Letrados especializados en esta rama del Derecho llaman la atención sobre los problemas que pueden ocasionar ciertos servicios legales de bajo coste.
En 2019 aparecieron en las puertas de varios juzgados furgonetas en las que se ofertaba asistencia legal para llevar procesos de divorcio cobrando 150 € por cónyuge. En estos vehículos, a los que popularmente se conoce como divorcionetas, se referían a la resolución de divorcios exprés de mutuo acuerdo y se dejaba entrever que esos 150 € era el precio final.
Desde la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), su presidenta, Mariló Lozano, expresó sus dudas sobre la credibilidad de campañas publicitarias en los servicios jurídicos de la abogacía en una reunión telemática con Victoria Ortega, presidenta del Consejo General de la Abogacía Española. El responsable de la campaña publicitaria de la divorcioneta reaccionó demandando a la AEAFA y a su presienta ante los tribunales al entender que las observaciones de Lozano constituían una intromisión ilegítima de su derecho al honor.
El juzgado de Primera Instancia nº 104 de Madrid desestimó la demanda de juicio ordinario interpuesta por el reclamante. Éste presentó recurso de apelación ante la A.P. de Madrid, que ha seguido los pasos del juzgado de instancia y ha desestimado el recurso de apelación.
En su fallo, la Audiencia destaca, en referencia a las declaraciones de la presidenta de AEAFA, que “en ningún momento se alude al demandante, sino que de forma genérica se está mencionando la existencia de furgonetas en las inmediaciones de los Juzgados de Familia, así como a divorcios de coste económico muy reducido, entre 100 o 150 €, pero que posteriormente podían implicar procedimientos más costosos del punto de vista personal o económico en la modificación de medidas definitivas”.
“Se trata”, a juicio de la Audiencia Provincial, “de una opinión libre manifestada por una profesional del sector, que en ningún caso identifica al demandado, ni puede ser calificada como difamatoria o atentatoria del derecho al honor del demandante”.
Asimismo, la sentencia señala que “esas manifestaciones deben contextualizarse, puesto que resulta una obviedad señalar que un proceso de divorcio puede terminar implicando desembolsos económicos muy superiores a los inicialmente previstos con la mera aprobación de un convenio regulador, teniendo en cuenta numerosos otros aspectos que pueden derivarse del mismo, desde la liquidación del régimen económico matrimonial, a cualquier otro tipo de incidencia derivada de ese proceso inicial, como la ejecución, desacuerdos en el ejercicio de la patria potestad, o la modificación de medidas definitivas, entre muchos otros”.
Servicios jurídicos ‘low cost’
Este caso pone en 1ª línea los problemas que pueden surgir con ofertas de servicios jurídicos que ofrecen asesoramiento a unos precios muy bajos en comparación con el coste de un proceso, especialmente en casos de Derecho de Familia, que suelen tener bastante complejidad.
En declaraciones a Economist & Jurist, Mariló Lozano, que además de presidenta de la AEAFA es una abogada de gran experiencia experta en derecho de la infancia, familia y capacidad, recuerda que la sentencia de la Audiencia Provincial no es firme, ya que el demandante ha interpuesto recurso de casación ante el Supremo.
En cualquier caso, destaca que se puede interpretar que la sentencia representa “un apoyo a la alerta que ya hicimos nosotros en relación a las consecuencias de determinadas prácticas publicitarias”.
A este respecto, subraya que “no se puede tratar el Derecho de Familia y los procedimientos de familia y la separación de divorcio como si estuviésemos comprando cualquier producto en un supermercado”. Lozano llama la atención sobre “la mercantilización de la oferta de servicios” que se estaría produciendo, y afirma que “la abogacía no es ni puede ser tratada como un servicio en serie, porque no es un producto manufacturado”.
No obstante, y aunque afirma que esa mercantilización no tiene que suponer necesariamente la precarización del trabajo de la abogacía, sí considera que “la profesión de la abogacía se precariza cuando se ofrece un divorcio a 100-150 € o cuando se imparte una consulta jurídica por parte de un abogado por un precio de 2-3 €”.
A este respecto, Delia Rodríguez, CEO de Vestalia Abogados de Familia, señala que “es absolutamente imposible que el coste de nuestro trabajo se simplifique a 100 -150 €, ni en el más sencillo de los procedimientos de divorcio”. Entiende esta experta en Derecho de Familia que en algunos casos “estamos hablando de que, o hay costes encubiertos que no se anuncian en esa publicidad, y que luego se van a devengar y a cobrar a los particulares, o que el servicio carece de todo tipo de rigor y de personalización, cosa indispensable en los procedimientos de familia”.
Esta abogada llama la atención sobre el hecho de que este tipo de promociones “dan una apariencia totalmente equivocada de nuestro trabajo a nivel social”.
