http://www.nuevaeconomiaforum.com/es/act/noticias/object.aspx?o=25197
Foro de la Nueva Sociedad con el Ministro de Justicia
"No existen razones" para la huelga de jueces del 8 de octubre
MADRID, 29 de septiembre.
El ministro de Justicia, Francisco Caamaño, aseguró hoy que "no existen razones para mantener la huelga" de jueces que la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) tiene convocada para el 8 de octubre y que, de momento, sigue en marcha.
Caamaño hizo esta reflexión en Madrid en el Foro de la Nueva Sociedad, que organiza Nueva Economía Fórum con el patrocinio de la Fundación Abertis y de Abertis.
Durante este encuentro informativo, el titular de Justicia argumentó que no existen razones para la huelga, porque su departamento ha demostrado una “enorme voluntad de diálogo y encuentro”, que se ha plasmado en un “importantísimo consenso” en el Congreso de los Diputados.
El ministro destacó que el Gobierno y los partidos políticos han llegado a un amplio acuerdo en la Cámara Baja para aprobar la Ley de la Oficina Judicial y para incorporar la mayor parte de las sugerencias que hacían las asociaciones de jueces, como la referida a que los señalamientos de los juicios los siguieran realizando los magistrados.
INVERSIÓN PRESUPUESTARIA
Dentro de este consenso, Caamaño elogió la contribución del PP en el Congreso, ya que los populares han estado “a la altura de la responsabilidad de Estado” necesaria para hacer frente a la necesaria modernización de los tribunales españoles.
En este sentido, el responsable de Justicia explicó que el Gobierno ha presentado un “plan realista”, en referencia al Plan de Modernización de la Justicia que fue aprobado hace unas semanas en el Consejo de Ministros.
El ministro se refirió a que este plan pretende que la Justicia no sea la “piedra de Sísifo” de la democracia, en el sentido de que todos los ejecutivos han pretendido cambiar la realidad de los tribunales, pero ninguno ha llegado a culminar este proyecto.
Ante esta situación, Caamaño explicó que el plan modernizador contempla 150 medidas concretas de mejoras de los juzgados, algo que se financiará en tres años.
Añadió que, a pesar de la situación de crisis, en los Presupuestos de 2010 se contempla un aumento del 13,4% del gasto en Justicia, lo que permitirá modernizar las instalaciones y crear nuevas plazas de jueces, fiscales y secretarios.
Este Blog de un Padre Divorciado, con Custodia Compartida pero producto de la injusta normativa vigente: Aquí Encontrarás información sobre lo que sufren los Padres, Madres y sus Hijos;Sobre Actividades: Conferencias, Jornadas,... Se clasifican por ETIQUETAS o TEMAS. Contacta con el grupo de Padres y Madres por la CUSTODIA COMPARTIDA de los hijos en el Foro ó en usedimad@gmail.com ó www.padresdivorciados.es Unete a PAMAC (649 116 241)
martes, 29 de septiembre de 2009
lunes, 28 de septiembre de 2009
Controversia en relacion al Sindrome de Alienación Parental (SAP)
http://www.elmundo.es/elmundo/2009/09/26/espana/1253990161.html
FAMILIA
Controversia en relación al Síndrome de Alienación Parental:El trastorno que nunca existió
Igualdad se alinea con las filas contrarias al Síndrome de Alienación Parental
Pedro Simón Madrid domingo 27/09/2009
Un crío que vive con su madre separada no quiere ver al padre maltratador y echa pestes de él. El juez cree que es la madre la que ha hecho calceta con el cerebro del niño, la que ha urgado en el disco duro del muchacho y la que se ha inventado un monstruo.
Y sentencia: hay que quitarle la custodia a la progenitora que manipuló y dársela al progenitor.
El chaval sufre SAP. ¿El chaval sufre SAP?
En la guerra de géneros, el Ministerio de Igualdad toma partido públicamente por vez 1ª y se alinea con las filas contrarias al controvertido Síndrome de Alienación Parental.
Un mal que empieza a ser citado en algunas resoluciones judiciales como motivo para quitarle la custodia generalmente a la madre y otorgársela al padre.
El libro de marras se titula 'El pretendido Síndrome de Alienación Parental', ha sido escrito por la psicóloga Sonia Vaccaro y la psicoterapeuta Consuelo Barea y derriba el falso ídolo que se anda levantando en muchos juzgados, el SAP, la "coartada acientífica" de un supuesto trastorno mental, esto es:
x.-niño que vive con madre separada no quiere ver al padre;
x.-madre ha manipulado al niño;
x.-ergo niño debe ser devuelto al padre y la madre ha de quedarse sin él.
Es el Ministerio el que avala el trabajo que niega esta secuencia.
Igualdad abre su sede para la presentación de la obra y hacer así de cortafuegos.
Porque hay humo ya en varios juzgados de España.
Ni la OMS ni la Asociación Americana de Psiquiatría reconocen el SAP en su listado de trastornos mentales.
Pero en los procesos de separación y divorcio, comienza a aparecer con frecuencia para cambiar la custodia de unas manos a otras.
"La presentación es en el Ministerio porque avalamos un trabajo científico que demuestra que este supuesto síndrome no está respaldado por la comunidad científica", señala Miguel Lorente, delegado del Gobierno contra la Violencia de Género, forense y prologuista del libro.
"Lo que sorprende es que una herramienta no científica se utilice para dictar sentencias. Se está utilizando el SAP, el mito de la Eva perversa, la madre manipuladora. Hay casos aislados, pero hay que actuar".
'El SAP existe aunque Igualdad diga que no'
En palabras de su creador, Richard Gardner, el SAP es un "trastorno que surge principalmente en el contexto de las disputas por la guarda y custodia de los niños. Su primera manifestación es una campaña de difamación contra uno de los padres por parte del hijo, campaña que no tiene justificación. El fenómeno resulta de la combinación del sistemático adoctrinamiento (lavado de cerebro) de uno de los padres y de las propias contribuciones del niño dirigidas a la denigración del progenitor objeto de esta campaña".
A juicio de Lorente, es "casi imposible" manipular a un niño "cuando la relación paterno-filial es buena".
Según Francisco Zugasti, presidente de Proinfojusticia, organización creada para defender a los "padres maltratados" (según propia definición), "el malmeter a un niño contra alguien es algo que ha ocurrido siempre" y el Ministerio se columpia: "El disparate se volverá en su contra. No pueden negar la evidencia. El SAP existe aunque Igualdad diga que no".
