http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Juzgados/familia/reforma/llega/elpepusoc/20091005elpepisoc_2/Tes
Juzgados de familia, la reforma que nunca llega
P. R. - Barcelona - 05/10/2009
Los abogados de familia y los jueces que resuelven estos asuntos vienen clamando desde hace años por la necesidad de crear juzgados especializados de familia en toda España dotados con equipos psicosociales, como sucede, por ejemplo, con los juzgados de violencia sobre la mujer en ciudades como Barcelona y Madrid.
Esa ayuda permite al juez decidir con más datos sobre las circunstancias personales y familiares de la pareja y los hijos. Algo así como adaptar la sentencia a las circunstancias particulares de cada divorcio en lugar de optar por una sentencia modelo.
Si, además, esos juzgados se ajustaran a la carga de trabajo que recomienda el Consejo General del Poder Judicial, se podría dar una respuesta rápida y rigurosa a los numerosos incidentes que pueden producirse en un proceso de divorcio y que a menudo se prolongan durante años.
Lo habitual es que los juzgados no especializados estén desbordados por el nº de asuntos, con lo que el tiempo de resolución es superior a uno especializado.
Se crea así una justicia de varias velocidades, según la ciudad del demandante y el grado de saturación que tenga el juzgado de turno.
El Congreso aprobó en febrero de 2005 la toma en consideración de una proposición de CiU para modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial y crear la jurisdicción de familia, como ya existe la de menores o la contenciosa, entre otras.
La iniciativa cayó en el olvido y el pasado 18 de mayo se volvió a registrar.
Ahora está pendiente de aprobación.
El texto propone que esos juzgados conozcan todos los procesos relacionados con el derecho de familia y que sean competentes en la pluralidad de parejas y situaciones que existe.
Necesidad
Isidro Niñerola, presidente de la Asociación Española de Abogados de Familia, considera que "los hijos no tienen por qué pasar necesidad", aunque también tienen clientes que están superados por la crisis.
Es el caso de un empresario de Valencia que llevaba varios años abonándole 2.000 euros a su ex mujer en concepto de pensión compensatoria por ocuparse de los hijos y que al irse a pique su negocio ha pedido una reducción.
La abogada Elvira Rodríguez sostiene que siempre es mejor evitar el pleito.
"Es preferible pagar, aunque sea a plazos, que exponerse a que la parte contraria pida que se ejecute la sentencia, porque implica pagar un 30% de más si se cuentan intereses", dice.
Este Blog de un Padre Divorciado, con Custodia Compartida pero producto de la injusta normativa vigente: Aquí Encontrarás información sobre lo que sufren los Padres, Madres y sus Hijos;Sobre Actividades: Conferencias, Jornadas,... Se clasifican por ETIQUETAS o TEMAS. Contacta con el grupo de Padres y Madres por la CUSTODIA COMPARTIDA de los hijos en el Foro ó en usedimad@gmail.com ó www.padresdivorciados.es Unete a PAMAC (649 116 241)
lunes, 5 de octubre de 2009
Los pleitos por la pensión de Alimentos
La crisis aumenta un 30% los pleitos por las pensiones de alimentos
Los separados reclaman una rebaja y las mujeres, que se cumplan las sentencias
PERE RÍOS - Barcelona - 05/10/2009
Juan es divorciado y trabajaba en una empresa de lámparas de Valencia. Hace unos meses se quedó en paro y por eso pidió al juzgado que redujera la pensión de alimentos para su hijo que se fijó en la sentencia de divorcio. Como él existen en España miles de hombres que han reclamado la misma medida por la situación de penuria que atraviesan.
La ley permite el embargo de toda la nómina, aunque sea muy reducida.
La cantidad mínima que reciben los menores es de 150 euros al mes.
El aumento de esos pleitos durante el Iº semestre de este año respecto al de 2008 se sitúa entre el 25% y el 30%, según explica José Luis Utrera, titular del Juzgado de Iº Instancia nº 5 de Málaga, especializado en derecho de familia.
Su colega Joaquín Andrés, que está al cargo del Juzgado de Iª Instancia nº 8 de Palma de Mallorca, ratifica esa estimación e incluso considera que supera el 30%.
Tres jueces más de diversas ciudades españolas consultados por EL PAÍS también dan por bueno ese porcentaje, aunque la cifra exacta es difícil de determinar en el conjunto de España.
Y es que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no elabora una estadística rigurosa y sistemática sobre cuestiones de derecho de familia, a diferencia de lo que sucede, por ejemplo, con los pleitos por violencia doméstica.
Lo que sí está comprobado y lo ven a diario los afectados es que esa petición de rebaja de pensión de alimentos tarda un mínimo de 7 meses en resolverse si corresponde a un juzgado especializado en derecho de familia.
Sólo existen en las principales ciudades españolas y en algunas poblaciones.
En el resto de partidos judiciales, los juzgados tardan un mínimo de 1 año en hacerlo por el estado de saturación en que se encuentran y por la diversidad de pleitos que tramitan, en muchos casos civiles y penales.
La sentencia que finalmente se dicta no tiene efectos retroactivos, con lo que los afectados -prácticamente siempre son hombres- han de seguir pagando la cantidad asignada en la sentencia de divorcio hasta que se dicte otra.
Los jueces de familia también coinciden en que la crisis ha disparado las demandas de ejecución de la sentencia para que la justicia obligue al hombre a pagar la pensión fijada.
Si se trata de un asalariado, el embargo de la nómina es rápido y puede resolverse en cuestión de semanas, pero si son trabajadores autónomos el proceso se puede demorar durante meses a la espera de encontrarle bienes.
El Código Civil permite modificar las medidas de las sentencias de divorcio "cuando se alteren sustancialmente las circunstancias" que existían al acordarse.
En la práctica, queda a criterio del juez, según las circunstancias de cada caso.
La jurisprudencia exige que para acordar esa rebaja las nuevas circunstancias que lo justifican han de ser estables y reales.
Y no siempre ocurre así, explican los jueces de familia.
