HELPMYCASH, 12/04/2022
La campaña de la declaración de la renta 2021 hace resurgir las dudas habituales sobre el cálculo del IRPF por la venta de una vivienda en caso de herencia o divorcio.
¿Quién debe pagar este impuesto y en qué proporción? ¿Cuál es el valor de adquisición en cada caso? Estas son algunas de las dudas más comunes y los expertos del comparador financiero e inmobiliario HelpMyCash.com las responden.
Valor de adquisición en caso de herencia o divorcio
Para declarar la venta de una vivienda en el IRPF se debe tener en cuenta la ganancia patrimonial. Esta se define como la diferencia entre el valor de transmisión y de adquisición.
El 1º se refiere al importe real al que se vendió la vivienda, menos los gastos y tributos inherentes a la operación.
El 2º se refiere al valor al que se compró la propiedad más los gastos, tributos e inversiones que se hayan hecho en ella.
Una vez calculada dicha diferencia, se debe multiplicar el resultado por el tipo impositivo que corresponda según el tramo de ganancias.
Ahora bien, cuando se trata de una compra y venta convencional, el cálculo parece estar claro.
Ahora bien, cuando se trata de una compra y venta convencional, el cálculo parece estar claro.
Pero ¿qué ocurre en caso de herencia y divorcio?
Los expertos de HelpMyCash explican que, en caso de herencia, el valor de adquisición es igual al que se declaró en el impuesto de sucesiones cuando se llevó a cabo la aceptación del legado.
En caso de divorcio, en cambio, el valor de adquisición es el mismo que en una venta convencional, es decir que se corresponde con aquel que se ha declarado en la escritura en el momento de adquirir la vivienda.
Impuestos
El IRPF se paga de forma proporcional si hay más de un propietario.
Lo habitual en las herencias es que la vivienda pertenezca a varios propietarios. Lo mismo ocurre en todos los divorcios.
Impuestos
El IRPF se paga de forma proporcional si hay más de un propietario.
Lo habitual en las herencias es que la vivienda pertenezca a varios propietarios. Lo mismo ocurre en todos los divorcios.
Y ¿cómo debe tributar la venta si el beneficio se reparte entre varios contribuyentes? “La regla general es que cada quien declare la parte proporcional que le corresponde”, detallan los expertos.
De este modo, si 2 personas comparten la titularidad de la vivienda en partes iguales y deciden venderla, cada uno de ellos deberá incluir en su declaración la ganancia patrimonial que resulte del 50% de la vivienda.
Declaración
¿Se puede aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual?
El requisito para acogerse a la exención por reinversión en vivienda habitual es que tanto la vivienda que se transmite como la que se adquiere sean la residencia habitual del contribuyente. Desde HelpMyCash detallan que, en el caso de la venta, esto implica que el propietario haya residido en el inmueble durante, al menos, 3 años de forma ininterrumpida. En el caso de la compra, el contribuyente debe habitar la nueva vivienda en un plazo máximo de 12 meses desde la adquisición o terminación de las obras.
Pero ¿qué pasa si, tras el divorcio, un miembro de la pareja abandona la vivienda y esta deja de constituir su residencia habitual?
De este modo, si 2 personas comparten la titularidad de la vivienda en partes iguales y deciden venderla, cada uno de ellos deberá incluir en su declaración la ganancia patrimonial que resulte del 50% de la vivienda.
Declaración
¿Se puede aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual?
El requisito para acogerse a la exención por reinversión en vivienda habitual es que tanto la vivienda que se transmite como la que se adquiere sean la residencia habitual del contribuyente. Desde HelpMyCash detallan que, en el caso de la venta, esto implica que el propietario haya residido en el inmueble durante, al menos, 3 años de forma ininterrumpida. En el caso de la compra, el contribuyente debe habitar la nueva vivienda en un plazo máximo de 12 meses desde la adquisición o terminación de las obras.
Pero ¿qué pasa si, tras el divorcio, un miembro de la pareja abandona la vivienda y esta deja de constituir su residencia habitual?
La Agencia tributaria contempla esta situación y considera que la vivienda es la habitual, pese a no haber transcurrido el plazo estipulado, cuando el traslado se da por una causa justificada, como un divorcio o un traslado laboral. Por tanto, “el cónyuge que abandona la vivienda también podría acogerse a la exención si vende la vivienda familiar para comprar su nueva residencia”, concluyen los expertos.
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