Desde los colectivos de apoyo a las mujeres maltratadas se ha levantado la voz de alarma porque el SAP, incluso, aparece como "excusa" para darle la custodia a padres condenados por malos tratos.
Habla Ana María Pérez del Campo, presidenta de la Federación de Mujeres Separadas y Divorciadas: "Ha habido 3 casos en Sevilla, 4 en Asturias... Se multa a las mujeres maltratadas hasta con 90.000 euros porque sentencian que han manipulado al niño, cuando lo que pasa es que éste le tiene pavor al padre porque le ha visto pegar; el niño es arrancado del colegio y entregado al maltratador. Los violentos se agarran al SAP. El juez no puede validar un síndrome que no ha sido validado antes en el campo científico. El Ministerio de Igualdad se coloca donde tiene que colocarse: ante un fraude de ley que tiene unas víctimas y supone una involución terrible".
Francisco Serrano es juez de Familia de Sevilla y presidente de la Asociación Española Multidisciplinar para el estudio de las Interferencias Paternales. Cuenta que a un niño le puedes hacer creer que su padre es un parque de atracciones o un campo de concentración.
"He puesto muchas sentencias donde he apreciado SAP. Cuando un pequeño tiene una relación magnífica, pongamos, con su padre, y sin mediar nada ya no quiere verlo, ni a sus primos paternos, ni a sus tíos paternos y demuestra odio, hay que tomar medidas. Porque puede ser que ese padre no haya hecho nada", comenta.
"Recuerdo el caso de un niño que declaraba que su padre le quemaba con cigarrillos. Lo decía convencido, con miedo. ¿Sabes que era lo que le pasaba? Eran lunares. Eran lunares, pero le había convencido la madre de que eran quemaduras".
FAMILIA
Controversia en relación al Síndrome de Alienación Parental:El trastorno que nunca existió
Igualdad se alinea con las filas contrarias al Síndrome de Alienación Parental
Pedro Simón Madrid domingo 27/09/2009
Un crío que vive con su madre separada no quiere ver al padre maltratador y echa pestes de él. El juez cree que es la madre la que ha hecho calceta con el cerebro del niño, la que ha urgado en el disco duro del muchacho y la que se ha inventado un monstruo.
Y sentencia: hay que quitarle la custodia a la progenitora que manipuló y dársela al progenitor.
El chaval sufre SAP. ¿El chaval sufre SAP?
En la guerra de géneros, el Ministerio de Igualdad toma partido públicamente por vez 1ª y se alinea con las filas contrarias al controvertido Síndrome de Alienación Parental.
Un mal que empieza a ser citado en algunas resoluciones judiciales como motivo para quitarle la custodia generalmente a la madre y otorgársela al padre.
El libro de marras se titula 'El pretendido Síndrome de Alienación Parental', ha sido escrito por la psicóloga Sonia Vaccaro y la psicoterapeuta Consuelo Barea y derriba el falso ídolo que se anda levantando en muchos juzgados, el SAP, la "coartada acientífica" de un supuesto trastorno mental, esto es:
x.-niño que vive con madre separada no quiere ver al padre;
x.-madre ha manipulado al niño;
x.-ergo niño debe ser devuelto al padre y la madre ha de quedarse sin él.
Es el Ministerio el que avala el trabajo que niega esta secuencia.
Igualdad abre su sede para la presentación de la obra y hacer así de cortafuegos.
Porque hay humo ya en varios juzgados de España.
Ni la OMS ni la Asociación Americana de Psiquiatría reconocen el SAP en su listado de trastornos mentales.
Pero en los procesos de separación y divorcio, comienza a aparecer con frecuencia para cambiar la custodia de unas manos a otras.
"La presentación es en el Ministerio porque avalamos un trabajo científico que demuestra que este supuesto síndrome no está respaldado por la comunidad científica", señala Miguel Lorente, delegado del Gobierno contra la Violencia de Género, forense y prologuista del libro.
"Lo que sorprende es que una herramienta no científica se utilice para dictar sentencias. Se está utilizando el SAP, el mito de la Eva perversa, la madre manipuladora. Hay casos aislados, pero hay que actuar".
'El SAP existe aunque Igualdad diga que no'
En palabras de su creador, Richard Gardner, el SAP es un "trastorno que surge principalmente en el contexto de las disputas por la guarda y custodia de los niños. Su primera manifestación es una campaña de difamación contra uno de los padres por parte del hijo, campaña que no tiene justificación. El fenómeno resulta de la combinación del sistemático adoctrinamiento (lavado de cerebro) de uno de los padres y de las propias contribuciones del niño dirigidas a la denigración del progenitor objeto de esta campaña".
A juicio de Lorente, es "casi imposible" manipular a un niño "cuando la relación paterno-filial es buena".
Según Francisco Zugasti, presidente de Proinfojusticia, organización creada para defender a los "padres maltratados" (según propia definición), "el malmeter a un niño contra alguien es algo que ha ocurrido siempre" y el Ministerio se columpia: "El disparate se volverá en su contra. No pueden negar la evidencia. El SAP existe aunque Igualdad diga que no".
Desde los colectivos de apoyo a las mujeres maltratadas se ha levantado la voz de alarma porque el SAP, incluso, aparece como "excusa" para darle la custodia a padres condenados por malos tratos.
Habla Ana María Pérez del Campo, presidenta de la Federación de Mujeres Separadas y Divorciadas: "Ha habido 3 casos en Sevilla, 4 en Asturias... Se multa a las mujeres maltratadas hasta con 90.000 euros porque sentencian que han manipulado al niño, cuando lo que pasa es que éste le tiene pavor al padre porque le ha visto pegar; el niño es arrancado del colegio y entregado al maltratador. Los violentos se agarran al SAP. El juez no puede validar un síndrome que no ha sido validado antes en el campo científico. El Ministerio de Igualdad se coloca donde tiene que colocarse: ante un fraude de ley que tiene unas víctimas y supone una involución terrible".
Francisco Serrano es juez de Familia de Sevilla y presidente de la Asociación Española Multidisciplinar para el estudio de las Interferencias Paternales. Cuenta que a un niño le puedes hacer creer que su padre es un parque de atracciones o un campo de concentración.