"Hay padres que acaban de cobrar la indemnización por despido y lo Iº que hacen es ir al juzgado para pedir una reducción de pensión. Y otros que siguen yendo de monterías o conduciendo el mismo vehículo de alta gama y están en la economía sumergida", relata el juez Utrera.
En su juzgado se estiman tres de cada 10 peticiones de reducción.
El límite a esa rebaja, añade el juez, está en las llamadas pensiones mínimas de subsistencia.
"Son entre 150 y 180 euros al mes que cubren las necesidades vitales del menor. En esa confrontación de intereses con el padre ha de prevalecer el interés del hijo", dice Utrera, al margen de las circunstancias económicas en las que se encuentre el progenitor.
Un padre, en concurso de acreedores
Cuando una sociedad no puede pagar las deudas contraídas u otra no las cobra, se puede instar en el juzgado mercantil el concurso de acreedores, lo que hace años se llamaba suspensión de pagos o quiebra.
Algunas familias ya han empleado esta fórmula para pactar con el banco el pago de hipotecas, pero hasta ahora no se conocía un caso en que una mujer instara el concurso para cobrar la pensión de alimentos.
La pionera es Maria Helene Margarite Caballero, madre de tres hijos de 14, 13 y 7 años y vecina de Sant Feliu de Guíxols (Girona) a los que su padre no abona la pensión desde hace un año. Apenas son mil euros mensuales, pero imprescindibles para salir a adelante porque su sueldo de profesora de francés a jornada parcial es insuficiente para afrontar todos los gastos.
El Juzgado Mercantil nº 3 de Girona declaró en concurso necesario al ex marido el pasado 26 de junio y nombró un administrador judicial para iniciar un largo proceso en el que el pago de la pensión de alimentos prime sobre el resto de las deudas que le reclaman varios bancos, unos grandes almacenes y la Seguridad Social, a la que también adeuda sus cuotas de autónomo.
El abogado Jesús Labarías relata en su escrito de petición del concurso que el padre es propietario de un chalé tasado en 650.000 euros y que posee otros 511.000 euros en activos de su empresa, mientras que el total de las deudas contraídas es de 917.000 euros.
Pesan sobre él además 6 procedimientos por impago que tramitan diversos juzgados, algunos de ellos en fase de ejecución, por lo que en realidad se encuentra en situación de insolvencia.
Con la declaración de concurso comparecerán en el juzgado todos los acreedores y, entre ellos, la madre de los hijos exigiendo la pensión.
"La justicia debería dar prioridad a estos hechos con rapidez y en urgencia, porque se trata de proteger a los hijos y asegurar su crianza y educación", explica la mujer, que se divorció hace 2 años.
El impago de la pensión de alimentos durante 2 meses consecutivos o 4 meses alternos es un delito que se castiga con penas de cárcel de entre 3 meses y 1 año y multa.
Pero el abogado de la ex esposa asegura que "la vía penal es ineficaz, porque no soluciona lo más importante, que es proteger los intereses de la madre y de los niños".
Los separados reclaman una rebaja y las mujeres, que se cumplan las sentencias
PERE RÍOS - Barcelona - 05/10/2009
Juan es divorciado y trabajaba en una empresa de lámparas de Valencia. Hace unos meses se quedó en paro y por eso pidió al juzgado que redujera la pensión de alimentos para su hijo que se fijó en la sentencia de divorcio. Como él existen en España miles de hombres que han reclamado la misma medida por la situación de penuria que atraviesan.
La ley permite el embargo de toda la nómina, aunque sea muy reducida.
La cantidad mínima que reciben los menores es de 150 euros al mes.
El aumento de esos pleitos durante el Iº semestre de este año respecto al de 2008 se sitúa entre el 25% y el 30%, según explica José Luis Utrera, titular del Juzgado de Iº Instancia nº 5 de Málaga, especializado en derecho de familia.
Su colega Joaquín Andrés, que está al cargo del Juzgado de Iª Instancia nº 8 de Palma de Mallorca, ratifica esa estimación e incluso considera que supera el 30%.
Tres jueces más de diversas ciudades españolas consultados por EL PAÍS también dan por bueno ese porcentaje, aunque la cifra exacta es difícil de determinar en el conjunto de España.
Y es que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no elabora una estadística rigurosa y sistemática sobre cuestiones de derecho de familia, a diferencia de lo que sucede, por ejemplo, con los pleitos por violencia doméstica.
Lo que sí está comprobado y lo ven a diario los afectados es que esa petición de rebaja de pensión de alimentos tarda un mínimo de 7 meses en resolverse si corresponde a un juzgado especializado en derecho de familia.
Sólo existen en las principales ciudades españolas y en algunas poblaciones.
En el resto de partidos judiciales, los juzgados tardan un mínimo de 1 año en hacerlo por el estado de saturación en que se encuentran y por la diversidad de pleitos que tramitan, en muchos casos civiles y penales.
La sentencia que finalmente se dicta no tiene efectos retroactivos, con lo que los afectados -prácticamente siempre son hombres- han de seguir pagando la cantidad asignada en la sentencia de divorcio hasta que se dicte otra.
Los jueces de familia también coinciden en que la crisis ha disparado las demandas de ejecución de la sentencia para que la justicia obligue al hombre a pagar la pensión fijada.
Si se trata de un asalariado, el embargo de la nómina es rápido y puede resolverse en cuestión de semanas, pero si son trabajadores autónomos el proceso se puede demorar durante meses a la espera de encontrarle bienes.
El Código Civil permite modificar las medidas de las sentencias de divorcio "cuando se alteren sustancialmente las circunstancias" que existían al acordarse.
En la práctica, queda a criterio del juez, según las circunstancias de cada caso.
La jurisprudencia exige que para acordar esa rebaja las nuevas circunstancias que lo justifican han de ser estables y reales.
Y no siempre ocurre así, explican los jueces de familia.
