Ni siquiera ante la masacre continuada de mujeres, que el pasado mes de diciembre se cobró 19 vidas femeninas, las quejas y demandas de ilustres feministas no mencionan la inoperancia de esa Ley Orgánica de Medidas Integrales contra la Violencia de Género que se ha convertido en el mayor inconveniente para perseguir a maltratadores y feminicidas.
Desde hace 18 años llevo denunciando la inutilidad de esa Ley, que desde que se aprobó contabiliza 1.400 víctimas mortales. Ninguna de las dirigentes socialistas ni de las asociaciones por ellas organizadas se han dignado analizar conmigo y con el Partido Feminista de España, sin pasiones ni consignas partidistas, las graves carencias que padece esa norma y que conducen a la falta de protección de las mujeres.
Ni siquiera hoy, después de numerosas informaciones y comentarios sobre las escandalosas cifras de víctimas mortales de mujeres a manos de hombres, las socialistas, incluyendo las letradas supuestamente informadas, hacen mención alguna a que esa mentada ley es inútil, inoperante e incluso peligrosa, cuando se trata de proteger a las mujeres.
Todos los argumentos que he leído y escuchado se refieren a la falta de educación de los hombres –las diferentes leyes educativas de esta etapa democrática han sido varias veces aprobadas por el PSOE-, y cuando se refieren al papel de protección de las instituciones, se carga contra el Ministerio de Igualdad en quien han encontrado el chivo expiatorio, ya que a todas nos tiene desesperadas. Irene Montero ha venido a hacer bueno al gobierno socialista, al partido y a las feministas que en él se acogen.
Pero las que critican a esa ministra se guardan mucho de recordar que la ley que rige todas las actuaciones en cuestión de violencia machista no permite ni la protección de las víctimas ni la persecución de los delincuentes, y que esa ley fue redactada por Bibiana Aído, ministra de Asuntos Sociales en el gobierno de Rodríguez Zapatero.
De la que no se ha cambiado ni una coma desde su aprobación, porque para dificultar más cualquier reforma la convirtieron en una ley orgánica, es decir aquella que precisa de 2/3 de los votos de las Cámaras.
La más grave injusticia de la ley es que sólo concierne a las mujeres ligadas con el agresor por un vínculo sentimental. De tal modo, todas las demás, que pueden ser la madre, la hermana, la suegra, las cuñadas, las hijas, la amante ocasional, que sean agredidas por el maltratador, y por supuesto las prostitutas, apaleadas o torturadas por chulos o clientes, no son merecedoras de la protección de esa pomposa y tan publicitada Ley orgánica. Esta limitación del sujeto a proteger significa que, así mismo, las mujeres víctimas de otros graves delitos, como la violación y los abusos sexuales –no digamos el acoso sexual- cometidos por familiares, amigos, vecinos, jefe o compañeros de trabajo, o desconocidos, quedan al margen de la protección de la ley. Incluso el incesto no es contemplado por nuestra legislación.
Ahora el argumento más utilizado es que el Pacto de Estado, aprobado el año 2017 no se cumple bien después de haberle entregado mucho dinero al Ministerio de Igualdad actual. Pero ninguna de esas letradas críticas con la actuación de Montero, habla una palabra de que la tan mentada y alabada ley comienza por segregar en la protección a quienes son “género” –según esta estúpida clasificación que únicamente beneficia a los hombres y a las personas trans- de las que son solo mujeres. Una de las últimas asesinadas lo fue después de un encuentro sexual fugaz, por tanto, según hizo hincapié la información televisada, no entra en la estadística oficial de víctimas. Otra, embarazada a punto de dar a luz fue apuñalada y con ella falleció el bebé, que tampoco engrosa la estadística
La indefensión en que se encuentran las víctimas es que deben ser ellas las que prueben la comisión de los delitos. Mientras el legislador se ha molestado en especificar que la violencia de género es diferente a los demás delitos, no ha considerado que, en razón de ello mismo, se debería invertir la carga de la prueba, como se ha logrado en la legislación laboral, y se acaba de aprobar en la famosa Ley Trans. Y en consecuencia, cuando el peligro de agresión o incluso de muerte es evidente, las víctimas deben huir de su casa, a veces con niños pequeños a su cargo, que tienen que dejar de asistir a la escuela, perder sus amigos y objetos queridos, para refugiarse en una Casa de Acogida. El maltratador, amenazando a su mujer diariamente, e incluso pudiendo prever la policía y el juez que intentará el asesinato, sigue en libertad, disfrutando de la vivienda común, asistiendo a su trabajo y siendo respetado por la comunidad. En definitiva, sólo en estos casos se da la monstruosa injusticia de que sea la víctima la que tenga que esconderse, en un régimen de privación de libertad, y el verdugo campe tranquilamente por sus respetos, sin amenaza alguna.
Es impensable que si se cometieran cada mes 5, 10 o 19 asesinatos de un colectivo determinado: jueces, policías, políticos, periodistas, el gobierno no determinara medidas excepcionales de protección de las víctimas y persecución de los agresores, tanto deteniendo a estos como proveyendo de protección especial a aquellas.
