El Economista, 18/11/2021
Requisitos para acceder a esta prestación
La independencia económica es uno de los principales aspectos para que una mujer víctima de violencia de género no sufra exclusión social.
La independencia económica es uno de los principales aspectos para que una mujer víctima de violencia de género no sufra exclusión social.
Sin embargo, estas personas no siempre están preparadas para volver o entrar por 1ª vez al mercado laboral, por lo que mantener una capacidad financiera suficiente se torna complicado.
Por este motivo, la Administración prevé una ayuda para las mujeres víctimas de violencia de género que no consiguen encontrar empleo, la renta activa de inserción (RAI).
¿Cuál es la cuantía de la prestación?
La cuantía mensual de esta ayuda es de cerca de 450 €, ya que se calcula en base al 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)
No obstante, si la beneficiaria comenzase a trabajar por cuenta propia o por cuenta ajena a tiempo completo, se suspenderá el pago de la prestación y tendrá derecho a una ayuda equivalente al 25% de lo que venía cobrando durante un máximo de 180 días.
Esta ayuda se concede durante 11 meses como máximo aunque, si la beneficiaria se ha visto obligada a cambiar su residencia en los 12 meses anteriores, puede solicitar una ayuda suplementaria de 3 mensualidades, en un pago único.
¿Qué requisitos tengo que cumplir para acceder a esta ayuda?
Cuando la mujer sigue en paro y no tiene derecho a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo puede solicitar esta ayuda. No obstante, para obtener el derecho a percibir la prestación tienen que darse una serie de aspectos:
- Estar desempleada e inscrita como demandante de empleo.
- Mantener esta inscripción durante todo el período de percepción de la prestación y suscribir el compromiso de actividad.
- Ser menor de 65 años.
- No tener ingresos mensuales propios superiores al 75% del SMI.
- No puede haber sido beneficiaria de la RAI anteriormente.
¿Cómo puedo solicitar esta ayuda?
Para solicitar esta ayuda tan solo habrá que cumplir con los requisitos de acceso y dirigirse a la Administración para procesar la solicitud.
Por este motivo, la Administración prevé una ayuda para las mujeres víctimas de violencia de género que no consiguen encontrar empleo, la renta activa de inserción (RAI).
¿Cuál es la cuantía de la prestación?
La cuantía mensual de esta ayuda es de cerca de 450 €, ya que se calcula en base al 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)
No obstante, si la beneficiaria comenzase a trabajar por cuenta propia o por cuenta ajena a tiempo completo, se suspenderá el pago de la prestación y tendrá derecho a una ayuda equivalente al 25% de lo que venía cobrando durante un máximo de 180 días.
Esta ayuda se concede durante 11 meses como máximo aunque, si la beneficiaria se ha visto obligada a cambiar su residencia en los 12 meses anteriores, puede solicitar una ayuda suplementaria de 3 mensualidades, en un pago único.
¿Qué requisitos tengo que cumplir para acceder a esta ayuda?
Cuando la mujer sigue en paro y no tiene derecho a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo puede solicitar esta ayuda. No obstante, para obtener el derecho a percibir la prestación tienen que darse una serie de aspectos:
- Estar desempleada e inscrita como demandante de empleo.
- Mantener esta inscripción durante todo el período de percepción de la prestación y suscribir el compromiso de actividad.
- Ser menor de 65 años.
- No tener ingresos mensuales propios superiores al 75% del SMI.
- No puede haber sido beneficiaria de la RAI anteriormente.
¿Cómo puedo solicitar esta ayuda?
Para solicitar esta ayuda tan solo habrá que cumplir con los requisitos de acceso y dirigirse a la Administración para procesar la solicitud.
Para llevar a cabo este trámite, la beneficiaria deberá remitirse a:
- La sede electrónica del SEPE.
- La oficina de prestaciones, con cita previa.
- Cualquier oficina de registro público.
- Correo administrativo.
No obstante, junto con la solicitud será necesario presentar el DNI y cualquier documento bancario donde aparezca el número de cuenta, además de acreditar la condición de mujer víctima de violencia de género aportando sentencia judicial, orden de protección judicial, informe del Ministerio Fiscal o informe de los servicios sociales de la administración pública competente o casa de acogida, donde se indique que recibe asistencia por esta circunstancia o certificación expedida por el órgano competente.
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