"Hay padres que acaban de cobrar la indemnización por despido y lo Iº que hacen es ir al juzgado para pedir una reducción de pensión. Y otros que siguen yendo de monterías o conduciendo el mismo vehículo de alta gama y están en la economía sumergida", relata el juez Utrera.
En su juzgado se estiman tres de cada 10 peticiones de reducción.
El límite a esa rebaja, añade el juez, está en las llamadas pensiones mínimas de subsistencia.
"Son entre 150 y 180 euros al mes que cubren las necesidades vitales del menor. En esa confrontación de intereses con el padre ha de prevalecer el interés del hijo", dice Utrera, al margen de las circunstancias económicas en las que se encuentre el progenitor.
Un padre, en concurso de acreedores
Cuando una sociedad no puede pagar las deudas contraídas u otra no las cobra, se puede instar en el juzgado mercantil el concurso de acreedores, lo que hace años se llamaba suspensión de pagos o quiebra.
Algunas familias ya han empleado esta fórmula para pactar con el banco el pago de hipotecas, pero hasta ahora no se conocía un caso en que una mujer instara el concurso para cobrar la pensión de alimentos.
La pionera es Maria Helene Margarite Caballero, madre de tres hijos de 14, 13 y 7 años y vecina de Sant Feliu de Guíxols (Girona) a los que su padre no abona la pensión desde hace un año. Apenas son mil euros mensuales, pero imprescindibles para salir a adelante porque su sueldo de profesora de francés a jornada parcial es insuficiente para afrontar todos los gastos.
El Juzgado Mercantil nº 3 de Girona declaró en concurso necesario al ex marido el pasado 26 de junio y nombró un administrador judicial para iniciar un largo proceso en el que el pago de la pensión de alimentos prime sobre el resto de las deudas que le reclaman varios bancos, unos grandes almacenes y la Seguridad Social, a la que también adeuda sus cuotas de autónomo.
El abogado Jesús Labarías relata en su escrito de petición del concurso que el padre es propietario de un chalé tasado en 650.000 euros y que posee otros 511.000 euros en activos de su empresa, mientras que el total de las deudas contraídas es de 917.000 euros.
Pesan sobre él además 6 procedimientos por impago que tramitan diversos juzgados, algunos de ellos en fase de ejecución, por lo que en realidad se encuentra en situación de insolvencia.
Con la declaración de concurso comparecerán en el juzgado todos los acreedores y, entre ellos, la madre de los hijos exigiendo la pensión.
"La justicia debería dar prioridad a estos hechos con rapidez y en urgencia, porque se trata de proteger a los hijos y asegurar su crianza y educación", explica la mujer, que se divorció hace 2 años.
El impago de la pensión de alimentos durante 2 meses consecutivos o 4 meses alternos es un delito que se castiga con penas de cárcel de entre 3 meses y 1 año y multa.
Pero el abogado de la ex esposa asegura que "la vía penal es ineficaz, porque no soluciona lo más importante, que es proteger los intereses de la madre y de los niños".
Hay mujeres que creen que los hijos son su propiedad privada
http://www.elcorreoweb.es/sevilla/069893/mujeres/creen/hijos/propiedad/privada#comentarios
ElCorreoWeb.es Sevilla
Entrevista a María Pérez Galván:"Hay mujeres que se creen que los hijos son propiedad privada"
Rocío Velis, Sevilla Actualizado 04/10/2009.
María Pérez Galván,Letrada, con 27 años de ejercicio, y secretaria de la Asociación Española de Abogados de Familia, defiende la custodia compartida en el "siglo de la igualdad".
-Hace sólo un mes un padre condenado por maltrato logró la custodia de su hija. ¿Cree que fue un caso aislado?
-El caso que ha trascendido a la prensa es especial, aunque no podemos enjuiciar una contienda familiar sin conocer el fondo.
De este caso se desprende una gran conflictividad entre las partes y desgraciadamente la perjudicada es la menor.
Para una niña debe ser insufrible ver como sus padres no hablan y tienen su vida judicializada. Sería positivo que se sometieran a mediación familiar.
-El motivo fue una condena a la madre por incumplir las visitas. ¿Puede justificar esto la retirada de la custodia?
-Los padres no fueron conscientes de que la perjudicada es la menor. No se debe utilizar a un menor como venganza de una crisis, pues es muy difícil reparar el daño que se le causa a un hijo manipulado. No conozco el caso con detalle, y no debo juzgar a la ligera las resoluciones judiciales.
-El caso ha abierto el debate del mal uso de la Ley de Violencia. ¿Cree que esta ley es discriminatoria? ¿Realmente hay tantas denuncias falsas?
-Es una perversidad hacer un mal uso de una ley para obtener beneficios y desgraciadamente hay denuncias que no se corresponden con la realidad.
En toda crisis de pareja se producen tensiones y fracasos, pero no todo es violencia de género. Los abogados debemos dar un buen asesoramiento y no dejarnos llevar por el odio que en ese momento experimente el cliente.
-Hay asociaciones que acusan a los letrados de Familia a denunciar malos tratos para lograr la custodia de los menores...
-Si eso es así, habría que expedientar al abogado.
No podemos ser voceros de los clientes, los intereses que nos confían afectan a la esfera de los sentimientos más íntimos. No debemos olvidar que en estos procesos los menores deben ser el interés supremo.
-Estas entidades dicen que las mujeres están maltratando a sus ex y a sus hijos, infringiendo las visitas...
-Hay mujeres que se creen que los hijos son propiedad privada y que podrán decidir cuando están con su padre.
Este planteamiento es erróneo y deleznable y los perjudicados son los menores.
-¿Cree que la custodia compartida es el régimen ideal?
-Cada familia es distinta, por eso no podemos decir de antemano lo que es mejor o peor.
Cada vez hay más padres que piden la custodia compartida y se responsabilizan más de la educación y la crianza de los hijos.
-¿La sociedad está preparada para la custodia compartida?
-Hay mucha desinformación y desgraciadamente tendrán que pasar muchos años hasta ver su aplicación con normalidad.
