martes, 16 de noviembre de 2021

Una juez niega la custodia de las hijas a un padre incapacitado por su movilidad limitada

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El padre del niño secuestrado por la asesora de Podemos perdió la custodia por una denuncia falsa.
CARLOS CUESTA, 11/11/2021 
Una juez acaba de negar la custodia de sus 2 hijas a un padre incapacitado por tener su movilidad limitada por problemas de lumbalgia
El padre cuenta con un informe médico que afirma expresamente que puede desempeñar las labores de “autocuidado y cuidado de 3ºs, en ausencia de maniobras de esfuerzo” y que puede, por lo tanto, desarrollar las “actividades instrumentales de crianza de niños y mantener un hogar”.
Pero la juez ha considerado que eso “no es suficiente para el correcto y adecuado cuidado de las hijas”. Resultado: el padre se queda sin ver con normalidad a sus hijas. Y las hijas sin tener una relación normal con su padre. Un padre con incapacidad laboral. 2 niñas de 5 años -ahora ya 6 años- en medio de una disputa por la custodia tras un divorcio. Y una juez que ha decidido que el padre debe quedarse sin la custodia por el hecho de tener la movilidad limitada. Este es el inicio de una historia en la que las 2 hijas ven restringida su posibilidad de ver a su padre con normalidad por el hecho, literalmente, de que el padre esté, de facto, cojo.
La sentencia, a la que ha tenido acceso OKDIARIO, señala que “por su parte, la demandada puso de manifiesto en el acto de la vista su preocupación por sus hijas, en tanto que considera que el padre no cuenta con el desenvolvimiento adecuado para atenderlas, que sus hijas le han manifestado que su padre pasa el día durmiendo, siendo que cuando convivían, ella era su cuidadora, teniendo que vestirlo y ponerle los zapatos”.
La descripción choca con el informe médico aportado por el equipo jurídico del padre, donde se describen las “secuelas” en el contexto “de la patología de la columna vertebral”. Y esas dolencias son descritas como “muy frecuentes, por lo que están muy extendidas estas situaciones clínicas. Las personas que sufren esta situación acaban desarrollando actitudes compensatorias, a veces sorprendentes, que permiten una vida independiente”.
«Permiten una vida independiente»
El informe señala que “en el caso del sr. peritado, la ayuda domiciliaria reconocida, y la ausencia del estrés diario de tener que acudir a obligaciones laborales a una determinada hora, dada su condición de incapacitado laboral, también facilitan esta situación”.
Es más, se aclara en ese informe que “la exploración clínica corrobora que posee los requisitos necesarios mínimos para el autocuidado y cuidado de 3ºs, en ausencia de maniobras de esfuerzo” y que “entre las actividades instrumentales se encuentra la crianza de niños, y mantener un hogar”, porque “la experiencia clínica del que escribe, también refrenda que la mayoría de los pacientes, con las características del sr. peritado, tratados por el mismo proceso y/o con complicaciones similares, han seguido manteniendo, con las adaptaciones que precise, el mismo rol familiar”.
Pese a ello, la sentencia destaca que consta “en la documental aportada en las actuaciones que la sra. García fue designada cuidadora no profesional del actor, con dedicación completa anual” y que “por su parte, considera tanto el sr. Cherino [el padre] como su letrado que a pesar de todo lo anterior, puede atender perfectamente a sus hijas, basándose fundamentalmente en el dictamen pericial aportado a las actuaciones».
En tal pericial se hace constar que “la exploración clínica expresada anteriormente corrobora que posee los requisitos necesarios mínimos para el autocuidado y cuidado de 3ºs, en ausencia de maniobras de esfuerzo”.
Pues bien, considera esta juzgadora que la posesión de tales requisitos mínimos en ausencia de maniobras de esfuerzo no son suficientes para el correcto y adecuado cuidado de las hijas, de cinco años de edad, teniendo en cuenta que sus necesidades y la atención que precisan, debido a su corta edad, son elevadas y requieren de un mayor esfuerzo”.
A la misma conclusión llega la juez “valorando en informe psicosocial y las propias manifestaciones de las partes en el acto de la vista
Ha de recordarse que en el auto de medidas provisionales se hizo contar que la atribución de la custodia a la madre se hacía con el carácter provisional, a la espera del informe psicosocial; esto es, a la espera de que tal informe hiciera constar unas conclusiones diferentes a las que motivaron la adopción de las medidas fijadas en tal auto. Como se ha adelantado, tales conclusiones no aconsejan la modificación de tales medidas”.

