Reportaje:Vida & Artes.
El Código Civil vincula el uso de la
vivienda a la custodia de los niños en caso de divorcio - Muchos
hombres acaban fuera del hogar y sin medios para pagar la pensión.
Ya no hay casi nada que dure toda la vida.
Ni el empleo, ni el matrimonio y mucho menos la vivienda, porque, si el divorcio llama a su puerta, la casa de sus sueños puede acabar convertida en una larga pesadilla.
Algunos jueces, y hasta el propio Tribunal Supremo, han empezado a poner cordura para evitar que el Código Civil se convierta en una ley del embudo en el que, teniendo en cuenta que la mayoría de las veces la madre se queda con los niños y la casa, lo ancho es para muchas, y lo estrecho, para muchos.
En España se rompen cada año más de 120.000 parejas.
En 6s de cada 10 casos no hay hijos y es más fácil decidir qué se hace con la vivienda.
A falta de acuerdo, el art. 96 del Código Civil establece que el uso de la casa podrá atribuirse "por el tiempo que prudencialmente se fije" al cónyuge que no sea el titular, siempre que fuera el más necesitado de protección.
La situación se complica si hay descendencia, como les ocurre anualmente a 50.000 parejas. El mismo art. 96 establece que, "en defecto de acuerdo de los cónyuges aprobado por el juez, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella corresponden a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden".
La discriminación, pues, está servida, porque se vincula la custodia de los hijos a la atribución del uso de la casa, sin distinguir quién es el propietario, cómo se adquirió, qué renta tiene cada cónyuge o quién pagó la hipoteca mientras duró el matrimonio.
Y la ley no especifica que ese uso estará limitado en el tiempo, con lo que la mujer tiene derecho a disfrutar de ella hasta que los hijos se vayan de casa.
La excepción a ese marco legal que afecta a toda España son las leyes que han aprobado las Cortes de Aragón y el Parlamento de Cataluña, en las que se deja claro que el juez limitará el tiempo durante el que se podrá disfrutar la casa.
El origen de la desigualdad vigente es que en España no se liquidan los bienes de la pareja cuando llega el divorcio, como ocurre en la mayoría de países de un desarrollo similar, sino que, por decirlo de manera gráfica, los niños se vinculan al ladrillo.
El Documento completo.
Ni el empleo, ni el matrimonio y mucho menos la vivienda, porque, si el divorcio llama a su puerta, la casa de sus sueños puede acabar convertida en una larga pesadilla.
Algunos jueces, y hasta el propio Tribunal Supremo, han empezado a poner cordura para evitar que el Código Civil se convierta en una ley del embudo en el que, teniendo en cuenta que la mayoría de las veces la madre se queda con los niños y la casa, lo ancho es para muchas, y lo estrecho, para muchos.
En España se rompen cada año más de 120.000 parejas.
En 6s de cada 10 casos no hay hijos y es más fácil decidir qué se hace con la vivienda.
A falta de acuerdo, el art. 96 del Código Civil establece que el uso de la casa podrá atribuirse "por el tiempo que prudencialmente se fije" al cónyuge que no sea el titular, siempre que fuera el más necesitado de protección.
La situación se complica si hay descendencia, como les ocurre anualmente a 50.000 parejas. El mismo art. 96 establece que, "en defecto de acuerdo de los cónyuges aprobado por el juez, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella corresponden a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden".
La discriminación, pues, está servida, porque se vincula la custodia de los hijos a la atribución del uso de la casa, sin distinguir quién es el propietario, cómo se adquirió, qué renta tiene cada cónyuge o quién pagó la hipoteca mientras duró el matrimonio.
Y la ley no especifica que ese uso estará limitado en el tiempo, con lo que la mujer tiene derecho a disfrutar de ella hasta que los hijos se vayan de casa.
La excepción a ese marco legal que afecta a toda España son las leyes que han aprobado las Cortes de Aragón y el Parlamento de Cataluña, en las que se deja claro que el juez limitará el tiempo durante el que se podrá disfrutar la casa.
El origen de la desigualdad vigente es que en España no se liquidan los bienes de la pareja cuando llega el divorcio, como ocurre en la mayoría de países de un desarrollo similar, sino que, por decirlo de manera gráfica, los niños se vinculan al ladrillo.
El Documento completo.
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