miércoles, 1 de abril de 2026

MASC: Los Abogados de Familia contra la Mediación, piensan que se les acaba el chollo

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Fracasa la obligación impuesta por el Gobierno de negociar antes de un divorcio.
La imposición de la figura del mediador en todos los procesos de Familia «genera retrasos y desprotección para los menores», denuncian.
La obligatoriedad de los MASC rompe el principio fundamental de estas medidas: la voluntariedad. 
Carlota Fominaya, Madrid, 31/03/2026 
En el despacho de la actual presidenta de la Aeafa (Asociación Española de Abogados de Familia), María Dolores López-Muelas, se amontonan las demandas paralizadas de parejas que se quieren separar o divorciar pero que ahora están obligadas a pasar por los MASC (Medios Alternativos de Solución de Conflictos) 
para intentar una solución extrajudicial antes de acudir a los Tribunales.

Su mesa de trabajo es tan solo un reflejo de una realidad: desde el pasado mes de abril, la Ley Orgánica 1/2025 obliga a entablar una negociación antes de interponer una demanda, lo que dilata durante meses el acceso a los juzgados, provocando un efecto embudo, tal y como denuncian los abogados de Familia. 
«Entendemos que el propósito de la norma es crear una justicia más humana, más sostenible, pero no podemos ser ingenuos. No sólo no está consiguiendo su objetivo, sino que está provocando un atasco monumental y un descenso tremendo en las demandas presentadas», recalca.

Las estadísticas del CGPJ muestran claramente el impacto de la obligatoriedad de la aplicación de los MASC a la que López-Muelas se refiere, ya que a su juicio esta circunstancia explica que, en 2025 se desplome la presentación de pleitos no consensuados de divorcio matrimonial (-24 por ciento) y de guarda y custodia y alimentos de hijos no matrimoniales (-21,8 por ciento, es decir, de rupturas de parejas no casadas con menores.

Estas cifras, presentadas recientemente por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), suponen una caída nunca vista, superior a la vivida en la época del Covid, en 2020, cuando las demandas de divorcios no consensuados descendieron un 15,7 % y las demandas de parejas de hecho contenciosas, un 11,2 %. Es preciso señalar que las estadísticas del CGPJ contabilizan únicamente las demandas registradas, no los procedimientos concluidos. Asimismo, el mandato de los MASC tampoco está favoreciendo la salida negociada de los procedimientos
Tal como arrojan las estadísticas del CGPJ, el descenso en la presentación de demandas no consensuadas de divorcio no ha provocado un trasvase en favor de las de divorcios de mutuo acuerdo, que disminuyeron un 3%.

Factor determinante
Es verdad, reconoce López-Muelas, «que el impacto de la economía y la dificultad para el acceso a la vivienda retrasan la decisión de ruptura, pero estas circunstancias no explican por sí mismas el descenso tan pronunciado de demandas presentadas justamente a partir del mes de abril del pasado año. El factor determinante es la imposición de una negociación previa». La realidad «es que la obligatoriedad quiebra el principio básico por el que se rige la mediación, que es la voluntariedad», advierte .

El proceso es duro, admite Alejandra García, mediadora, experta en Derecho Colaborativo, y socia directora de Garea Abogados: «Los miembros de la pareja, ahora separados, tienen que sentarse, uno frente al otro, escucharse y hablarse. Nada de comunicaciones a través de los abogados, sino uno junto al otro y en actitud positiva, tratando de alcanzar soluciones buenas para ambos en relación a la disolución del matrimonio».

El proceso que conllevan los MASC
Los abogados inician el proceso enviando una propuesta de negociación (burofax) a la otra parte, que ha de contener una oferta clara, el medio de solución elegido y la advertencia de que el intento es un requisito de procedibilidad legal. Tras este envío, debe esperar un máximo de 30 días naturales para recibir una respuesta o rechazo expreso. 
Si hay voluntad de negociar, ambas partes intentarán alcanzar un acuerdo, ya sea
mediante negociación directa, mediación o conciliación. Si no se logra el pacto, el abogado debe certificar el fracaso para poder interponer la demanda judicial.

La representante de los abogados de Familia incide en la gravedad de la situación en el día a día de los despachos: «Tenemos decenas de demandas paralizadas a la espera de que transcurran los plazos legales. Esta ley vulnera el derecho al acceso a la justicia. Pero -insiste- no se puede obligar a un cliente a mediar cuando la otra parte mantiene una posición abusiva o se niega a facilitar documentación económica básica. Mientras tanto, hay niños que permanecen meses sin un régimen de visitas establecido por el retraso acumulado, que puede sumar medio año adicional a la saturación habitual de los juzgados».

Más de 300.000 menores afectados
El asunto no es baladí. Cada año, en nuestro país, se registran más de 40.000 divorcios con hijos, lo que deja un balance de 300.000 menores afectados por procesos judiciales relacionados con el Derecho de Familia. Niños y padres que, según advierte López-Muelas, «están atrapados en un mecanismo que, en lugar de ayudarles, les está dejando atrás. Son menores que mientras se resuelven los casos pierden su plaza escolar porque sus padres no pueden obtener autorización a tiempo, viajes, terapias, tratamientos médicos no urgentes que no pueden realizarse por falta de una resolución, visitas de los padres suspendidas, pensiones sin fijar, custodias sin resolver durante meses…».

López Muelas destaca que la obligatoriedad de acudir a un MASC es una grave «metedura de pata» también en los procesos transfronterizos. 
«Al exigir un requisito de procedibilidad que no existe en otros países, España corre el riesgo de perder la competencia judicial. Mientras un abogado español cumple con el envío obligatorio del burofax, la contraparte puede interponer la demanda en otra jurisdicción (como Londres), invalidando la competencia de los tribunales españoles de forma irreversible».

La imposición de los MASC en todos los procesos de Familia «no aporta eficiencia 
ni agilidad, sino que está generando retrasos y desprotección para los menores», concluyen desde esta asociación. 
«Obligar a las partes a un proceso de mediación o negociación previo antes de poder garantizar los derechos más básicos de los hijos dilata innecesariamente la resolución de situaciones de alta conflictividad y expone a la infancia a una incertidumbre perjudicial para su desarrollo integral», advierte Ramón Quintano.

Así, afirma López Muelas, «si bien la abogacía de familia es defensora histórica del acuerdo el 80% de los divorcios en España son de mutuo acuerdo gracias a la negociación profesional—, la Asociación de Abogados de Familia exige que no se imponga la obligatoriedad de los MASC en procesos donde existan menores involucrados». La negociación «es valiosa, es útil. Pero cuando es obligatoria, es otra cosa, sobre todo en procesos con posiciones enconadas», concluye.
Nota: Todo por la Pasta, no quieren que se les acabe el negocio de un Divorcio contencioso y encima utilizan a los menores en sus intereses económicos.

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