitat de Cataluña, realizada en 2000, estimaba que el riesgo de maltrato físico o psicológico dentro o fuera de la familia alcanzaba al 18,4 por 1.000 de los menores de 18 años, aunque en muchos casos no se llega a materializar.


J. Caffey acuñó en 1972 el término de niño zarandeado para explicar un conjunto de alteraciones clínicas y patológicas que presentaban niños de corta edad que habían sido zarandeados bruscamente de forma reiterada en un intento de calmar su llanto.



Este síndrome saltó a la luz pública cuando el famoso alpinista suizo Erhard Loretan admitió haber zarandeado con brusquedad a su bebé de 7 meses para que dejara de llorar: murió a causa de los golpes que sufrió su masa encefálica, una gelatina en suspensión, contra las paredes del cráneo.


Este síndrome aparece siempre en niños menores de 3 años, casi todas las veces durante el 1º año de vida, y causa la muerte de 1 de cada 3 bebés afectados o graves complicaciones en el desarrollo del menor y problemas de aprendizaje.
Los niños más propensos a sufrirlos son los hiperactivos, prematuros y nerviosos.


Otro síndrome muy habitual es el de Münchhausen por poderes.
Se produce cuando los padres someten al niño a continuas exploraciones médicas, suministro de medicamentos o ingresos hospitalarios alegando síntomas ficticios o generados de forma activa por el adulto.
En Cataluña, el 9,7 % de las lesiones en niños menores de 4 años ingresados en centros de acogida por malos tratos físicos graves corresponden a este síndrome.


Otra parte del maltrato infantil puede estar enmascarada como muerte súbita del lactante o del niño pequeño durante el sueño, que en los casos verídicos se produce por causa desconocida.

La muerte súbita representa el 30% de las causas de muerte en España entre las 2 semanas y el año de vida.
La Academia Americana de Pediatría estima que los homicidios encubiertos en los casos catalogados como muerte súbita varían entre el 1% y el 5%.
La academia norteamericana ha creado un protocolo para realizar la autopsia de los niños fallecidos por muerte súbita.

12 niños mueren cada año a manos de sus padres, la mayoría por palizas

http://www.elcorreo.com/vizcaya/20080427/pvasco-espana/doce-ninos-mueren-cada-20080427.html
12 niños mueren cada año a manos de sus padres, la mayoría por palizas
Expertos advierten del alarmante incremento de fallecimientos, que se han duplicado desde 2004
La mitad de los pequeños asesinados tenía menos de 1 año y 1 de cada 5 era recién nacido.

M. JOSÉ TOMÉ m.j.tome@diario-elcorreo.com. 18 Diciembre 2010
¿Hay algo más trágico que perder a un hijo?
El fallecimiento de un descendiente supone el dolor más desgarrador al que se puede enfrentar un ser humano; por eso resulta difícil admitir que un padre o una madre pueda llegar a arrebatar la vida a quien se la dio. Pero ocurre, y cada vez en mayor medida.

Un reciente estudio del Centro Reina Sofía para el Estudio de la Violencia ha revelado que cada año mueren 12 niños en España a manos de sus progenitores, es decir, al menos 1 al mes. La mayoría, por palizas.
Los expertos, sin embargo, creen que es la punta del iceberg.
«Hay muchos más casos, lo que ocurre es que no se pueden catalogar como homicidios y quedan como accidentes o muertes súbitas», opina Javier Urra, psicólogo clínico y experto en temas de menores.


Este espeluznante retrato es fruto del estudio realizado por los expertos del centro valenciano sobre las estadísticas de infanticidios cometidos en el ámbito familiar entre los años 2004 y 2007.
En este periodo perdieron la vida a manos de parientes un total de 59 menores, 48 de ellos a manos de sus padres, ya fueran biológicos o las parejas de éstos.
Todos tenían menos de 13 años. Ninguno de los agresores era padre adoptivo.


Urra cree el incremento de casos detectado por esta investigación pueda deberse a que «ahora hay más métodos de detección».
«Sin embargo todavía hay casos que no se comprueban. Los médicos pueden tener sospechas pero como no se ven capaces de demostrarlo en un juicio, lo dejan en la duda. Detrás de muchas muertes súbitas hay padres que no aguantan el llanto de su hijo y lo ahogan con la almohada», sostiene el experto.


