miércoles, 9 de noviembre de 2016

Cómo modificar la pensión de alimentos


Como se ha comentado, los tipos de gastos a los que debe hacer frente cada progenitor, así como la cantidad, se fijan en las medidas definitivas que recoge una sentencia de separación o divorcio. Para que se modifiquen es necesario dictar una nueva sentencia. Por ello, si uno de los progenitores decide no pagarla incumplirá una sentencia firme, lo que puede suponer un delito.
Si se quiere modificar la pensión de alimentos que se ha fijado en una sentencia de separación o divorcio, es necesario interponer ante el juzgado de primera instancia una demanda de modificación de medidas definitivas. Hay que cumplir una serie de requisitos para justificar que la modificación no se solicita por simple interés del demandante, sino que es realmente necesaria (por ejemplo, acreditar una falta de ingresos suficiente o un despido laboral).
Una pensión de alimentos puede variar a medida que pasa el tiempo, en función de las nuevas necesidades. A lo largo de su crecimiento, los hijos pasan a tener nuevos roles sociales y necesidades que suponen un gasto económico, al igual que el tipo de ropa que necesitan o la cantidad de comida que consumen.
Esto supone unos gastos que no se encontraban incluidos en la pensión de alimentos establecida inicialmente, y que deben ser tenidos en cuenta para que los padres los paguen de manera proporcional.
Es importante tener en cuenta que una pensión de alimentos no sólo puede ser modificada al alza, sino que puede solicitarse también una rebaja de la cantidad que se debe pagar. Las necesidades de un menor han de ser cubiertas pensando siempre en su interés, pero también teniendo siempre en cuenta la capacidad económica de los progenitores.
Así, un progenitor puede interponer una demanda de modificación de medidas para suprimir una pensión de alimentos o cambiarla siempre que su nivel de ingresos haya sufrido una bajada considerable. Si la finalización de una prestación por desempleo o un despido provocan que el progenitor se quede sin ingresos puede llegar a suspenderse el pago de la pensión, pero deberá volver a pagarla cuando los ingresos vuelvan a mejorar.
La pensión de alimentos se paga mientras el hijo se encuentre estudiando y no sea independiente económicamente. Esto significa que aunque el hijo haya alcanzado la mayoría de edad, si sigue estudiando y no cuenta con un trabajo o unos ingresos para mantenerle, el progenitor tiene la obligación de continuar pagando la pensión de alimentos establecida. Aún así, la ley establece en este aspecto una serie de límites.
Una demanda de modificación de una pensión de alimentos puede presentarse ante el juez durante el tiempo que la pensión se encuentra vigente.
También, y de manera excepcional, un juez puede conceder el cobro retroactivo de una pensión de alimentos. Esto significa que uno de los progenitores puede tener que hacerse cargo de los gastos del menor desde antes de interponerse la demanda para solicitarla.
Nota: las Jurisprudencia al respecto, indica que la pensión se paga desde la presentación de la demanda,antes seria absurdo, dado que mantenias a los menores. ¿Pagarias 2 veces?

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