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El Consejo de la UE ha adoptado la revisión del Reglamento aplicable a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, el denominado Reglamento Bruselas I.
El texto revisado hará más fácil garantizar un reconocimiento y ejecución más fluidos de las resoluciones judiciales dictadas en otro Estado miembro. Supone un importante avance en materia de libre circulación de las resoluciones judiciales en el seno de la UE.
En virtud de las nuevas disposiciones, una resolución judicial dictada en un Estado miembro será reconocida en otro sin procedimientos específicos previos.
La introducción de formularios normalizados facilitará la ejecución de resoluciones judiciales de otro Estado miembro.
El Reglamento incorpora asimismo otros cambios importantes en comparación con el actual Reglamento Bruselas I.
Extiende las normas sobre competencia judicial a las relaciones entre consumidores y empresas en países no pertenecientes a la Unión Europea, brindando a unos y otras las mismas posibilidades para entablar procesos ante órganos jurisdiccionales nacionales cuando el demandado resida en el exterior de la UE.
Propone suprimir el exequátur, que obliga a las empresas a seguir un largo y costoso procedimiento jurisdiccional para que las sentencias en materia civil y mercantil' sean reconocidas en otro país de la UE.
El Reglamento entrará en vigor cuando se publique en el DOUE en las próximas semanas y será de aplicación 2 años más tarde.
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