Escándalo jurídico: El Consejo de Ministros concede el indulto parcial a Juana Rivas

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La medida de gracia rebaja a la mitad la condena de prisión y sustituye la inhabilitación de para ejercer la patria potestad por 180 días de trabajos hacia la comunidad. Rivas había sido condenada por la sustracción de sus hijos cuando se negó a entregarlos en agosto de 2017.
MARISA KOHAN
MADRID, 16/11/2021 
El Consejo de Ministros aprobó este martes el indulto parcial para Juana Rivas. El acuerdo del Gobierno supone la rebaja a la mitad de la pena de prisión y la deja en 1 año y 3 meses. El ejecutivo ha acordado, además, conmutar la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad que le impuso el Tribunal Supremo por una pena de 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad.
La decisión del Gobierno llega tan sólo 3 días antes de que la corte de apelación de Cagliari, localidad italiana donde reside la expareja de Rivas, deje visto para sentencia el juicio por la custodia de sus hijos que se está desarrollando desde hace 4 años en Italia. Sin este indulto, Rivas no podría optar a la custodia de sus hijos en el proceso civil que tiene lugar en dicho país, ni a tener visitas con ellos, por lo que para la madre de Maracena (Granada), la medida de gracia llega in extremis.
La ministra portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, afirmó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que "se trata de un acuerdo importante por la atención social que recibió el caso y por las consecuencias para la mujer afectada". 
El Gobierno toma esta decisión, afirma el Ejecutivo, para "tomar en consideración el interés del menor, de sus hijos, y las circunstancias vitales que tuvo que afrontar esta mujer y por las que fue condenada por la justicia".
El ejecutivo afirma que tomó esta esta medida atendiendo al protocolo, a la ley y está en sintonía con los informes tanto del tribunal sentenciador (el Tribunal Supremo) como de la Fiscalía.
El 4 de noviembre el Tribunal Supremo emitió un informe al gobierno sobre la posibilidad de indulto parcial a Rivas. En él, los 16 magistrados del Ato Tribunal se partieron en 2. 8 se posicionaron en contra de la medida de gracia parcial y otros 8 a favor. El dictamen del Supremo es preceptivo, pero no de obligado cumplimiento. Desde ese momento la decisión estaba en el Ministerio de Justicia, que debía elaborar un informe para presentar al Gobierno, lo que ha ocurrido este martes en el Consejo de Ministros.
Como afirman fuentes oficiales a Público, la medida de gracia la llevó personalmente el presidente del Gobierno en la mano al Consejo de Ministros. Desde que el Tribunal Supremo emitiera su informe y trasladara todo el expediente al Ministerio de Justicia, la propuesta de indulto estaba en el tejado de la titular de dicha cartera, Pilar Llop, magistrada con amplia experiencia en casos de violencia de género.
La medida de gracia llega después de una intensa campaña en las redes sociales pidiendo al Ejecutivo que no retrasara más la decisión de la concesión del indulto a Rivas puesto que adoptarla unos días más tarde dejaría a Rivas sin posibilidades de luchar por la custodia de sus hijos en el juicio que tendrá lugar en Italia esta misma semana.
En abril de este año, el Tribunal Supremo condenó a Rivas a 2 años 1/2 de prisión por un delito de sustracción de menores y a la inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad por un período de 6 años. Desde el pasado día 11 de junio en que ingresó de forma voluntaria en el Centro de inserción Social (CIS) Matilde Cantos de Granada, Rivas se encuentra cumpliendo la pena a la que fue condenada.