Abandonados al nacer

Hace un par de semanas, Marilina dio a luz sola en la casa que compartía con otros 2 compatriotas sudamericanos en Barcelona.
Metió al bebé en un cajón de su armario y se fue al hospital, donde fue atendida de una fuerte hemorragia. Horas después, el pequeño fue encontrado muerto.
Según el Centro Reina Sofía, la mitad de los niños asesinados por sus padres tenían menos de 1 año y 1 de cada 5 eran recién nacidos.


Muchos pierden la vida casi en el mismo momento de nacer, por abandono, como el hijo de Marilina.
Cuando son más mayores, las agresiones físicas son la principal causa de su prematura muerte.
1 de cada 5 niños fallece tras una brutal paliza, como Iraitz.
El pequeño de 3 años, la única víctima vasca de este periodo, falleció en agosto de 2004 en Vitoria, en plenas fiestas de La Blanca.
Su muerte a manos de su padre cortó en seco el espíritu festivo de los vitorianos, que no podían dar crédito a lo sucedido: Pablo Cacho y su hijo habían disfrutado como una familia normal de las fiestas.
Después de llevar a Iraitz a las barracas y de darle para cenar una manzana caramelizada que habían comprado en la feria, le propinó una brutal paliza hasta que acabó con su vida.


¿Cuál es el perfil de estos agresores? ¿Son monstruos, enfermos, delincuentes? ¿Existen factores que pueden llegar a explicar su conducta?
Según las estadísticas, las personas que asesinaron a sus hijos son mayoritariamente hombres, de entre 25 y 34 años, de origen español, parados y de bajo nivel socioeconómico. Ángela Serrano, responsable del área del menor del Centro Reina Sofía, dibuja su retrato robot psicológico.
«Son personas de baja autoestima que perciben los estímulos que emiten los niños como amenazantes. No saben afrontar el comportamiento de su hijo, les desquicia de tal manera que no lo pueden controlar y le acaban agrediendo de forma salvaje. Crean expectativas inapropiadas del menor ».


En el caso del pequeño Iraitz, el agresor era habitual consumidor de drogas.
En contra de lo que pudiera parecer, las adicciones a sustancias estupefacientes o al alcohol están detrás de un porcentaje no muy elevado de casos: apenas un 15%.
Los expertos, sin embargo, sospechan que el dato no se ajusta a la realidad.
«Creemos que el consumo tiene más incidencia, pero quizá no se ha recogido adecuadamente a la hora de catalogar cada suceso», apunta Serrano.


Lo que sí es un denominador común es la falta de empleo de los agresores y su bajo nivel socioeconómico, 2 factores que combinados con un hogar desestructurado pueden dar lugar a un cóctel explosivo de violencia contra el más débil.
«Estos padres sufren un mayor nivel de estrés que, unido a otros factores, les impide afrontar con normalidad las reacciones del niño. Les desquicia de tal manera que no pueden controlarse y estallan. Luego lo justifican como provocaciones del niño. Creen que si lloran es por fastidiarles, porque no les reconoce como padres», explica la experta.


En cualquier caso, Ángela Serrano advierte sobre el riesgo de «estigmatizar» a las clases sociales bajas. «No se puede generalizar», asegura.
Prueba de ello es uno de los últimos casos que más ha conmocionado a la opinión pública: el del ejecutivo vizcaíno Alberto Izaga, que acabó a golpes con la vida de su pequeña Janire, de 2 años, en su lujoso apartamento londinense. Un jurado inglés lo declaró inocente por enajenación mental y, en la actualidad, está ingresado en un psiquiátrico.

Malos tratos

En mayo de 2004, la localidad valenciana de Alcira se sobrecogió con el drama de Jennifer Irene Lara, una dominicana que había decidido separarse de su marido, de origen español, al que conoció cuando fue de vacaciones a su país. Tenían 3 hijos. Una noche, el hombre derramó el contenido de una lata de gasolina en la vivienda y la prendió fuego. Cerró con llave y se fue. La mujer y los 2 pequeños, de 8 y 5 años, murieron abrasados.


Éste fue el terrible colofón a una dramática historia de vejaciones y malos tratos que sufrieron tanto Jennifer como sus hijos.
No es algo puntual: las agresiones previas están presentes en 1 de cada 5 casos de muerte infantil. «Estas personas también tienen malas relaciones con sus familias y suelen ser maltratadores de sus parejas. Presentan una afectividad muy negativa, fuertes distorsiones cognitivas y mucha ansiedad», asegura la experta.