"He puesto muchas sentencias donde he apreciado SAP. Cuando un pequeño tiene una relación magnífica, pongamos, con su padre, y sin mediar nada ya no quiere verlo, ni a sus primos paternos, ni a sus tíos paternos y demuestra odio, hay que tomar medidas. Porque puede ser que ese padre no haya hecho nada", comenta.
"Recuerdo el caso de un niño que declaraba que su padre le quemaba con cigarrillos. Lo decía convencido, con miedo. ¿Sabes que era lo que le pasaba? Eran lunares. Eran lunares, pero le había convencido la madre de que eran quemaduras".
ESQUELA MORTUORIA contra la ley del divorcio
Desde la Asociacion Padres y Madres en Acción (PAMAC) os proponemos a todo-as, la siguiente Acción Reivindicativa, A ver que os parece:
Se aproximan las Fiestas de Todos los Santos, para los angloamericanos la Fiesta de Halloween.
Proponemos poner una Esquela Mortuoria en 3 diarios de tirada Nacional, para el próximo Domingo, 1 de Noviembre de 2009: Sobre la ley del Divorcio, el SAP y las Falsas Denuncias,.....
Debido al coste de la acción solicitamos una Colecta Colectiva en la CC. de CAJA MADRID:
nº cc: 2038 - 1893 - 75 - 6000068701
Con la ayuda de todos, podemos cambiar la situacion actual ¡¡¡¡¡
¡¡¡¡¡ APOYANOS ¡¡¡¡¡¡¡
Nuestros hijos nos lo agradeceran el dia de mañana.
Se aproximan las Fiestas de Todos los Santos, para los angloamericanos la Fiesta de Halloween.
Proponemos poner una Esquela Mortuoria en 3 diarios de tirada Nacional, para el próximo Domingo, 1 de Noviembre de 2009: Sobre la ley del Divorcio, el SAP y las Falsas Denuncias,.....
Debido al coste de la acción solicitamos una Colecta Colectiva en la CC. de CAJA MADRID:
nº cc: 2038 - 1893 - 75 - 6000068701
Con la ayuda de todos, podemos cambiar la situacion actual ¡¡¡¡¡
¡¡¡¡¡ APOYANOS ¡¡¡¡¡¡¡
Nuestros hijos nos lo agradeceran el dia de mañana.
domingo, 27 de septiembre de 2009
¿Que es el Sindrome de Alienación Parental ?
http://disidentescuba.blogspot.com/2009/09/el-sindrome-de-alienacion-parental.html
sábado, septiembre 26, 2009
EL SINDROME DE ALIENACION PARENTAL
Características básicas
Habitualmente es un fenómeno desencadenado por uno de los progenitores respecto al otro; del mismo modo que no necesariamente se desencadena por divorcio o separación, también puede ser provocado por una persona distinta del custodio del menor (nueva pareja, abuelos, tíos, etc.) ; también se han observado casos dentro de parejas que mantienen su vínculo, aunque son menos frecuentes.
Gardner distingue tres grados de SAP: leve, moderado y agudo, aconsejando diversas formas de actuación para cada uno de ellos y destacando la importancia de distinguir en qué caso se está actuando.
Actualmente existe mucha información sobre este fenómeno, lo cual ha creado legislación sobre la materia en diversos países, siendo incluido en los Códigos Civiles de diversos estados de
EE. UU. y México.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo lo recoge igualmente en diversas sentencias sobre temas de familia.
Es característico que los hijos estén involucrados en el proceso de deterioro, hecho que logra provocar el progenitor alienador mediante un mensaje y un programa constituyendo lo que normalmente se denomina "lavado de cerebro".
Los hijos que sufren este síndrome, desarrollan un odio patológico e injustificado hacia el progenitor alienado que tiene consecuencias devastadoras en el desarrollo físico y psicológico de éstos.[5]
Consecuentemente el síndrome afecta también a familiares del progenitor alienado como son: abuelos, tíos, primos, etc.
Otras veces, sin llegar a sentir odio, el SAP provoca en el niño/a un deterioro de la imagen que tiene del parental alienado, resultando de mucho menos valor sentimental o social que la que cualquier niño tiene y necesita de sus progenitores: "el niño/a no se siente orgulloso de su padre/madre como los demás niños".
Esta forma más sutil, que se servirá de la omisión-negación de todo lo referente a la persona alienada, no producirá daños físicos en los menores, pero sí en su desarrollo psicológico a largo plazo, cuando en la edad adulta ejerzan su papel de progenitores.
El síndrome de alienación parental está considerado como una forma de maltrato infantil.
Existen antecedentes en los que la justicia ha actuado penalmente contra dicho maltrato, que generalmente es causado por madres separadas movidas por el despecho o venganza hacia el otro progenitor.
Sin embargo existe todavía una gran resistencia a tomar medidas impopulares por parte de los jueces en parte por la visión tradicional y sexista de que la madre garantiza siempre una mejor educación y en parte por la presión mediática que puede ver en decisiones en contra de los progenitores femeninos una discriminación sexista.
Por otra parte, la resistencia de muchos profesionales se explica por los casos de maltrato (incluyendo casos de abusos sexuales) en los que judicialmente se ha alegado SAP para desacreditar el testimonio de la madre y de sus hijos víctimas de abusos.
Por esta razón, el diagnóstico diferencial del Sindrome de Alienación Parental requiere que no exista maltrato previo, psicológico o físico, a la madre y los hijos, por parte del progenitor alienado.
El SAP en el DSM IV.
Si bien el Síndrome de alienación parental no es llamado de esa forma en el vademécum de patologías DSM IV, se corresponde con el llamado Münchhausen syndrome by power o by proxy, llamado en español Síndrome de Münchhausen por poder o por proximidad.[6]
El DSM-IV señala algunas circunstancias que siempre confluyen en este síndrome:
a) Producción o simulación intencionada de signos o síntomas físicos o psicológicos en otra persona que se encuentra bajo el cuidado del perpetrador.
b) La motivación que define al perpetrador es el deseo de asumir el papel de paciente a través de otra persona.
c) No existen incentivos externos que justifiquen este comportamiento (por ejemplo, una compensación económica).
d) El comportamiento no se explica mejor por la presencia de otro trastorno mental.
En 1977 el científico Roy Meadow dió nombre y definición a este síndrome, llamándolo "Síndrome de Münchhausen por poder o por delegación" (Münchhausen syndrome by power/by proxy).
