Lo más llamativo del caso es que la denunciante trabaja como asesora jurídica de mujeres maltratadas.
José Melero Campos, 08 oct 2019
El Juzgado de lo Penal de Murcia ha propinado un varapalo a una asesora jurídica de mujeres maltratadas del Centro de Atención a las Víctimas de la Violencia Contra la Mujer de la localidad de Cieza, después de denunciar por la vía penal a su exmarido, con quien tiene un hijo de 4 años en custodia compartida, por un delito de acoso.
La Justicia sin embargo ha absuelto al exmarido y condena a ella a asumir las costas del proceso al tratarse, tal y como recoge la sentencia, de una denuncia falsa, además temeraria.
El hecho es llamativo, ya que es la 1ª vez, al menos que se tenga constancia, de que una profesional de la Administración dedicada a asesorar a las mujeres víctimas de la violencia machista es condenada por la falsedad de la denuncia.
Y es que el juez considera que la condenada es perfectamente conocedora de la ley, por lo que le afea haber utilizado a la Administración Pública para denunciar a su expareja. En cualquier caso, esta denuncia no es la 1ª que la mujer presenta contra él. En un periodo de 3 años le había denunciado en 7 ocasiones por supuestos incumplimientos en el régimen de visitas que había dictaminado el juez. Todas las denuncias, presentadas por la vía civil, fueron sobreseídas.
El abogado que ha defendido al exmarido de la denunciante, Manuel Martínez, perteneciente al bufete Ad&Law, ha confirmado en COPE.es que algunos aspectos del régimen de visitas como los horarios, las entregas y recogidas del niño fueron el detonante para que su exmujer denunciara de manera reiterada: “Las discrepancias se originan a raíz de que el juez concediera la custodia compartida del menor. Desde entonces, la mujer denunciaba estos incumplimientos del régimen de visitas estipulado en la sentencia. En la 8ª denuncia, para darle tintes más graves, le imputaba a mi cliente un delito de acoso, pendiendo sobre él 1 año y medio de prisión.”
En un total de 4 folios, explica el letrado, el juez conocedor del asunto establece que la denunciante se valió de su condición de abogada del Centro de Atención a las Víctimas de la Violencia Contra la Mujer para proceder a la denuncia: “El juez le afea su conducta, y recoge que dada la formación de la mujer, no debió interponerla.”
Pese a que las costas deberá asumirla la condenada, Martínez apunta que su defendido está moralmente destrozado: “El ámbito moral no se cuantifica con dinero. Su desgaste emocional, económico y laboral tras este proceso es grande. Tiene ganas de dar carpetazo y poner punto y final.”
No obstante, en la sentencia el juez ofrecía la oportunidad al exmarido a iniciar los trámites para querellarse contra su expareja por la presunta denuncia falsa de la madre de su hija: “No obstante, su voluntad es intentar una reconciliación y acercar posturas por el bien de su hijo. Ni se lo ha planteado.”
La sentencia no es firme y puede ser recurrida, pero en cualquier caso la idoneidad de que la mujer pueda continuar ejerciendo como asesora de las víctimas reales de la violencia machista es cuanto menos cuestionable para muchos.
Y es que el juez considera que la condenada es perfectamente conocedora de la ley, por lo que le afea haber utilizado a la Administración Pública para denunciar a su expareja. En cualquier caso, esta denuncia no es la 1ª que la mujer presenta contra él. En un periodo de 3 años le había denunciado en 7 ocasiones por supuestos incumplimientos en el régimen de visitas que había dictaminado el juez. Todas las denuncias, presentadas por la vía civil, fueron sobreseídas.
El abogado que ha defendido al exmarido de la denunciante, Manuel Martínez, perteneciente al bufete Ad&Law, ha confirmado en COPE.es que algunos aspectos del régimen de visitas como los horarios, las entregas y recogidas del niño fueron el detonante para que su exmujer denunciara de manera reiterada: “Las discrepancias se originan a raíz de que el juez concediera la custodia compartida del menor. Desde entonces, la mujer denunciaba estos incumplimientos del régimen de visitas estipulado en la sentencia. En la 8ª denuncia, para darle tintes más graves, le imputaba a mi cliente un delito de acoso, pendiendo sobre él 1 año y medio de prisión.”
En un total de 4 folios, explica el letrado, el juez conocedor del asunto establece que la denunciante se valió de su condición de abogada del Centro de Atención a las Víctimas de la Violencia Contra la Mujer para proceder a la denuncia: “El juez le afea su conducta, y recoge que dada la formación de la mujer, no debió interponerla.”
Pese a que las costas deberá asumirla la condenada, Martínez apunta que su defendido está moralmente destrozado: “El ámbito moral no se cuantifica con dinero. Su desgaste emocional, económico y laboral tras este proceso es grande. Tiene ganas de dar carpetazo y poner punto y final.”
No obstante, en la sentencia el juez ofrecía la oportunidad al exmarido a iniciar los trámites para querellarse contra su expareja por la presunta denuncia falsa de la madre de su hija: “No obstante, su voluntad es intentar una reconciliación y acercar posturas por el bien de su hijo. Ni se lo ha planteado.”
La sentencia no es firme y puede ser recurrida, pero en cualquier caso la idoneidad de que la mujer pueda continuar ejerciendo como asesora de las víctimas reales de la violencia machista es cuanto menos cuestionable para muchos.
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