Los hechos por los que fue condenada tuvieron lugar en el verano del 2017, cuando permaneció 1 mes en paradero desconocido junto a sus 2 hijos para no entregarlos al padre, quien a su vez en 2009 fue condenado por violencia de género y al que Rivas había vuelto a denunciar por maltrato en julio de 2016. Sin embargo, esta denuncia nunca fue tenida en cuenta en el proceso judicial que tuvo lugar en España ni tampoco en Italia, donde aún se decide sobre la custodia de los menores.
Su abogado pedirá la suspensión de la pena restante.
Por su parte, el abogado de Juana Rivas, Carlos Aránguez, ha manifestado su satisfacción por la concesión del indulto parcial del Gobierno. En un comunicado afirmó que "este indulto deja las manos libres a Juana para poder seguir luchando por sus hijos" y añade que solicitarán en breve la suspensión de la pena, puesto que Rivas se cumplen todos los requisitos del art. 80 del Código Penal. "Se ha abonado la indemnización de 12.000 € al señor Arcuri, Juana no tiene antecedentes penales, es una persona con una buena inserción laboral y social y por tanto consideramos que se le debe conceder la suspensión", afirmó Aránguez. 
En dicho artículo se especifica que "los jueces o tribunales, mediante resolución motivada, podrán dejar en suspenso la ejecución de las penas privativas de libertad no superiores a 2 años cuando sea razonable esperar que la ejecución de la pena no sea necesaria para evitar la comisión futura por el penado de nuevos delitos".
"Si el juez fuese razonable, lo normal sería que se suspendiera la ejecución de esos 10 meses de prisión que restan por cumplir" puesto que Rivas ya ha cumplido 5 en prisión. "Por supuesto, seguiremos luchando por Juana y sus hijos. El próximo paso es el juicio por la custodia en Italia el próximo viernes, día 19 de noviembre. El indulto parcial supone un enorme refuerzo para nuestras pretensiones", añadió Aránguez.
El abogado ha anunciado que solicitará que se amplíe el régimen de salidas de Rivas del Centro de Inserción Social "porque no tiene sentido seguir ejecutando una pena por un delito que cometió, al fin y al cabo, con un delito que cometió con un móvil muy comprensible desde el punto de vista humano: defender a sus hijos de un maltratador", concluyó el abogado.
Arcuri recurrirá al Supremo que Rivas recupere la patria potestad
Nada más conocerse la noticia del indulto, Enrique Zambrano, abogado de Francesco Arcuri, ha calificado de "inconcebible" que el Gobierno haya incluido en el indulto parcial que Rivas recupere la patria potestad de los 2 hijos de la expareja, y ha anunciado que recurrirá esta medida ante el Tribunal Supremo. En declaraciones a Efe, el letrado de Arcuri ha mostrado su sorpresa ante el indulto parcial aprobado por el Consejo de Ministros, no tanto por la reducción de la pena de prisión impuesta a Rivas sino por conmutarle la privación de la patria potestad por 180 días de trabajo en beneficio de la comunidad.
Zambrano ha calificado de inconcebible que el Gobierno se haya posicionado sobre la patria potestad de los 2 hijos de la expareja, una decisión que afecta a 3ª y que, por tanto, no tiene cabida en la ley que regula el indulto. "Que recupere la patria potestad es como decirnos vete al Supremo, que te darán la razón", ha resumido Zambrano, que ha incidido en que al ser una medida civil que no afecta solo a la condenada, no puede modificarse en un indulto.