Hay tabúes como que los menores no pueden estar con los padres hasta que no tengan 3 años o que les distorsiona cambiar de casa cada fin de semana. No se puede generalizar.
Estamos en el siglo de la igualdad y, también es igualdad que progenitores concilien la vida laboral con la familiar.
-¿Habría que ‘preparar' a las parejas para evitar que los hijos se conviertan en víctimas?
-La labor del abogado de Familia dando un buen asesoramiento cuando el cliente viene roto, lleno de dudas y confusiones es muy importante.
Debemos pacificar el conflicto y propiciar el acuerdo, sin olvidar a los menores que son parte de la familia y nunca deben ser víctimas.
-¿Qué requisitos se necesitan para la custodia compartida?
-El principal es que haya voluntad por ambas partes en seguir implicados en la vida y educación de los hijos. A partir de ahí, es como hacer un traje a medida.
Es importante que haya buena comunicación entre los padres o que residan cerca del colegio. Estando ambos implicados en la vida de los hijos se es más solidario con el otro y eso los hijos lo notan.
-Otro punto conflictivo es la vivienda. El juez Serrano ha presentado una propuesta de reforma. ¿Qué le parece?
-Es el caballo de batalla de un gran número de divorcios.
En caso de desacuerdo, el juez otorga el uso de la misma al menor y al progenitor con la custodia, que en la mayoría de los casos es la mujer.
Mientras no reformemos la regulación sobre la vivienda, seguiremos teniendo muchos divorcios contenciosos que se podrían haber sido de mutuo acuerdo.
ElCorreoWeb.es Sevilla
Entrevista a María Pérez Galván:"Hay mujeres que se creen que los hijos son propiedad privada"
Rocío Velis, Sevilla Actualizado 04/10/2009.
María Pérez Galván,Letrada, con 27 años de ejercicio, y secretaria de la Asociación Española de Abogados de Familia, defiende la custodia compartida en el "siglo de la igualdad".
-Hace sólo un mes un padre condenado por maltrato logró la custodia de su hija. ¿Cree que fue un caso aislado?
-El caso que ha trascendido a la prensa es especial, aunque no podemos enjuiciar una contienda familiar sin conocer el fondo.
De este caso se desprende una gran conflictividad entre las partes y desgraciadamente la perjudicada es la menor.
Para una niña debe ser insufrible ver como sus padres no hablan y tienen su vida judicializada. Sería positivo que se sometieran a mediación familiar.
-El motivo fue una condena a la madre por incumplir las visitas. ¿Puede justificar esto la retirada de la custodia?
-Los padres no fueron conscientes de que la perjudicada es la menor. No se debe utilizar a un menor como venganza de una crisis, pues es muy difícil reparar el daño que se le causa a un hijo manipulado. No conozco el caso con detalle, y no debo juzgar a la ligera las resoluciones judiciales.
-El caso ha abierto el debate del mal uso de la Ley de Violencia. ¿Cree que esta ley es discriminatoria? ¿Realmente hay tantas denuncias falsas?
-Es una perversidad hacer un mal uso de una ley para obtener beneficios y desgraciadamente hay denuncias que no se corresponden con la realidad.
En toda crisis de pareja se producen tensiones y fracasos, pero no todo es violencia de género. Los abogados debemos dar un buen asesoramiento y no dejarnos llevar por el odio que en ese momento experimente el cliente.
-Hay asociaciones que acusan a los letrados de Familia a denunciar malos tratos para lograr la custodia de los menores...
-Si eso es así, habría que expedientar al abogado.
No podemos ser voceros de los clientes, los intereses que nos confían afectan a la esfera de los sentimientos más íntimos. No debemos olvidar que en estos procesos los menores deben ser el interés supremo.
-Estas entidades dicen que las mujeres están maltratando a sus ex y a sus hijos, infringiendo las visitas...
-Hay mujeres que se creen que los hijos son propiedad privada y que podrán decidir cuando están con su padre.
Este planteamiento es erróneo y deleznable y los perjudicados son los menores.
-¿Cree que la custodia compartida es el régimen ideal?
-Cada familia es distinta, por eso no podemos decir de antemano lo que es mejor o peor.
Cada vez hay más padres que piden la custodia compartida y se responsabilizan más de la educación y la crianza de los hijos.
-¿La sociedad está preparada para la custodia compartida?
-Hay mucha desinformación y desgraciadamente tendrán que pasar muchos años hasta ver su aplicación con normalidad.
Hay tabúes como que los menores no pueden estar con los padres hasta que no tengan 3 años o que les distorsiona cambiar de casa cada fin de semana. No se puede generalizar.
Estamos en el siglo de la igualdad y, también es igualdad que progenitores concilien la vida laboral con la familiar.
-¿Habría que ‘preparar' a las parejas para evitar que los hijos se conviertan en víctimas?
-La labor del abogado de Familia dando un buen asesoramiento cuando el cliente viene roto, lleno de dudas y confusiones es muy importante.
Debemos pacificar el conflicto y propiciar el acuerdo, sin olvidar a los menores que son parte de la familia y nunca deben ser víctimas.
-¿Qué requisitos se necesitan para la custodia compartida?
-El principal es que haya voluntad por ambas partes en seguir implicados en la vida y educación de los hijos. A partir de ahí, es como hacer un traje a medida.
Es importante que haya buena comunicación entre los padres o que residan cerca del colegio. Estando ambos implicados en la vida de los hijos se es más solidario con el otro y eso los hijos lo notan.
-Otro punto conflictivo es la vivienda. El juez Serrano ha presentado una propuesta de reforma. ¿Qué le parece?
-Es el caballo de batalla de un gran número de divorcios.
En caso de desacuerdo, el juez otorga el uso de la misma al menor y al progenitor con la custodia, que en la mayoría de los casos es la mujer.
Mientras no reformemos la regulación sobre la vivienda, seguiremos teniendo muchos divorcios contenciosos que se podrían haber sido de mutuo acuerdo.