“Al margen de que somos profesionales liberales y que podemos establecer nuestros honorarios libremente”, explica Delia Rodríguez, “este tipo de campañas tan polarizadas dejan en muy mal lugar a toda la profesión”, y en especial a la abogacía de familia, ya que “nos encontramos luego con muchos casos en los que a la gente le sorprende que les cobres una 1ª consulta, 1ª consulta en la que estás dando ya un diagnóstico y consejos y advertencias para evitar problemáticas futuras en la que estamos compartiendo con el cliente nuestro conocimiento para solucionar su problema”.
Mariló Lozano llama la atención, por su parte, sobre los problemas que pueden llegar a provocar entre los clientes determinados servicios low cost “en los que los clientes se ven luego sorprendidos porque ese coste no es real o porque realmente no cubre las necesidades que debe conllevar un asesoramiento jurídico y la dirección letrada de un asunto de esa envergadura».
En esta idea incide la CEO de Vestalia Abogados de Familia, que destaca que “se pueden dar problemáticas en las familias a causa del convenio regulador hecho con lo que llamo un formato fábrica, en serie”.
“De hecho, a los despachos nos vienen habitualmente personas con un convenio regulador de lo más sencillo en el que no se han previsto multitud de medidas que, a priori, si no eres especialista puede que no caigas en que es necesario estipularlas porque no conoces la casuística” subraya Delia Rodríguez.
Una práctica no habitual
Según explica la presidenta de AEAFA, estas tarifas no son habituales, dado que “los procuradores están sometidos a aranceles que deben cumplir a la hora de hacer sus minutas”, lo que hace que estos precios sean “imposibles de todo punto”. “Yo entiendo que aquí es evidente que cada persona tiene su capacidad económica y es cierto que los abogados tenemos libertad a la hora de fijar nuestros honorarios y el importe, pero el coste de un procedimiento judicial depende del trabajo que efectivamente se realice y de la complejidad de cada asunto concreto”.
A juicio de Lozano, a la hora de abordar este asunto hay cuestiones importantes a tener en cuenta. Entre ellas destaca que la relación con el cliente se debe basar en el principio de confianza y de lealtad. “La lealtad profesional tiene que ver con que tenemos que llevar a cabo una publicidad honesta y veraz”, afirma esta abogada, que defiende que “tenemos que fijar nuestros honorarios con contratos y con hojas de encargo que estén cimentados en un justo equilibrio de la contraprestación que se le va a hacer. No se puede cobrar más de lo que es el trabajo que vaya a llevarse a cabo, pero entiendo que tampoco se deben cobrar precios ridículos que no cubran el trabajo que realmente se realice atendiendo a su complejidad”.
Delia Rodríguez, por su parte, entiende que “tanto las instituciones como el Consejo General de la Abogacía, así como los colegios profesionales, deberían llevar una actitud mucho más activa y férrea en la defensa de la profesión” en estos aspectos”. Afirma esta experta que “echo de menos que se sea mucho más férreo contra este tipo de actividades que rozan la burla. Entiendo que aquí los colegios deben personarse y actuar de forma contundente”.
Una práctica no habitual
Según explica la presidenta de AEAFA, estas tarifas no son habituales, dado que “los procuradores están sometidos a aranceles que deben cumplir a la hora de hacer sus minutas”, lo que hace que estos precios sean “imposibles de todo punto”. “Yo entiendo que aquí es evidente que cada persona tiene su capacidad económica y es cierto que los abogados tenemos libertad a la hora de fijar nuestros honorarios y el importe, pero el coste de un procedimiento judicial depende del trabajo que efectivamente se realice y de la complejidad de cada asunto concreto”.
A juicio de Lozano, a la hora de abordar este asunto hay cuestiones importantes a tener en cuenta. Entre ellas destaca que la relación con el cliente se debe basar en el principio de confianza y de lealtad. “La lealtad profesional tiene que ver con que tenemos que llevar a cabo una publicidad honesta y veraz”, afirma esta abogada, que defiende que “tenemos que fijar nuestros honorarios con contratos y con hojas de encargo que estén cimentados en un justo equilibrio de la contraprestación que se le va a hacer. No se puede cobrar más de lo que es el trabajo que vaya a llevarse a cabo, pero entiendo que tampoco se deben cobrar precios ridículos que no cubran el trabajo que realmente se realice atendiendo a su complejidad”.
Delia Rodríguez, por su parte, entiende que “tanto las instituciones como el Consejo General de la Abogacía, así como los colegios profesionales, deberían llevar una actitud mucho más activa y férrea en la defensa de la profesión” en estos aspectos”. Afirma esta experta que “echo de menos que se sea mucho más férreo contra este tipo de actividades que rozan la burla. Entiendo que aquí los colegios deben personarse y actuar de forma contundente”.
Nota: Nada como ser Corporativista, mantener el Negocio (cobran aunque pierdas el juicio). Hay que mantener el nivel de vida.
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