sábado, 13 de noviembre de 2021

El negocio de la Ley de violencia de género

Salvador Ruso Pacheco, 
13 Noviembre 2021
Hace unos años Alfonso Guerra reveló que el presidente del Tribunal Constitucional le advirtió que la Ley Integral contra la violencia de género del año 2004 carecía de encaje legal, y que seguramente sería derogada, pero fue tan grande la presión política sobre los magistrados del Tribunal que finalmente la dejaron pasar.
El único argumento de sus defensores es que los hombres merecen una pena más alta porque, dentro de la pareja, la mayoría de agresores son hombres y las víctimas mujeres. Este argumento es contrario al art. 14 de la Constitución Española, que dice: "Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".
Tras la publicación de esta Ley el número de denuncias se duplicó desde 2004, con una media actual de 129.000 al año, pero el volumen de condenas permanece estable, con unas 30.000 al año. Es decir: casi el 80% de las denuncias acaban con una sentencia absolutoria o archivada.
La gran mayoría de las denuncias ni siquiera llegan a juicio, porque son denuncias falsas, y el hecho de que las denuncias falsas no estén perseguidas por los jueces propicia y estimula que se sigan presentando.
¿A quién le conviene que se aplique una ley tan poco eficaz? 
Resulta que Europa destina 22.000 millones de € al año a la protección de la mujer en España. De ese dinero solo llega a las víctimas de violencia un 3%. Mucha gente piensa que el 97% restante se queda en los chiringuitos, pero la realidad es mucho peor: En 2011 se reformó el art. 135 de la Constitución relacionado con el ajuste de las cuentas públicas, y para sanear las cuentas de autonomías y ayuntamientos era necesario recortar gastos, por lo que se usó la Ley de violencia de género para activar nuevas fuentes de financiación, ya que para este propósito Europa no tenía problemas en soltar dinero y en permitir un endeudamiento mayor. De esta forma autonomías y ayuntamientos recibieron fondos europeos proporcionales al número de denuncias que tuvieran por violencia contra la mujer.
La Junta de Andalucía recibió entre 2014 y 2016, por este concepto, una cantidad equivalente a más de 2/3 de los presupuestos autonómicos de cualquiera de esos 3 años.
La realidad es que el feminismo de izquierdas no solo se ha apropiado del concepto, sino del dinero que deberían recibir las víctimas, con la colaboración de ayuntamientos y comunidades autónomas de cualquier signo político.
Hay varias reflexiones a hacer con esta ley: 
la 1ª es que ofrece una respuesta penal a un conflicto social, y por tanto es una ley que no modifica las estructuras sociales que engendran la violencia, solo penaliza al hombre y toma una serie de medidas dirigidas a las mujeres sin ser capaz de resolver la necesidad de recibir ayuda para rehacer su vida fuera de la pareja. 
Otra reflexión es que una denuncia, aún cuando esta no aporte prueba alguna, sea suficiente para iniciar un proceso contra el hombre que normalmente obliga a éste a abandonar su hogar y la mayoría de las veces a visitar el calabozo, aunque se compruebe posteriormente que se trata de una denuncia falsa. 
Una 3ª es la adscripción casi total de la mujer como víctima aplicando la discriminación positiva en la tutela judicial.
En resumen, esta Ley es claramente contraria al art. 14 de la Constitución Española. No ha servido para atajar el problema de la violencia dentro del hogar y solo se ha promocionado por los chiringuitos feministas, por los ayuntamientos y por las comunidades autónomas en una especie de “todos ganan”: unos para vivir de ese chollo y otros para sanear las cuentas municipales y autonómicas y así poder seguir gastando a manos llenas el dinero de todos y a las mujeres que de verdad necesitan esa ayuda apenas les llega un 3% de todo ese dineral.
Como bien dijo el presidente del Tribunal Constitucional en 2004 , esta ley no tiene encaje legal, pero habría que añadir que tampoco tiene encaje moral.