Decena de especialistas analizan el Sindrome de Alienación Parental
http://www.adn.es/local/barcelona/20070730/NWS-0806-Alienacion-Parental-Sindrome-Espana-Decena.html
Decena de expertos de toda España analizarán Síndrome de Alienación Parental
Una decena de abogados, psicólogos, mediadores y profesores universitarios de toda España integran el grupo de estudio que, con la colaboración del Departamento de Justicia, investigará el Síndrome de Alienación Paternal (SAP) y otras patologías que afectan a los hijos de padres separados.
EFE Barcelona, 24 jul 2007(EFE).-
Una decena de abogados, psicólogos, mediadores y profesores universitarios de toda España integran el grupo de estudio que, con la colaboración del Departamento de Justicia, investigará el Síndrome de Alienación Paternal (SAP) y otras patologías que afectan a los hijos de padres separados.
Según ha informado el Departamento de Justicia, dicho grupo de estudio, que se ha creado a raíz de una reunión celebrada la semana pasada en la sede de la consellería, tiene por objetivo investigar sobre el síndrome, evaluar el resultado de las experiencias emprendidas para paliarlo y adoptar medidas preventivas.
En la primera reunión se acordó la elaboración de guías y protocolos de trabajo para abordar las patologías que afectan a los hijos de padres separados.
El grupo de estudio está integrado por especialistas en salud pública, miembros de la Sociedad Catalana de Abogados de Familia y de la Asociación Española de Abogados de Familia, psicólogos y forenses, profesores universitarios expertos en ética y filosofía y representantes de asociaciones de mediadores.
Las conclusiones de la reunión celebrada la semana pasada fueron expuestas a la consellera de Justicia, Montserrat Tura, y al director general de Derecho y Entidades Jurídicas del Departamento, Pascual Ortuño.
El SAP, que provoca a los hijos de parejas separadas una especie de fobia hacia uno de sus progenitores, ha saltado a la luz pública a raíz del caso de la niña de Manresa (Barcelona) cuya madre perdió su custodia por haberle inculcado presuntamente aversión al padre.
EFE.
Decena de expertos de toda España analizarán Síndrome de Alienación Parental
Una decena de abogados, psicólogos, mediadores y profesores universitarios de toda España integran el grupo de estudio que, con la colaboración del Departamento de Justicia, investigará el Síndrome de Alienación Paternal (SAP) y otras patologías que afectan a los hijos de padres separados.
EFE Barcelona, 24 jul 2007(EFE).-
Una decena de abogados, psicólogos, mediadores y profesores universitarios de toda España integran el grupo de estudio que, con la colaboración del Departamento de Justicia, investigará el Síndrome de Alienación Paternal (SAP) y otras patologías que afectan a los hijos de padres separados.
Según ha informado el Departamento de Justicia, dicho grupo de estudio, que se ha creado a raíz de una reunión celebrada la semana pasada en la sede de la consellería, tiene por objetivo investigar sobre el síndrome, evaluar el resultado de las experiencias emprendidas para paliarlo y adoptar medidas preventivas.
En la primera reunión se acordó la elaboración de guías y protocolos de trabajo para abordar las patologías que afectan a los hijos de padres separados.
El grupo de estudio está integrado por especialistas en salud pública, miembros de la Sociedad Catalana de Abogados de Familia y de la Asociación Española de Abogados de Familia, psicólogos y forenses, profesores universitarios expertos en ética y filosofía y representantes de asociaciones de mediadores.
Las conclusiones de la reunión celebrada la semana pasada fueron expuestas a la consellera de Justicia, Montserrat Tura, y al director general de Derecho y Entidades Jurídicas del Departamento, Pascual Ortuño.
El SAP, que provoca a los hijos de parejas separadas una especie de fobia hacia uno de sus progenitores, ha saltado a la luz pública a raíz del caso de la niña de Manresa (Barcelona) cuya madre perdió su custodia por haberle inculcado presuntamente aversión al padre.
EFE.
domingo, 4 de octubre de 2009
Sindrome de Alienación Parental y Custodia de los hijos
http://www.elpais.com/articulo/opinion/Sindrome/alienacion/parental/custodia/elpporopi/20070624elpepiopi_6/Tes
Síndrome de alienación parental y custodia
Mª Teresa Junco López - Oviedo - 24/06/2007
Como psicóloga forense desde hace 18 años, siempre en juzgados de familia, estoy habituada a ver casos de alienación parental.
La resolución judicial de Manresa que apareció en los medios de comunicación no es pionera, como se comentaba en el programa de Carles Francino.
En Asturias hace tiempo que se recoge dicho síndrome en las resoluciones judiciales para privar de la custodia al progenitor que aliena, que no siempre es la madre.
Que el síndrome de alienación parental no esté reconocido por la OMS no niega su existencia, de la cual tenemos constancia a diario en los juzgados de familia, por desgracia para los menores implicados.
Además, la bibliografía e investigación sobre el tema corroboran que se trata de algo más que la invención de un síndrome por parte de R. Gardner con el propósito de perjudicar a las madres.
El cambio de custodia pretende proteger al menor del maltrato emocional que le ocasiona el progenitor que lo manipula.
La decisión la toma un juez, basándose en informes periciales, por tanto, en condiciones de evaluar cuál es el mejor interés de un niño.
Pretender que la opinión manipulada de un menor de edad sirva para sustentar dónde y con quién debe vivir es, además de un error, una colaboración con el maltrato emocional que está sufriendo.
Cuando un niño es protegido de la violencia física que pueda estar recibiendo de sus progenitores, no se cuestiona dicha intervención.
Es más, si no se lleva a cabo, se investiga si ha habido mala praxis por parte de las instituciones responsables de ejercerla.
Por ello, no entiendo que genere tanta polémica que un niño sea protegido de la violencia emocional que ejerce un progenitor sobre él, sea el padre o la madre.
Hacer de esto un campo de batalla para la guerra de géneros no ayuda a los niños y sólo sirve para enmascarar lo que hay de fondo, un maltrato hacia un menor de edad.
