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UNA SENTENCIA SIN PRECEDENTES EN ASTURIAS EN DERECHO DE FAMILIA.
Una madre consigue la custodia compartida pese a dejar la casa.
El fiscal y un perito apoyaban a la ovetense, pero no se les hizo caso.
El Tribunal Supremo avala que estuvo pendiente de sus 2 hijos.
06/05/2010 PILAR CAMPO
RL Na Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia sin precedentes en Asturias en derecho de familia al estimar el recurso de casación interpuesto por una madre ovetense, V.R.G., contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial por la que rechazaba su petición para ejercer la custodia compartida de sus 2 hijos, menores de edad, con su ex marido, J.A.M.
La novedad de esta sentencia radica en que el Alto Tribunal ha tenido en consideración que la madre siguió en todo momento pendiente del cuidado y la atención de sus hijos, a pesar de haber abandonado por su propia voluntad el domicilio conyugal, al considerar que al ser la vivienda propiedad de sus suegros y, dado el deteriorado estado de su relación con su ex marido, era más beneficioso para los menores no apartarles de su entorno habitual.
Aunque los niños convivían con el padre, al haberle sido otorgada por la Audiencia Provincial la guarda y custodia -revocando así la sentencia de la titular del juzgado de Primera Instancia nº7 de Oviedo, Piedad Liébana, que había acordado la custodia compartida, tal y como propugnaba la madre- V.R. acudía diariamente al domicilio familiar para levantar a sus hijos, darles el desayuno y acompañarles al colegio.
La madre, además, había alquilado un piso a tan sólo 200 metros de distancia del domicilio familiar.
En el momento de la separación, los menores -gemelos- tenían 11 años. En la actualidad han cumplido los 14 años.
Los magistrados Juan Antonio Xiol Ríos, José Antonio Seijas Quintana y Encarnación Roca Trías han avalado las tesis del abogado Juan Jesús Morcillo Jiménez, que representaba a la madre, quien desde que el matrimonio inició los trámites de separación -en 2006- había intentado llegar a un acuerdo con el ex marido para buscar todas las alternativas posibles para no perjudicar a los niños.
El ex marido se negaba en redondo a la custodia compartida y exigía tener la guarda y custodia en exclusiva.
La madre contaba con el respaldo del fiscal y del perito judicial psicólogo, quienes habían ratificado en sus informes que "aún separados, ambos -en alusión a los ex cónyuges- continúan con las atenciones debidas a los hijos y privarles de la atención de ambos sería perjudicial para los menores y ambos padres -añadían- muestran idéntico interés en intervenir de forma activa en su cuidado". Sin embargo, la Audiencia Provincial no acogió sus argumentaciones.
La madre acudió al Supremo, que ha estimado su recurso.
Los niños volverán a la situación que mantenían casi al principio del litigio, de forma que la patria potestad y la guarda y custodia de los menores será de forma compartida para ambos progenitores por trimestres escolares y de forma alternativa en el tiempo.
V.R. mostraba ayer su satisfacción por esta sentencia por la que ha librado una batalla judicial que ha durado 4 años.
"Esta sociedad está llena de prejuicios y no se entendía que una madre, por hacer lo que consideraba más justo para sus hijos, como era no quitarles su domicilio habitual, se marchara de casa como si les hubiera abandonado cuando siempre seguí y sigo pendiente de que no les falte nada", ratifica.
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