domingo, 31 de marzo de 2013

Violencia de Genero: Abogados y negocio

El Colegio de Abogados tramita casi 300 solicitudes para juicios de conformidad en 2012, una cifra "muy por encima de la media andaluza"

JAÉN, 30/03/2013 (EUROPA PRESS)
Abogados han criticado que cobran 1,035 euros por hora en las guardias relacionadas con los asuntos turnados a favor de las víctimas violencia de género, que el pasado año ascendieron a un total de 671, tal y como se desprende de la memoria del Colegio de Abogados de Jaén, que ha sido consultada por Europa Press.
Así, fuentes de la institución colegial han explicado que un letrado cobra en Jaén al día 24,84 euros netos por la asistencia a víctimas de violencia de género. 
Al hilo, han comentado que la Administración andaluza ha concedido 4.745 guardias completas en 2012 --13 guardias por los 365 días-- que han sido pagadas a 126 euros el día.
Respecto a las guardias prestadas, éstas ascienden a un total de 7.337: 3.187 de 126 euros, 2.134 de 63 euros y 2.016 de 31,50 euros. 
En cuanto a las asistencias realmente prestadas al detenido, ascendieron a 13.191, lo que supone 784 más que en el ejercicio anterior, más otras 157 correspondientes a derecho Penitenciario. 

El total de asuntos turnados ha alcanzado la cifra de 9.668, en concreto, 5.723 en la jurisdicción penal, 2.642 de la civil, 139 en la social, 61 en la contencioso administrativa, 220 asuntos turnados en la jurisdicción de menores, 671 a favor de víctimas violencia de género, 69 en vigilancia penitenciaria, mientras que los 143 asuntos restantes se refieren a otras temáticas.
De otro lado, el Colegio informa en su memoria anual de que los letrados inscritos en la institución han tramitado durante el pasado año un total de 297 solicitudes para juicios de conformidad, siendo una cifra que se sitúa "muy por encima de la media andaluza" en dicha materia.
Así, en el documento se describe que los resultados, "altamente satisfactorios", responden a un total de 67 solicitudes interesadas por la institución colegial y 230 solicitudes de negociación a instancias del Ministerio Fiscal.
De todas estas peticiones, fueron pactadas 232, siendo 56 negativas, quedando 9 pendientes y siendo transformadas de diligencias previas a urgentes un total de 108, lo que sin duda supone "un gran aumento de esta iniciativa con respecto a ejercicios anteriores".

sábado, 30 de marzo de 2013

los Juzgados de Violencia de Género "están funcionando bien"

Ante dos sentencias contradictorias de la APM, Viceconsejero de Presidencia e Interior asegura que ........
Fernández en el 112
Foto: ADOLFO BARROSO
POZUELO DE ALARCÓN, 29 Mar.2013 (EUROPA PRESS) -  
El viceconsejero de Presidencia e Interior, Javier Fernández, ha  asegurado este viernes que los juzgados contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid "están funcionando bien" aunque se pueden producir sentencias contradictorias como "en todos los ámbitos".
Tras presentar en la sede del 112 en Pozuelo de Alarcón el balance del nº de llamadas recibidas por este organismo desde el inicio de las vacaciones de Semana Santa, Fernández ha sido preguntado por los medios de comunicación por las sentencias aparentemente contradictorias emitidas por la Audiencia Provincial de Madrid respecto a un mismo caso de violencia de género.
A este respecto, Fernández ha señalado que "hay que respetar" las decisiones judiciales e "intentar" que a través de los servicios sociales y teléfonos de ayuda de la Comunidad de Madrid "cada vez sean menos los incidentes por violencia de género".
El viceconsejero se ha referido a la información recogida por el diario 'El País', en la que se indica que la Audiencia provincial de Madrid ha emitido 2 sentencias contradictorias respecto a un mismo caso de violencia de género. 
Este periódico indica que una sección penal determinó que un hombre fuera investigado porque "existían indicios" de malos tratos, mientras que otra sección civil otorgó la guarda y custodia de los hijos de la pareja al presunto maltratador.