Máximo histórico de suicidios en España en 2020

Otros medios: Expansión,
acta sanitaria,12 NOV, 2021
Según el informe que elabora anualmente el Observatorio del Suicidio en España de la Fundación Española para la Prevención del Suicidio, en base a los datos de las Estadísticas de Defunción por Causa de Muerte publicados por el INE, en 2020 fallecieron por suicidio 3.941 personas en España, una media de casi 11 personas al día; un 74% de ellas varones (2.938) y un 26% mujeres (1.011). 
Así, 2020 se convierte en el año con más suicidios registrado en la historia de España desde que se tienen datos (año 1906). Estas cifras suponen un aumento de 270 defunciones respecto a 2019 (un 7,4% más), de las que 159 corresponden a hombres (un incremento del 5,7%) y 111 a mujeres (un aumento del 12,3%). Y es la 1ª vez en España que se superan las 1.000 muertes por suicidio en mujeres. 
También es la 1ª vez que España alcanza 14 suicidios de menores de 15 años (7 niños y 7 niñas), duplicando los casos de 2019. Además, el suicidio en personas mayores de 80 años ha aumentado un 20%. 
El suicidio es la principal causa de muerte no natural en España, produciendo 2,7 veces las provocadas por accidentes de tráfico, 13,6 veces más que los homicidios y casi 90 veces más que la violencia de género.

Irene Montero: Rivas, Freud y la sustracción de menores...

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Irene Montero: «El Gobierno busca garantizar que mujeres como Juana Rivas no sean perseguidas por proteger a sus hijos»
La ministra de Igualdad se reúne en Sevilla con la consejera de Igualdad, Rocío Ruiz.
A.S., SEVILLA,12/11/2021 
La ministra de Igualdad, Irene Montero, ha defendido este viernes que el Gobierno está dando «pasos decisivos» para garantizar que las mujeres y madres como Juana Rivas «no sean perseguidas ni criminalizadas por proteger a sus hijos».
Irene Montero se ha pronunciado de este modo en declaraciones a los periodistas en Sevilla cuando está pendiente de que el Consejo de Ministros se pronuncie sobre la petición de indulto de Juana Rivas, condenada por un delito de sustracción de sus 2 hijos menores a 2 años y 6 meses de prisión, después de que el Pleno de la Sala IIª del Tribunal Supremo (TS) descartado por unanimidad apoyar la concesión del indulto total a Juana Rivas y tampoco se decantarse por un indulto parcial al registrar un empate con 8 magistrados a favor y otros 8 en contra.
«Ningún maltratador puede ser un buen padre», ha aseverado la ministra, tras destacar la capacidad del Gobierno «para defender a los niños de violencias machistas y a las madres que luchan por protegerlos».
«Existen ya políticas públicas y una mayor concienciación social respecto a muchas violencias que se ejercen, como la violencia vicaria, que es violencia de género directa por tratarse de una instrumentalización de los niños para atacar a las mujeres donde más duele, que es con sus hijos e hijas», ha señalado Montero.
Por este motivo, la ministra ha resaltado que luchar contra la violencia de género sobre los menores «tiene que ser una de las prioridades de las políticas públicas», al tiempo que cree que el Gobierno «está demostrando su capacidad para crear espacios e itinerarios específicos para atender de forma integral» las necesidades de los menores.
«Hacer políticas funciona, pero nunca vamos a decir que es suficiente hasta que acabemos con todas las agresiones y violencias machistas que también se pueden ejercer contra los niños», ha concluido.

jueves, 11 de noviembre de 2021

Divorcios en Hollywood: Insultos, agresiones, diferencias irreconciliables y cansancio...

