El Comité Español de Personas con Discapacidad (CERMI) ha alertado sobre posibles tratos desiguales a cónyuges padres o madres con discapacidad, en los procesos judiciales de divorcio y de determinación de la guardia y custodia de los hijos, pues en algunos casos las sentencias perjudican a la parte con discapacidad por el mero hecho de presentar esta circunstancia.
cocemfe.es/ 05/11/200
Según el CERMI, "los jueces y magistrados han de resolver estas controversias con arreglo a la Ley, sin apriorismos o prejuicios por la presencia de discapacidad en una de las partes en conflicto".
"La concurrencia de una discapacidad
en alguno de los cónyuges o progenitores no hace que estas personas
estén en inferioridad de condiciones para ejercer plenamente los
derechos inherentes al desempeño de los deberes paterno-filiales, como
la guardia y custodia.
La discapacidad no puede ser esgrimida como
elemento o factor que justifique un trato desigual o menos favorable,
frente al otro cónyuge o padre o madre sin discapacidad", añaden desde
el Comité.
Asimismo, el CERMI ha pedido a los
jueces y magistrados que a la hora de asignar la vivienda a una de las
partes se tenga en cuenta como hecho relevante por ejemplo el que ésta
fuera accesible por presentar el cónyuge una discapacidad.El dato de la
accesibilidad o no de la vivienda resulta determinante para el cónyuge
con dificultades de movilidad y ha de considerarse con toda atención en
el momento de decidir el juez a quién asigna la vivienda o qué plazos
prudenciales otorga para buscar una nueva.
El CERMI se dirigirá al Consejo
General del Poder Judicial, a través de Foro Justicia y Discapacidad,
para insistir en la necesidad de formar a la judicatura en los
principios de igualdad de trato y no discriminación por razón de
discapacidad, a la luz de la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, vigente en España.
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