Divorcios en México: tipos y en qué consisten.
ME LO DIJO LOLA, 18/11/2020
Actualmente en México se realizan de 3 tipos de divorcios: incausado, administrativo y el voluntario.
Como te lo contamos en esta nota sobre los requisitos y costos para realizar un trámite de divorcio, un divorcio consiste en la acción de disolver un vínculo matrimonial realizado por lo civil.
Así como es necesario conocer los procesos de la separación nupcial a realizar, también se debe partir desde conocer los términos en los que se encuentra la pareja, para así definir legalmente qué tipo de divorcio es el que les corresponde, pues en algunos casos, solo una de las partes es la interesada en romper los lazos y en otros, ambas partes desean finalizar el matrimonio.
Para eso, antes de tomar cualquier decisión te recomendamos asesorarte.
Aquí te contamos en qué consisten cada uno de los tipos de divorcios en México, según la información proporcionada por la abogada Elia Mata.
Tipos de divorcios en México y en qué consisten
Divorcio incausado, también conocido como divorcio express:
Es en el que una de las partes desea ya no estar casada y se puede hacer después de 1 año de contraer matrimonio civil, antes no.
Como su nombre lo dice, en este tipo de divorcio no requiere de algún motivo o causa específica para tramitarse más que el simple deseo de una de las partes.
Se presenta un convenio (demanda escrita) que define la custodia de los hijos menores de edad, en caso de tenerlos; se define si tienen bienes para liquidar la sociedad conyugal, la cual se realiza después del divorcio, y se cita a la otra persona por medio de una notificación.
Esta persona debe contestar manifestando su acuerdo con el convenio y en caso de no estarlo, deberá hacer otro convenio que le favorezca.
Después, se les da fecha de audiencia y ese mismo día se hace la sentencia, la cual es inapelable y finalmente quedan divorciados.
Algo importante a señalar es que, la pareja debe mencionar el último domicilio que habitaron, ya que si es en la CDMX, deberán divorciarse ahí, pues se presentarán ante un juez del Registro Civil de su domicilio.
Divorcio administrativo:
Es cuando ambas partes acuden al Registro Civil en donde contrajeron nupcias, le solicitan al juez la petición de divorcio, pagan sus derechos y él los cita para hacer la disolución del vínculo matrimonial.
Como se mencionó, este proceso se realiza directamente ante un juez y, por lo tanto, no es necesaria la presencia de algún abogado de por medio.
Así como el divorcio incausado, en este tipo de divorcio tampoco se requiere de alguna causa específica.
Algunos de las cosas que sí se requieren, además de ambas partes estar de acuerdo con todo, es que deberá pasar 1 año después del enlace matrimonial así como también la pareja deberá tener hijos mayores de edad que no requieran de tutela o guardia y custodia.
Divorcio voluntario:
Así como el divorcio administrativo, en este también ambas partes lo solicitan, es decir, la pareja tiene el deseo en común de terminar el matrimonio.
Este divorcio puede realizarse después de 1 año de casados.
Se hace la propuesta por medio de un convenio y les dan fecha de cita en un Juzgado Familiar de Proceso Oral.
En este tipo de divorcio se define la custodia de los hijos menores de edad en caso de existir.
En general, cada tipo de divorcio también será definido por una parte muy importante, que es la situación bajo la que la pareja se casó, es decir, si se casaron por bienes mancomunados o sociedad conyugal o bienes separados.
DIFERENCIA ENTRE BIENES MANCOMUNADOS Y BIENES SEPARADOS
Bienes mancomunados o sociedad conyugal.
Cuando se estipula que una pareja se casa por bienes mancomunados significa que los bienes inmuebles corresponderán a ambas partes, sin importar a nombre de quién están registrados.
Si una persona adquirió un bien antes de contraer matrimonio, si lo desea éste automáticamente pasará a ser también de su pareja.
Bienes separados
Esta modalidad significa que cada uno de los bienes inmuebles adquiridos antes de casarse le seguirán perteneciendo únicamente a la persona que los compró, pero en caso de adquirir en pareja un bien durante el matrimonio, es decir, ambos aportaron dinero para comprarlo, entonces si existe el divorcio deberán definir a quien le corresponde cada cosa para hacer la repartición de bienes 50% / 50%.
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