Libros: ¿Existe el divorcio elegante? Guía básica para separarse sin perder la cabeza.
Se nos rompió el amor.
Luis Fernando Romo10 noviembre 2021 
La ruptura de Brad Pitt y Angelina Jolie copa los titulares, pero hay más corazones rotos en Hollywood: Megan Fox y Brian Austin Green, Geena Davis y Reza Jarrahy o Zayn Malik y la súper modelo Gigi Hadid son algunas de las parejas rotas.
El desamor está causando estragos entre los actores de Hollywood. Mientras Brangelina (Brad Pitt y Angelina Jolie) siguen manteniendo en vilo sus seguidores por su sangrienta lucha emocional y económica para zanjar un proceso de divorcio que empezó hace 5 años, otros colegas han aligerado el paso a hacia su soltería.
Sean Penn (61) y Leila George (29) ya viven separados después de 1 año de matrimonio y 5 de noviazgo, pero no han tenido descendencia, lo que ha facilitado todos los trámites. El chico malo de Hollywood, que fue el 1º marido de Madonna, no encuentra la felicidad después de 3 matrimonios. La incompatibilidad de caracteres ha sido la razón fundamental.
Una de las parejas más explosivas de los últimos tiempos ha sido la formada por Megan Fox (35) -protagonista de Transformers- y Brian Austin Green (48) -robó los corazones de las adolescentes en Sensación de vivir- que, tras varios vaivenes en su historia de amor, habrían llevado a buen puerto su divorcio, según el portal TMZ. Fue la propia actriz la que decidió dar el pasado alegando diferencias irreconciliables. El matrimonio no había firmado un acuerdo prenupcial por lo que, según las leyes californianas, su patrimonio se ha dividido en partes iguales y han conseguido la custodia compartida de sus 3 hijos en común. Brian tiene otro hijo, Kassius (19), fruto de una relación anterior con Vanessa Mercil. En la actualidad ambos han rehecho su vida: ella con el rapero Machine Gun Kelly (31), que enamoró a su chica por su olor a marihuana, y el actor con una de las participantes de Bailando con las estrellas, Sharna Burgess (36). 
Antes de firmar los papeles oficiales vendieron 2 de sus propiedades por 2,6 y 1,3 millones de dólares, respectivamente.
Parece que Geena Davis(65) sigue la legendaria estela dejada por Mickey Rooney o Lana Turner ya que la protagonista de Thelma y Louise se ha divorciado de su 4º esposo, el cirujano plástico de origen iraní Reza Jarrahy (50), a quien echó de su mansión de Pacific Palisades que vendió poco después por 5,4 millones de dólares. 
El proceso no ha sido fácil ya que han estado litigando desde el verano de 2017 en los juzgados tras 17 años de matrimonio y 3 hijos en común. 
Al parecer, amigos cercanos a la pareja aseguran que esta ardua batalla legal ha dejado prácticamente en la bancarrota al médico, que habría tenido que dormir alguna noche en su coche y en los sofás de casas de amigos. El desgaste y las desavenencias del día a día fueron los detonantes de su adiós
De momento, el acuerdo al que han llegado es confidencial, pero los expertos aseguran que la operada actriz se ha gastado alrededor de 1,5 millones de dólares en letrados.
Los últimos en apuntarse al carro de los corazones rotos son el cantante Zayn Malik (28) y la súper modelo Gigi Hadid (26), que dieron por zanjado su matrimonio secreto después de que el pasado 29 de septiembre el ex miembro de One Direction agrediera e insultara a su suegra, Yolanda. 
Por este delito ha sido condenado a 1 año de libertad condicional además de asistir a unos cursos para controlar su ira, tal y como confirma el portal americano TMZ. A pesar de estos duros momentos, los 2 están de acuerdo en compartir la custodia de su hija Khai, de poco más de 1 año.