Al nominarlo, lo describió como el síndrome en que una persona inventa, crea o fabrica síntomas para otro.
En las revistas de pediatría, se registra que lo mas común es que la madre lo produzca sobre el hijo.[7]
Los padres y sobre todo la madre, inventan, falsifican o producen de manera voluntaria síntomas al niño, con la finalidad de gratificar las necesidades psicológicas de atención y dependencia de ellos mismos. - Roy Meadow
Estas manifestaciones en el hijo pueden ser físicas, psicosomáticas o psicológicas, y el rechazo u odio al padre no conviviente, es parte de la inducción que en el hijo, ha generado el otro progenitor.
Signos de alerta.
Según especialistas en la materia, algunos indicadores típicos que permitirían detectar síntomas de aplicación del Síndrome de Alienación Parental son los siguientes:
a.- Impedimento por parte de uno de los progenitores a que el otro progenitor ejerza el derecho de convivencia con sus hijos (Sufrido principalmente por los padres a los que sus antiguas compañeras no les pemiten ver a sus hijos).
b.- Desvalorizar e insultar al otro progenitor en presencia del hijo, aludiendo cuestiones de pareja que no tienen nada que ver con el vínculo parental.
c.-Implicar al propio entorno familiar y a los amigos en los ataques al excónyuge.
d.-Subestimar o ridiculizar los sentimientos de los niños hacia el otro progenitor.
e.-Incentivar o premiar la conducta despectiva y de rechazo hacia el otro progenitor (basta con que los niños vean que esa actitud hace feliz a la madre o al padre, para ofrecer su dolor y así reconfortar al adulto alienador).
f.-Influir en los niños con mentiras sobre el otro llegando a asustarlos.
En los niños se puede detectar cuando éstos no pueden dar razones o dan explicaciones absurdas e incoherentes para justificar el rechazo; y también si utilizan frases o palabras impropias de su edad o llegando incluso a recordar y mencionar situaciones que no han sucedido.
Consecuencias sobre los niños y padres alienados
Los niños que sufren este maltrato quedan totalmente indefensos e incapacitados para ayudarse a sí mismos.
Sólo pueden esperar que los adultos lleguen a resolver el problema para liberarse de esta pesadilla.
Si el problema entre los adultos no se resuelve, el niño queda abandonado y crece con pensamientos disfuncionales.
No es únicamente cuestión de que el niño pueda no llegar jamás a establecer relaciones positivas con el padre/madre alejado, sino que sus propios procesos de razonamiento han sido interrumpidos, coaccionados y dirigidos hacia patrones patológicos.
Los menores que sufren esto, relacionan sus frustraciones con los pensamientos o recuerdos asociados al progenitor alienado, y por tanto desarrollan conforme van creciendo, una tendencia a proyectar toda su negatividad psicológica sobre la imagen que tienen de tal progenitor, lo que termina por destruir tal imagen y a la larga la relación.
Para ello, el progenitor alienante, saca a colación la persona del alienado, sólo en los momentos en que el menor sufre alguna frustración; lo hacen sistemáticamente, es decir, en todas las ocasiones posibles antes explicadas, al tiempo que omiten toda referencia a la misma persona, sistemáticamente en todos los momentos en que el niño esté de buen ánimo.
Esta polarización de frustraciones que asocia toda la negatividad mental del menor con su progenitor alienado o su imagen, es dirigida por manipulación consciente del alienante, sirviéndose de su prevalencia sobre el niño/niña.
Este no podrá comprender esta circunstancia, ni llegará a racionalizarla para superarlo o no actuar bajo su influjo, ni llegará a ver clara su trascendencia biográfica, aunque se le explicase y demostrase con hechos, datos, y con razonamientos objetivos y lógicos, incluso por terceras personas imparciales, hasta una edad adulta muy avanzada.
Se ha aceptado ampliamente que los patrones de maltrato o abuso físico no podrán ser desarraigados hasta que el sujeto no realice una elección consciente.
Así encontramos que los patrones de abuso emocional y psicológico seran transmitidos también de una generación a otra.
Los padres y madres que, literalmente, han perdido a sus hijos/as en los casos más severos del síndrome, sienten como si éstos hubieran muerto.
El progenitor se resiente por la pérdida de sus seres queridos.
Si los tribunales de justicia no intervienen, las madres y padres alienados no tienen ninguna oportunidad, pero siguen amando y recordando, desde la distancia, a sus hijos.
El progenitor alienado compara su pesar al producido por la muerte de un hijo/a.
La única esperanza es que algún día, alguien, se acerque a sus hijos y les explique lo patológico de lo sucedido y que los niños, voluntariamente, comiencen a reconstruir una relación con su padre/madre perdido.
Lavado de cerebro, programación mental, manipulación, cualquiera de éstos términos con el cual se llamase a este proceso, es destructivo para el niño y para el padre/madre alienado/a.
Ninguno de los dos podrá ser capaz de llevar una vida normal y saludable a menos que el maltrato sea interrumpido, y se instaure un proceso de rehabilitación efectivo.
Posted by Faisel Iglesias at ....
sábado, septiembre 26, 2009
EL SINDROME DE ALIENACION PARENTAL
Características básicas
Habitualmente es un fenómeno desencadenado por uno de los progenitores respecto al otro; del mismo modo que no necesariamente se desencadena por divorcio o separación, también puede ser provocado por una persona distinta del custodio del menor (nueva pareja, abuelos, tíos, etc.) ; también se han observado casos dentro de parejas que mantienen su vínculo, aunque son menos frecuentes.
Gardner distingue tres grados de SAP: leve, moderado y agudo, aconsejando diversas formas de actuación para cada uno de ellos y destacando la importancia de distinguir en qué caso se está actuando.
Actualmente existe mucha información sobre este fenómeno, lo cual ha creado legislación sobre la materia en diversos países, siendo incluido en los Códigos Civiles de diversos estados de
EE. UU. y México.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo lo recoge igualmente en diversas sentencias sobre temas de familia.
Es característico que los hijos estén involucrados en el proceso de deterioro, hecho que logra provocar el progenitor alienador mediante un mensaje y un programa constituyendo lo que normalmente se denomina "lavado de cerebro".
Los hijos que sufren este síndrome, desarrollan un odio patológico e injustificado hacia el progenitor alienado que tiene consecuencias devastadoras en el desarrollo físico y psicológico de éstos.[5]
Consecuentemente el síndrome afecta también a familiares del progenitor alienado como son: abuelos, tíos, primos, etc.
