divorcio direct.: Reparto de la vivienda en un divorcio.
En la actualidad, la mayoría de las sentencias de divorcio contencioso en España dan a la mujer la custodia de los hijos junto con el uso de la vivienda hasta que se emancipan más una pensión de alimentos por ellos.
Este hecho, que en un principio puede favorecer a la madre, en muchos casos provoca que se perpetúe el papel de la madre como la única persona que hace cargo de los hijos siendo el padre un mero amigo de fin de semana y los abuelos paternos unos parientes lejanos.
Para evitar este tipo de situaciones, aparte de las cargas económicas dictaminadas por los jueces a ambas partes, en muchos casos inadecuadas a la situación particular de cada pareja, es muy importante tratar de recoger en un convenio regulador unas normas de convivencia pactadas por las partes que satisfagan a ambos.
Es el llamado divorcio de mutuo acuerdo.
Muchas veces no agradan a ambos pero suele ser preferible una situación pactada a una impuesta por un juez de manera unilateral.
En el momento del divorcio, el reparto o uso de la vivienda suele ser un capítulo que preocupa bastante a los cónyuges.
Cuando no hay acuerdo, el juez suele dar el uso de la vivienda al cónyuge que obtiene la custodia de los menores, en aras de protegerles, pero....
Se puede establecer que uno se quede con la vivienda y haga frente al pago de la hipoteca comprando además la parte del otro, o incluso venderla a un tercero para liberar la hipoteca. Si no se llega a un acuerdo, lo decidirá un juez, tanto el uso de la vivienda como el pago de las cuotas de la hipoteca.
Se puede dar el caso de que un juez otorgue el uso de la vivienda al cónyuge más necesitado de protección si existe desequilibrio entre el nivel económico de los cónyuges, incluso siendo la vivienda un bien privativo del cónyuge que no vive en la casa.
Este hecho, que en un principio puede favorecer a la madre, en muchos casos provoca que se perpetúe el papel de la madre como la única persona que hace cargo de los hijos siendo el padre un mero amigo de fin de semana y los abuelos paternos unos parientes lejanos.
Para evitar este tipo de situaciones, aparte de las cargas económicas dictaminadas por los jueces a ambas partes, en muchos casos inadecuadas a la situación particular de cada pareja, es muy importante tratar de recoger en un convenio regulador unas normas de convivencia pactadas por las partes que satisfagan a ambos.
Es el llamado divorcio de mutuo acuerdo.
Muchas veces no agradan a ambos pero suele ser preferible una situación pactada a una impuesta por un juez de manera unilateral.
En el momento del divorcio, el reparto o uso de la vivienda suele ser un capítulo que preocupa bastante a los cónyuges.
Cuando no hay acuerdo, el juez suele dar el uso de la vivienda al cónyuge que obtiene la custodia de los menores, en aras de protegerles, pero....
¿Qué ocurre con la hipoteca?.
Lo más sensato es llegar a un acuerdo previo.Se puede establecer que uno se quede con la vivienda y haga frente al pago de la hipoteca comprando además la parte del otro, o incluso venderla a un tercero para liberar la hipoteca. Si no se llega a un acuerdo, lo decidirá un juez, tanto el uso de la vivienda como el pago de las cuotas de la hipoteca.
¿Y las deducciones en el IRPF?
Ambos cónyuges pueden deducirse la inversión en la vivienda si siguen pagando ambos la hipoteca y si existe una sentencia judicial que obligue a uno de los cónyuges a abandonar la vivienda. Además, la vivienda tendría que tener el carácter de vivienda habitual antes del divorcio y posteriormente para los hijos comunes.¿Si no hay hijos?
Si el matrimonio no tiene hijos en la vivienda, deberán proceder a liquidar el patrimonio y repartir el bien en caso de que sea ganancial a menos que lleguen a otro acuerdo.Se puede dar el caso de que un juez otorgue el uso de la vivienda al cónyuge más necesitado de protección si existe desequilibrio entre el nivel económico de los cónyuges, incluso siendo la vivienda un bien privativo del cónyuge que no vive en la casa.
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