Síndrome de alienación parental y custodia
Mª Teresa Junco López - Oviedo - 24/06/2007
Como psicóloga forense desde hace 18 años, siempre en juzgados de familia, estoy habituada a ver casos de alienación parental.
La resolución judicial de Manresa que apareció en los medios de comunicación no es pionera, como se comentaba en el programa de Carles Francino.
En Asturias hace tiempo que se recoge dicho síndrome en las resoluciones judiciales para privar de la custodia al progenitor que aliena, que no siempre es la madre.
Que el síndrome de alienación parental no esté reconocido por la OMS no niega su existencia, de la cual tenemos constancia a diario en los juzgados de familia, por desgracia para los menores implicados.
Además, la bibliografía e investigación sobre el tema corroboran que se trata de algo más que la invención de un síndrome por parte de R. Gardner con el propósito de perjudicar a las madres.
El cambio de custodia pretende proteger al menor del maltrato emocional que le ocasiona el progenitor que lo manipula.
La decisión la toma un juez, basándose en informes periciales, por tanto, en condiciones de evaluar cuál es el mejor interés de un niño.
Pretender que la opinión manipulada de un menor de edad sirva para sustentar dónde y con quién debe vivir es, además de un error, una colaboración con el maltrato emocional que está sufriendo.
Cuando un niño es protegido de la violencia física que pueda estar recibiendo de sus progenitores, no se cuestiona dicha intervención.
Es más, si no se lleva a cabo, se investiga si ha habido mala praxis por parte de las instituciones responsables de ejercerla.
Por ello, no entiendo que genere tanta polémica que un niño sea protegido de la violencia emocional que ejerce un progenitor sobre él, sea el padre o la madre.
Hacer de esto un campo de batalla para la guerra de géneros no ayuda a los niños y sólo sirve para enmascarar lo que hay de fondo, un maltrato hacia un menor de edad.
Se reconoce el Sindrome de Alienación Parental contra la opinión de Bibiana Aido
http://mujer.orange.es/familia/adolescentes/desarrollo_y_salud/el_reconocimiento_del_sindrome_de_alienacion_parenteral_divide_a_psicologos_2757_1.html
El reconocimiento del Síndrome de Alienación Parenteral divide a psicólogos
El reconocimiento del Síndrome de Alienación Parenteral (SAP), que describe la aversión que algunos niños de padres separados profesan por el progenitor con el que no convive, divide a los profesionales de la psiquiatría y la psicología, ya que un sector pone en duda incluso su existencia.
El SAP ha adquirido una notable actualidad a raíz del caso de Judith, una niña de Manresa de 8 años que siente fobia por su padre, supuestamente inducida por la madre, y a la que una juez ha separado seis meses de ella y de la familia materna para que pueda recuperar una relación paterno-filial normal.
La propia existencia del síndrome ha sido cuestionada por algunos psiquiatras y psicólogos, y así un grupo de detractores emitieron recientemente una "nota aclaratoria", difundida por la asociación "Dones Juristes", en la que advertían que el SAP, definido por el psiquiatra norteamericano Richard Gardner en 1985, "no ha sido reconocido por ninguna asociación profesional ni científica".
Asimismo, este grupo advierte que el rechazo de los menores al contacto con uno de sus progenitores puede explicarse mejor sin recurrir a la teoría "pseudo-científica" de Gardner, y puede obedecer a casos de comportamiento inapropiado del padre rechazado, de negligencia hacia el niño o incluso a maltratos hacia el menor o la madre."
Con el SAP se está desviando la atención desde el posible comportamiento peligroso del progenitor que busca la custodia, hacia el progenitor que la tiene, ya que la persona que está intentando proteger al menor es acusada de mentir y 'alienar' al menor", entienden estos profesionales, que critican "la falta de exigencia en alguna instancia judicial" al "dar crédito" al SAP.
Por su parte, desde el Colegio de Psicólogos de Cataluña se defiende la existencia del Síndrome de Alienación Parenteral, aunque se remarca que lo importante es que el diagnóstico este hecho adecuadamente por un profesional con experiencia.
Mila Arch, miembro de la junta de la sección de psicología jurídica del Colegio de Psicólogos y profesora asociada de psicopatología forense de la Universidad de Barcelona, dijo que el SAP existe y es un síndrome que el doctor Gardner definió al observar que se daban una serie de conductas comunes en algunos niños en situaciones de divorcio disputado.
Añade que debe hacerse un diagnóstico diferencial, ya que se puede producir rechazo en un niño porque el progenitor rechazado tiene conductas de abuso, negligencia o falta de habilidades, o debido a casos de angustia por la propia separación, pero que hay otros indicadores que sólo se pueden explicar con el SAP.
Estos indicadores serían los que describe Richard Gardner, y algunos muy básicos, como una campaña de manipulación del menor por parte del adulto que tiene su custodia se puede detectar con facilidad a través de los indicadores que diseñó el propio Gardner.
Respecto al hecho de que las asociaciones científicas no lo reconozcan, Arch puntualiza que en el sistema de clasificación psiquiátrica DSM de la Asociación Americana de Psiquiatría no se recogen todas las patologías, pero que esto no implica que no existan.
Desde el Colegio de Psicólogos se insiste en la idea de un buen diagnóstico, y que lo haga algún profesional con experiencia y bien formado.
Sobre el caso de la niña de Manresa, en el Colegio de Psicólogos creen que la magistrada ha sido muy valiente aplicando la medida, y que si realmente la niña esta afectada por un SAP, su tratamiento estaría en la línea de lo que recomendaría Gardner.
Mila Arch puntualiza, sin embargo, que lo que les parece excesivo son los 6 meses sin contacto entre madre e hija que fija la juez, y consideran que se debería haber establecido un sistema de contacto con protección, porque finalmente la niña ha estado siempre con la madre y que desaparezca seis meses de su vida no tiene demasiado sentido desde un poco de vista psicológico, porque se puede ver como "una medida de castigo".
