En contrado en: http://www.asturianista.as/astur/cortes.htm
PATERNIDAD Y GÉNERO
Varios e importantes son los hechos que han ocurrido en torno a la figura paterna en nuestro país desde el último Día del Padre.
Los más destacados se produjeron en el verano del 2005, hasta el punto de que podemos hablar de 12 días decisivos para la configuración sociológica y legal de las familias españolas.
El 29 de junio entraban en vigor los artículos de la Ley de la violencia de género, es decir de la violencia contra la mujer, (cabe recordar que por ejemplo en México se ha aprobado en 1996 una Ley contra la violencia familiar y en Francia en febrero el Senado aprobó el Proyecto de Ley contra la violencia conyugal) , artículos en que se creaban los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
Dicha Ley, que ya generó una importante polémica antes de su aprobación con el informe contrario del Consejo General del Poder Judicial en el que denunciaba que se"opta por una marcada judicialización de las soluciones" y "con riesgo cierto de solapamientos, interferencias y todo bajo la idea de precipitación", actualmente está recurrida ante el Tribunal Constitucional por un Juez de Orihuela que estima que puede existir una discriminación en el hecho de que tras la reforma legislativa las amenazas son un delito o una falta en función de que quien las haga sea un hombre o una mujer.
No es el único juzgado que ha recurrido dicha Ley, a él se suman los de Valladolid, Toledo, Albacete, Murcia, Alcalá de Henares y Santa Coloma de Farners, hasta la fecha.
El 3 de julio, tres días después de aprobarse por las Cortes, los matrimonios homosexuales eran un hecho en nuestro país reconociéndose la plena igualdad jurídica entre el matrimonio entre un hombre y una mujer y entre dos personas del mismo sexo.
Igualmente se reconocía el derecho de los matrimonios homosexuales a adoptar menores, lo cual dicho sea de paso implica el reconocimiento de que un hombre puede cuidar de un menor y tener su custodia.
Desde APFS ASTURIAS seguimos sin entender por qué lo puede hacer un hombre homosexual adoptante y no un hombre heterosexual que además es el padre biológico. Por otra parte la igualdad entre matrimonios homosexuales y heterosexuales no es total produciéndose una discriminación en estos ya que en los matrimonios heterosexuales según la Ley de Violencia de Género existe una situación de poder del varón sobre la mujer mientras que en los matrimonios homosexuales se entiende que es una relación entre personas iguales en derechos, al ser estas del mismo sexo.
En el tema del atrimonio y adopción por homosexuales el Gobierno se vanagloriaba de su avanzado progresismo sobre otros países como por ejemplo Italia que solo reconoce el llamado Pacto Civil de Solidaridad.
No era tan progresista el Gobierno en el tema de la Custodia Compartida. Al contrario que en Francia, que reconocía en 2002 por la Ley impulsada por Segolène Royal, Ministra de la Familia que "la residencia del niño podrá fijarse en el domicilio de cada uno de los progenitores, con carácter alterno"; o que en Italia que el pasado 24 de enero modificaba el Código Civil otorgando al Juez la potestad de tener "en cuenta prioritariamente la posibilidad de que se otorgue la custodia del menor a ambos padres", lo que se conoce como el Affidamento Condiviso que ha contado con el apoyo de todas las fuerzas políticas incluidas los grupos feministas, al contrario de lo que sucedió en España, en la que el día 10 de julio entraba en vigor la nueva Ley de Divorcio que solo contemplaba la posibilidad de la Custodia Compartida de los hijos tras el divorcio "cuando así lo soliciten los padres...excepcionalmente...a instancia de una de las partes, con informe favorable del Ministerio Fiscal."
¿Cuáles son las razones de estas diferencias entre la legislación de nuestro país y la de los países en nuestro entorno? En nuestra opinión habría que buscarlas en tres campos: en el sociológico, en el político y en el ideológico.
En el terreno sociológico si bien nuestra país avanza a grandes pasos hacia la igualdad laboral de hombres y mujeres dentro y fuera del hogar, todavía pesa mucho la concepción tradicional de la familia en virtud de la cual es la mujer la que debe de cuidar del hogar y de los hijos y es el hombre el que debe de aportar los medios económicos para su sustento. La tasa de paro femenina es bastante superior a la masculina.
Desde la óptica política hay que decir que el asociacionismo masculinista en nuestro país es todavía incipiente, atomizado y con poco bagaje ideológico en comparación con otros países como Francia con la organización SOS PAPA o el Reino Unido con la asociación Fathers for Justice, lo cual repercute en que las decisiones del gobierno español estén más influenciadas quizás por el poderoso movimiento feminista.
Pero es posible que sea en el terreno ideológico donde encontremos las claves de la situación dada en España. Y es aquí donde creemos que en líneas generales la mayor parte del movimiento feminista español debe de ejercer una profunda autocrítica.
¿Cómo es posible que en Italia el movimiento feminista apoye la Custodia Compartida o que en Francia esta haya sido promulgada por una ministra feminista y en España, salvo excepciones, el movimiento feminista en gran medida se haya decantado por el mantenimiento de la custodia monoparental para la mujer?
¿No estamos reproduciendo así el modelo de familia tradicional?
Al adoptar esta postura ideológica un sector mayoritario del feminismo español contradice líneas de pensamiento básicas tanto de las Organizaciones Internacionales, como de la Historia del Feminismo uno de cuyos hilos conductores ha sido la defensa de la capacidad de la mujer para desarrollarse fuera del hogar, como de la Ideología de Género, la cual propone como fórmula para la liberación de la mujer la asunción de nuevos roles sociales.
Así la Declaración Universal de Derechos Humanos dice en su artículo 16 "1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio".
La Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Población y el Desarrollo de 1994 menciona:
"El empoderamiento y la autonomía de la mujer y el mejoramiento de su condición política, social, económica y sanitaria constituyen en sí un fin de la mayor importancia. Además, son indispensables para lograr el desarrollo sostenible. Es preciso que mujeres y hombres participen e intervengan por igual en la vida productiva y reproductiva, incluida la división de responsabilidades en cuanto a la crianza de los hijos y al mantenimiento del hogar".
Estos postulados son contradichos en la práctica por un importante sector del movimiento de mujeres español que opta así "por el mal camino" parafraseando a la feminista Elisabeth Badinter, cayendo en un feminismo victimista y revanchista en el que se ve al hombre como enemigo y en el que no se reconocen los avances ya logrados por la mujer.
Feminismo que diluye en las proteccionistas políticas de la administración la capacidad de las féminas "para resistir, para hacerse un hueco, para dotarse de poder en su camino en busca de la igualdad real entre hombres y mujeres".
Si el movimiento por la Custodia Compartida, al igual que un importante sector del feminismo, es quien defiende la igualdad real entre hombres y mujeres a través del cuidado de los hijos y por otro lado es una parte sustancial del movimiento feminista hispano quien defiende el mantenimiento de la situación en la que la mujer ha de hacerse cargo de la custodia de los hijos y el hombre aportar los medios económicos ¿Quién propone una visión progresista y quién una visión tradicional de la paternidad?
Luis Martínez
Presidente de la Asociación de Padres de Familia Separados de Asturias (APFS)
No hay comentarios:
Publicar un comentario