Otras veces, sin llegar a sentir odio, el SAP provoca en el niño/a un deterioro de la imagen que tiene del parental alienado, resultando de mucho menos valor sentimental o social que la que cualquier niño tiene y necesita de sus progenitores: "el niño/a no se siente orgulloso de su padre/madre como los demás niños".
Esta forma más sutil, que se servirá de la omisión-negación de todo lo referente a la persona alienada, no producirá daños físicos en los menores, pero sí en su desarrollo psicológico a largo plazo, cuando en la edad adulta ejerzan su papel de progenitores.
El síndrome de alienación parental está considerado como una forma de maltrato infantil.
Existen antecedentes en los que la justicia ha actuado penalmente contra dicho maltrato, que generalmente es causado por madres separadas movidas por el despecho o venganza hacia el otro progenitor.
Sin embargo existe todavía una gran resistencia a tomar medidas impopulares por parte de los jueces en parte por la visión tradicional y sexista de que la madre garantiza siempre una mejor educación y en parte por la presión mediática que puede ver en decisiones en contra de los progenitores femeninos una discriminación sexista.
Por otra parte, la resistencia de muchos profesionales se explica por los casos de maltrato (incluyendo casos de abusos sexuales) en los que judicialmente se ha alegado SAP para desacreditar el testimonio de la madre y de sus hijos víctimas de abusos.
Por esta razón, el diagnóstico diferencial del Sindrome de Alienación Parental requiere que no exista maltrato previo, psicológico o físico, a la madre y los hijos, por parte del progenitor alienado.
El SAP en el DSM IV.
Si bien el Síndrome de alienación parental no es llamado de esa forma en el vademécum de patologías DSM IV, se corresponde con el llamado Münchhausen syndrome by power o by proxy, llamado en español Síndrome de Münchhausen por poder o por proximidad.[6]
El DSM-IV señala algunas circunstancias que siempre confluyen en este síndrome:
a) Producción o simulación intencionada de signos o síntomas físicos o psicológicos en otra persona que se encuentra bajo el cuidado del perpetrador.
b) La motivación que define al perpetrador es el deseo de asumir el papel de paciente a través de otra persona.
c) No existen incentivos externos que justifiquen este comportamiento (por ejemplo, una compensación económica).
d) El comportamiento no se explica mejor por la presencia de otro trastorno mental.
En 1977 el científico Roy Meadow dió nombre y definición a este síndrome, llamándolo "Síndrome de Münchhausen por poder o por delegación" (Münchhausen syndrome by power/by proxy).
Al nominarlo, lo describió como el síndrome en que una persona inventa, crea o fabrica síntomas para otro.
En las revistas de pediatría, se registra que lo mas común es que la madre lo produzca sobre el hijo.[7]
Los padres y sobre todo la madre, inventan, falsifican o producen de manera voluntaria síntomas al niño, con la finalidad de gratificar las necesidades psicológicas de atención y dependencia de ellos mismos. - Roy Meadow
Estas manifestaciones en el hijo pueden ser físicas, psicosomáticas o psicológicas, y el rechazo u odio al padre no conviviente, es parte de la inducción que en el hijo, ha generado el otro progenitor.
Signos de alerta.
Según especialistas en la materia, algunos indicadores típicos que permitirían detectar síntomas de aplicación del Síndrome de Alienación Parental son los siguientes:
a.- Impedimento por parte de uno de los progenitores a que el otro progenitor ejerza el derecho de convivencia con sus hijos (Sufrido principalmente por los padres a los que sus antiguas compañeras no les pemiten ver a sus hijos).
b.- Desvalorizar e insultar al otro progenitor en presencia del hijo, aludiendo cuestiones de pareja que no tienen nada que ver con el vínculo parental.
c.-Implicar al propio entorno familiar y a los amigos en los ataques al excónyuge.
d.-Subestimar o ridiculizar los sentimientos de los niños hacia el otro progenitor.
e.-Incentivar o premiar la conducta despectiva y de rechazo hacia el otro progenitor (basta con que los niños vean que esa actitud hace feliz a la madre o al padre, para ofrecer su dolor y así reconfortar al adulto alienador).
f.-Influir en los niños con mentiras sobre el otro llegando a asustarlos.
En los niños se puede detectar cuando éstos no pueden dar razones o dan explicaciones absurdas e incoherentes para justificar el rechazo; y también si utilizan frases o palabras impropias de su edad o llegando incluso a recordar y mencionar situaciones que no han sucedido.
Consecuencias sobre los niños y padres alienados
Los niños que sufren este maltrato quedan totalmente indefensos e incapacitados para ayudarse a sí mismos.
Sólo pueden esperar que los adultos lleguen a resolver el problema para liberarse de esta pesadilla.
Si el problema entre los adultos no se resuelve, el niño queda abandonado y crece con pensamientos disfuncionales.
No es únicamente cuestión de que el niño pueda no llegar jamás a establecer relaciones positivas con el padre/madre alejado, sino que sus propios procesos de razonamiento han sido interrumpidos, coaccionados y dirigidos hacia patrones patológicos.
Los menores que sufren esto, relacionan sus frustraciones con los pensamientos o recuerdos asociados al progenitor alienado, y por tanto desarrollan conforme van creciendo, una tendencia a proyectar toda su negatividad psicológica sobre la imagen que tienen de tal progenitor, lo que termina por destruir tal imagen y a la larga la relación.
Para ello, el progenitor alienante, saca a colación la persona del alienado, sólo en los momentos en que el menor sufre alguna frustración; lo hacen sistemáticamente, es decir, en todas las ocasiones posibles antes explicadas, al tiempo que omiten toda referencia a la misma persona, sistemáticamente en todos los momentos en que el niño esté de buen ánimo.
Esta polarización de frustraciones que asocia toda la negatividad mental del menor con su progenitor alienado o su imagen, es dirigida por manipulación consciente del alienante, sirviéndose de su prevalencia sobre el niño/niña.
Este no podrá comprender esta circunstancia, ni llegará a racionalizarla para superarlo o no actuar bajo su influjo, ni llegará a ver clara su trascendencia biográfica, aunque se le explicase y demostrase con hechos, datos, y con razonamientos objetivos y lógicos, incluso por terceras personas imparciales, hasta una edad adulta muy avanzada.