El reconocimiento del Síndrome de Alienación Parenteral divide a psicólogos
El reconocimiento del Síndrome de Alienación Parenteral (SAP), que describe la aversión que algunos niños de padres separados profesan por el progenitor con el que no convive, divide a los profesionales de la psiquiatría y la psicología, ya que un sector pone en duda incluso su existencia.
El SAP ha adquirido una notable actualidad a raíz del caso de Judith, una niña de Manresa de 8 años que siente fobia por su padre, supuestamente inducida por la madre, y a la que una juez ha separado seis meses de ella y de la familia materna para que pueda recuperar una relación paterno-filial normal.
La propia existencia del síndrome ha sido cuestionada por algunos psiquiatras y psicólogos, y así un grupo de detractores emitieron recientemente una "nota aclaratoria", difundida por la asociación "Dones Juristes", en la que advertían que el SAP, definido por el psiquiatra norteamericano Richard Gardner en 1985, "no ha sido reconocido por ninguna asociación profesional ni científica".
Asimismo, este grupo advierte que el rechazo de los menores al contacto con uno de sus progenitores puede explicarse mejor sin recurrir a la teoría "pseudo-científica" de Gardner, y puede obedecer a casos de comportamiento inapropiado del padre rechazado, de negligencia hacia el niño o incluso a maltratos hacia el menor o la madre."
Con el SAP se está desviando la atención desde el posible comportamiento peligroso del progenitor que busca la custodia, hacia el progenitor que la tiene, ya que la persona que está intentando proteger al menor es acusada de mentir y 'alienar' al menor", entienden estos profesionales, que critican "la falta de exigencia en alguna instancia judicial" al "dar crédito" al SAP.
Por su parte, desde el Colegio de Psicólogos de Cataluña se defiende la existencia del Síndrome de Alienación Parenteral, aunque se remarca que lo importante es que el diagnóstico este hecho adecuadamente por un profesional con experiencia.
Mila Arch, miembro de la junta de la sección de psicología jurídica del Colegio de Psicólogos y profesora asociada de psicopatología forense de la Universidad de Barcelona, dijo que el SAP existe y es un síndrome que el doctor Gardner definió al observar que se daban una serie de conductas comunes en algunos niños en situaciones de divorcio disputado.
Añade que debe hacerse un diagnóstico diferencial, ya que se puede producir rechazo en un niño porque el progenitor rechazado tiene conductas de abuso, negligencia o falta de habilidades, o debido a casos de angustia por la propia separación, pero que hay otros indicadores que sólo se pueden explicar con el SAP.
Estos indicadores serían los que describe Richard Gardner, y algunos muy básicos, como una campaña de manipulación del menor por parte del adulto que tiene su custodia se puede detectar con facilidad a través de los indicadores que diseñó el propio Gardner.
Respecto al hecho de que las asociaciones científicas no lo reconozcan, Arch puntualiza que en el sistema de clasificación psiquiátrica DSM de la Asociación Americana de Psiquiatría no se recogen todas las patologías, pero que esto no implica que no existan.
Desde el Colegio de Psicólogos se insiste en la idea de un buen diagnóstico, y que lo haga algún profesional con experiencia y bien formado.
Sobre el caso de la niña de Manresa, en el Colegio de Psicólogos creen que la magistrada ha sido muy valiente aplicando la medida, y que si realmente la niña esta afectada por un SAP, su tratamiento estaría en la línea de lo que recomendaría Gardner.
Mila Arch puntualiza, sin embargo, que lo que les parece excesivo son los 6 meses sin contacto entre madre e hija que fija la juez, y consideran que se debería haber establecido un sistema de contacto con protección, porque finalmente la niña ha estado siempre con la madre y que desaparezca seis meses de su vida no tiene demasiado sentido desde un poco de vista psicológico, porque se puede ver como "una medida de castigo".
El Partido Popular y la Custodia Compartida YA¡¡
http://www.espana-liberal.com/index.php?option=com_content&view=article&id=1626:el-partido-popular-la-familia-y-la-custodia-compartida&catid=2:general&Itemid=10
EL PARTIDO POPULAR, LA FAMILIA Y LA CUSTODIA COMPARTIDA
Por Angel Cubo.Sábado, 03 de Octubre de 2009
Hace unos meses en estas mismas páginas escribíamos:” nunca ha existido en España un debate serio sobre el modelo de familia basado en la reflexión no ideológica y en la necesidad evidente de que existan familias capaces de transmitir valores y experiencias a sus hijos. Este debate público es central en países como Estados Unidos. Curiosamente en España sólo las asociaciones de separados y pro custodia compartida se han planteado la necesidad de una ley de protección integral de la familia que introduzca por primera vez los principios constitucionales en el ámbito familiar y garantice la funcionalidad de la institución. Una ley que garantice sobre todo y ante todo la protección del menor sin menoscabo de la autoridad parental y que, por lo tanto, no divorcie a los niños de sus padres cuando estos se separen. Una ley, en fin, que nos equipare con lo que ya existe en los países de nuestro entorno como Francia, Italia o Alemania. No es mucho pedir; sólo hace falta un partido político que sea capaz de proponerlo”.
Como si hubieran tomado nota, la Comisión de Justicia del Partido Popular presidida por Federico Trillo decidió recientemente definir sus posiciones relativas a la familia y el divorcio.
La Comisión, después de estudiar el impacto social de la normativa de divorcio y custodia de menores aprobada en 2005 a propuesta del Partido Socialista y el panorama desolador provocado por la misma ha decidido apoyar la mediación familiar obligatoria y la custodia compartida en los procesos de separación y divorcio introduciendo incluso una proposición de ley.
Un cambio tan importante en uno de los primeros partidos políticos españoles merecía un cierto eco mediático.
Sin embargo, la noticia pasó desapercibida.
La crisis económica y los problemas internos del propio PP debieron ahogar la noticia.
En una reunión mantenida por los dirigentes de la Asociación de Padres de Familia Separados de Cataluña en la sede del Parlamento de Cataluña el día 29 de Julio de 2009 la Diputada del Congreso Dolores Montserrat Montserrat explicó las nuevas posiciones del Partido Popular. Finalmente se han dado cuenta de que para proteger a la familia es imprescindible una normativa racional en materia de separación, divorcio y custodia de los hijos.
de No podíamos creer lo que estábamos oyendo.
