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La custodia compartida y los niños adoptados 05.07.2009
Permítanme comenzar con una verdad clara e incuestionable:
la custodia exclusive pone en peligro el vínculo entre los padres adoptivos y sus hijos adoptados.
Para nosotros, padres de hijos adoptados, el divorcio después de la adopción trae una forma especial de tragedia que se añade a la ya trágica condición de vivir sin nuestros hijos.
Me he referido anteriormente en este blog al caso de Beck v. Beck por varias razones.
Este caso sienta un precedente para los casos de custodia compartida, estableció la primacía de la custodia física como el factor que define las relaciones paterno-filiales, y estableció que los niños tienen igual necesidad de sus padres y madres. De todas formas, tengo otra razón mucho más personal.
En este caso lo que está en disputa es la custodia de niños adoptados.
Mientras que tener hijos es siempre una bendición, ser, como en mi caso, incapaz de tener hijos biológicos y recibir el regalo de un hijo adoptivo, es un privilegio muy especial.
Este hijo nunca es un accidente, una consecuencia no planificada: este hijo ha sido escogido por el amor de sus padres.
No trataré de explicar aquí cuántos y cuán hermoso son los sueños de un padre que adopta un niño.
Tampoco trataré de explicar el profundo y tierno amor que los padres adoptivos desarrollan por sus hijos.
No obstante, ciertamente trataré de subrayar la importancia de la custodia física para los padres de hijos adoptados.
El hecho que le permite a la gente adoptar como suyos a los hijos de otras personas, es que lo que realmente hace a un niño tu hijo es que ella/él ha sido criado por ti, y lo que hace a alguien tu padre/madre es que él/ella te crió, y por criar me refiero al tipo de contacto diario que sólo la custodia física puede proveer.
Aún cuando los hijos adoptados llegan a conocer a sus padres biológicos, los niños considerarán padres sólo aquellos que los han criado.
Este hecho implica una verdad que debe ser considerada aquí: que en la ausencia de una línea de sangre entre un padre y su hijo, como en el caso de los niños adoptados, compartir la dinámica del día a día es lo que crea el vínculo entre ellos.
Para un padre adoptivo, la custodia física de su hijo no es una de las maneras de crear un vínculo con su hijo, es la única manera.
Beck v. Beck afirma esta singularidad de los niños adoptados, diciendo:
…que porque las niñas eran adoptadas, ellas necesitaban “el beneficio, el contacto, y la seguridad de ambos padres”. 86 N.J. 489 (1981)Beck v.
Beck advierte en contra de poner en peligro este apego entre las niñas adoptadas y su padre:Viendo este asunto en términos de la importancia del padre en las vidas de las dos niñas, (la corte) concluyó que la falta de contacto real con el padre tendría efectos negativos en su desarrollo, particularmente porque las niñas son adoptadas. 86 N.J. 492-93 (1981)
Privar a los niños adoptados de uno de sus padres, como las cortes de familia usualmente hacen en los casos de custodia, les quita por 2ª vez lo que la vida ya les ha quitado una vez: el amor, el confort, y la seguridad que sólo sus padres y madres les pueden dar.
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