Vivían en San Sebastián y la madre decidió trasladarse a Extremadura y no respetar el régimen de visitas.
San sebastián./EFE /
Una mujer que se llevó a vivir a Cáceres a su hija, menor de edad, sin darlo a conocer al padre de la pequeña, residente en Guipúzcoa, ha sido condenada a medio año de cárcel por no atender a los requerimientos que le hizo un juzgado donostiarra para que permitiera el régimen de visitas del hombre.
Según la sentencia del caso, a la que ayer tuvo acceso Efe, los hechos se remontan a diciembre de 2012, cuando la acusada se trasladó con su hija a vivir a Extremadura «sin ponerlo previamente en conocimiento del padre», quien se enteró de esta circunstancia «a partir de un empadronamiento que la mujer le hizo llegar a través de la agenda escolar» de la niña.
Se da la circunstancia de que la madre mantenía la guardia y custodia de la menor desde 2003, si bien el padre disfrutaba de un régimen de visitas a la niña regulado por una resolución judicial. El traslado violó el régimen de visitas en varios momentos.
Por este motivo, el hombre presentó una denuncia a raíz de la cual un juzgado de Primera Instancia decidió cautelarmente, el 3 de enero de 2013, que la acusada debería retornar a su anterior domicilio y «respetar el derecho de visitas del padre», en tanto se resolvía el fondo del asunto.
A pesar de ello, el hombre «no pudo estar con su hija» los días 8 y 10 de enero como había quedado establecido, puesto que la menor «seguía en Cáceres».
Ante este incumplimiento, el juzgado emitió un auto en el que requirió a la procesada para que cumpliera con los establecido en el régimen de visitas y posteriormente acordó, en una nueva resolución, «atribuir al padre la facultad de decidir respecto al traslado de domicilio de la menor y de someter los cambios a la aprobación judicial».
Durante el juicio por estos hechos, celebrado recientemente en San Sebastián, la procesada admitió los hechos y se mostró conforme con la petición de pena que hicieron la Fiscalía y la acusación particular, por lo que ahora ha sido condenada a 6 meses de cárcel como responsable de un delito de desobediencia a la autoridad.
Una mujer que se llevó a vivir a Cáceres a su hija, menor de edad, sin darlo a conocer al padre de la pequeña, residente en Guipúzcoa, ha sido condenada a medio año de cárcel por no atender a los requerimientos que le hizo un juzgado donostiarra para que permitiera el régimen de visitas del hombre.
Según la sentencia del caso, a la que ayer tuvo acceso Efe, los hechos se remontan a diciembre de 2012, cuando la acusada se trasladó con su hija a vivir a Extremadura «sin ponerlo previamente en conocimiento del padre», quien se enteró de esta circunstancia «a partir de un empadronamiento que la mujer le hizo llegar a través de la agenda escolar» de la niña.
Se da la circunstancia de que la madre mantenía la guardia y custodia de la menor desde 2003, si bien el padre disfrutaba de un régimen de visitas a la niña regulado por una resolución judicial. El traslado violó el régimen de visitas en varios momentos.
Por este motivo, el hombre presentó una denuncia a raíz de la cual un juzgado de Primera Instancia decidió cautelarmente, el 3 de enero de 2013, que la acusada debería retornar a su anterior domicilio y «respetar el derecho de visitas del padre», en tanto se resolvía el fondo del asunto.
A pesar de ello, el hombre «no pudo estar con su hija» los días 8 y 10 de enero como había quedado establecido, puesto que la menor «seguía en Cáceres».
Ante este incumplimiento, el juzgado emitió un auto en el que requirió a la procesada para que cumpliera con los establecido en el régimen de visitas y posteriormente acordó, en una nueva resolución, «atribuir al padre la facultad de decidir respecto al traslado de domicilio de la menor y de someter los cambios a la aprobación judicial».
Por conformidad
Finalmente, la autoridad judicial dictó un nuevo auto el 27 de
febrero «haciendo saber a la acusada que debía cumplir» esta decisión, a
pesar de lo cual la madre «hizo caso omiso» de los requerimientos.Durante el juicio por estos hechos, celebrado recientemente en San Sebastián, la procesada admitió los hechos y se mostró conforme con la petición de pena que hicieron la Fiscalía y la acusación particular, por lo que ahora ha sido condenada a 6 meses de cárcel como responsable de un delito de desobediencia a la autoridad.
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