Hay que revisar especialmente las subvenciones recibidas y la deducción por vivienda.
A. MERAVIGLIA| Jaume Viñas Coll| 02-04-2014
La campaña de la renta correspondiente al ejercicio 2013 arrancó ayer
y la Agencia Tributaria espera recibir 19,3 millones de declaraciones,
un 0,5% menos que el ejercicio anterior. De éstas, 14,6 millones darán
derecho a devolución. La Agencia prevé reintegrar 10.725 millones,
mientras que las declaraciones con resultado a ingresar sumarán 4
millones y supondrán 6.725 millones para el fisco.
Si bien no hay cifras oficiales, las rebajas salariales han provocado que crezca el nº de personas que ganan menos de 22.000 euros brutos y, por lo tanto, no tienen la obligación de realizar la declaración. Sin embargo, estos contribuyentes harían bien en reclamar el borrador, ya que es posible que tengan derecho a devolución.
Desde ayer, es posible ya solicitar el borrador de la renta, es decir, la declaración ya cumplimentada por la Agencia Tributaria y que siempre debe revisarse. Si hay un error favorable al contribuyente, la Agencia Tributaria probablemente remitirá más temprano que tarde una paralela rectificativa que puede incorporar un recargo. Además, confirmar el borrador que envía Hacienda no exime de sufrir sanciones en el caso de que incluya errores. Y si el fallo beneficia a la Agencia Tributaria, lo más probable que nadie avise al contribuyente de que está pagando de más.
Esto son los aspectos que hay que revisar con mayor cuidado.
Subvenciones
Si el contribuyente recibe, por ejemplo, una subvención pública por compra de vivienda, es muy probable que no aparezca en el borrador. Es obligatorio incluirlo como una ganancia patrimonial. En caso contrario, el declarante se arriesga a recibir una paralela y una sanción.
Hijos, matrimonios y separaciones
El hecho de tener un hijo, casarse o separarse tiene efectos sobre el resultado final de la declaración de la renta. No siempre las novedades en la vida personal del contribuyente se incorporan al borrador y, por ello, es importante revisarlo.
Vivienda
A partir de enero de 2013 desapareció la deducción por inversión en vivienda habitual. Sin embargo, se mantiene para los que compraron antes de esa fecha. Resulta importante confirmar con el banco las cifras incluidas en el borrador.
Pensiones
La legislación contempla una reducción de la base imponible por las aportaciones realizadas a planes de pensiones con un límite de 10.000 € para los menores de 50 años y de 12.500 € para los que superen esa edad.
Alquileres Si un contribuyente obtiene beneficios por alquiler de una vivienda o local, debe imputarlo en la declaración de la renta y, normalmente, esta información no se incluye en el borrador que emite la Agencia Tributaria.
Deducciones autonómicas
Las comunidades autónomas tienen capacidad para establecer deducciones. Por ello, es importante que el contribuyente revise si tiene derecho a beneficios fiscales no incluidos en el borrador.
Si bien no hay cifras oficiales, las rebajas salariales han provocado que crezca el nº de personas que ganan menos de 22.000 euros brutos y, por lo tanto, no tienen la obligación de realizar la declaración. Sin embargo, estos contribuyentes harían bien en reclamar el borrador, ya que es posible que tengan derecho a devolución.
Desde ayer, es posible ya solicitar el borrador de la renta, es decir, la declaración ya cumplimentada por la Agencia Tributaria y que siempre debe revisarse. Si hay un error favorable al contribuyente, la Agencia Tributaria probablemente remitirá más temprano que tarde una paralela rectificativa que puede incorporar un recargo. Además, confirmar el borrador que envía Hacienda no exime de sufrir sanciones en el caso de que incluya errores. Y si el fallo beneficia a la Agencia Tributaria, lo más probable que nadie avise al contribuyente de que está pagando de más.
Esto son los aspectos que hay que revisar con mayor cuidado.
Subvenciones
Si el contribuyente recibe, por ejemplo, una subvención pública por compra de vivienda, es muy probable que no aparezca en el borrador. Es obligatorio incluirlo como una ganancia patrimonial. En caso contrario, el declarante se arriesga a recibir una paralela y una sanción.
Hijos, matrimonios y separaciones
El hecho de tener un hijo, casarse o separarse tiene efectos sobre el resultado final de la declaración de la renta. No siempre las novedades en la vida personal del contribuyente se incorporan al borrador y, por ello, es importante revisarlo.
Vivienda
A partir de enero de 2013 desapareció la deducción por inversión en vivienda habitual. Sin embargo, se mantiene para los que compraron antes de esa fecha. Resulta importante confirmar con el banco las cifras incluidas en el borrador.
Pensiones
La legislación contempla una reducción de la base imponible por las aportaciones realizadas a planes de pensiones con un límite de 10.000 € para los menores de 50 años y de 12.500 € para los que superen esa edad.
Alquileres Si un contribuyente obtiene beneficios por alquiler de una vivienda o local, debe imputarlo en la declaración de la renta y, normalmente, esta información no se incluye en el borrador que emite la Agencia Tributaria.
Deducciones autonómicas
Las comunidades autónomas tienen capacidad para establecer deducciones. Por ello, es importante que el contribuyente revise si tiene derecho a beneficios fiscales no incluidos en el borrador.
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