Se ha aceptado ampliamente que los patrones de maltrato o abuso físico no podrán ser desarraigados hasta que el sujeto no realice una elección consciente.
Así encontramos que los patrones de abuso emocional y psicológico seran transmitidos también de una generación a otra.
Los padres y madres que, literalmente, han perdido a sus hijos/as en los casos más severos del síndrome, sienten como si éstos hubieran muerto.
El progenitor se resiente por la pérdida de sus seres queridos.
Si los tribunales de justicia no intervienen, las madres y padres alienados no tienen ninguna oportunidad, pero siguen amando y recordando, desde la distancia, a sus hijos.
El progenitor alienado compara su pesar al producido por la muerte de un hijo/a.
La única esperanza es que algún día, alguien, se acerque a sus hijos y les explique lo patológico de lo sucedido y que los niños, voluntariamente, comiencen a reconstruir una relación con su padre/madre perdido.
Lavado de cerebro, programación mental, manipulación, cualquiera de éstos términos con el cual se llamase a este proceso, es destructivo para el niño y para el padre/madre alienado/a.
Ninguno de los dos podrá ser capaz de llevar una vida normal y saludable a menos que el maltrato sea interrumpido, y se instaure un proceso de rehabilitación efectivo.
Posted by Faisel Iglesias at ....
Se exime a un padre pagar la pensión a sus hijos de 25 y 28 años
http://www.elpais.com/articulo/cataluna/Audiencia/exime/padre/pagar/pension/hijos/25/28/anos/elpepiautcat/20040128elpcat_12/Tes/
La Audiencia exime a un padre de pagar una pensión a sus hijos de 25 y 28 años
LLUÍS VISA - Lleida - 28/01/2004
El presidente de la Audiencia de Lleida, Andreu Enfedaque, considera en una sentencia que es contrario al sentido común obligar a un hombre divorciado a seguir pagando una pensión de 539 euros mensuales a 2 hijos de 25 y 28 años, ambos licenciados universitarios.
Un joven con esa edad y con título, señala el magistrado, está ya capacitado para buscar un trabajo a tiempo total o parcial que le permita subsistir y financiar su formación "como hacen otros jóvenes de edades inferiores".
El tribunal presidido por Enfedaque ha estimado el recurso de apelación interpuesto por Ignasi Puente, un hombre divorciado de 53 años y administrativo de los Bomberos de la Generalitat, contra una sentencia dictada por la titular del Juzgado de Iª Instancia e Instrucción nº 1 de Lleida que le obligaba a seguir pagando una pensión alimentaria a sus hijos Ignasi-Josep y Jordi P. G. a pesar de que ya han terminado las carreras de Empresariales y Derecho, respectivamente.
Actualmente, el mayor está matriculado en un curso de posgrado y el menor prepara oposiciones a notarías.
Respecto a la cuestión de si es procedente o no en este caso que el padre continúe pagando a cada uno de sus hijos la cantidad fijada en la sentencia de divorcio, el tribunal tiene en cuenta el hecho objetivo de que ambos han terminado sus estudios y, remitiéndose al Código de Familia, señala que un joven que ronda los 30 años y que tiene un título universitario "está ya plenamente cualificado, sin excusa, para subvenir su propia subsistencia, siendo su mejora formativa compatible con un trabajo a tiempo total o parcial que le proporcione los ingresos mínimos para subsistir y financiar su formación, al igual que hacen tantos jóvenes de edad muy inferior".
Una carrera de 9 años
Refiriéndose al hijo mayor, que tardó 9 años en acabar la carrera de Administración y Dirección de Empresas, de 5 cursos, la sentencia estima que podría conseguir una ocupación haciendo valer su titulación universitaria, aunque fuera en trabajos que no la requieran y peor remunerados, pero más fáciles de obtener, especialmente en las actuales y favorables condiciones de ocupación en este territorio, con una baja tasa de paro, y sin que tenga que traspasar a sus padres "una carga absolutamente impropia e incluso contraria al sentido común".
En el caso del hijo menor, la Sala llega a la misma conclusión y afirma que el hecho de haber concluido su formación académica y estar preparando ahora oposiciones libres a notario "no le impide, aunque obviamente le dificulte, el ejercicio de una actividad que le proporcione los ingresos mínimos para atender su propia subsistencia", a partir de una situación en la que, al igual que su hermano, dispone de vivienda y asistencia sanitaria.
Ignasi Puente, que lleva 7 años perdiendo todos los litigios planteados por su ex mujer y sus 2 hijos, reaccionó ayer con incredulidad al recibir la sentencia que le exime de seguirles pagando una pensión alimenticia.
"Todavía no me lo creo, pero me siento feliz al comprobar que en mi causa se ha hecho justicia por primera vez", dijo este padre que en sus ratos libres también es pintor con cierto reconocimiento en los ambientes culturales de Lleida.
"Me han subido el sueldo 550 euros y con este dinero me podré comprar una casa", añadió irónicamente, "aunque lo que más me duele es que el abogado de la otra parte sea mi propio hijo, y no es bueno que empiece la carrera perdiendo juicios".
La Audiencia exime a un padre de pagar una pensión a sus hijos de 25 y 28 años
LLUÍS VISA - Lleida - 28/01/2004
El presidente de la Audiencia de Lleida, Andreu Enfedaque, considera en una sentencia que es contrario al sentido común obligar a un hombre divorciado a seguir pagando una pensión de 539 euros mensuales a 2 hijos de 25 y 28 años, ambos licenciados universitarios.
Un joven con esa edad y con título, señala el magistrado, está ya capacitado para buscar un trabajo a tiempo total o parcial que le permita subsistir y financiar su formación "como hacen otros jóvenes de edades inferiores".
El tribunal presidido por Enfedaque ha estimado el recurso de apelación interpuesto por Ignasi Puente, un hombre divorciado de 53 años y administrativo de los Bomberos de la Generalitat, contra una sentencia dictada por la titular del Juzgado de Iª Instancia e Instrucción nº 1 de Lleida que le obligaba a seguir pagando una pensión alimentaria a sus hijos Ignasi-Josep y Jordi P. G. a pesar de que ya han terminado las carreras de Empresariales y Derecho, respectivamente.
Actualmente, el mayor está matriculado en un curso de posgrado y el menor prepara oposiciones a notarías.
