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1 de cada 3 juicios por malos tratos acaba en absolución
Rocío Velis.06/06/09.
Del 33% de los casos de malos tratos que tras el juicio no son condenados: un 2% lo es por la imposibilidad de acreditar los hechos que denuncia la víctima.
Un porcentaje mínimo frente al 66% de sentencias condenatorias que se dictaron el año pasado en Sevilla.
De los 782 casos de malos tratos que fueron enjuiciados el años pasado, sólo 14 se resolvieron con una absolución porque no hubo prueba alguna para acreditar los hechos, es decir, un 1,76%.
El dato no implica que todas esas denuncias fueran falsas, sino que no en la mayoría de los casos no se contó con una prueba firme para condenar a una persona, requisito básico para preservar el principio de presunción de inocencia.
De hecho, no hay cifras oficiales que contabilicen los casos de denuncias falsas, una cuestión sobre la que se ha abierto un polémico debate tras conocerse el caso de un hombre que pasó 11 meses en prisión y que ahora ha sido exculpado por un Juzgado de Violencia sobre la Mujer porque las denuncias de su ex pareja eran falsas.
La mayoría de los profesionales que trabajan en este terreno aseguran que el número de casos es “ínfimo”, pese a que algunas voces, como el juez Francisco Serrano, afirmen que el 80% de los asuntos de Violencia son falsos.
En este sentido, la coordinadora del turno de oficio de Violencia sobre la Mujer del Colegio de Abogados de Sevilla, Mariana Gómez, lamentó que las denuncias falsas, no sólo en asuntos de violencia, lleguen a “ser noticia porque para ello existe la Justicia en nuestro Estado de Derecho, para posibilitar a toda persona que sea acusada falsamente tenga las vías legales oportunas y que pueda denunciar para que un nuevo procedimiento le repare el daño”.
El volumen total de sentencias absolutorias que se dictaron el año pasado en Sevilla, según los datos del turno de oficio de Violencia del Colegio de Abogados, fue de 260 fallos judiciales, lo que supone un 33,20% de todas las que se dictaron que fueron 782.
De las 260 absoluciones, en 100 de ellas se debió a que el Ministerio Fiscal retiró la acusación, mientras que en otros 86 fue la víctima la que renunció a continuar con la acusación.
El 66,70% restante de las sentencias dictadas fueron condenatorias, lo que supone un total de 522 maltratadores penados.
Gómez aseguró que la Ley Integral contra la Violencia de Género “va contra los hombres violentos que maltratan a las mujeres, no contra los hombres en general” y recordó que cuando una mujer pone una denuncia solicitando una orden de protección y no hay indicios de malos tratos, “los jueces resuelven con independencia y objetividad y no conceden la orden solicitada”. De hecho, de las 1.383 órdenes de protección solicitadas en Sevilla el año pasado, se denegaron 526 y se concedieron 857.
En total, en 2008 los Juzgados de Violencia sobre la Mujer recibieron 10.365 asuntos, de los que 4.811 fueron calificados de delitos.
La mayoría de éstas causas, 3.566, se abrieron por lesiones;
449 fueron por delitos contra la libertad;
428 contra la integridad moral;
29 contra los derechos y deberes familiares y
13 contra la libertad sexual.
Además, el año pasado más de 1.000 denuncias fueron retiradas por las víctimas, mientras que los casos tipificados como faltas ascendieron a 202
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