La ley está sesgada hacia la protección de los maltratadores. No impone la prisión provisional inmediata cuando consten antecedentes y se vea la peligrosidad del acusado, ni por supuesto establece las medidas de seguridad que hay que arbitrar para proteger a la mujer amenazada.
La más grave injusticia de la ley es que sólo concierne a las mujeres ligadas con el agresor por un vínculo sentimental. De tal modo, todas las demás, que pueden ser la madre, la hermana, la suegra, las cuñadas, las hijas, la amante ocasional, que sean agredidas por el maltratador, y por supuesto las prostitutas, apaleadas o torturadas por chulos o clientes, no son merecedoras de la protección de esa pomposa y tan publicitada Ley orgánica. Esta limitación del sujeto a proteger significa que, así mismo, las mujeres víctimas de otros graves delitos, como la violación y los abusos sexuales –no digamos el acoso sexual- cometidos por familiares, amigos, vecinos, jefe o compañeros de trabajo, o desconocidos, quedan al margen de la protección de la ley. Incluso el incesto no es contemplado por nuestra legislación.
Ahora el argumento más utilizado es que el Pacto de Estado, aprobado el año 2017 no se cumple bien después de haberle entregado mucho dinero al Ministerio de Igualdad actual. Pero ninguna de esas letradas críticas con la actuación de Montero, habla una palabra de que la tan mentada y alabada ley comienza por segregar en la protección a quienes son “género” –según esta estúpida clasificación que únicamente beneficia a los hombres y a las personas trans- de las que son solo mujeres. Una de las últimas asesinadas lo fue después de un encuentro sexual fugaz, por tanto, según hizo hincapié la información televisada, no entra en la estadística oficial de víctimas. Otra, embarazada a punto de dar a luz fue apuñalada y con ella falleció el bebé, que tampoco engrosa la estadística
La indefensión en que se encuentran las víctimas es que deben ser ellas las que prueben la comisión de los delitos. Mientras el legislador se ha molestado en especificar que la violencia de género es diferente a los demás delitos, no ha considerado que, en razón de ello mismo, se debería invertir la carga de la prueba, como se ha logrado en la legislación laboral, y se acaba de aprobar en la famosa Ley Trans. Y en consecuencia, cuando el peligro de agresión o incluso de muerte es evidente, las víctimas deben huir de su casa, a veces con niños pequeños a su cargo, que tienen que dejar de asistir a la escuela, perder sus amigos y objetos queridos, para refugiarse en una Casa de Acogida. El maltratador, amenazando a su mujer diariamente, e incluso pudiendo prever la policía y el juez que intentará el asesinato, sigue en libertad, disfrutando de la vivienda común, asistiendo a su trabajo y siendo respetado por la comunidad. En definitiva, sólo en estos casos se da la monstruosa injusticia de que sea la víctima la que tenga que esconderse, en un régimen de privación de libertad, y el verdugo campe tranquilamente por sus respetos, sin amenaza alguna.
Es impensable que si se cometieran cada mes 5, 10 o 19 asesinatos de un colectivo determinado: jueces, policías, políticos, periodistas, el gobierno no determinara medidas excepcionales de protección de las víctimas y persecución de los agresores, tanto deteniendo a estos como proveyendo de protección especial a aquellas.
La ley está sesgada hacia la protección de los maltratadores. No impone la prisión provisional inmediata cuando consten antecedentes y se vea la peligrosidad del acusado, ni por supuesto establece las medidas de seguridad que hay que arbitrar para proteger a la mujer amenazada.
Uno de los trucos más usados por los maltratadores es el de no acudir a la citación previa dispuesta en la ley. Si se esconden o simplemente procuran que el agente judicial no les encuentre, el caso no se tramita.
Resulta casi imposible lograr que el juez adopte la determinación de dictar una orden de alejamiento in inaudita persona. Pero los procesamientos de los terroristas, como tantas condenas, se han dictado en rebeldía.
En resumen, únicamente el 38 % de las denuncias concluyen en una condena QUE MUCHAS VECES NO SE CUMPLE. Y las órdenes de alejamiento, tanto previas, como las que se dictan como consecuencia de la condena, no tienen seguimiento ni protección, como se puede comprobar, desdichadamente, cada día, con los asesinatos de mujeres que disfrutaban de semejante método de protección. Un estudio de la Universidad de Barcelona afirma que únicamente el 6% de las mujeres maltratadas tiene posibilidad de ver a su maltratador en la cárcel.
En las condiciones que estamos relatando resulta enormemente cínico que se realicen campañas en los medios de comunicación instando a las mujeres a denunciar y asegurando que en ese caso se las protegerá por parte de los poderes públicos.
Entre las modificaciones de la ley, es imprescindible que se ordene el ingreso en prisión de los maltratadores cuando su peligrosidad así lo aconseje, especialmente cuando incumplan la orden de alejamiento y siempre que se haya dictado sentencia de cárcel contra ellos, aun cuando esta no alcance los 2 años de prisión.
