redacción. vigo
13/04/2014
La Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional informó en el
Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado viernes la interposición por
parte del abogado pontevedrés Antonio Calvar Carballo-Pérez, de un
recurso contra las tasas judiciales.
Mediante esta resolución, se da cumplimiento al trámite de emplazamiento
a todos aquellos que se encuentren interesados en aquel, disponiendo de
un plazo de 9 días para personarse en los autos, a contar desde el
día siguiente a la publicación de esta Resolución.
En declaraciones a Abogacía Española, el abogado Antonio Calvar señaló que su recurso no se basa en ningún caso concreto, sino que es “una impugnación general, porque las tasas me impiden acceder a la justicia como ciudadano y también ejercer mi trabajo como abogado”.
Calvar añadió que las tasas son “contrarias a la integridad moral del ciudadano y al propio ejercicio de la profesión y del comercio. Ataca incluso el art. 38 de la Constitución”.
Abogacía Española señala que el letrado compara el efecto de las tasas en los ciudadanos con un ejemplo muy claro: “si un ciudadano no paga un impuesto, como puede ser el IRPF o cualquier otro, habrá cometido una infracción tributaria, pero no se le priva de andar por la calle. Pero como la tasa judicial debe hacerse inmediatamente ejecutiva, el ciudadano no queda adeudando la tasa al Estado, como en los otros casos, sino que se le impide su acceso a la justicia. Es un hecho histórico que se le impida a una persona la defensa de sus derechos porque tenga que pagar ”
En declaraciones a Abogacía Española, el abogado Antonio Calvar señaló que su recurso no se basa en ningún caso concreto, sino que es “una impugnación general, porque las tasas me impiden acceder a la justicia como ciudadano y también ejercer mi trabajo como abogado”.
Calvar añadió que las tasas son “contrarias a la integridad moral del ciudadano y al propio ejercicio de la profesión y del comercio. Ataca incluso el art. 38 de la Constitución”.
Abogacía Española señala que el letrado compara el efecto de las tasas en los ciudadanos con un ejemplo muy claro: “si un ciudadano no paga un impuesto, como puede ser el IRPF o cualquier otro, habrá cometido una infracción tributaria, pero no se le priva de andar por la calle. Pero como la tasa judicial debe hacerse inmediatamente ejecutiva, el ciudadano no queda adeudando la tasa al Estado, como en los otros casos, sino que se le impide su acceso a la justicia. Es un hecho histórico que se le impida a una persona la defensa de sus derechos porque tenga que pagar ”
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