miércoles, 10 de noviembre de 2021

El síndrome de alienación (SAP) existe y estas son sus consecuencias

Este desorden psicopatológico, que se observa en niños de padres divorciados o en procesos de disputa de la custodia,
conduce a denigrar continuamente a uno de los progenitores. 
Los menores son las grandes víctimas
Ana Lucas, 10/11/2021 
Da igual el nombre que le pongamos, el problema es que este tipo de conductas donde uno de los progenitores pone a los niños en contra del otro ocurre continuamente. Tenemos casos mediáticos como el de Rocío Carrasco, que nos cuenta cómo una de las peores cosas que ha vivido fue la separación de sus hijos y ver cómo estos defendían a su padre en los medios.
¿En qué consiste?
El psiquiatra infantil Richard Gardner utilizó por 1ª vez el término síndrome de alienación parental en 1985, para describir un desorden psicopatológico que observaba en niños de padres divorciados o en procesos de disputa de la custodia, que los llevaba a denigrar e insultar continuamente a uno de los progenitores. 
Esta situación puede dar lugar a diferentes situaciones, desde que la convivencia sea difícil hasta que el niño se niegue a estar o mantener el contacto con el otro progenitor.
Los niños que se encuentran en medio de esta situación, en la que una de las figuras de referencia vuelca todo su dolor, coloca a los niños en una posición en la que tienen que elegir y ser leales a uno de los progenitores para mantener el vínculo. Esto les posiciona en contra del otro progenitor, de forma que deteriora y rompe el vínculo con este.
¿Qué comportamientos son característicos?
Las interferencias parentales pueden ser cualquier acto que fomente la ruptura del vínculo con el otro progenitor. Las formas de influir en los niños son múltiples y variadas, pueden ser más explícitas o más sutiles, pero las más comunes son:
1.- Hablar mal del otro progenitor, minando su imagen ante los ojos de los hijos
2.- Intentar impedir que el otro progenitor vea o esté con los niños
3.- Responsabilizar al otro progenitor de todo cuanto acontece, incluso del divorcio
4.- Hacer que amigos y familiares apoyen el menosprecio hacia el otro progenitor
5.- Premiar y fomentar los comportamientos de rechazo del niño hacia el contrario
En los casos más graves, el cónyuge alienador puede llegar a:
a.- Impedir al padre o la madre disfrutar del régimen de visitas
b.- No avisar al otro cónyuge de citas importantes, para después acusar al
     cónyuge alienado de no cuidar bien de los hijos
c.- Amenazar con castigos si el niño llama, escribe o quiere ver a su padre
     o madre
¿Por qué sucede?
Una de las causas principales es el resentimiento acumulado durante la relación o el dolor que produce la ruptura. 
En estas situaciones, 1 de los cónyuges ataca al otro a través de los hijos.
Otros factores que fomentan estas situaciones son la baja autoestima, la dependencia emocional o que la persona sufra algún trastorno de la personalidad, como narcisismo o el trastorno límite de la personalidad. Estos factores favorecen este tipo de situaciones en las se utilizan a los hijos como arma arrojadiza.
¿Sucede durante el matrimonio o solo después?
Lo más habitual es que suceda tras el divorcio o la separación, cuando la lucha por la custodia de los hijos actúa como desencadenante de este tipo de comportamientos. También puede darse durante el matrimonio, sobre todo cuando existan problemas no resueltos entre los cónyuges o cuando uno de ellos tiene rasgos marcadamente narcisistas.
Cómo afecta a los niños, las grandes víctimas
Efectivamente, los niños son las grandes víctimas; tanto es así que se considera una forma de maltrato infantil. Como consecuencia de pasar por una situación de este tipo pueden, los infantes suelen presentar trastornos de ansiedad, a veces intensa, en compañía del progenitor rechazado, crisis de angustia, trastornos del sueño o de la alimentación, conductas agresivas verbales o físicas, conductas de evitación, dependencia emocional del progenitor con el que conviven, porque temen ser abandonados por él o ella, y dificultades en la expresión de sus emociones o en la comprensión de las emociones de los demás.
Además, arrastrarán estas secuelas durante su vida adulta, y sus relaciones de pareja también se verán afectadas. Lo normal es que traslade a sus futuras relaciones ese patrón de dependencia o de chantaje emocional, ya que es el modelo de relación con el que ha crecido.