Respecto a la cuestión de si es procedente o no en este caso que el padre continúe pagando a cada uno de sus hijos la cantidad fijada en la sentencia de divorcio, el tribunal tiene en cuenta el hecho objetivo de que ambos han terminado sus estudios y, remitiéndose al Código de Familia, señala que un joven que ronda los 30 años y que tiene un título universitario "está ya plenamente cualificado, sin excusa, para subvenir su propia subsistencia, siendo su mejora formativa compatible con un trabajo a tiempo total o parcial que le proporcione los ingresos mínimos para subsistir y financiar su formación, al igual que hacen tantos jóvenes de edad muy inferior".
Una carrera de 9 años
Refiriéndose al hijo mayor, que tardó 9 años en acabar la carrera de Administración y Dirección de Empresas, de 5 cursos, la sentencia estima que podría conseguir una ocupación haciendo valer su titulación universitaria, aunque fuera en trabajos que no la requieran y peor remunerados, pero más fáciles de obtener, especialmente en las actuales y favorables condiciones de ocupación en este territorio, con una baja tasa de paro, y sin que tenga que traspasar a sus padres "una carga absolutamente impropia e incluso contraria al sentido común".
En el caso del hijo menor, la Sala llega a la misma conclusión y afirma que el hecho de haber concluido su formación académica y estar preparando ahora oposiciones libres a notario "no le impide, aunque obviamente le dificulte, el ejercicio de una actividad que le proporcione los ingresos mínimos para atender su propia subsistencia", a partir de una situación en la que, al igual que su hermano, dispone de vivienda y asistencia sanitaria.
Ignasi Puente, que lleva 7 años perdiendo todos los litigios planteados por su ex mujer y sus 2 hijos, reaccionó ayer con incredulidad al recibir la sentencia que le exime de seguirles pagando una pensión alimenticia.
"Todavía no me lo creo, pero me siento feliz al comprobar que en mi causa se ha hecho justicia por primera vez", dijo este padre que en sus ratos libres también es pintor con cierto reconocimiento en los ambientes culturales de Lleida.
"Me han subido el sueldo 550 euros y con este dinero me podré comprar una casa", añadió irónicamente, "aunque lo que más me duele es que el abogado de la otra parte sea mi propio hijo, y no es bueno que empiece la carrera perdiendo juicios".
Karmele Marchante frivoliza sobre la Ley del Aborto
http://www.periodistadigital.com/periodismo/tv/2009/09/23/asi-abortaba-asi-asi-asi-abortaba-asi-asi-asi-abortaba-que-yo-la-vi.shtml
Karmele Marchante frivoliza con el aborto en Sálvame clipping
"Así abortaba, así, así.
Así abortaba, así, así.
Así abortaba que yo la vi"
También se burló del asesinato de Carrero Blanco a manos de ETA
En pocos minutos convirtió una conocida canción de Los Payasos de la Tele en una burla del aborto
Recursos en la web
Escuche el audio del numerito de Karmele
Nacionalista catalana (pero cobrando en Madrid), feminista y pro-abortista, la amiga de Carod Rovira dio todo un recital en Sálvame. Pero un recital lamentable.
En pocos minutos convirtió una conocida canción de Los Payasos de la Tele en una burla del aborto y una vindicación del terrorismo.
Y todo en pleno horario infantil y con el permiso de un patético Jorge J. Vázquez.
Marchante parece haber perdido el norte.
La feminista catalana ha llegado a frivolizar con el aborto:
("...la niña no fue a estudiar / porque tenía que abortar..) y burlado del asesinato del ex Jefe de Gobierno Carrero Blanco a manos de ETA. (...voló, voló, Carrero voló... uy, y en el alero quedó..."):
JJ. Vázquez: Iluminación, por favor, a la de tres...
Karmele: Y el público que me acompañe...
"Lunes antes de almorzar, una niña fue a jugar...
Así abortaba, así, así.
Así abortaba, así, así.
Así abortaba que yo la vi".
Feminismo pa'delante, machismo pa'atrás...Yo soy soltera...
Voló, voló, Carrero voló... uy, y en el alero quedó..."
¿Imaginan esta versión de la canción infantil en un manual de EpC?
¿Sabía Vázquez del contenido del popurrí feminista de Karmele?
¿Qué dirán las mujeres que vivieron el drama del aborto de estas gracietas?
No tenemos vídeo pero sí audio.
Karmele Marchante frivoliza con el aborto en Sálvame clipping
"Así abortaba, así, así.
Así abortaba, así, así.
Así abortaba que yo la vi"
También se burló del asesinato de Carrero Blanco a manos de ETA
En pocos minutos convirtió una conocida canción de Los Payasos de la Tele en una burla del aborto
Recursos en la web
Escuche el audio del numerito de Karmele
Nacionalista catalana (pero cobrando en Madrid), feminista y pro-abortista, la amiga de Carod Rovira dio todo un recital en Sálvame. Pero un recital lamentable.
En pocos minutos convirtió una conocida canción de Los Payasos de la Tele en una burla del aborto y una vindicación del terrorismo.
Y todo en pleno horario infantil y con el permiso de un patético Jorge J. Vázquez.
Marchante parece haber perdido el norte.
La feminista catalana ha llegado a frivolizar con el aborto:
("...la niña no fue a estudiar / porque tenía que abortar..) y burlado del asesinato del ex Jefe de Gobierno Carrero Blanco a manos de ETA. (...voló, voló, Carrero voló... uy, y en el alero quedó..."):
JJ. Vázquez: Iluminación, por favor, a la de tres...
Karmele: Y el público que me acompañe...
"Lunes antes de almorzar, una niña fue a jugar...
Así abortaba, así, así.
Así abortaba, así, así.
Así abortaba que yo la vi".
Feminismo pa'delante, machismo pa'atrás...Yo soy soltera...
Voló, voló, Carrero voló... uy, y en el alero quedó..."
¿Imaginan esta versión de la canción infantil en un manual de EpC?
¿Sabía Vázquez del contenido del popurrí feminista de Karmele?
¿Qué dirán las mujeres que vivieron el drama del aborto de estas gracietas?
No tenemos vídeo pero sí audio.
Mujer finge un Cáncer para incumplir el regimen de visitas
http://www.lne.es/asturias/2009/09/23/retiran-custodia-madre-fingia-cancer-incumplir-regimen-visitas/811696.html
Un caso atípico de cambio de tutela: Retiran la custodia a una madre que fingía un cáncer para incumplir el régimen de visitas.
