viernes, 12 de marzo de 2010

El TSJC otorga la custodia compartida a unos divorciados mal avenidos

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(Cataluña) JUSTICIA-INTERIOR-SUCESOS,JUSTICIA
El TSJC otorga la custodia compartida a unos padres divorciados mal avenidos

Agencias, 11.03.20210
En su sentencia, el alto tribunal catalán aplica su propia doctrina, favorable a la custodia compartida como criterio general, y estima el recurso presentado por la madre de los niños contra un fallo de la Audiencia de Barcelona que concedía en exclusiva al padre la guarda de los menores.
La sección 11ª de la Audiencia de Barcelona denegó la custodia compartida que solicitaba la madre, atendiendo al "alto grado de conflictividad" existente entre los progenitores y a la conveniencia de no someter a los menores a más cambios de los ya padecidos.

El TSJC admite en su sentencia que para compartir la custodia "es necesario un grado de entendimiento y consenso entre los progenitores", pero esa exigencia "no puede extremarse" hasta el punto de que dependa "de una armonía prácticamente imposible de obtener tras cualquier crisis matrimonial".

En este caso, la conflictividad entre los padres se centra "exclusivamente, o al menos primordialmente, en la custodia de los propios hijos", según la sentencia, que reprocha que unos de los progenitores está desautorizando o desvalorizando frente a ellos la figura del otro, "con el propósito de colocarlos a su lado en el conflicto".

El alto tribunal catalán concluye que la custodia compartida es el instrumento más adecuado y eficaz para satisfacer el interés superior de los dos menores y remarca que en este caso resulta "esencial" otorgar a ambos padres una posición idéntica como corresponsables perfectos de su cuidado.

El TSJC considera, además, que en la sentencia de Iª instancia no fue adecuadamente valorado el informe de los especialistas, que concluía que en este caso se había producido "un debilitamiento de la figura materna" por el hecho de que el padre ostentaba la custodia en exclusiva.
El informe, además, consideraba "imprescindible" ampliar la frecuencia del contacto de los menores con su madre, no sólo por razones afectivas sino también de aprovechamiento escolar, ya que los niños han sido criados en la cultura alemana, que es la materna, y siempre han estudiado en el colegio alemán.

EFE

1 comentario:

pedro dijo...

Los adultos que se divorcian son los que pudieran estar en conflicto y este, siempre será un conflicto sobre cuestiones de adultos. La irresponsabilidad viene cuando alguno de ellos incluye en ese conflicto - repito, de adultos - a los hijos. Es entonces cuando incomprensiblemente la justicia no es capaz de parar los pies a los progenitores y lo que hace es perpetuar el conflicto más allá del lugar que debíó servir para la solución y seguir el juego de la conflictividad con la que se presentan en la sala del juicio. Se supone que ambos quieren a los hijos, por ello, el divorcio se produce por diferencias entre ellos y por tanto habría que dejarles claro que la responsabilidad con sus hijos no es incompatible con las diferencias entre uno y otro adulto. El que ellos no quieran poner de su parte para resolver las diferencias que les llevó al divorcio, no está reñido con la responsabilidad que adquirieron con sus hijos desde que fue planificada la maternidad.
Pedro Cruz Montesdeoca - Gran Canaaria - 12 de Marzo de 2010