lunes, 8 de diciembre de 2014

Condenada por no respetar el régimen de visitas


Un juzgado de San Sebastián ha condenado a una mujer a 9 meses de cárcel por no respetar el régimen de estancias de su exmarido con el hijo de ambos, establecido por una resolución judicial tras el divorcio de la pareja.
Según explica la sentencia del caso, a la que hoy ha tenido acceso EFE, los hechos se remontan a diciembre de 2008, cuando un juzgado declaró disuelto el matrimonio y atribuyó a la mujer la guardia y custodia del hijo, menor de edad, de la pareja.
Este juzgado estableció no obstante un régimen progresivo de visitas en favor del padre, cuya 3ª fase permitía al hombre "estar con su hijo fines de semana alternos" y establecía el Punto de Encuentro Familiar de San Sebastián como lugar de entrega y recogida del pequeño.

Sin embargo, "ante los incumplimientos de la acusada", el 25 de enero de 2012, el juzgado tuvo que requerir a la mujer que "cumpliera con lo dispuesto" en la sentencia de divorcio y con "el régimen de visitas establecido", de forma que "hiciera entrega del menor" a su padre "con apercibimiento expreso de incurrir en un delito de desobediencia si no cumplía" el mandato.
A pesar de ello, la madre del niño nuevamente "hizo caso omiso", con "manifiesto desprecio de los pronunciamientos emanados de la autoridad judicial", aunque tenía "perfecto conocimiento" de su obligación de entregar al niño a su progenitor en las fechas acordadas e "impidiendo que éste pudiera estar en compañía de su padre en los períodos que le correspondía".
En este contexto, el régimen de visitas se vio modificado por un nuevo auto judicial, según el cual, el hombre podría visitar al menor "de forma tutelada en el Punto de Encuentro Familiar todos los viernes, sábados y domingos".
No obstante, la sentencia explica que la acusada "impidió nuevamente" que el afectado pudiera estar con el pequeño "en esas fechas".
El juzgado considera ahora que estos hechos son constitutivos de un delito de desobediencia grave a la autoridad, por el que impone 9 meses de prisión a la imputada.

1 comentario:

Elias Gil dijo...

Me parece bién que condenen la desobediència. Pero, digo yo:
¿Donde està la condena por la inducción al menor a no respetar el régimen de visitas o por retener al menor sin permitirle estar con su padre?
Si castigaran estas conductas con mano dura otro gallo cantaria.