Fernández ha explicado que la Comunidad de Madrid es la que "más  juzgados de género tiene en España", y que a través de los servicios  sociales y los teléfonos de ayuda sean "cada vez menos los incidentes" por violencia de género y que "se produzcan" condiciones de "respeto desde la igualdad hacia las mujeres".
"Los juzgados de género que ha creado la Comunidad de Madrid, que es la que más juzgados de género tiene en España, están funcionando bien. 
Sentencias contradictorias las hay en todos los ámbitos, incluido el de violencia de género. Hay que respetar las decisiones judiciales en todo momento e intentar que a través de los servicios sociales y teléfonos que desde la Comunidad se han activado cada vez sean menos los incidentes que hay por violencia de género y que se produzcan unas condiciones de respeto desde la igualdad hacia las mujeres por parte de los hombres que son los que normalmente incurren en estas acciones", ha indicado.

Un imputado por maltrato mantiene la custodia de sus 2 hijos menores



La Audiencia de Madrid entrega los niños a un hombre al que imputó por maltrato.


La Sección 26 de lo Penal ordena investigarlo por violencia contra su compañera y los menores.


La Sección civil nº24 del mismo órgano le da la custodia de los hijos. 

 

Manuel Altozano|El Pais.com Madrid 28 MAR 2013 -


La Ley Integral contra la Violencia de Género, de 2004, trajo consigo la creación de juzgados especializados en este fenómeno.

Un mismo tribunal, la Audiencia Provincial de Madrid, está dando respuestas contradictorias a un caso de violencia de género.

Mientras que una sección penal de ese órgano decretó el pasado 29 de noviembre que un hombre debía ser investigado porque existían indicios de que hubiera maltratado a su excompañera y a sus 2 hijos, otra sección civil de la misma audiencia acaba de otorgar la guarda y custodia de los hijos de la pareja, de 11 y 13 años, al presunto maltratador.

Se trata de una de esas situaciones de riesgo que trataron de evitarse con la aprobación de la Ley Integral contra la Violencia de Género y la creación de los juzgados especializados en este fenómeno.


El artículo completo aquí

viernes, 29 de marzo de 2013

Traslado de un menor al extranjero, incumplimiento de visitas y cambio de guarda

TS, Sala Primera, de lo Civil, Pleno, 31-1-2013

El Pleno de la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo resuelve no modificar la guarda y custodia del menor, que tiene la madre desde su traslado a EE. UU. en 2003, pese a sus incumplimientos reiterados del régimen de visitas, pues sistemáticamente ha impedido al padre, que continúa viviendo en España, relacionarse con su hijo.

Argumenta que el art. 776.3 LEC que autoriza el cambio de custodia puede ser una concreción del concepto jurídico indeterminado del interés superior del menor, pero no siempre. Esta medida puede entrar en conflicto con ese interés superior y considera que, en este caso concreto, hay que ponerlo en relación con factores que tienen un peso importante, como son:

1.- el paso del tiempo, 
2.- la distancia entre EE. UU. y España,
3.- la edad del menor, que ya cuenta con 10 años, 
4.- y la falta de contacto con su padre.

Concluye que el cambio de guarda, su traslado a otro país y la imposición de la convivencia con su padre supondrían un auténtico trauma para el menor, al tiempo que coge el relevo del voto particular expresado en la Sentencia de la AP Pontevedra, Sección 1.ª, de 7 de septiembre de 2011 y se remite a la utilización de otras vías, como la imposición de multas coercitivas, la responsabilidad penal por incumplimiento, el Convenio de la Haya de 25 de octubre de 1980 y la posible indemnización del daño moral ocasionado. 