Por otra parte, como refuerzo de la manipulación, es habitual, además, que el cónyuge o progenitor que ha provocado toda esta sintomatología en el niño la utilice en contra el progenitor rechazado.
¿Cómo afecta al vínculo entre los hijos y el progenitor?
En todos los casos, el vínculo con el progenitor se deteriora. El deterioro dependerá de la edad del niño, el nivel de maduración, de la duración y, sobre todo, de cuánto haya calado toda esta manipulación en la cabeza del niño.
Si el síndrome ha sido grave, es difícil restablecer el vínculo porque el niño crece con una visión distorsionada del otro progenitor.
Si ha sido muy grave, prolongado en el tiempo o a edades muy tempranas, hay ocasiones en que no puede restablecerse el vínculo porque el niño crece con una visión distorsionada del otro progenitor. En estos casos, la relación entre los hijos y el padre alienado será tensa y complicada, ya que los niños sienten que están fallando al progenitor manipulador al acercarse al otro progenitor.
Esta situación fomenta en los niños una situación aberrante y fomenta un estilo de apego o una vinculación ambivalente. Por un lado, el niño siente la tendencia natural de acercarse y querer a su padre, y por otro lado, la tendencia de alejarse por el rechazo que provoca todas esas ideas y dolor que portan del otro progenitor. En todos estos casos, el niño se encuentra en un callejón sin salida, donde cualquiera de las opciones genera 2 emociones contrarias:
a.- Me acerco a mi madre, que es lo natural, pero a la vez estoy fallando a
     mi padre. De forma que una misma situación genera bienestar y
     malestar a la vez.
b.- Me alejo de mi madre, que es antinatural y soy leal a mi padre. Esta
     situación, igual que la anterior, genera malestar y bienestar a la vez.
En estos casos, el cerebro del niño tiene que elegir y a la vez tapar 1 de las 2 emociones que provocan malestar, así su cerebro empieza a disociar la realidad para evitar el malestar. Esta es la semilla del trastorno en el niño.
¿Cómo se recuperan los niños de esto?
Lo habitual es que el vínculo sano pueda recuperarse poco a poco con la ayuda de un profesional especializado en estas situaciones.
Necesitaremos un equipo multidisciplinar que ayude a recuperar la normalidad. Por un lado, un mediador que aporte una visión más objetiva, que ayude al niño a salir del conflicto y a recuperar el vínculo con el progenitor alienado, desmontando la manipulación llevada a cabo por el cónyuge alineador. Por otro lado, será fundamental la terapia individual del niño, donde pueda reprocesar todo lo que ha vivido, las emociones que ha sentido, además de expresar sin miedo el cúmulo de sentimientos y pensamientos respecto a ambos, en un ámbito seguro, donde no esté influido por ninguno de los dos.
En los casos más graves, es posible que sea necesario limitar la influencia del cónyuge alienador.
¿Cómo afecta a los padres y madres?
Lo más doloroso que hay para un padre es el rechazo de un hijo y la sensación de impotencia cuando el niño ve por los ojos del otro progenitor.
Estas situaciones generan roces, deterioran la relación y a veces es difícil actuar con comprensión y generosidad hacia los hijos, tratando de no responder con rabia a la injusticia que está cometiendo el otro progenitor. Recurrir a grupos de apoyo, familiares, amigos o profesionales puede ayudar a sobrellevar la situación y canalizar los sentimientos de impotencia y desgaste que este tipo de situaciones provocan.
Utilizar a los hijos como arma arrojadiza contra el otro solo deteriora la salud mental de los niños, las grandes víctimas de esta guerra.
En el peor de los casos, estas situaciones mantenidas en el tiempo llevan a los padres al desánimo de recuperar la relación normal con el hijo.
Cómo recuperar las heridas: firmando el tratado de paz.
Es importante que padres y madres sean conscientes de las repercusiones graves que este tipo de conductas pueden tener en sus hijos a corto, medio y largo plazo.
Utilizar a los hijos como arma arrojadiza contra el otro solo deteriora la salud mental de los niños, las grandes víctimas de esta guerra.
En todos estos casos es necesario que los adultos hagan el trabajo personal para sanar su dolor, curar sus heridas y darse cuenta del daño que han hecho al otro; es el paso necesario para firmar el tratado de paz y dejar a los niños fuera del combate.
En todo caso, ambos deben tener claro que, más allá de sus diferencias, su objetivo debe ser el bienestar físico, psicológico y emocional de sus hijos.