Paloma
Uría, diputada por IU en el Parlamento de Asturias y muchos años dedicada a la actividad feminista.(Página Abierta, 166-167, enero-febrero de 2006).
El objetivo del feminismo debe ser el
de cambiar las conductas, no aniquilar a los que nos discriminan u
oprimen; ni nuestro objetivo ni nuestro código de conducta debe ser la
venganza: no podemos configurar un feminismo revanchista y vengativo.
La polémica se ha reproducido con la recientemente aprobada
modificación del Código Civil en materia de separación y divorcio (Ley 15/2005).
Como
es sabido, la reforma presenta las siguientes innovaciones:
1.- desaparece
la necesidad de alegar causa justa,
2.- se suprime la separación previa y se
acortan los plazos,
3.- se propone la custodia compartida de los hijos
menores de edad, ya sea por mutuo acuerdo o a decisión razonada del
juez, y siempre en interés del menor,
4.- y se propone la mediación familiar
para posibilitar acuerdos y tratar de desjudicializar el proceso de
divorcio.
Cuando se publicó el 1º proyecto, las reacciones críticas de
algunos sectores feministas no se hicieron esperar. Algunas de estas
críticas me parecen justificadas: por ejemplo, el que no se plantee
solución al impago de pensiones, uno de los principales problemas al que
se ven enfrentadas muchas mujeres separadas o divorciadas. Ante esta
crítica, el Gobierno se ha comprometido a crear un fondo de garantía de
pensiones.
En cambio, otras críticas parecen derivarse de esa posición
feminista que antes he señalado. Por ejemplo, se ha llegado a decir que
un divorcio sin causa deja a las mujeres al albur de los deseos
masculinos, que equivale al repudio o que priva a las mujeres de
conseguir ventajas señalando un culpable. Se ha mostrado también
desconfianza ante la mediación familiar, por considerar que la mediación
sólo se puede dar entre iguales y la mujer siempre está en una
situación de inferioridad.
Pero la mayor oposición se ha presentado ante la custodia compartida
de los hijos e hijas menores. Las críticas se han basado,
principalmente, en 2 aspectos. Por una parte, se ha argumentado que
privar a las mujeres de la exclusividad en la custodia equivale también a
privarlas del derecho al uso del domicilio conyugal y a la pensión de
alimentos, con lo que su situación económica puede llegar a ser
dramática. No está de más señalar que, con frecuencia, es la custodia
exclusiva de los hijos la que dificulta que la mujer pueda rehacer su
vida, adquirir formación, encontrar trabajo, sin olvidar lo difícil que
resulta enfrentarse en solitario a la responsabilidad que suponen los
hijos.
El docuemnto completo en nuestra web
No hay comentarios:
Publicar un comentario