sábado, 18 de octubre de 2008

Acuidr a un Abogado

http://revista.consumer.es/web/es/19981001/practico/consejo_del_mes/32059.php
Para acudir al abogado.
La relación de una persona con el abogado comienza por la solicitud de una consulta.
Es recomendable informarse, en ese mismo momento:
1.-del coste de la consulta aunque su importe variará dependiendo de su complejidad,
2.-de la necesidad de un estudio más detenido y
3.-de pedir o no un dictamen escrito.
4.-Interesa contar con referencias previas del abogado, sobre todo respecto de su especialización en el tema que nos afecta.

En todo caso, si los ingresos del usuario son inferiores al doble del salario mínimo interprofesional, tiene derecho a una justicia gratuita: solicite un abogado de oficio.
Respecto a los honorarios, los Colegios de Abogados establecen normas orientadoras de honorarios tanto para actuaciones extrajudiciales como judiciales.
Infórmese, al solicitar la cita, del coste de la consulta .

Solicite presupuesto por escrito si los servicios solicitados requieren actuaciones extrajudiciales y/o judiciales más allá de la simple consulta.
Igualmente, que consten por escrito la forma y plazos de pago.

No abone cantidades superiores a las presupuestadas por escrito, a no ser que hayan habido actuaciones no previstas en el presupuesto y debidamente justificadas.
Solicite recibo detallado cada vez que abone alguna parte del dinero pactado.
Exija una factura detallada con IVA (16 %) y justificantes de todos los gastos que le sean reclamados.
Pida información sobre las posibilidades reales de ganar el pleito y de las circunstancias que puedan influir en el resultado final.

Tenga en cuenta:
1.-las estrategias a seguir,
2.-las consecuencias de las acciones y
3.-las circunstancias que influyen en una eventual condena en las costas a su favor o en su contra.
4.-Inste al abogado a intentar lograr un arreglo extrajudicial previo a la demanda.

El abogado puede orientarle sobre otros costes añadidos (poderes notariales, procurador, notificaciones, etc.).
El pacto de cuota litis está prohibido (pacto entre abogado y cliente por el que el cliente se compromete a pagar al abogado una parte del resultado del asunto).
Lo que está permitido es reducir la minuta si el resultado obtenido es inferior al previsto.

Infórmese sobre el desarrollo de su asunto una vez iniciadas las gestiones.
Si el asunto es judicial, tenga constancia del juzgado en el que ha recaído y del número de procedimiento.
Si considera que la información recibida es deficiente, puede acudir directamente al juzgado a consultar el expediente.
Recuerde: si ha ganado el pleito sólo parcialmente y sin expresa imposición de costas, deberá abonar la minuta de su abogado.
Y si pierde el pleito siendo condenado en costas, estará obligado a abonar la factura de su abogado y la del abogado de la parte contraria.

Al finalizar el pleito, solicite al abogado copia de la sentencia.
Si se plantea apelación, vuelva a requerir información sobre su coste y posibilidades reales.
Si no está de acuerdo con la actuación de su abogado, póngalo en su conocimiento para solventar el conflicto.
Si el es insalvable, cambie de abogado.
Si considera que la actuación de su abogado ha sido negligente, intente llegar a un acuerdo que le compense por los daños derivados de responsabilidad civil.
Si no llega a un acuerdo, plantee una queja ante el Colegio de Abogados de su provincia y/o acuda a otro abogado.
Recuerde que el abogado tiene obligación de secreto profesional.

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