La mujer, vecina de Siero, aseguraba que tenía que someterse a sesiones de quimioterapia y que no podía llevar a su hijo a los encuentros establecidos con el padre
Oviedo, Raquel L. MURIAS.
La juez del Juzgado de violencia sobre la mujer nº 1 de Oviedo ha retirado de manera provisional la custodia de su hijo de 5 años a una mujer de Siero que fingía tener un cáncer y ponía como disculpa que tenía que someterse a sesiones de quimioterapia cuando no llevaba al niño a encontrarse con su padre, tal como se le había impuesto en el régimen de visitas.
Con esta disculpa, el padre estuvo más de 4 meses sin tener contacto con su hijo.
El matrimonio, que está tramitando el divorcio, vive separado desde hace meses y aunque en un principio era la madre quien tenía la custodia del niño, la juez ha decidido que sea el padre quien conviva con el niño y ha establecido para la madre un régimen de visitas.
Según el dictamen de la juez, se ha podido comprobar que tanto el niño de 5 años como su hermana (hija de la mujer, fruto de una relación anterior) no estaban «adecuadamente atendidos».
Los niños faltaban a clase con frecuencia e incluso la directora del centro escolar explicó que en dos ocasiones los menores tuvieron que regresar al colegio ante la ausencia de su madre, que no apareció a recogerlos en la parada del autobús.
Para disculpar esta «falta de atención» sobre los menores, la madre llegó a decir que sufría un cáncer y que se estaba sometiendo a sesiones de quimioterapia, pero todo era mentira.
La juez, una vez analizadas las circunstancias, ha otorgado la guarda y custodia del hijo común al padre.
Según dicta el auto, las pruebas presentadas por el padre no ofrecen dudas, y por esta razón se decidió darle a él la custodia del niño.
La juez también explica en el auto que «si bien es cierto que no conviene separar a los hermanos, no se estima adecuado que el menor permanezca en un centro de acogida, al existir la posibilidad de que el niño viva con su padre y en el domicilio que fue familiar».
Además, la progenitora deberá contribuir con 150 euros al mes a la manutención del pequeño. Según ha manifestado Antonio Díaz Solís, abogado del padre, «estas medidas son provisionales, y será en el juicio de divorcio cuando el juez decidirá si la situación se mantiene tal como está o si se modifica alguna de las medidas adoptadas, aunque lo lógico es que si no cambian las circunstancias tampoco se modifiquen las medidas».
Según el abogado del padre del niño, se prevé que el juicio del divorcio se celebre este año.
«Con lo que esperamos que el padre continúe a cargo de su hijo, y su madre, con el régimen de visitas establecidas», apostilla el letrado.
Los hechos.
La madre fingía sufrir un cáncer y aseguraba que no llevaba a su hijo a los encuentros con el padre porque tenía que someterse a sesiones de quimioterapia.
El niño y su hermana (fruto de una relación anterior de la madre) comienzan a faltar al colegio.
El padre no consigue ver a su hijo en 4 meses.
Las pruebas presentadas demostraron que la mujer estaba mintiendo.
La juez da la custodia al padre.(provisionalmente)
Un caso atípico de cambio de tutela: Retiran la custodia a una madre que fingía un cáncer para incumplir el régimen de visitas.
La mujer, vecina de Siero, aseguraba que tenía que someterse a sesiones de quimioterapia y que no podía llevar a su hijo a los encuentros establecidos con el padre
Oviedo, Raquel L. MURIAS.
La juez del Juzgado de violencia sobre la mujer nº 1 de Oviedo ha retirado de manera provisional la custodia de su hijo de 5 años a una mujer de Siero que fingía tener un cáncer y ponía como disculpa que tenía que someterse a sesiones de quimioterapia cuando no llevaba al niño a encontrarse con su padre, tal como se le había impuesto en el régimen de visitas.
Con esta disculpa, el padre estuvo más de 4 meses sin tener contacto con su hijo.
El matrimonio, que está tramitando el divorcio, vive separado desde hace meses y aunque en un principio era la madre quien tenía la custodia del niño, la juez ha decidido que sea el padre quien conviva con el niño y ha establecido para la madre un régimen de visitas.
Según el dictamen de la juez, se ha podido comprobar que tanto el niño de 5 años como su hermana (hija de la mujer, fruto de una relación anterior) no estaban «adecuadamente atendidos».
Los niños faltaban a clase con frecuencia e incluso la directora del centro escolar explicó que en dos ocasiones los menores tuvieron que regresar al colegio ante la ausencia de su madre, que no apareció a recogerlos en la parada del autobús.
Para disculpar esta «falta de atención» sobre los menores, la madre llegó a decir que sufría un cáncer y que se estaba sometiendo a sesiones de quimioterapia, pero todo era mentira.
La juez, una vez analizadas las circunstancias, ha otorgado la guarda y custodia del hijo común al padre.
Según dicta el auto, las pruebas presentadas por el padre no ofrecen dudas, y por esta razón se decidió darle a él la custodia del niño.
La juez también explica en el auto que «si bien es cierto que no conviene separar a los hermanos, no se estima adecuado que el menor permanezca en un centro de acogida, al existir la posibilidad de que el niño viva con su padre y en el domicilio que fue familiar».
Además, la progenitora deberá contribuir con 150 euros al mes a la manutención del pequeño. Según ha manifestado Antonio Díaz Solís, abogado del padre, «estas medidas son provisionales, y será en el juicio de divorcio cuando el juez decidirá si la situación se mantiene tal como está o si se modifica alguna de las medidas adoptadas, aunque lo lógico es que si no cambian las circunstancias tampoco se modifiquen las medidas».
Según el abogado del padre del niño, se prevé que el juicio del divorcio se celebre este año.
«Con lo que esperamos que el padre continúe a cargo de su hijo, y su madre, con el régimen de visitas establecidas», apostilla el letrado.
Los hechos.
La madre fingía sufrir un cáncer y aseguraba que no llevaba a su hijo a los encuentros con el padre porque tenía que someterse a sesiones de quimioterapia.
El niño y su hermana (fruto de una relación anterior de la madre) comienzan a faltar al colegio.
El padre no consigue ver a su hijo en 4 meses.
Las pruebas presentadas demostraron que la mujer estaba mintiendo.
La juez da la custodia al padre.(provisionalmente)
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