La sentencia aquí

Directrices de las Naciones Unidas para una mediación eficaz

Fuente: Departamento de Asuntos Políticos de las Naciones Unidas.
Todos aquellos que realizan actividades de mediación o los interesados en este instrumento esencial para la solución pacífica de controversias y conflictos reconocen que, una vez que se apuesta por la mediación como un método de resolución de conflictos, su estructura puede extrapolarse a cualquier tipo de conflicto, desde el más simple al más complejo.

Para unificar una serie de prácticas de buena conducta en terrenos delicados como pueden ser disputas diplomáticas o controversias nacionales, las Naciones Unidas han publicado un manual que recoge las directrices para alcanzar una mediación eficaz.
Pese a que este documento se centra, sobre todo, en una mediación internacional, de sus conclusiones se pueden extraer los criterios para lograr un acuerdo perdurable que ponga fin a la pugna, dado que se han concebido para reforzar la profesionalidad y la credibilidad de las actividades de mediación en todo el mundo, ayudando a los mediadores a multiplicar sus posibilidades de éxito. 


El documento completo aquí

jueves, 28 de marzo de 2013

Informe de la CEPEJ: Vº informe de evaluacion de los sistemas judiciales europeos

www.abogacia.es/Tasas judiciales
En la mayoría de los estados europeos, los impuestos y las tasas judiciales constituyen importantes recursos financieros con los que algunos cubren parte de los gastos de funcionamiento e incluso, como Austria, generan beneficios. 
El pago de las tasas judiciales se ha extendido en Europa y en muchos casos sirve para sufragar el acceso a los tribunales a personas sin recursos.
En España, los ingresos judiciales suponen el 4,1% del presupuesto, muy por debajo de otros paises como Italia (7,4%), Irlanda (16,9), Grecia (22,8), Portugal (31,1%), Polonia (31,2%), Alemania (43%) o Austria (109,8%).

En la mayoría de los estados, la exención de las tasas judiciales se dirige también a los casos concretos: procedimientos civiles (Albania), procedimientos relacionados con la defensa de los derechos constitucionales (Portugal), derecho administrativo (Bulgaria, Estonia), legislación laboral y ley social (Armenia, Azerbaiyán, Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Croacia, Estonia, Italia, Lituania, Moldavia, Polonia, Rumanía, Eslovenia, Suiza), de la familia o de menores ( Finlandia, Irlanda, Italia, Lituania, Moldavia, Noruega, España, Polonia, Portugal, Rumanía), estado civil (España), agricultura (Italia), impuestos (Portugal), ley electoral (Rumanía) o alquiler de la vivienda (Suiza).

En el caso de Finlandia, las tasas judiciales se abonan al final del proceso.


Lentitud de la Justicia en España



Bruselas 27 Mar.2013  (EUROPA PRESS) –
La Justicia española tarda de media unos 289,1 días para resolver litigios civiles y comerciales, unos 5 días más que la media en la Unión Europea, que se sitúa en los 284,3 días, según el informe publicado este miércoles por la Comisión Europea que evalúa la eficacia de los sistemas judiciales en la UE.(…)
Lituania es el país donde la justicia tarde menos en resolver los litigios civiles y comerciales, unos 50 días de media, (…)
 Respecto a la tasa de casos civiles y comerciales resueltos, la Justicia española ha logrado resolver el 93,6% de los casos frente al 98% de media en la UE.(….)
La vicepresidenta de la Comisión Europea y responsable de Justicia, Viviane Reding, ha lamentado las grandes diferencias entre Estados miembros a la hora de resolver los litigios civiles y comerciales y ha insistido en la importancia de que los Estados miembros cuenten con sistemas judiciales eficaces e independientes y que se perciban como tales por las empresas y los ciudadanos, para atraer empresas e inversión extranjera a sus países.
"Decisiones judiciales predecibles, tempranas y que se cumplan tiene un impacto clave para hacer de un país atractivo para los negocios y la inversión. La justicia retrasada es justicia denegada", ha advertido, si bien ha confiado en que la nueva legislación comunitaria sobre mecanismos de resolución de disputas alternativos contribuya a mejorar la situación.

Documento completo aquí