-->Por LIDIA BARRIO | 6 de octubre de 2012
Cuando se produce un divorcio, y hay hijos, los progenitores deben
procurarles una pensión para alimentos. Aunque no hay fórmulas ni baremos
de obligada aplicación para calcularla, los parámetros que se utilizan de
manera habitual son las necesidades de los hijos, su número y el nivel de
ingresos o medios económicos de los padres. En el presente se
señala qué aspectos cubre la pensión alimenticia, así como la dificultad para
calcularla y las consecuencias del impago de esta medida básica e
irrenunciable.
Calcular la pensión, tarea difícil
Calcular una pensión para la alimentación de los hijos en caso
de divorcio no es tarea fácil. Y lo complica aún más el hecho de la inexistencia
de parámetros legales vinculantes.
La pensión de alimentos no tiene porqué ser idéntica en
cada caso, ni para cada hijo
En 2008, en un encuentro de jueces de familia, se acordó
establecer un baremo para objetivizar las cuantías de estas pensiones. Conforme
a lo allí suscrito la pensión mínima de alimentos para un hijo único
rondaría los 180 euros al mes.
Pero esta decisión no tiene carácter vinculante, por lo
que cada juzgado aplica la regla de la proporcionalidad en relación a:
- Los ingresos netos de los progenitores.
- El número de hijo.
- Las circunstancias y necesidades ordinarias y especiales que pudieran tener cada uno de ellos.
Es el juez quien determina de manera
individualizada la cuantía que corresponde a cada uno.
Siempre hay que hacer un estudio de la situación laboral
y económica de los padres, de sus salarios netos y de otros ingresos,
como rendimientos de capital mobiliario o rentas por alquileres, para fijar la
cuantía de la pensión. Esta debe ser proporcional a las posibilidades
económicas de quien la da y a las necesidades de quien la recibe, que están
muy condicionadas por el entorno social y cultural.
Si después se produce una alteración sustancial de las
circunstancias que existían al adoptarse la medida, la cuantía de la pensión
de alimentos puede reducirse o incrementarse. Con la crisis y el aumento del desempleo, el aumento de
los procedimientos de modificación de medidas para reducirla es muy notable. En
todo caso, cuando se alega una disminución en los ingresos, esta debe ser
relevante (no puntual ni transitoria), acreditada y nunca provocada.
Respecto al cálculo exacto, las tablas y baremos
ofrecen ejemplos orientadores. Sin tener en cuenta las circunstancias
particulares de cada caso, fijan para una pareja con 1 hijo y 2 salarios
mensuales de 1.200 €s una pensión por alimentos de 245 €.
Si los hijos fueran 2, la pensión sería de 355 €; si fueran 3, de 405 €.
Si los hijos fueran 2, la pensión sería de 355 €; si fueran 3, de 405 €.
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