Viejos lemas nuestros como “los hijos no se divorcian de sus padres”,
“la custodia compartida reducirá el conflictividad familiar”,
“es necesario implantar la mediación obligatoria en los procesos de separación y divorcio”,
“ hay que modificar la ley integral de violencia de género por los abusos a los que está dando lugar” salían ahora de la boca de una representante de uno de los grandes partidos políticos españoles.
Ya era hora.
Un cambio así en un partido que hace 20 años tenía problemas para aceptar el mismo concepto de divorcio significa que la sociedad está cambiando a marchas forzadas.
Un cambio así nos dice también que es posible combatir con éxito las posiciones sectarias del partido actualmente gobernante en materia de familia y conflictos familiares.
El PSOE se ha mostrado incapaz de escapar del absurdo binomio formado por hombre- machista-maltratador y mujer-víctima-oprimida y dedica ahora sus mermadas energías ministeriales a negar estúpidamente las interferencias parentales en los procesos de separación y divorcio y el síndrome de alienación parental como invento de los hombres maltratadores.
Por eso desde la Asociación de Padres de Familia Separados nos congratulamos del paso dado por el Partido Popular y animamos a otros partidos a que sigan por la misma vía.
Ahora hace falta que el partido popular demuestre con hechos su cambio teórico de posiciones: están tramitándose en los Parlamentos autonómicos de Cataluña y de la Comunidad Valenciana nuevos códigos de familia.
Es el momento de demostrar su compromiso con nuestros hijos y con nuestro futuro.
Hechos son amores y no buenas razones.
El PP tiene ahora la oportunidad de liderar un cambio social demandado por amplios sectores de la sociedad española: padres, nuevas parejas, abuelos…
Esperemos que cumpla con las esperanzas en él depositadas.
EL PARTIDO POPULAR, LA FAMILIA Y LA CUSTODIA COMPARTIDA
Por Angel Cubo.Sábado, 03 de Octubre de 2009
Hace unos meses en estas mismas páginas escribíamos:” nunca ha existido en España un debate serio sobre el modelo de familia basado en la reflexión no ideológica y en la necesidad evidente de que existan familias capaces de transmitir valores y experiencias a sus hijos. Este debate público es central en países como Estados Unidos. Curiosamente en España sólo las asociaciones de separados y pro custodia compartida se han planteado la necesidad de una ley de protección integral de la familia que introduzca por primera vez los principios constitucionales en el ámbito familiar y garantice la funcionalidad de la institución. Una ley que garantice sobre todo y ante todo la protección del menor sin menoscabo de la autoridad parental y que, por lo tanto, no divorcie a los niños de sus padres cuando estos se separen. Una ley, en fin, que nos equipare con lo que ya existe en los países de nuestro entorno como Francia, Italia o Alemania. No es mucho pedir; sólo hace falta un partido político que sea capaz de proponerlo”.
Como si hubieran tomado nota, la Comisión de Justicia del Partido Popular presidida por Federico Trillo decidió recientemente definir sus posiciones relativas a la familia y el divorcio.
La Comisión, después de estudiar el impacto social de la normativa de divorcio y custodia de menores aprobada en 2005 a propuesta del Partido Socialista y el panorama desolador provocado por la misma ha decidido apoyar la mediación familiar obligatoria y la custodia compartida en los procesos de separación y divorcio introduciendo incluso una proposición de ley.
Un cambio tan importante en uno de los primeros partidos políticos españoles merecía un cierto eco mediático.
Sin embargo, la noticia pasó desapercibida.
La crisis económica y los problemas internos del propio PP debieron ahogar la noticia.
En una reunión mantenida por los dirigentes de la Asociación de Padres de Familia Separados de Cataluña en la sede del Parlamento de Cataluña el día 29 de Julio de 2009 la Diputada del Congreso Dolores Montserrat Montserrat explicó las nuevas posiciones del Partido Popular. Finalmente se han dado cuenta de que para proteger a la familia es imprescindible una normativa racional en materia de separación, divorcio y custodia de los hijos.
de No podíamos creer lo que estábamos oyendo.
Viejos lemas nuestros como “los hijos no se divorcian de sus padres”,
“la custodia compartida reducirá el conflictividad familiar”,
“es necesario implantar la mediación obligatoria en los procesos de separación y divorcio”,
“ hay que modificar la ley integral de violencia de género por los abusos a los que está dando lugar” salían ahora de la boca de una representante de uno de los grandes partidos políticos españoles.
Ya era hora.
Un cambio así en un partido que hace 20 años tenía problemas para aceptar el mismo concepto de divorcio significa que la sociedad está cambiando a marchas forzadas.
Un cambio así nos dice también que es posible combatir con éxito las posiciones sectarias del partido actualmente gobernante en materia de familia y conflictos familiares.
El PSOE se ha mostrado incapaz de escapar del absurdo binomio formado por hombre- machista-maltratador y mujer-víctima-oprimida y dedica ahora sus mermadas energías ministeriales a negar estúpidamente las interferencias parentales en los procesos de separación y divorcio y el síndrome de alienación parental como invento de los hombres maltratadores.
Por eso desde la Asociación de Padres de Familia Separados nos congratulamos del paso dado por el Partido Popular y animamos a otros partidos a que sigan por la misma vía.
Ahora hace falta que el partido popular demuestre con hechos su cambio teórico de posiciones: están tramitándose en los Parlamentos autonómicos de Cataluña y de la Comunidad Valenciana nuevos códigos de familia.
Es el momento de demostrar su compromiso con nuestros hijos y con nuestro futuro.
Hechos son amores y no buenas razones.
El PP tiene ahora la oportunidad de liderar un cambio social demandado por amplios sectores de la sociedad española: padres, nuevas parejas, abuelos…
Esperemos que cumpla con las esperanzas en él depositadas.
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