Así mismo, que se dote de medios humanos y económicos tanto a las policías como a los operadores jurídicos para atender la protección de las mujeres, todas, porque todas son dignas de ella, y de los menores, abandonados a su suerte en manos de padres y padrastros maltratadores y tantas veces asesinos. Es así mismo indispensable que se imponga la supresión judicial automática de toda comunicación del causante de la agresión a la mujer y los menores.
Es necesario que se otorgue consideración de testigo protegido a los declarantes en las causas por maltrato a la mujer, que tantas veces no encuentra apoyo en quienes conocen su situación, por miedo a las represalias del maltratador. Y, por supuesto que se exijan responsabilidades a policías, jueces y fiscales, cuando la negligencia de su actuación permita que se cometa el asesinato de la mujer que había acudido a esas instituciones en demanda de protección.
En resumen, únicamente el 38 % de las denuncias concluyen en una condena QUE MUCHAS VECES NO SE CUMPLE. Y las órdenes de alejamiento, tanto previas, como las que se dictan como consecuencia de la condena, no tienen seguimiento ni protección, como se puede comprobar, desdichadamente, cada día, con los asesinatos de mujeres que disfrutaban de semejante método de protección. Un estudio de la Universidad de Barcelona afirma que únicamente el 6% de las mujeres maltratadas tiene posibilidad de ver a su maltratador en la cárcel.
En las condiciones que estamos relatando resulta enormemente cínico que se realicen campañas en los medios de comunicación instando a las mujeres a denunciar y asegurando que en ese caso se las protegerá por parte de los poderes públicos.
Entre las modificaciones de la ley, es imprescindible que se ordene el ingreso en prisión de los maltratadores cuando su peligrosidad así lo aconseje, especialmente cuando incumplan la orden de alejamiento y siempre que se haya dictado sentencia de cárcel contra ellos, aun cuando esta no alcance los 2 años de prisión.
Así mismo, que se dote de medios humanos y económicos tanto a las policías como a los operadores jurídicos para atender la protección de las mujeres, todas, porque todas son dignas de ella, y de los menores, abandonados a su suerte en manos de padres y padrastros maltratadores y tantas veces asesinos. Es así mismo indispensable que se imponga la supresión judicial automática de toda comunicación del causante de la agresión a la mujer y los menores.
Es necesario que se otorgue consideración de testigo protegido a los declarantes en las causas por maltrato a la mujer, que tantas veces no encuentra apoyo en quienes conocen su situación, por miedo a las represalias del maltratador. Y, por supuesto que se exijan responsabilidades a policías, jueces y fiscales, cuando la negligencia de su actuación permita que se cometa el asesinato de la mujer que había acudido a esas instituciones en demanda de protección.
Hoy esa negligencia queda absolutamente impune. Y nadie más que el Partido Feminista exige que se depuren las responsabilidades.
Estas modificaciones de la ley son las que deberían ser exigidas firmemente por todo el Movimiento Feminista, sin distinción de partidos ni asociaciones, si no fuera porque los intereses y la obediencia a la cúpula del partido priman en la conducta de sus afiliadas. Y de tal modo se buscan excusas y soluciones placebo cuando el número de víctimas mortales causa un cierto escándalo. Pero esa postura, que se mantiene en las feministas socialistas desde hace 18 años, únicamente les sirve para fingir que sienten una gran preocupación por las víctimas, ofrecer soluciones falsas a la ciudadanía y sentirse enormemente satisfechas por su agudeza en detectar los problemas y las medidas que deben adoptarse.
Hace 18 años pronosticamos que si no se modificaba esa Ley de Violencia de Género en el sentido que exponíamos, nuestro país seguiría contando con un número inaceptable de mujeres víctimas de la violencia machista y a las que sus instituciones no proteje.
Estas modificaciones de la ley son las que deberían ser exigidas firmemente por todo el Movimiento Feminista, sin distinción de partidos ni asociaciones, si no fuera porque los intereses y la obediencia a la cúpula del partido priman en la conducta de sus afiliadas. Y de tal modo se buscan excusas y soluciones placebo cuando el número de víctimas mortales causa un cierto escándalo. Pero esa postura, que se mantiene en las feministas socialistas desde hace 18 años, únicamente les sirve para fingir que sienten una gran preocupación por las víctimas, ofrecer soluciones falsas a la ciudadanía y sentirse enormemente satisfechas por su agudeza en detectar los problemas y las medidas que deben adoptarse.
Hace 18 años pronosticamos que si no se modificaba esa Ley de Violencia de Género en el sentido que exponíamos, nuestro país seguiría contando con un número inaceptable de mujeres víctimas de la violencia machista y a las que sus instituciones no proteje.
Y, desgraciadamente, el tiempo nos está dando la razón.
Nota: Guerra dentro del movimiento feminista, por tocar el poder.
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